Conecta con nosotros

Nacionales

Candidaturas de agrupaciones sociales no tendrán requisito previo de inscripción.

Published

on

Santo Domingo. – Los artículos 156 y 157 de la Ley 2023 fueron anulados por el Tribunal Constitucional al acoger una acción directa de inconstitucionalidad de Alberto Emilio Fiallo-Billini Scarlon, cuya sentencia permite ahora la presentación de candidaturas presidenciales, provinciales y municipales en las elecciones generales de la próxima contienda comicial con muy pocos requisitos..

Fiallo-Billini Scanlon interpuso una acción directa de inconstitucionalidad, que cuestiona la declaración y los requisitos de las candidaturas independientes, previstos en el capítulo III de dicha ley, el cual concierne a los candidatos de partidos, agrupaciones o movimientos políticos.

El artículo 156 de la Ley núm. 20-23 establece en sus párrafos I y II lo siguiente:

Párrafo I: Las agrupaciones que propongan sustentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional deberán declararlo previamente ante la Junta Central Electoral, al menos setenta y cinco (75) días antes de cada elección.
Párrafo II: Para sustentar candidaturas independientes provinciales, municipales o en el Distrito Nacional, las agrupaciones políticas deberán estar constituidas de conformidad con la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Por su parte, el artículo 157 señala en sus párrafos I, II y III lo siguiente:

Párrafo I: Las candidaturas para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por las agrupaciones cívicas y sociales, limitadas a la demarcación electoral respectiva y al nivel de elección correspondiente.
Párrafo II: Las candidaturas para cargos de elección popular en los municipios deberán presentar a la Junta Central Electoral una organización municipal completa y un programa a ejecutar durante el período al que aspiren los candidatos.
Párrafo III: Serán aplicables a las candidaturas independientes mencionadas en este artículo las disposiciones establecidas en esta ley y en la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en lo relativo a los requisitos de porcentaje del padrón electoral aplicable a partidos, agrupaciones o movimientos políticos.
En ese sentido, el Tribunal Constitucional declaró lo siguiente: podrán proponerse candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos constituidas en ocasión de los procesos electorales. Estas agrupaciones serán de naturaleza espontánea y no requerirán ningún requisito previo de inscripción.

Votos disidentes
Sobre esta decisión, la magistrada Arma Ferreira manifestó lo siguiente:

«El criterio adoptado por el Tribunal Constitucional excedió sus competencias y precedentes constitucionales al incorporar a la regulación orgánica de las candidaturas electorales independientes elementos extraordinarios, desde la óptica legislativa, en la forma de agrupaciones cívicas y sociales de naturaleza espontánea y sin requisitos previos de inscripción. En otras palabras, contrario a garantizar el núcleo esencial del derecho fundamental a ser elegible, el Tribunal Constitucional no tenía competencia para definir el régimen jurídico de las candidaturas independientes, ya que esta es una materia reservada exclusivamente al legislador orgánico, como lo consagra el artículo 112 de la Constitución».

En esa misma línea, el magistrado José Alejandro Vargas Guerrero expresó:

«Con lo decidido, el Tribunal Constitucional se distancia de principios democráticos esenciales, los cuales son trascendentales no solo en el sistema electoral dominicano, sino también en el ámbito del Poder Legislativo, que es el que posee las atribuciones constitucionales para legislar. Esta alta corte tiene una función específica de control constitucional, y no la creación de normas, de conformidad con lo dispuesto en nuestro ordenamiento jurídico».

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

Tribunal escuchó varios testigos del Ministerio Público contra Elizabeth Silverio

Published

on

SANTO DOMINGO.- La  Novena Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, presidida por la jueza Milagros Ramírez, aplazó este lunes para el próximo 16 de marzo la continuación del nuevo juicio contra Elizabeth Silverio (neurocientífica), directora del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, acusada de ejercer la medicina de manera ilegal en el país.

La decisión fue tomada luego de que el tribunal escuchara a varios testigos presentados por el Ministerio Público, entre ellos madres y padres de las presuntas víctimas del caso. Los testigos relataron las situaciones que vivieron y pidieron justicia por los perjuicios que, según denunciaron, sufrieron sus hijos.

Durante la audiencia también ofreció su testimonio el director de Habilitación del Ministerio de Salud Pública, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

Aplazan para marzo nuevo juicio contra Elizabeth Silverio por ejercicio ilegal de la medicina

Puede leer

Previo al inicio del proceso, Elizabeth Silverio aseguró que demostrará su inocencia frente a los hechos que se le imputan.

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, Silverio ejercía la medicina sin contar con el exequátur correspondiente, en violación de la ley, lo que presuntamente afectó la salud de decenas de menores con condiciones especiales.

Asimismo, se le atribuye el uso de títulos falsos, con los cuales hacía creer que era psicóloga con especialidad en neurociencia.

Se recuerda que el 10 de octubre de 2025, los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anularon la sentencia que condenaba a Silverio a siete años de prisión, dictada el 21 de octubre de 2024 por las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado.
Tras esa decisión, la corte ordenó la celebración de un nuevo juicio.

Centro Kogland fue clausurado

El Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, ubicado en el sector Gascue, fue creado en diciembre de 2021. Su directora, Elizabeth Silverio, de 30 años, afirmaba poseer cinco maestrías.

La situación provocó que Silverio fuera intimada a presentar su exequátur ante el Ministerio de Salud Pública y, ante la inexistencia de la documentación correspondiente, se procedió al cese de las operaciones del centro Kogland.

Continue Reading

Nacionales

Audiencia preliminar de exjefe de la DEA en el país es aplazada para abril.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Un aplazamiento de la audiencia incial en el Tribunal del Distrito Columbia de Estados Unidos  fue concedido en el caso por presunta corrupción contra el dominicano Melitón Cordero, acusado de gestionar más de 100 solicitudes de visado en abuso  del programa para informantes confidenciales mientras se desempeñaba como supervisor de la oficina de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en República Dominicana.

La audiencia inicial, prevista para el 6 de marzo, fue pospuesta por un plazo de 30 días para permitir que la defensa se reorganice y el gobierno prepare la evidencia, con la posibilidad de que el caso se resuelva antes de llegar a un juicio formal, según establecen documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso.

En ese sentido, la audiencia preliminar quedó programada para el próximo 6 de abril a las 12:30 de la tarde.

La decisión del juez también incluye detener temporalmente el conteo del plazo legal que permite la celebración de un juicio rápido. Esto significa que los días entre el 6 de marzo y el 6 de abril no contarán para el cálculo de ese plazo.

Esto se debe a que, normalmente, el gobierno estadounidense dispone de 30 días desde el arresto para presentar cargos ante un gran jurado.

La decisión de posponer la audiencia preliminar fue tomada por el tribunal el 26 de febrero de 2026, un día después de que la defensa presentara la solicitud.

Los documentos judiciales explican varias razones por las que se concedió el aplazamiento en el caso penal federal contra Cordero. La primera de ellas es la contratación de una nueva abogada por parte del dominicano, quien pasa de ser representado por un defensor público federal a la abogada Mary Carpenito, que aún se encuentra en proceso de incorporarse formalmente al caso.

Otro de los motivos es que el gobierno entregará evidencia previa a la acusación formal, así como la intención de ambas partes de contar con más tiempo para prepararse.

Además, existe la posibilidad de resolver el caso antes de una acusación formal, lo que podría evitar un juicio, según se desprende de los documentos.

El pasado 12 de febrero, la embajadora estadounidense en República Dominicana, Leah Francis Campos, informó el cierre de la oficina de la DEA en el país «hasta nuevo aviso», mediante un comunicado difundido en redes sociales en el que calificó la corrupción como «una violación repugnante y deshonrosa de la confianza pública».

La acusación sostiene que  Cordero, de 47 años, habría utilizado su posición en la DEA para tramitar al menos 119 solicitudes de visa bajo un esquema fraudulento, presentando a los solicitantes como supuestas «fuentes confidenciales» de la agencia antidrogas. A cambio, se habrían pagado hasta 10,000 dólares por cada trámite.

Continue Reading

Nacionales

Ejecutivas de colegio Da Vinci reciben ratificacion de medida de coercion.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La medida de coercion en contra  varias ejecutivas del colegio Loenardo Da Vinci fue ratificada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo  por la muerte de la estudiante haitiana Stephonrra Mircie Jopseph, de 11 años de edad, quien se ahogó durante una excursioon escolar.

El tribunal confirmó la decisión dictada en primera instancia, que establece como medida de coerción una garantía económica de 500 mil pesos mediante compañía aseguradora, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del país contra las cuatro imputadas.

Las imputadas en el caso son Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo; Gisela Altagracia de las Mercedes González Estrella, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavares Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario. Acudieron a la audiencia, y gozan de libertad, ya que cumplen medida poco gravosa.

A la salida de la audiencia, el abogado de la familia de la niña, Miguel Valdez Mar Díaz, cuestionó que en el proceso no se haya incluido a otros posibles responsables vinculados al centro educativo y al lugar donde ocurrió la tragedia.

El jurista indicó que durante la audiencia se discutió que las personas señaladas no serían las únicas responsables del descuido que provocó la muerte de la menor.

Valdez Mar Díaz también criticó el accionar del Ministerio Público, al señalar que el proceso ha sido complejo para la familia y que, hasta el momento, la madre de la niña no ha recibido las pertenencias que la menor llevó el día de la excursión, pese a los requerimientos realizados.

Asimismo, informó que el tribunal fijó para el 26 de marzo una audiencia en la que se conocerá el proceso contra representantes del colegio y los propietarios de la Hacienda Los Caballos.

La mujer estuvo acompañada por varios familiares, quienes intentaban consolarla mientras reiteraba su llamado para que las autoridades establezcan responsabilidades en el caso.

De su lado, la abogada de parte de las imputadas, María del Pilar Zuleta, manifestó su satisfacción con la decisión adoptada por el tribunal.

“La corte conoció el caso, tomó su tiempo y decidió ratificar la medida. Entendemos que fue una decisión ajustada a derecho y que no existe ninguna presunción de culpa contra nuestras representadas”, expresó.

Indicó además que el Ministerio Público había solicitado un aumento de la garantía económica impuesta como medida de coerción, solicitud que finalmente no fue acogida por el tribunal.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group