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Tribunal Constitucional emite sentencia de negación de liquidación de astrente.

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Santo Domingo.-Fue negada por  el Tribunal Constitucional una solicitud de liquidación de astreinte y de ejecución de sentencia en contra de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), ya que se declaró incompetente a ese respecto.

La Alta Corte declinó el caso ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por ser la jurisdicción competente para conocer la demanda en liquidación de astreinte interpuesta por Concepción y, en consecuencia, remitió el expediente a ese tribunal para que lo decida conforme a derecho.

El Constitucional argumentó que el astreinte (sanción por retardo en el cumplimiento de un fallo) fue fijado por el tribunal civil en la sentencia número 00358/09, la cual fue confirmada por el TC a través de la sentencia TC/0208/20, emitida el 14 de agosto del año 2020, que declaró inadmisible por extemporáneo, un recurso de revisión interpuesto por la DGII.

La segunda sala civil del juzgado de primera instancia acogió una acción de amparo interpuesta por Ramón Emilio Concepción y decretó que el abogado está exonerado del pago de impuestos de transferencia de inmuebles adquiridos como pago de honorarios profesionales, en base a un contrato de poder de cuota Litis, de fecha 12 de marzo del año 2002.

Esa decisión fue adoptada en virtud de la Ley 302, sobre Honorarios de los Abogado, en la ley que crea el Colegio de Abogados de la República Dominicana, y en el artículo 110 de la Constitución que consigna el principio de irretroactividad de la ley.

Ese fallo también impuso a la DGII y al Estado dominicano el pago de un astreinte DE RD00,000.00 por cada día de retraso en la ejecución de lo ordenado, liquidable cada 15 días por ante ese mismo tribunal.

“Desde el punto de vista jurídico, resulta incorrecto que el juez sobreseyera la petición de liquidación de astreinte sobre la base de la necesidad de que otro tribunal, distinto de la propia Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional interpretara un fallo que le correspondía interpretar a ella misma.”, estableció el Tribunal Constitucional en la sentencia TC-0209-23, dictada el 19 de abril de 2023.

Indicó que es de jurisprudencia constante que la interpretación de las sentencias -si ello resulta necesario y procedente- debe ser efectuada por el mismo tribunal que la dictó.

Puntualizó que todo juez de amparo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley 137-11, tiene competencia para pronunciar astreintes, con el objeto de constreñir al agraviante al efectivo cumplimiento de lo ordenado mediante la sentencia de amparo.

Recalcó que esa es una facultad exclusiva del juez que estatuye sobre el fondo del amparo.

Argumentó que ese es el criterio que ha fijado en la sentencia TC/0336/14, del 22 de diciembre de 2014, en consonancia con la jurisprudencia tradicional de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

Ese expediente fue declinado al Tribunal Constitucional por la SCJ, que había sido apoderada del caso mediante un recurso de casación en contra de la sentencia del tribunal civil de primera instancia, y fue recalificado por el TC como un recurso de revisión de amparo.

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Detalles de cómo la PGR siguió al fiscal Aurelio Valdez hasta comprobar entrega de dinero en sobornos

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Santo Domingo, R.D.-La solicitud de medida de coerción en contra del fiscal Aurelio Valdez Alcántara narra el proceso de investigación y seguimiento que le hizo el Ministerio Público por supuestamente recibir 10 mil dólares en una entrega controlada.

De acuerdo al órgano acusador, el 13 de marzo de este año, el fiscal concretó un encuentro con Roberto Canaán, quien es testigo en el caso de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa). La reunión sería en Plaza Lama de avenida Jiménez Moya con 27 de Febrero.

“En este lugar Roberto Canaán abordó el vehículo del imputado Aurelio Valdez Alcántara, quien utilizó información privilegiada sobre sus vehículos personales y propiedades para establecer una posición de dominio”, dice la solicitud.

La suma inicial fijada por Valdez Alcántara, según el Ministerio Público, fue de 200 mil dólares, “suma que redujo” a 150 mil, además de que “mostró interés en un reloj Rolex y exigió la entrega de un vehículo de lujo, específicamente un Mercedes Benz 350 o 450 negra”.

Además, el fiscal “rechazó opciones más económicas, como una guagua Volvo o Mazda, insistiendo en el modelo de alta gama solicitado”.

El día 25 de marzo, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, solicitó la designación de un juez para la investigación en este caso. El 27, la magistrada Ysis Muñiz, quien fue la jueza designada, autorizó al Ministerio Público a investigar la entrega vigilada de dinero.

El día 27, en horas de la tarde, Aurelio Valdez contactó a Roberto Canaán para que se reunieran en la Plaza Comercial Bella Vista Mall, en el área de parqueos del cuarto piso, con la “intención de realizar el pago de soborno exigido”.

Como seguimiento en el caso, “para cubrir y documentar la entrega” del dinero, el Ministerio Público conformó un equipo integrado por el mayor Luis Antonio Valdez Moreno, encargado de la División de Operaciones, auxiliado por varios agentes policiales, y acompañados por el fiscal Andrés Octavio Mena.

Estos se trasladaron a la plaza antes citada, también en el cuarto piso, y desde ahí observaron el vehículo Honda CRV, color crema, propiedad del fiscal Aurelio Valdez.

Miraron que Roberto Canaán abordó el carro del fiscal y permaneció por aproximadamente cinco minutos en el interior e hizo la entrega del dinero.

Los policías le ordenaron detener el vehículo y, tras esto, le solicitaron acompañarlos a la Procuraduría General de la República en su vehículo con los agentes.

Cuando se encontraban en el área de parqueos del sótano de la Procuraduría General y en presencia del fiscal Andrés Octavio Mena Marte, procedieron a requisar el interior y preguntarle si tenía algo en su interior, a lo que este indicó que solo tenía un arma de fuego y una tableta tipo computadora de la Procuraduría General de la República.

“En la requisa, con la presencia del imputado Aurelio Valdez Alcántara, específicamente en la parte interior del Sunroof y la tapa corrediza del Sunroof, fueron ocupados la cantidad de 100 billetes de cien dólares americanos, para un total de diez mil dólares (US$10,000.00) en efectivo”, dice la solicitud de medida de coerción, que narra todo lo que encontraron en el vehículo, como tarjetas y celular.

El arma del fiscal, de acuerdo al documento, es una pistola marca Bersa, 9 mm. Color negro con corredera plateada, serial 0018MP, con un cargador y trece (13) cápsulas para la misma.

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Fiscal le habría pedido dinero, reloj y auto a Roberto Canaan, testigo de la PGR en el caso Senasa

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Santo Domingo, R.D.-El fiscal Aurelio Valdez Alcántara, investigado por pedir soborno, le habría pedido a Roberto Canaán, uno de los principales mencionados en el caso de corrupción del Seguro Nacional de Salud (Senasa), el pago de 200 mil pesos, un rolex y auto Mercedes Benz, según el expediente del Ministerio Público.

Canaan se desempeñó como Gerente de Atención al Usuario en Senasa.

En la solicitud de medida de coerción del caso Senasa, Canaan es señalado como el cuarto testigo que usaría el Ministerio Público en el caso.

«Con lo que probamos la estructura orgánica de corrupción, el mecanismo de influencia interna

y el origen ilícito de fondos que caracterizaron la gestión del Dr. Santiago Hazim Albainy. Este testimonio de una persona del círculo interno, aporta una narrativa directa que conecta y da sentido a la evidencia documental previamente.

incorporada», señala el Ministerio Público, como uno de los elementos principales para utilizar a Canaan como testigo en el caso.

Roberto Canaan no figura entre los acusados en el caso Senasa.

El Ministerio Público informó que la investigación que realizan en contra del fiscal arrojó que habría exigido al imputado de Senasa una suma inicial de USD$200,000.

De acuerdo a las informaciones, Valdez Alcántara fue sometido a la justicia tras ser apresado en flagrante delito el viernes.

Según se ha informado, la investigación del caso la dirige directamente la procuradora general de la República, quien garantizó a toda la población “que jamás va a tolerar actos de corrupción en la institución”.

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Aplazan otra vez audiencia de Wander Franco y Vanessa Chevalier

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Santo Domingo, R.D.-La audiencia de apelación del juicio contra el pelotero Wander Franco Martha Vanessa Chevalier fue aplazada nuevamente este lunes.

La fecha dispuesta por el tribunal es del 13 al 15 de mayo, para presentar los medios probatorios por el Ministerio Público e inicio de la defensa técnica.

Franco fue condenado en primera instancia a dos años de prisión suspendida, mientras que Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor presuntamente abusada, fue condenada a 10 años de prisión al ser encontrada culpable de explotación sexual lavado de activos.

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