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Candidaturas de agrupaciones sociales no tendrán requisito previo de inscripción.

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Santo Domingo. – Los artículos 156 y 157 de la Ley 2023 fueron anulados por el Tribunal Constitucional al acoger una acción directa de inconstitucionalidad de Alberto Emilio Fiallo-Billini Scarlon, cuya sentencia permite ahora la presentación de candidaturas presidenciales, provinciales y municipales en las elecciones generales de la próxima contienda comicial con muy pocos requisitos..

Fiallo-Billini Scanlon interpuso una acción directa de inconstitucionalidad, que cuestiona la declaración y los requisitos de las candidaturas independientes, previstos en el capítulo III de dicha ley, el cual concierne a los candidatos de partidos, agrupaciones o movimientos políticos.

El artículo 156 de la Ley núm. 20-23 establece en sus párrafos I y II lo siguiente:

Párrafo I: Las agrupaciones que propongan sustentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional deberán declararlo previamente ante la Junta Central Electoral, al menos setenta y cinco (75) días antes de cada elección.
Párrafo II: Para sustentar candidaturas independientes provinciales, municipales o en el Distrito Nacional, las agrupaciones políticas deberán estar constituidas de conformidad con la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Por su parte, el artículo 157 señala en sus párrafos I, II y III lo siguiente:

Párrafo I: Las candidaturas para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por las agrupaciones cívicas y sociales, limitadas a la demarcación electoral respectiva y al nivel de elección correspondiente.
Párrafo II: Las candidaturas para cargos de elección popular en los municipios deberán presentar a la Junta Central Electoral una organización municipal completa y un programa a ejecutar durante el período al que aspiren los candidatos.
Párrafo III: Serán aplicables a las candidaturas independientes mencionadas en este artículo las disposiciones establecidas en esta ley y en la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en lo relativo a los requisitos de porcentaje del padrón electoral aplicable a partidos, agrupaciones o movimientos políticos.
En ese sentido, el Tribunal Constitucional declaró lo siguiente: podrán proponerse candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos constituidas en ocasión de los procesos electorales. Estas agrupaciones serán de naturaleza espontánea y no requerirán ningún requisito previo de inscripción.

Votos disidentes
Sobre esta decisión, la magistrada Arma Ferreira manifestó lo siguiente:

«El criterio adoptado por el Tribunal Constitucional excedió sus competencias y precedentes constitucionales al incorporar a la regulación orgánica de las candidaturas electorales independientes elementos extraordinarios, desde la óptica legislativa, en la forma de agrupaciones cívicas y sociales de naturaleza espontánea y sin requisitos previos de inscripción. En otras palabras, contrario a garantizar el núcleo esencial del derecho fundamental a ser elegible, el Tribunal Constitucional no tenía competencia para definir el régimen jurídico de las candidaturas independientes, ya que esta es una materia reservada exclusivamente al legislador orgánico, como lo consagra el artículo 112 de la Constitución».

En esa misma línea, el magistrado José Alejandro Vargas Guerrero expresó:

«Con lo decidido, el Tribunal Constitucional se distancia de principios democráticos esenciales, los cuales son trascendentales no solo en el sistema electoral dominicano, sino también en el ámbito del Poder Legislativo, que es el que posee las atribuciones constitucionales para legislar. Esta alta corte tiene una función específica de control constitucional, y no la creación de normas, de conformidad con lo dispuesto en nuestro ordenamiento jurídico».

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Socializan impacto de nueva cédula con partidos políticos

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Santo Domingo, RD. –La socialización que realiza  la Junta Central Electoral (JCE) con el proyecto de la nueva cedula de identidad personal y electoral  continuó este miércoles con los delegados de los partidos políticos los aspectos que impactará este proceso de renovación.

Durante el encuentro, dirigido por la comisión técnica del proyecto, se trataron cinco temas clave relacionados con la modernización y actualización del documento de identidad:

Demarcación electoral y recintos: Se discutieron cambios en la base de datos para sincronizar la residencia de los electores con su recinto electoral correspondiente.

Voto dominicano en el exterior: Se habló sobre la actualización del empadronamiento, la nueva base de datos de zonas postales y la elevación de oficinas satélites en el extranjero.

Registro civil: Se detallaron los avances en la validación proactiva de nacimientos, así como los procesos de depuración y auditoría del registro civil.

Afiliación a partidos políticos: Se presentó el proyecto de reglamento sobre el registro de afiliados y desafiliados.

Licitación de la nueva cédula: Se informó sobre el estatus del proceso para la emisión del nuevo documento de identidad.

Participación de los partidos políticos

Los delegados de las organizaciones políticas presentes recibieron un documento titulado “Propuesta de documentos que serán reconocidos institucionalmente para cambios de dirección”, con el objetivo de analizarlo y presentar sus observaciones ante la Secretaría de la JCE.

Entre los partidos representados en la reunión estuvieron:

Fuerza del Pueblo (FP)

Partido Demócrata Institucional (PDI)

Partido Revolucionario Social Cristiano (PRSC)

Unión Demócrata Cristiano (UDC)

Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD)

Partido Unidad Nacional (PUN)

Alianza País (AL PAÍS)

Partido Humanista Dominicano (PHD)

Partido Cívico Renovador (PCR)

También el Partido Revolucionario Independiente (PRI)

Partido de la Liberación Dominicana (PLD)

Partido Democrático Alternativo (MODA)

Avances en el proceso de renovación

La JCE mantiene su compromiso con la transparencia y el consenso en este proceso, asegurando que la nueva cédula cumpla con los estándares de seguridad y actualización de datos. Se espera que las opiniones y recomendaciones de los partidos sean analizadas para fortalecer el proyecto y garantizar una implementación efectiva.

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Es reconstruida escena de desaparición de niño en Manabao, Jarabacoa

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Santo Domingo, R.D.-Los hechos que envuelven la desaparición del niño de tres años en Manabao fueron reconstruidos por las autoridades que llevan a cabo la tarde de este miércoles la búsqueda del infante.

El operativo incluyó la participación de peritos forenses, investigadores de la Policía Nacional y representantes del Ministerio Público.

Durante la reconstrucción, los investigadores entrevistaron nuevamente a testigos y analizaron el entorno, incluyendo el río que atraviesa la zona.

Elizabeth Jiménez, procuradora de la Corte de Niño, Niñas y Adolescentes en la provincia La Vega, explicó que con el levantamiento buscan ayudar a esclarecer la desaparición del infante.

«Desde la Procuraduría General de la República y los organismos investigativos están haciendo hasta lo imposible para la localización del niño«, aseguró la magistrada Jiménez.

El menor de edad se extravió en circunstancias desconocidas mientras jugaba con dos niñas en el patio de una casa del referido lugar, donde se encontraba de visita junto a sus padres.

Interrogatorios

Previo a ese operativo, representantes del Ministerio Público y agentes de la Policía Nacional interrogaron por varias horas a los padres del niño.

De acuerdo con lo explicado por Diego Pesqueira, vocero de la Policía Nacional, la entrevista a Carolina Vargas Ureña y Efraín Nicolás Calderón forma parte del proceso investigativo.

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Imputado en red criminal desmantelada Operación Gaviota se mantuvo prófugo.

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Santo Domingo, R.D.-Héctor Aníbal Santillán, sindicado como estratega legal de la red criminal desmantelada por el El Ministerio Público en junio del 2024 a través de la Operación Gaviota, permaneció prófugo mediante la estrategia de espera de la presentación formal de la acusación y el vencimiento del plazo de prescripción de la acción penal.

Así lo establece Wilson Camacho, titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público y los fiscales Jonathan Pérez Fulcar, Yudelka Holguín Liz, Emmanuel Ramírez, Miguel Crucey y Alexis Piña, en la instancia de solicitud de medida de coerción depositada en el juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, que consta de 377 páginas.

De acuerdo con los fiscales dado el comportamiento evasivo y la clara intención de sustraerse al proceso penal demostrada por el imputado Santillán Faulkner, resulta imprescindible imponer la prisión preventiva como medida de coerción.

Señalan que el imputado ha demostrado su capacidad de eludir la justicia en múltiples ocasiones, huyendo del lugar de los allanamientos, ocultándose de sus domicilios habituales y manteniéndose en paradero desconocido durante un tiempo prolongado.

Además, afirmaron que el imputado, ha realizado maniobras jurídicas para aparentar legitimidad en operaciones ilícitas, lo que refleja su intención de evadir las consecuencias penales de sus actos.

“La prisión preventiva es necesaria para garantizar la presencia del imputado en el juicio, ya que su libertad representa un alto riesgo de fuga, considerando los antecedentes de ocultamiento y la gravedad de los hechos imputados. Asimismo, esta medida es proporcional y razonable para asegurar el correcto desarrollo del proceso penal y la protección de los derechos de las víctimas”, aduce la instancia.

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