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TC ordena devolver vehículos ocupados a ciudadanos sin tener proceso penal abierto

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Santo Domingo, R.D.-La Procuraduría General de la República mediante sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ha sido emplazada  a devolver 13 vehículos al señor Melvin Javier Carpio Peña, ocupados en un allanamiento en el local comercial Javi Auto Imports, en la provincia La Altagracia.

Los jueces constitucionales emitieron la sentencia TC/0375/25, en la que rechazaron el recurso interpuesto por la Procuraduría General de la República y confirmaron la sentencia número 0030-03-2024-SSEN-00393, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el 5 de julio de 2024, que ordena devolver los bienes.

Melvin Javier Carpio Peña es hermano de Elyn Ernesto Carpio Peña, extraditado a Estados Unidos acusado de narcotráfico, pero no tiene un proceso penal abierto, argumenta el TC en el fallo.

Este aspecto llevó a que el TC decidiera conocer el fondo del recurso por plantear alta relevancia constitucional, ya que trata de la devolución de bienes incautados a personas que no tiene un proceso penal abierto en República Dominicana.

El Tribunal Constitucional da plena validez a la decisión Tribunal Administrativa que ordenaba la devolución inmediata de los vehículos al señor Melvin Javier Carpio Peña y otros afectados.

Entre las motivaciones del TC para fallar como lo hizo está que la parte accionante lo que persigue es el restablecimiento del derecho de propiedad y la dignidad humana, a los fines de que se ordene la devolución de local comercial y los vehículos.

“Por lo que, ésta es la vía idónea, abierta, disponible, expedita, pronta y más efectiva para salvaguardar los derechos fundamentales alegadamente vulnerados, contrario a lo sostenido por las parte accionadas y la Procuraduría General Administrativa, habida cuenta de que a un año de haber sido iniciada la investigación por parte del Ministerio Público en donde fueron incautados a los hoy accionantes los bienes descritos, no existe un proceso penal en contra de los mismos, razón por la que es legal y razonable que la acción de amparo es la vía que tienen abierta, toda vez, que esta no se encuentra sujeta a cuestiones previas y administrativas; y, en ese tenor, procede a rechazar el medio de inadmisión planteado por la Procuraduría General de la República, y las señoras Yeny Berenice Reynoso Gómez, Claudia Lorena Garrido Caraballo, Sourelly N. Jaquez Vialety la Procuraduría General Administrativa, a los que se adhiere la señora Damia Veloz Hernández, valiendo decisión sin necesidad de hacerlo constar en la parte dispositiva de la presente decisión”

También indica que el tribunal pudo constatar que Carpio Peña no es el titular de las matrículas de los vehículos que solicita la devolución, sino que tiene un poder para representar los dueños de los mismos.

La impugnación fue hecha por Melvin Javier Carpio Peña, Enrique Manuel Jiménez Solano, Víctor Manuel Jiménez e Isabel Rodríguez Guerrero. Los propietarios de los vehículos dieron poder a Carpio Peña para que los representara en el proceso, según consta en el dictamen del TC.

El fallo fue emitido el pasado 13 de junio de 2025, en el municipio Santo Domingo Oeste, y aprobado en sesión plenaria del Tribunal Constitucional celebrada el 25 de marzo de 2025 en Santiago de los Caballeros, especifica la sentencia.

La sentencia fue firmada por el presidente del TC, Napoleón R. Estévez Lavandier; la jueza Eunisis Vásquez Acosta (segunda sustituta), y los magistrados José Alejandro Ayuso, Fidias Federico Aristy Payano, Alba Luisa Beard Marcos, Manuel Ulises Bonnelly Vega, Sonia Díaz Inoa, Domingo Gil, Amaury A. Reyes Torres y María del Carmen Santana de Cabrera.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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