Conecta con nosotros

Opinión

Solicitud  de libertad provisional  de la persona antes de su entrega a la Corte Penal Internacional

Published

on

Por Rommel Santos Díaz

En la audiencia inicial ante la autoridad judicial estatal, la persona detenida podrá solicitar la libertad provisional antes de su entrega. Deberá  notificarse cualquier solicitud para libertad provisional a la Sala de Cuestiones Preliminares  de la Corte Penal Internacional, que hará recomendaciones a la autoridad competente del Estado, la cual tomará en cuenta esas recomendaciones antes de tomar una decisión.

Se deberá considerar la gravedad del presunto crimen, y si ¨hay circunstancias urgentes y excepcionales  que justifiquen la libertad provisional¨, y si existen  ¨salvaguardias necesarias para que el Estado de detención  pueda cumplir su obligación de entregar¨

Si se le concede la libertad provisional a la persona, la Sala de Cuestiones Preliminares, podrá solicitar informes periódicos sobre la situación de la libertad provisional, los cuales deberá proveer el Estado de detención, según el artículo 59 del Estatuto de Roma.

Se deberá  de tomar nota sobre el tiempo de detención en el Estado y mantener este récord hasta que la persona sea absuelta  o condenada por la Corte Penal Internacional, según  lo establece el artículo 78 del Estatuto de Roma.

En cuanto a las obligaciones  acerca de la libertad provisional el Estatuto de Roma establece lo siguiente:

  1. a)Las personas detenidas por medio de una orden de la CPI deberá tener la oportunidad de ejercer su derecho a solicitar la libertad condicional antes de su entrega, En algunas jurisdicciones, esta aplicación no sería necesaria, ya que la autoridad competente  ya se encuentra obligada a determinar si la persona debe ser detenida  o no, aunque esta no solicite su libertad.
  2. b)La autoridad competente del Estado requerido deberá tomar en cuenta si, dada la gravedad del supuesto crimen, existen circunstancias urgentes  o excepcionales que justifiquen la libertad provisional y si existen las salvaguardias necesarias para que el Estado pueda  cumplir su obligación de entregar a la persona a la CPI. No obstante  el Estado requerido no puede examinar si la orden de detención fue dictada conforme a derecho con arreglo al Estatuto de Roma.
  3. c)Los Estados deberán notificar a la Sala de Cuestiones Preliminares cualquier  solicitud de libertad provisional, y prever para que las autoridades estatales tomen en cuenta las recomendaciones de la Sala, antes de tomar una decisión.
  4. d)Si se concede la libertad provisional a la persona, los Estados deberán responder  a cualquier solicitud de la Sala de Cuestiones Preliminares para informes periódicos  al respecto.

En el ámbito de la implementación de la libertad provisional  se necesitan leyes  y procedimientos que permitan la libertad provisional de los sospechosos , tales como leyes  que conceden  fianzas o cualquier otra medida  que restrinja la libertad.Se requieren leyes que garanticen  que la autoridad estatal que tome la decisión de conceder  o no la libertad provisional  deba tomar consideración de los factores  detallados en el artículo 59 del Estatuto de Roma y cualquier recomendación hecha por la Sala de Cuestiones Preliminares  sobre el caso.

Por otro lado, se necesita un procedimiento que informe periódicamente a la Sala de Cuestiones Preliminares sobre el estatus de la libertad provisional. En otras palabras quien sea que conceda  la libertad provisional deberá comunicar esto a la autoridad competente para que informe a la Sala de Cuestiones Preliminares , luego se deberá establecer un mecanismo que revise periódicamente la libertad provisional,  o el estatus de la misma, para luego comunicar esto periódicamente a la Sala de Cuestiones Preliminares.

Las personas que tengan a su cargo  los centros penitenciarios  deberán llevar una cuenta especial  de cualquier persona detenida de conformidad con una orden  de la Corte Penal Internacional, y enviar una copia de tal archivo a esta última, cuando la persona se entregue  ante la  Corte. Esto ayudará a que la CPI  pueda determinar una condena apropiada, si la persona es  posteriormente condenada.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Opinión

Cuando la exageración alcanza el clímax

Published

on

Por Miguel Guerrero

En nuestro país la capacidad de exageración no tiene límites. Como para muestra vale un botón fundamentaré la apreciación en un mito farandulero. Diva, según el diccionario de la Real Academia de la Lengua, se usa como sinónimo de diosa o “divina”, para exaltar el talento especial de una voz femenina.

Por eso, en el ámbito operático se suele llamar así a las grandes cantantes líricas, a aquellas voces en cualquier registro, grave o agudo, especialmente en este último, que muestren incomparable talento para alcanzar los más altos niveles artísticos. A María Callas se le llamaba Diva, como también solía decirse de Renata Tebaldi, Anna Moffo, Rosa Poncelli, Monserrat Caballé y muchas otras que deslumbraron los escenarios con sus timbres de extraordinaria potencia y belleza.

En el ámbito de la televisión y la farándula nacional no se necesita de esas cualidades excepcionales para ser una diva, pero hay en ese mundo del entretenimiento más divas que las que nunca han existido en los escenarios líricos a nivel mundial, incluso con una categoría especial, la de “megadiva”, que ni Onassis se atrevió a otorgar a la Callas, en sus mejores momentos juntos en el Cristina, el yate que la alejó del mundo donde se le amó como tal vez a ninguna otra de su generación.

Las “megadivas” nuestras se cuentan por montones, como los ramilletes de un limoncillo, ya sea que canten, no importa el género, amenicen bailes o cumpleaños, lean noticias por televisión o tengan incomparables figuras de magnitud tal que poco importe como se conduzcan en las tareas que se les asignen. Me pareció siempre que el calificativo no resalta el talento de muchas de ellas, porque de alguna manera se centra la atención sobre el aspecto físico, lo cual a mi juicio es tremendamente injusto, porque muchas de esas “megadivas” superan con su talento y consagración la superficialidad del sobrenombre que no les hace honor alguno.

Continue Reading

Opinión

Las remesas: el gran regalo de los inmigrantes dominicanos

Published

on

Por Rosario Espinal

Los inmigrantes dominicanos no solo envían remesas regularmente, también llegan con las maletas cargadas, sobre todo en época navideña, y los bolsillos dispuestos a auxiliar a sus familiares y amistades, o a gastar para disfrutar en su terruño.

A fin de año siempre es pertinente abordar el tema de las remesas y los inmigrantes dominicanos porque muchos regresan a pasar la Navidad.

Las cifras oficiales del Banco Central muestran que, en el 2021, la República Dominicana recibió 10,402.5 millones de dólares en remesas familiares, en el 2022 fueron 9,856.5 millones, en el 2023 un total de 10,157.2 y en el 2024 al mes de septiembre la suma iba por 7,998.7 millones. Y que conste, la cantidad real de aportes en dólares y euros de los inmigrantes es mayor que lo computado, porque hay transacciones informales que no captan los radares del Banco Central.

Las remesas familiares representan pues la mayor fuente de divisas para el país, y nadie movió un dedo en el mercado laboral dominicano para generar esos ingresos.  Llegaron gracias a la solidaridad familiar de miles de dominicanos que han emigrado al extranjero, sobre todo a los Estados Unidos, de donde proviene el 85% de las remesas.

Unos enfatizan la consecuencia negativa de las remesas familiares, argumentado que la población receptora se acostumbra a no trabajar o hace pocos esfuerzos laborales. Otros señalan el mayor bienestar y la movilidad social de las familias que reciben remesas, así como la disponibilidad de divisas en la economía nacional.

El mayor flujo de remesas a la República Dominicana en los últimos años es producto de un factor coyuntural y otro estructural. El coyuntural fue la pandemia que llevó a Estados Unidos a distribuir subsidios, y una parte de los recursos que recibieron los inmigrantes dominicanos los enviaron a sus familiares. El estructural es el incremento constante de la migración dominicana.

Aunque el Gobierno dominicano no lleva estadísticas precisas sobre la cantidad de dominicanos que emigran, la República Dominicana se encuentra entre los principales países del mundo que reciben visas de inmigrante de Estados Unidos con relación a su población. Eso ilustra la magnitud.

¿Por qué tanta migración dominicana?

Hace 60 años se inició el proceso migratorio de dominicanos hacia los Estados Unidos porque, durante la intervención militar de 1965, el consulado aumentó la cantidad de visas de inmigrante que otorgaba a dominicanos.

Ese mismo año, Estados Unidos cambió su Ley de Migración para favorecer la reunificación familiar. O sea que, cada dominicano o dominicana que emigraba con visa de residencia tenía la opción de pedir sus familiares cercanos. Esto ha generado una espiral migratoria sin precedentes en los últimos 60 años que aún no se detiene.

Los inmigrantes dominicanos no solo envían remesas regularmente, también llegan con las maletas cargadas, sobre todo en época navideña, y los bolsillos dispuestos a auxiliar a sus familiares y amistades, o a gastar para disfrutar en su terruño.

Para la República Dominicana, la migración dominicana ha sido una tabla de salvación económica. Los inmigrantes son el verdadero seguro social de muchas familias, aportan divisas que la economía dominicana necesita, contribuyen al crecimiento económico y de la clase media.

Demos pues la bienvenida navideña a los inmigrantes dominicanos.

Continue Reading

Opinión

El miedo frente a la vergüenza.

Published

on

Por Elba García Hernández

Independiente del comportamiento histórico del pueblo dominicano frente, sobre todo, del dominio de la nación por extraños, ha sido de mucho arrojo y gallardía. Ahí está la reacción del pueblo dominicano ante la dominación haitiana y el imperio español. Son muchos los ejemplos que se configuran en cada batalla que se produjo para liberarse el país de la intromisión foránea.

Sin embargo, en el curso del tiempo las cosas no parecen ser iguales, porque en segmentos importantes de la sociedad se observa en muchas ocasiones más miedo que vergüenza. No importa que tan amenazada esté la dignidad de la gente. Probablemente el fenómeno tanga su explicación en la aparición en el país de la figura de sicariato. Es decir, que cualquier individuo disponga de la vida ajena por una paga de unos cuantos pesos y que como reacción la gente tenga miedo porque el sicario no tiene rostro y puede aparecer en cualquier momento y lugar.

El asunto reviste una gran importancia sociológica y política porque se observa que muchas personas prefieren tolerar lo peor y echar por la borda su dignidad cuando tienen que poner en una balanza el miedo y la vergüenza. Y no es que se trate de caer en una irracionalidad que lleve a la persona a ser desaprensiva y dar una respuesta violenta a cualquier ataque que se produzca en su contra.

Pero la realidad es que la vida sin dignidad es como convertirse en la peor de las basuras, en no ser nadie y por consiguiente perder hasta el respeto de los demás. Incluso, hay personas que tienen como principio de vida no tener problemas, lo cual es muy sensato, pero cuando el individuo sacrifica su dignidad por esa causa entonces se convierte en un pusilánime que será irrespetado por todo el mundo.

En el campo del derecho, incluso del penal, lo que no se invoca se queda en la impunidad, ya sea por negligencia o miedo, sobre todo en los hechos cuya persecución sea a instancia privada, porque además existe la razón temporal para que los casos mueran y que prevalezca la impunidad, así se trate de un crimen horrendo.

De manera, que el miedo si pesa más que la vergüenza entonces la gente y toda la sociedad se vuelve inservible y no funcional, sobre todo en el campo de los derechos y obligaciones, cuya última figura es una parte muy importante del Derecho Civil.

En la República Dominicana la tendencia a que impere una nueva dictadura, tan férrea y criminal como la trujillista, podría ser el resultado del miedo, más que de la vergüenza, pero hay centenares de situaciones que podrían perdurar en el tiempo como consecuencia del primer elemento de preocupación.

En esa virtud, el 2025 tiene que ser un año de arrojo y de echar a un lado el miedo para que prevalezca la vergüenza y de esa manera enfrentar todos los males sociales que nos aquejan y acechan.

Este nuevo año 2025 debe sobresalir para enfrentar las amenazas en contra de la dignidad de los dominicanos a través de sobreponer la vergüenza por encima del miedo, lo cual será una forma de recobrar o recuperar los derechos perdidos y el respeto frente a los demás.

No se trata de cualquier realidad, porque cuando un pueblo, un ciudadano o cualquier persona pierde  la vergüenza y se deja vencer por el miedo, entonces desaparecen los derechos subjetivos y en consecuencia impera la ignominia y la desigualdad.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group