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Violación de Banreservas a Ley 200-04 genera sentencia del TC.

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Santo Domingo, RD.-Otra violación más de una institución pública, ahora el Banco de Reservas, genera una sentencia del Tribunal Constitucional, la cual estableció  que la Ley  200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública  es  uno de los mecanismos de supervisión que el ordenamiento jurídico ha puesto a disposición de las personas,  “a los fines de  poder conocer, controlar y fiscalizar el uso de los recursos que nos pertenecen a todos”.

Este criterio está contenido en la sentencia TC-0185-22, emitida el 21 de julio, mediante la cual ratificó  un fallo  que ordenó al Banco de Reservas entregar informaciones sobre todo el proceso para el cambio de imagen  realizado por  la entidad bancaria en el 2016.  

Reiteró el precedente  asentado en la sentencia TC/0042/12, en la que señaló que el derecho a la información pública tiene una gran relevancia para el fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho instituido por el artículo 7 de la Constitución, “ya que su ejercicio garantiza la transparencia y permite a la ciudadanía acceder libremente a las informaciones en poder de las instituciones del Estado”.

En cuanto a las  informaciones solicitadas al Banco de Reservas, determinó que  no se refieren a un secreto comercial, como alegó la entidad bancaria en la pasada gestión,  sino a datos públicos, porque se limita al cambio de imagen de un banco.

Precisó que el secreto comercial consiste en una información que se esconde de la competencia para evitar que sea copiado. Agregó que  generalmente radica en un listado de clientes, un plan comercial o proceso de fabricación.

“Este tribunal comparte el criterio asumido por el juez de la acción de amparo al considerar que la información solicitada no versa sobre las estrategias que utilicen para competir en el mercado con los demás bancos sino algunas de las informaciones correspondientes al proceso de cambio de imagen por ser esta (sic) un banco propiedad del Estado dominicano, que maneja fondos públicos, derivados de las ganancias obtenidas de la actividad del Banco”, puntualizó.

Fondos pùblicos
El Constitucional explicó que todas las entidades financieras, públicas y privadas, están sometidas a la Administración Monetaria y Financiera del Estado dominicano, establecida en el artículo 223 y siguientes de la Constitución  y en la Ley 183-02, Monetaria y Financiera, del 21 de noviembre de 2002.

Empero,  acotó que  la Ley 6133,  le da al Banreservas forma jurídica de entidad autónoma del Estado y que  por tanto, debe comportarse conforme a las características que el  ordenamiento jurídico precisa para ese tipo de entidades.

En este sentido, puntualizó que los dineros que impulsan sus actividades son públicos, “es decir, de todos, por lo que, cualquier persona tendría derecho a pedir información sobre su disposición con las limitaciones que establecen las leyes”.

 Indicó que ni  la Ley 183-02,   la Ley  200-04,  ni la ley 6133, orgánica del Banco de Reservas, establecen limitaciones en este sentido.

Solicitud de informaciones
Las informaciones fueron solicitadas al Banco de Reservas  mediante una acción de amparo de cumplimiento interpuesta  por el abogado Ramón Ramirez Montero, director ejecutivo del Consejo Nacional contra la Corrupción (Conacco),  en virtud de la ley 200-04.

 La acción fue acogida por la segunda sala del Tribunal Superior Administrativo  mediante la sentencia  0030-2017-00133, emitida el 9 de mayo de 2017.

El TC rechazó un recurso de revisión  incoado por el Banco de Reservas  (Banreservas) y ratificò la sentencia impugnada.

 “En efecto, tal como señala la sentencia núm. 0030-2017-00133, el derecho de acceso a la información gubernamental es una de las fuentes de desarrollo y fortalecimiento de la democracia representativa, en tanto permite a los ciudadanos analizar, juzgar y evaluar en forma completa los actos de sus representantes, y estimula la transparencia en los actos de Gobierno y de la Administración”, indicó  el TC.

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Transitoriamente no tendrá penalidad el pago por la pérdida o deterioro de la libreta de pasaportes.

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Santo Domingo.- La suspension de manera temporal del pago de penalidad por deterioro o pérdida de la libreta si los ciudadanos realizan la transición al nuevo pasaporte electronico, segun fue anunciado por la Dirección General de Pasaportes.

La información la ofreció el director general de la institución, Lorenzo David Ramírez Uribe, quien precisó que la medida será implementada desde el 15 de este mes hasta el 31 de diciembre de este año.

«Esta decisión representa un alivio económico real para miles de dominicanos que desde el 2011 cuando una persona perdía o deterioraba su libreta debía asumir un costo adicional y que encarecía el proceso de obtención de un nuevo pasaporte», señaló.

El impacto de esta disposición es significativo. Estimamos que generará un ahorro superior a los 48 millones de pesos para el bolsillo de los dominicanos durante el periodo vigente de esta pasividad.

«Este dinero permanecerá en manos de las familias, de los estudiantes, de los trabajadores y de los emprendedores que necesitan viajar y que ahora podrán realizar su trámite con una carga económicamente menor», expresó durante una rueda de prensa.

Ramírez Uribe informó que, a la fecha, se han emitido alrededor de 26.000 pasaportes electrónicos en las 5 oficinas habilitadas para ofrecer este servicio.

«Esta cifra representa la confianza de la ciudadanía en este nuevo documento y el éxito de esta implementación. Detrás de cada uno de estos pasaportes hay una identidad protegida con los más altos estándares internacionales de seguridad y un documento alineado con las mejores prácticas mundiales», sostuvo.

Asimismo, enfatizó que continúan ampliando su cobertura nacional, incorporando el servicio de pasaporte electrónico en nuevas localidades de forma estratégica, incluyendo sus oficinas en Occidental Mall, en Santo Domingo Oeste, (2:12) Colinas Mall, en Santo Domingo Norte, así como en la provincia de Nueves y Azores.

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Designan nuevos cónsules en Chile, EU. UU y Venezuela

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Santo Domingo, R.D.-Nuevos movimientos ha hecho el presidente Luis Abinader dispuso en el servicio exterior dominicano mediante los decretos 350-26 y 351-26, con los cuales fueron designados representantes consulares en Chile, Estados Unidos y Venezuela.

Las disposiciones del Poder Ejecutivo oficializan nombramientos en Santiago de Chile, Providence, Raleigh (EE.UU) y Caracas, como parte de las atribuciones constitucionales del mandatario para dirigir la política exterior y designar funcionarios diplomáticos y consulares.

Mediante el Decreto 350-26, Robert Ramón Arias Fernández fue designado cónsul general de la República Dominicana en Santiago, República de Chile, con jurisdicción en todo el territorio chileno.

La misma disposición designa a Juan Mercedes Mateo Guerrero como cónsul general dominicano en Providence, Rhode Island, Estados Unidos, una plaza de interés para la comunidad dominicana residente en esa zona del noreste estadounidense.

El decreto también deroga el artículo 2 del Decreto núm. 334-25, del 20 de junio de 2025, que había designado a María Luisa Ubiera Zorrilla como embajadora en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.

En el mismo documento, Ubiera Zorrilla queda designada como cónsul general de la República Dominicana en Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos, ampliando así la representación consular dominicana en territorio norteamericano.

A través del Decreto 351-26, el Poder Ejecutivo designó a Héctor Pastor Vásquez Frías como cónsul general de la República Dominicana en Caracas, República Bolivariana de Venezuela.

Ambos decretos fueron remitidos al Ministerio de Relaciones Exteriores, la Cámara de Cuentas, la Contraloría General de la República, el Ministerio de Administración Pública y las demás instituciones correspondientes, para fines de conocimiento y ejecución.

Las designaciones se producen en el marco de la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, normativa que regula la organización, funcionamiento y designación de los funcionarios vinculados a la representación internacional del Estado dominicano.

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El nuevo capitulo de Mantequilla es una acusación por intento de homicidio

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Santo Domingo, R.D.-Es perseguido activamente por la Policía Nacional Wilkin García Peguero, conocido como «Mantequilla», sobre quien pesa una orden de búsqueda y captura vinculada a un caso que se encuentra bajo investigación.

Es investigado por la presunta comisión de los delitos de asociación de malhechores, tentativa de homicidio agravada, golpes y heridas voluntarias y estafa.

El vocero de la institución, coronel Diego Pesqueira, explicó que la orden judicial fue emitida hace varios días y que las autoridades han realizado gestiones para lograr su localización.

  • Según indicó, se han producido contactos indirectos con García Peguero a través de personas que han servido como mediadores entre las partes.

Pesqueira reveló que sostuvo una conversación con Mantequilla, quien le manifestó su disposición de entregarse voluntariamente ante las autoridades. No obstante, aclaró que esa decisión corresponde exclusivamente al imputado y a sus representantes legales.

Mientras tanto, la Policía aseguró que continúa desarrollando labores de inteligencia y búsqueda con el objetivo de ubicar a García Peguero y ponerlo a disposición del Ministerio Público y de los tribunales competentes.

La institución reiteró que se mantiene abierta a recibir la entrega voluntaria del requerido.

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