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Trama de desaparición de “Quirinito” es dolor de cabeza para Ministerio Público

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Oncólogo Ángel Garabot dice que la persona que atendió, dos veces, era más delgada y poco colaborador

SANTO DOMINGO. La trama que envuelve el diagnóstico de cáncer y posterior desaparición de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, “Quirinito”, es tan compleja, que resolverlo tomaría más tiempo de lo esperado.

Para los involucrados en la investigación, esta “es una trama bien compleja y hay que trabajar bastante para probar la mala fe, ya que la misma es una cadena que comienza con un médico que jura y jura que tiene cáncer”.

Lo complejo radica, no sólo en capturar al condenado a 20 años de prisión, sino también en determinar a quiénes engañaron y quiénes sabían lo que se estaba armando por lo que los arrestos, según el Ministerio Público, ocurrirán cuando se tengan las evidencias de dolo.

Ayer, el doctor Ángel Garabot Polanco aclaró que no diagnosticó, ni confirmó el cáncer de Paniagua, sino que lo trató y emitió un informe, por primera vez el 22 de mayo del 2017, en base a la orden judicial sustentado con un diagnóstico de un patólogo de la Unión Médica de Santiago, para que recibiera quimioterapia.

Explicó que el 5 de junio hizo un segundo informe, sólo para agregar que el condenado debía recibir tratamiento de radioterapia, ya que el oncólogo César Augusto Núñez le había certificado que le había dado dos sesiones de quimioterapia.

“Ese informe se emitió el día 5 de junio, pero se emite el informe con fines de agregar la radioterapia al manejo que ya se había propuesto”, dijo al destacar que la persona que atendió en su consultorio del Instituto Oncológico de San Francisco, es más delgada que la que la mostrada en la foto por las autoridades.

“A quien yo atendí es una persona delgada, de pómulos prominentes, no una persona robusta, como se ha estado divulgando en la redes. Yo no atendí una persona ‘papiá’, fornida. Yo atendí a una persona que eventualmente sí se veía enferma. Una persona que en la foto tiene cabello y el que yo vi, no”, expresó Garabot Polanco.

“Fue un paciente muy poco cooperador, un paciente que si acaso habló dos veces, que quien más hablaba era su pareja (Jennifer Esthefani Domínguez de Castillo), un paciente que mantuvo una toalla en la cabeza que se la quitó en dos ocasiones, una porque se lo pidió una doctora que estaba ahí conmigo y otro momento que fue cuando se secó la sialorrea porque era un paciente que estaba salivando mucho”, agregó.

Garabot Núñez, quien fue interrogado por la Inspectoría del Ministerio Público, informó que dimitió del Oncológico por varias razones, una de ellas ha sido “por unos malos tratos que ha recibido de sus superiores inmediatos a raíz de esa situación que ha venido atravesando”.

Este martes fue interrogada la abogada Ivanna Rodríguez Hernández, quien había estado en la defensa de “Quirinito”, y se tenía previsto entrevistar otra vez al doctor Núñez,así como a Ysmael Paniagua, coordinador del Nuevo Modelo Penitenciario.

DNI rastrea a “Quirinito” fuera

El Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), tiene agentes desplegados dentro y fuera del país, con el fin de dar con el paradero de Pedro Alejandro Castillo Paniagua (Quirinito), personaje que se ha convertido en el más buscado por las autoridades dominicanas.

La información la ofreció el director del organismo de inteligencia almirante ® Sigfrido Pared Pérez quien alegó que esa entidad actúa de acuerdo a los requerimientos que en ese sentido hace la Procuraduría General de la República. Subrayó que tiene agentes fuera de país integrados a la búsqueda, sin embargo, no especificó la cantidad alegando asuntos de seguridad y agregó que el número es importante y que el DNI tiene agentes que viven en naciones donde el país tiene relaciones diplomáticas que también trabajan en la búsqueda. Entrevistado en el Palacio Nacional, tras salir de la acostumbrada reunión con el presidente Danilo Medina, Pared Pérez explicó que este es un caso judicial que tiene que ver con el Sistema Penitenciario.

diariolibre.com

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Después de castigo mediante arancel de Estados Unidos RD no aceptará productos y bienes elaborados mediante “trabajo forzoso”

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Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dominicano dispuso la prohibición de la importación hacia al territorio nacional de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, incluyendo aquellas mercancías respecto de las cuales exista evidencia razonable de que en alguna fase de su cadena de suministro se ha producido la distorsión, cuya decision se produce tras el pais ser sancionado mediante arancel por la administracion del presidente Donald Trump.

La disposición gubernamental busca establecer las disposiciones administrativas necesarias para la prevención, identificación, verificación y prohibición de la importación de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, con el fin de proteger los derechos humanos, preservar la integridad del comercio internacional y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.

La medida, contenida en el decreto 502-26, será aplicada a toda mercancía, producto o bien destinado a ser importado al territorio aduanero del país sobre el cual existan indicios razonables de que ha sido producido, fabricado, extraído, procesado o elaborado, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, independientemente de su país de origen o procedencia.

La medida se toma apenas horas después de que la Administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, anunciara nuevos aranceles de entre el 10 % y el 12,5 % a las importaciones procedentes de República Dominicana y otros 59 países y economías, justificándose en una investigación sobre «esfuerzos insuficientes para combatir el trabajo forzoso».

En su artículo siete, el decreto señala que para la identificación de casos productos creados total o parcialmente, mediante trabajo forzoso se tomará en consideración información proveniente de fuentes nacionales o internacionales, tanto públicas como privadas incluyendo importadores, exportadores, operadores económicos, asociaciones empresariales u otros actores del sector privado.

Cuando existan indicios razonables, la Dirección General de Aduanas solicitará al Ministerio de Trabajo que, dentro del ámbito de sus competencias, elabore el informe técnico correspondiente. Luego se realizará una evaluación técnica correspondiente para determinar si existen elementos suficientes para concluir que la mercancía sí tuvo incidencias, durante su creación del trabajo forzoso.

El Ministerio de Hacienda y Economía, la Dirección General de Aduanas y las demás instituciones competentes podrán adoptar dentro del ámbito de las atribuciones que les confieren las leyes, las normas generales, medidas administrativas, operativas y técnicas necesarias para la ejecución del presente decreto, siempre que dichas medidas no impliquen la creación de nuevas obligaciones, restricciones o prohibiciones distintas de las previstas en el ordenamiento jurídico vigente, ni alteren el contenido esencial de los derechos reconocidos por las leyes.

Se define como trabajo forzoso todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente, de conformidad con la definición contenida en el Convenio núm. 29 de la OIT, ratificado por la República Dominicana mediante la Résolución núm. 4505, del 21 de julio de 1956, y de conformidad con los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos y erradicación del trabajo forzoso.

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Será el 6 de agosto lectura de fallo sobre acusado de ataque mortal en Naco

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Santo Domingo, R.D.-Fue pospuesto para el 6 de agosto por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional la decisión de si envía a juicio de fondo a Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de protagonizar un violento ataque con arma blanca en el ensanche Naco, hecho en el que falleció una mujer y varias personas resultaron heridos.

El tribunal, presidido por la magistrada Isis Muñiz tomó la decisión al considerar que la resolución todavía no está lista. En ese sentido ordenó a la secretaria del tribunal la notificación de la decisión, al Ministerio Público, representado por la procuradora de Corte Dulce Luciano, a la defensa del imputado, doctor Richard Martínez y al abogado Miguel Valerio, quien representa a los familiares de la víctima.

La corte de alzada deberá evaluar los argumentos de las partes tras la polémica decisión emitida el pasado 17 de marzo por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. El tribunal tendrá que determinar si ratifica ese dictamen o si, por el contrario, acoge los recursos de la parte acusadora para revocarlo.

Deiby Timoteo Peguero dictó un auto de «no ha lugar» a favor de Pumarol Fernández, tras considerar que el imputado no se encontraba en condiciones de salud mental aptas para enfrentar un juicio de fondo por los hechos que se le imputan.

La decisión fue adoptada tras evaluar los documentos depositados por la defensa, entre ellos un informe médico del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), que establece que el imputado sufrió un brote psicótico al momento de los hechos debido a que padece esquizofrenia paranoide.

Tras la notificación oficial del fallo, tanto el órgano persecutor como el abogado Miguel Valerio quien ostenta la representación legal de los familiares de la señora Ivonne Handal Abugabir, de 70 años, fallecida en el incidente apelaron la decisión. El recurso fue sometido dentro del plazo de 20 días hábiles que establece el artículo 309 del Código Procesal Penal.

La tragedia ocurrió en julio de 2025 en el ensanche Naco, donde Jean Andrés Pumarol Fernández atacó a varias personas con un arma blanca.

El incidente dejó como saldo fatal el deceso de la señora Ivonne Handal Abugabir. Asimismo, resultaron con heridas de gravedad Guillermo Pumarol padre del agresor, la cuidadora Teresa Fabián Heredia y los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.

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Jean Alain debe continuar juicio tras tribunal rechazar oposición.

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Santo Domingo, R.D.-La continuación del juicio por presunta corrupcion administrativa en contra del ex procurador general Jean Alain Rodriguez y compartes deberá continuar  tras el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar un recurso de oposicion presentado por la barra de la defensa.

Como solicitó el Ministerio Público, representado por el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución, el tribunal declaró inadmisible el recurso contra la decisión que rechazó la mayoría de los incidentes planteados por las defensas.

La audiencia estaba convocada para la mañana, pero las juezas la reprogramaron para la tarde.

Camacho recordó que Rodríguez «se ha mantenido buscando la forma de huir al conocimiento del proceso y al conocimiento de las pruebas».

«La razón fundamental por la que Jean Alain huye al conocimiento de este proceso es porque él sabe que será asediado por las pruebas que tiene el Ministerio Público en la medida en que las mismas se produzcan en el tribunal», agregó.

El tribunal, integrado por las juezas Claribel Nivar, Clara Castillo y Yissell Soto, dio a conocer el fallo e inmediatamente dispuso que el Ministerio Público presentara su discurso de apertura.

Sin embargo, una de las barras de la defensa pidió aplazar la audiencia alegando un mal de salud de su defendido, solicitud que fue rechazada por las juezas al acoger el argumento del Ministerio Público de que faltaba un documento que avalara dicha condición.

El tribunal volvió a ordenar la continuación, pero la defensa de Rodríguez Sánchez volvió a presentar la solicitud de extinción de la acción penal.

Posteriormente, las juezas escucharon a Rodríguez Sánchez y dispusieron el aplazamiento de la audiencia para el próximo lunes 27 de julio, a las 9:00 de la mañana, donde será escuchada su defensa.

En respuesta a la solicitud del Ministerio Público, el pasado 6 de julio los jueces declararon inadmisibles la mayoría de los incidentes planteados por las defensas, que procuraban la nulidad del juicio, y ordenaron la continuación del proceso para el 22 de julio.

El expediente acusatorio establece que Rodríguez malversó más de 6,000 millones de pesos mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador general.

Además de Rodríguez, figuran Jhonatan Loander Medina Reyes, Alfredo Alexander Solano Augusto, Jhonatan Joel Rodríguez Imbert, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Rafael Antonio Mercedes Marte, Miguel José Moya y Braulio Michael Batista Barias.

También son procesados Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.

Los imputados enfrentan cargos por presuntos delitos de corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.

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