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Violación de Banreservas a Ley 200-04 genera sentencia del TC.

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Santo Domingo, RD.-Otra violación más de una institución pública, ahora el Banco de Reservas, genera una sentencia del Tribunal Constitucional, la cual estableció  que la Ley  200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública  es  uno de los mecanismos de supervisión que el ordenamiento jurídico ha puesto a disposición de las personas,  “a los fines de  poder conocer, controlar y fiscalizar el uso de los recursos que nos pertenecen a todos”.

Este criterio está contenido en la sentencia TC-0185-22, emitida el 21 de julio, mediante la cual ratificó  un fallo  que ordenó al Banco de Reservas entregar informaciones sobre todo el proceso para el cambio de imagen  realizado por  la entidad bancaria en el 2016.  

Reiteró el precedente  asentado en la sentencia TC/0042/12, en la que señaló que el derecho a la información pública tiene una gran relevancia para el fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho instituido por el artículo 7 de la Constitución, “ya que su ejercicio garantiza la transparencia y permite a la ciudadanía acceder libremente a las informaciones en poder de las instituciones del Estado”.

En cuanto a las  informaciones solicitadas al Banco de Reservas, determinó que  no se refieren a un secreto comercial, como alegó la entidad bancaria en la pasada gestión,  sino a datos públicos, porque se limita al cambio de imagen de un banco.

Precisó que el secreto comercial consiste en una información que se esconde de la competencia para evitar que sea copiado. Agregó que  generalmente radica en un listado de clientes, un plan comercial o proceso de fabricación.

“Este tribunal comparte el criterio asumido por el juez de la acción de amparo al considerar que la información solicitada no versa sobre las estrategias que utilicen para competir en el mercado con los demás bancos sino algunas de las informaciones correspondientes al proceso de cambio de imagen por ser esta (sic) un banco propiedad del Estado dominicano, que maneja fondos públicos, derivados de las ganancias obtenidas de la actividad del Banco”, puntualizó.

Fondos pùblicos
El Constitucional explicó que todas las entidades financieras, públicas y privadas, están sometidas a la Administración Monetaria y Financiera del Estado dominicano, establecida en el artículo 223 y siguientes de la Constitución  y en la Ley 183-02, Monetaria y Financiera, del 21 de noviembre de 2002.

Empero,  acotó que  la Ley 6133,  le da al Banreservas forma jurídica de entidad autónoma del Estado y que  por tanto, debe comportarse conforme a las características que el  ordenamiento jurídico precisa para ese tipo de entidades.

En este sentido, puntualizó que los dineros que impulsan sus actividades son públicos, “es decir, de todos, por lo que, cualquier persona tendría derecho a pedir información sobre su disposición con las limitaciones que establecen las leyes”.

 Indicó que ni  la Ley 183-02,   la Ley  200-04,  ni la ley 6133, orgánica del Banco de Reservas, establecen limitaciones en este sentido.

Solicitud de informaciones
Las informaciones fueron solicitadas al Banco de Reservas  mediante una acción de amparo de cumplimiento interpuesta  por el abogado Ramón Ramirez Montero, director ejecutivo del Consejo Nacional contra la Corrupción (Conacco),  en virtud de la ley 200-04.

 La acción fue acogida por la segunda sala del Tribunal Superior Administrativo  mediante la sentencia  0030-2017-00133, emitida el 9 de mayo de 2017.

El TC rechazó un recurso de revisión  incoado por el Banco de Reservas  (Banreservas) y ratificò la sentencia impugnada.

 “En efecto, tal como señala la sentencia núm. 0030-2017-00133, el derecho de acceso a la información gubernamental es una de las fuentes de desarrollo y fortalecimiento de la democracia representativa, en tanto permite a los ciudadanos analizar, juzgar y evaluar en forma completa los actos de sus representantes, y estimula la transparencia en los actos de Gobierno y de la Administración”, indicó  el TC.

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Lanzan nueva política de anonimato de datos en Poder Judicial.

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Santo Domingo, R.D.-Una nueva política de protección de datos fue anunciada por el El Poder Judicial, la cual busca mantener en el anonimato informaciones personales sensibles y se aplicará en las decisiones de la Suprema Corte de Justicia, así como en los juzgados y tribunales de primer y segundo grado.

La regla general de la normativa busca evitar que se identifique a una persona física, cuyos nombres y apellidos podrán ser inicializados en los casos de publicaciones oficiales o solicitudes de acceso, exceptuando las identidades de los magistrados o lo relativo a personas jurídicas (sociedades).

La secretaría del tribunal es la encargada de editar esa documentación, a la que terceros tendrán acceso una vez realizada la disociación o anonimización de los datos, mientras por ley está prohibida la entrega de decisiones relativas a adopciones.

Las personas físicas son aquellas en figurar como partes de un proceso judicial, correspondiendo a los demandantes, demandados, reclamantes, querellados, querellantes, apelantes, apelados, recurrentes, recurridos, imputados e intervinientes, además de las víctimas, testigos o informantes, y los auxiliares (policías, personal sanitario, educativo, notarios).

El reglamento levantado dará una consideración especial cuando se recopilen los datos de niños, niñas y adolescentes, igual que a las personas con discapacidad o vulnerables.

En un segundo renglón están los económicos-financieros, consistiendo en los números de cuentas bancarias, tarjetas de crédito y otros instrumentos financieros, direcciones de inmuebles en posesión, informaciones financieras, datos registrales de bienes inmuebles y bienes sujetos a matriculación.

Este reglamento también versa sobre documentaciones laborales, conociendo los números de contrato de trabajo o el contratado en sí, en caso de incluir en su contenido datos personales; siguiendo a la ubicación o nombre donde se realiza la prestación laboral y los contactos del trabajo (teléfono, correo electrónico…).

La salud tiene sus datos protegidos, de manera que en una decisión judicial podrá anularse el número de la historia clínica, enfermedad, grado de discapacidad, causa de interdicción, estado de salud, condiciones psicológicas, religión o creencias, origen racial, opiniones políticas, afiliación sindical, información de carácter genético o biométrico.

Y otro tipo de documentación etiquetada como sensible es la geolocalización.

La puesta en marcha de la política fue anunciada por Luis Henry Molina, juez presidente de la Suprema Corte de Justicia, en un acto de presentación que tuvo lugar en la Sala Augusta.

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Sigue política irracional de préstamos del Gobierno.

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SANTO DOMINGO.-El Senado de la República Dominicana aprobó dos préstamos de 525 millones de dólares para, según se dijo, mejorar redes de electricidad y normalizar el servicio

El hemiciclo validó dos enmiendas para variar las tasas a otros empréstitos.

El Poder Ejecutivo explicó que 225 millones de dólares serán utilizados para mejorar las redes eléctricas y normalizar el servicio a clientes de las empresas distribuidoras de energía Edesur, Edeeste y Edenorte.

Dijo que los otros 300 millones serán asignados al programa Acción Climática para un Crecimiento Económico Sostenible.

Este  miércoles el pleno también aprobó una enmienda al contrato de préstamo suscrito en 2022 entre el Gobierno y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por 60 millones de dólares para financiar el proyecto de fortalecimiento del sector agropecuario.

Asimismo, dio luz verde a un acuerdo de modificación a un crédito de 54 millones de dólares entre el Gobierno y JP Morgan Chase Bank de Londres para financiar un proyecto de saneamiento pluvial y sanitario de la cañada de Guajimía.

sp-am

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Desvinculan de Educación a más de 600 docentes por faltas graves y cobrar sin trabajar.

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Santo Domingo, R.D.-Más de seiscientos docentes fueron desvinculados del  Ministerio de Educación (Minerd) por cometer faltas graves, especialmente, por abandono del cargo y recibir remuneraciones sin trabajar.

Del total, 348 maestros solicitaron su cancelación de manera voluntaria y 279 fueron separados de manera forzosa, debido a «faltas graves y abandono de sus puestos de trabajo».

Las desvinculaciones se produjeron durante el periodo transcurrido entre los meses de diciembre 2023 y agosto de 2024, dijo el Minerd en una nota.

Al referirse a las causas que motivaron los despidos, la Dirección de Recursos Humanos explicó que el 80 % por ciento fue por abandono de su puesto de trabajo y el 20 % restante está relacionado con otro tipo de indisciplina, entre ellas: violencia, acoso sexual, narcotráfico y falsificación de documentos.

Vivían fuera del país y cobraban sus sueldos

  • El Minerd dijo que la investigación evidenció que muchos colaboradores del área docente estaban viviendo fuera del país o realizando otras actividades mientras devengaban salarios entre 70,000 pesos y 90,000 pesos en el Minerd. «Para camuflar su incumplimiento, le pagaban a un sustituto entre 6,000 seis y 9,000 pesos al mes», reveló el Minerd.

«Profunda investigación»

El Ministerio de Educación informó que las cancelaciones se realizaron luego de una «profunda y amplia investigación», que se realizó a través de la Unidad de Investigación de la Inconductas Laborales de la institución, compuesta por abogados, psicólogos, trabajadores sociales y otros profesionales, y que contó con la cooperación de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) y la Dirección General de Migración.

Recientemente, la Unidad de Investigación de la Inconductas Laborales del Minerd, realizó un recorrido por las regionales y distritos educativos para formar a los directores de centro sobre los componentes éticos y disciplinarios, enseñándoles, a través de talleres, cuáles son las obligaciones y los deberes del servidor público y cuáles son las consecuencias de no cumplir con esos deberes y cómo funciona la estructura de administración del Estado.

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