Santo Domingo.- Durante la audiencia de este jueves en el juicio de fondo por la muerte del comunicador Manuel Taveras Duncan el testimonio del seguridad que intervino para «desapartar» al hoy occiso y su victimario de la pelea que sostuvieron el 19 de agosto del 2022 cambió su testimonio, según el Ministerio Público.
Durante el contrainterrogatorio al vigilante Toribio Lebrón, según el Ministerio Público (MP), éste se desdijo de lo que había declarado en una entrevista que se le hizo horas después del trágico incidente que concluyó con el deceso de Taveras Duncan.
El vigilante fue presentado como testigo de la defensa de Rafael Alburquerque Comprés y fue interpelado por la fiscal Magalys Sánchez Guzmán, luego que lo hiciera José Rafael Ariza, abogado del imputado.
«¿En la entrevista que usted dijo que ya había dado anteriormente, usted dijo cómo mata el matador al occiso?», preguntó Sánchez Guzmán a Toribio, quien respondió que «no» e inmediatamente la representante del órgano acusador solicitó al tribunal admitir un documento en el que supuestamente está las declaraciones de este durante el interrogatorio en las investigaciones preliminares y en la que habría contestado lo contrario.
La solicitud de la fiscal Sánchez Guzmán de que se aceptara el documento de la entrevista generó un largo incidente porque la defensa del expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) se opuso alegando que la entrevista a Toribio debía estar firmada, además de él, por un abogado como un requisito de legalidad.
Los abogados Ingrid Hidalgo y José Rafael Ariza alegaron, también, que si el documento no era una prueba, la que puede admitirse o rechazarse, para qué acoger la refutación al testimonio del MP.
Las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Arlin Ventura (presidente), Leticia Martínez y Eveling Rodríguez admitieron el documento con las primeras declaraciones del vigilante en la que habría acusado a Alburquerque Comprés.
Las magistradas argumentaron que la ley procesal es rigurosa cuando es un acusado o coimputado, casos en los que se exige la firma de un abogado en una entrevista, pero no así cuando es un testigo.
«En este caso no ha salido a relucir ni ha tenido el tribunal constancia ni ninguna evidencia de que en algún momento, o por lo menos en el momento de la entrevista que aduce el Ministerio Público y que adujo el Ministerio Público él haya tenido la calidad de imputado», explicó Arlin Ventura.
Agregó que «lo pertinente y lo lógico es que ese documento entre al juicio» para ser valorado en base a la sana critica, de manera global con todas las pruebas.
Acoge petición de la defensa
Las juezas rechazaron al órgano persecutor el sometimiento de las constancias de la cadena de custodio con la que alegadamente se buscaba aclarar «la manera específica» de cómo se trataron las imágenes levantadas y que varios testigos dijeron que se extrajo de una memoria USB y se grabó en un DVD, sometido como prueba.
El tribunal entendió que en el testimonio del oficial de investigación Wilson Sánchez del Rosario, presentada este jueves y quien explicó cómo se hizo la extracción del audiovisual, estaba claro y no ameritaba el documento de constancia que pretendía el MP se admitiera.
El oficial Sánchez Rosario acompañaba al perito Isac Rosado Marte, quien grabó en el dispositivo USB el video del comercio chino donde estaba la cámara que captó la muerte del comunicador.
«No ha surgido absolutamente del testimonio del señor ningún tipo de controversia y ninguna cuestión que amerite algún tipo de esclarecimiento por parte del tribunal o para el tribunal», sostuvo la magistrada.
Hoy, el Ministerio Público concluyó la presentación de sus testigos y las demás pruebas en la que tratará de demostrar la culpabilidad de Alburquerque Comprés en la muerte del comunicador Manuel Taveras Duncan luego de una discusión que se inició porque el hoy occiso supuestamente pensó que el acusado se reía de él porque le había caído ketchup encima.
La defensa empezó a presentar sus testigos y sus pruebas. La muerte se produjo en el sector Mirador Norte, Distrito Nacional.
Santo Domingo, (EFE).- El Gobierno de la República Dominicana designó este martes al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica de Irán y al grupo chií libanés Hizbulá como organizaciones terroristas.
Esta designación se lleva a cabo «en cumplimiento de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y la legislación nacional dominicana», destacó este martes el Ministerio de Relaciones Exteriores dominicano.
En la actualidad Irán cuenta con un cuerpo diplomático designado para cubrir la República Dominicana, aunque la embajada tiene su sede en Cuba.
Esa legación está encabeza por el embajador Seyed Mohammad Hadi Sobhani, quien presentó sus credenciales ante el presidente dominicano, Luis Abinader, en diciembre de 2024.
Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público cuenta con más de 25 evidencias demoledoras en contra de Yleidi Linares Araujo, acusada de asfixiar a su hija de seis años en un hecho ocurrido el 11 de marzo en la comunidad de Sabana Toro de la provincia de San Cristóbal, según la procuradora fiscal Laura Segura.
La representante del Ministerio Público y fiscal investigadora del caso afirmó que el expediente contiene una amplia cantidad de pruebas que, según sostuvo, sustentan la imposición de prisión preventiva.
«El Ministerio Público está listo para conocer la solicitud de imposición de medidas de coerción, contando con más de 25 evidencias demoledoras para que el tribunal acoja la prisiónpreventiva en contra de la imputada por el homicidio de su hija menor de edad de 6 años», expresó.
Detalló que entre las pruebas figuran evidenciasdocumentales,audiovisuales y testimoniales. Asimismo, mencionó entrevistas, interrogatorios e imágenes de video analizadas como parte de los elementos presentados en el caso.
«Entrevistas, interrogatorios, imágenes de video que fueron debidamente analizadas y un sinnúmero de elementos de pruebas que van a sustentar la imposición de la prisión preventiva, sin duda alguna»Laura SeguraProcuradora fiscal de San Cristóbal“
Segura explicó, la audiencia fue aplazada para el viernes 15 de mayo, a las 9:00 de la mañana, a solicitud de la defensa técnica de la imputada, con el propósito de que le sean notificadas las pruebas audiovisuales depositadas por el órgano acusador.
Cronología del hechoEl día de la tragedia, vecinos relataron que escucharon a la madre pedir auxilio mientras descendía con la menor Milianny Linarez en brazos desde el tercer nivel de un edificio de apartamentos. Posteriormente, la niña fue trasladada al Hospital Juan Pablo Pina, donde fue declarada muerta.
En sus primeras declaraciones, Linarez Araujo aseguró que había salido al colmado y que, al regresar, encontró a la niña tendida en el baño de la vivienda.
Vista de Yoleydi Linarez Araujo el sábado 9 de mayo del 2026 mientras se encontraba en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal.
El Ministerio Público presentó formal acusación contra la progenitora, luego de que los resultados del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) estableciera que la niña murió por «asfixia por sofocación por obturación de orificiosrespiratorios», determinando una muerte violenta de etiología homicida.
En el expediente de la solicitud de medida de coerción, el órgano persecutor sostiene que la imputada habría cometido el hecho dentro de su residencia durante las horas de la mañana del mismo día en que la niña fue llevada al centro de salud.
«Como coartadaposteriora la comisión de los hechos, salir unos 20 minutos a un establecimiento comercial y al retornar fingir encontrar a la víctima sin signos vitales tirada en el suelo en el interior del baño, simulandouna causa distintade la muerte«, señala el expediente.
El documento también establece que estas imputaciones estarían sustentadas en el informe técnico digital de video No. 2026-04-E8566, elaborado por la Dirección Central de Investigación (Dicat).
Según el informe, las imágenes de vigilancia muestran e individualizan a Linarez Araujo como la única persona que ingresó a la viviendaantes y después de la muerte de la menor.
La residencia donde fue encontrada sin vida la niña de seis años en la comunidad Sabana Toro, provincia San Cristóbal.
Indica, además, que los familiares de la imputada y de la niña habían salido del lugar, previo a los hechos, y que, dentro del período en que ocurrió el homicidio, la única persona ajena que ingresó a la zona fue la testigo Lennys Lizbeth Angomas Pinales, vecina de la imputada, quien declaró haber observado a la imputada alrededor de las 10:15 de la mañana realizando labores de limpieza frente a su residencia.
A esto, el documento suma entrevistas de otras vecinas, quienes afirmaron haber visto únicamente a la acusada entrar y salir de la vivienda donde ocurrió el hecho.
Según el Ministerio Público, estas evidencias permiten establecer que la imputada era la única persona que tenía el dominioexclusivode la escena y de la menor fallecida.
Santo Domingo, R.D.-La exponente urbana Ashley Mariel Sanchez Victoriano, conocida como «Masha», quien fue apresada por agentes de la Policía Nacional el pasado sábado luego de que fuese sorprendida con dos armas de fuego ilegales dentro del vehículo en el cual se transportaba junto a otras personas, sera sometida a la justicia por la conducta ilegal en que ha incurrido.
Masha fue detenida mientras conducía por la avenida Mella, en el sector Andrés Boca Chica, acompañanda por Karla Julisa Rodríguez, quien estaba en el asiento delantero del pasajero; ambas con 19 años de edad. Mientras que en la parte trasera se encontraba Alexander Martínez Nolasco, de 18 años.
Dentro de la gaveta situada en el lado del pasajero de la yipeta marca Honda CRV fue donde los patrulleros del cuerpo policial encontraron dos pistolas Glocks calibre 9 milímetros sin documentación.
Según determinó la institución a través de las pruebas balísticas, una de estas fue robada en 2018 a un miembro de la Policía.
“Se la robaron en 2018 a un policía. Esa arma la estaban disparando para comparar los casquillos con otras escenas violentas y ver si ha sido usada en otros crímenes o delitos. Es por eso que sabemos que una de esas se la robaron a una policía”, explicó a reporteros de este medio un agente vinculado a la investigación.
No obstante, de acuerdo con lo informado por la fuente extraoficial, esto no quiere decir que la artista haya participado en el robo realizado al policía.
Además de los dispositivos, los agentes que realizaron el registro aseguran haber confiscado en el interior del automóvil dos cargadores de balas, uno de ellos con capacidad para 30, teniendo en total 14 proyectiles.
Mientras tanto, el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía de Santo Domingo Este presentó el pasado domingo ante el Juzgado de Instrucción de la provincia Santo Domingo una solicitud para lograr que los imputados sean sometidos a prisión preventiva.
El Ministerio Público (MP) entiende que los acusados, a pesar de tener un domicilio en el país, no ofrecen garantías para presentarse a los actos del procedimiento judicial. Por lo que “existe un alto riesgo de que intenten sustraerse al proceso y no comparecer” ante el juez.
Asimismo, considera que los tres detenidos deben ser juzgados por porte ilegal de armas de fuego, tipificación penal contemplada en los artículos 43, 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Pistolas, cargadores y municiones confiscados por la Policía Nacional.Fuente externa
¿Cómo funciona la depuración?
“La depuramos, la llevamos a balísticas, se disparan esos casquillos, se comparan con otros que han sido levantados en escenas donde hay heridos, fallecidos o robos, luego se analiza a través de una computadora que permite determinar si coinciden con el arma retenida”, de esta manera, según precisó el portavoz de la Policía Nacional, coronel Diego Pesqueira, las autoridades pueden identificar la procedencia de un arma de fuego.