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Economía

Tres años luchando por una pensión por discapacidad

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mujeresSANTO DOMINGO. Tras tres años batallando por una pensión por discapacidad con Seguros Universal, la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Popular y la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), Virginia Margarita Fontana González logró que la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo acogiera un amparo que ordena confirmar la cobertura.

La AFP le había negado la pensión por el contenido de la cláusula 12 del Contrato Póliza, que establece «una prescripción extintiva de dos (2) años para el asegurado o los beneficiarios a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro, después de la cual no podrá iniciarse ninguna acción contra La Compañía». La SIPEN, que ha avalado este contrato (en el 2006, durante la gestión de Persia Álvarez), había emitido una resolución en la que rechazaba la petición de Fontana de que le reconocieran su pensión.

Al 31 de enero del 2014, las aseguradoras sólo habían otorgado 3,421 pensiones por discapacidad de 6,580 solicitadas. Y 3,997 de 8,428 pensiones por sobrevivencia. Mientras, la recaudación por el seguro de discapacidad y sobrevivencia ascendía el pasado enero a RD$16, 970, 806,906.

El peregrinaje de Virginia empieza el 30 de diciembre del 2010, cuando solicitó a AFP Popular su pensión, acogiéndose en el informe del doctor Héctor de la Cruz Cabrera del 22 de noviembre del 2010, que le diagnostica «Hipertensión arterial sistémica severa, tumor renal (nefrectomía izquierda), síndrome de depresión /ansiedad reactivos».

El día 6 de enero del 2011, la AFP solicitó una calificación de discapacidad a la Comisión Médica Regional, obteniendo el 21 de febrero del mismo año la notificación de que Virginia Fontana tenía un 60.42% de discapacidad. Pero no es hasta el 7 de marzo del 2012 cuando la AFP Popular notifica a Virginia el informe de la Comisión Médica Regional, que establecía como fecha de concreción de la discapacidad el día 19 de noviembre del 2010.

Este dictamen fue apelado por ella ante la Comisión Médica Nacional y el 19 de marzo del 2012 rechazó el informe de la Comisión Médica Regional y le otorgó un porcentaje de discapacidad de 68.28%. Es el 27 de abril, más de un mes después del fallo, cuando la AFP Popular notifica a Virginia Fontana este resultado.

Tras esto, la señora reclama su pensión, pero Seguros Universal le responde que había vencido el plazo de gracia previsto en el Contrato Póliza para hacer reclamaciones y que su seguro no tenía cobertura porque no cotizaba desde final del 2009. Virginia entonces reclama ante la Comisión Médica Regional la revisión de la fecha de concreción de la discapacidad, que determina que hubo un error inicial y establece una nueva fecha: el 16 de enero del 2006.

El día 27 de junio del 2012, Seguros Universal le comunica a la afectada que según la Cláusula 12 del Contrato Póliza que tenía con la AFP Popular, su acción había prescrito y que no le darían la pensión por discapacidad. Esta cláusula establece un plazo de extinción de dos años desde la fecha de concreción a la de solicitud.

Virginia Fontana interpuso un Recurso de Revisión ante la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), que rechazó «los argumentos presentados por la parte recurrente, por improcedentes, mal fundados y carentes de base legal» en la resolución número 352-13, del 21 de junio del 2013.

Y entonces Virginia interpuso una acción de amparo ante la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el día 18 de octubre del 2013.

El 20 de diciembre pasado el tribunal emitió una sentencia (la 500 -2013) a favor de Virginia acogiendo la acción de amparo, ordenando a la SIPEN confirmar la cobertura de la pensión por discapacidad permanente y pidiendo a Seguros Universal realizar un pago retroactivo de las pensiones que la afectada debió recibir desde la fecha de concreción de la discapacidad.

La SIPEN, en su resolución 358-14 del 17 de febrero de este año, derogó la resolución 352-13 y ordenó a Seguros Universal y la AFP Popular cumplir la sentencia del Tribunal Superior Administrativo. Según las abogadas, ya han realizado el pago retroactivo, desde enero 2006.

En lo adelante, Virginia recibiría el 85% de su pensión durante cinco años, hasta que cumpla los 60, pues a partir de esta fecha la perdería por entrar en edad de jubilación. Sin embargo, no califica para la pensión por vejez porque las cotizaciones en el país iniciaron en el 2003 y el tiempo trabajado tras esa fecha no le alcanzaría para optar por ella. O sea, que estará desamparada. Las abogadas consideran que dejarle la pensión por sólo cinco años es una interpretación que han hecho «hábilmente».

El 15% restante de la pensión que devengará es parte de los honorarios de las abogadas, pues en el contrato cuota litis le pusieron este porcentaje sobre todo lo que perciba la señora. «Nosotros le pusimos del monto recuperado. ¿Qué significa monto recuperado? Todo lo que ella vaya a percibir por nuestra gestión», afirman.

El actual superintendente de pensiones, Joaquín Jerónimo, afirmó en una entrevista con DIARIO LIBRE que en el año 2011 sometió ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) una propuesta de modificación al Contrato Póliza. Esta propuesta incluye incrementar hasta los 65 años la vigencia del seguro de discapacidad y sobrevivencia; aumentar de dos a cinco años el plazo de prescripción de derechos; eliminar la preexistencia de enfermedad como elemento causal de la denegación de derechos y establecer un período de gracia para el disfrute de los derechos derivados del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia en caso de pérdida temporal del empleo, o sea, una especie de seguro por desempleo. No se conoce ninguna respuesta del CNSS sobre esta propuesta de modificación del Contrato Póliza que tanto beneficia a las empresas aseguradoras.

Listin Diario

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Economía

El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en Rep. Dominicana

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Santo Domingo, R.D.- El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en República Dominicana.

El Banco Central fijó el cambio para de la siguiente manera:

Compra: 60.05

Venta: 60.25.

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Economía

El Ministerio de Trabajo revela los días feriados del 2025

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Trabajo informó este jueves cuales serán los días feriados del calendario para este 2025 en el país, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de algunos días para que puedan ser disfrutados por la población, en especial, por la clase trabajadora.

A través de nota de prensa, la entidad recordó que la ley establece el traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.

«La ley fue publicada en la Gaceta Oficial 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país», dice el documento.

En esta ocasión, el Ministerio de Trabajo resaltó solo dos fechas que deben ser trasladadas, los demás días se celebrarán en su fecha original.

Los días feriados del 2025 se aplicarán de la siguiente manera:

El miércoles 1 de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.

El lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, no se cambia.

El martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.

El domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.

El jueves 27 de febrero, día de la Independencia Naciónl es inamovible.

El viernes 18 de abrilViernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, inamovible.

El jueves 1 de mayo, día del Trabajo, se trabaja y se cambia para el lunes 05 de mayo.

El jueves 19 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

El sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República, no se cambia.

El miércoles 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.

En tanto que, el jueves 06 de noviembre, día de la Constitución, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de noviembre.

El jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

Puntos para entender por qué algunos días se cambian, según la Ley 139-97:

Traslado de días feriados a lunes:

  • Los días feriados que caen entre martes y viernes se trasladarán al lunes más cercano. Esto incluye feriados como:
  • Día de Duarte (26 de enero)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Día de la Constitución (6 de noviembre)
  • Si el día feriado cae en sábado, domingo o lunes, se mantiene en esa fecha.

Excepciones: algunos días festivos se celebran siempre en su fecha original, sin traslado. Estos son:

  • Día de la Independencia Nacional  (27 de febrero)
  • Viernes Santo (fecha variable)
  • Día de la Restauración (16 de agosto)
  • Día de la Virgen de la Altagracia (21 de enero)
  • Día de Navidad (25 de diciembre)

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Economía

Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantienen sin cambios su evaluación riesgo país RD

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Las firmas calificadoras Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantuvieron sin cambios su evaluación sobre la economía dominicana, según el último informe trimestral de riesgo-país, publicado por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Centroamericano (Secmca).

Según la publicación del Informe de Riesgo País, tercer trimestre 2024, cortado a septiembre, su evaluación al alza está condicionada a la implementación de medidas de política que fortalezcan la flexibilidad fiscal y mejoren la composición, por moneda, de la deuda gubernamental, para futuras revisiones.

También, el retorno a alto crecimiento (en el contexto de estabilidad externa y macroeconómica) que conlleven a una convergencia del PIB per cápita con países con mejores calificaciones.

A la baja, no obstante, señalan que es necesario considerar “si hubiese un fuerte deterioro de las razones de deuda gubernamental a PIB y de intereses a ingresos; por ejemplo, a través de un relajamiento de la política fiscal, menor crecimiento al esperado o pérdidas financieras de las empresas de electricidad estatales”.

El informe precisa que al tercer trimestre 2024, no se realizaron revisiones para el país, por lo cual las calificaciones se mantienen en ´BB-´ positiva de Fitch, ´Ba3´ positiva de Moody´s y ´BB´ estable de S&P.

Deuda

La deuda pública se situó en US$73,419.2 millones a abril de 2024, con una tasa de crecimiento de 1.46%.

• Historial de robusto crecimiento económico.

• Matriz exportadora diversificada.

• Altos indicadores sociales y PIB per cápita.

Centroamérica

Para el cierre del tercer trimestre del año 2024, la agencia calificadora de riesgo Moody’s realizó revisiones y actualizaciones en las calificaciones de deuda soberana y perspectivas de riesgo país para Costa Rica y Guatemala, señala la publicación.

En Costa Rica, la revisión fue al alza en su calificación de riesgo, mientras que, para Guatemala, la revisión consistió en una reafirmación tanto de su calificación de deuda como de perspectiva de riesgo país.

No obstante, en octubre, Standard & Poor’s elevó la calificación de Nicaragua, pasando de ‘B’ a ‘B+’ con perspectiva estable.

Las revisiones se realizaron tomando en cuenta el desempeño de indicadores como la evolución de la actividad económica, déficit fiscal, necesidades de financiamiento (local y externo), análisis de ratios deuda pública/PIB, de intereses de deuda/ingresos fiscales, e indicadores del sector externo, entre otras.

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