Santo Domingo, R.D.-Siete expedientes conoció este viernes el Tribunal Constitucional (TC) que atacan la Ley 1-24, que creó la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).
Los documentos fueron conocidos durante una audiencia que se realizó en la sala de audiencias de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
La misma estuvo encabezada por el presidente de la alta corte, Napoleón Estévez Lavandier. Además, de los jueces que integran el organismo constitucional.
A través de una nota de prensa, el TC indicó que los mismo quedaron pendiente de ser fallados.
En el desarrollo de la audiencia, se conoció el expediente TC-01-2024-0005 que tuvo como accionante a Cirilo de Jesús Guzmán López, quien atacó los artículos 9, 10, 11 y 26 de esta norma. Y en el TC-01-2024-0006, el Partido Generación de Servidores (GENS) y Carlos Peña también se opusieron a esta ley.
Asimismo, ocurrió con el expediente TC-01-2024-0007, en el que el Instituto de Capacitación y Formación Política Jurídica y Social (ICAP) atacó el artículo 9, numerales 2, 4, 6 y 15; y los artículos 11, 26 y 29 de la referida ley.
TC deja en estado de fallo quince expedientes
Acuerdo con la nota, la institución dejó en estado de fallo quince expedientes de acción directa de inconstitucionalidad.
Entre estos, el expediente TC-01-2023-0047, en el que Edward Ureña Ureña atacó el artículo 73.5 de la Ley 821-27 de Organización Judicial y sus modificaciones, de fecha 21 de noviembre de 1927.
Igualmente, el expediente TC-01-2023-0048, interpuesto por Manuel Samil Segura de la Cruz, quien refutó la Ley Nacional de Vacunas de la República Dominicana.
De igual manera, el expediente TC-01-2023-0049, con el que Darío Antonio Cueto Leonardo impugnó los artículos 145, párrafo II de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, del 17 de febrero de 2023; y el décimo sexto de la Resolución núm. 38-2023, del 15 de agosto de 2023, que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la precampaña y en la campaña electoral de cara a las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024.
También los magistrados dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2023-0050, con el cual Johannatan Loanders Medina Reyes atacó el artículo 291 del Código Procesal Penal.
Por igual, dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2023-0051, que tuvo como accionante a Pedro Marino Peña Torres, quien refutó el artículo 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
También quedó pendiente de fallo el expediente TC-01-2024-0001, en el que Identidad Dominicana (IDEDOM), impugnó la Ley número 391, del 20 de septiembre de 1943, que establece penas correccionales para las personas que practiquen los espectáculos de «Voudou» o «Luá».
Asimismo, el expediente TC-01-2024-0002, igualmente interpuesto por Identidad Dominicana (IDEDOM), Inc, que atacó el artículo 130, párrafo II del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, del 7 de marzo de 2023.
En la audiencia, además, se conoció y quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2024-0003, cuyo accionante Jean Carlos Machuca de la Mota atacó las actuaciones e informes provenientes de la Policía Nacional y de los señores Ramón O. Hernández Peralta, Roberto A. Albino Filpo, Miguel Cuevas Cuevas y Flavia D. Montero Romero.
Los magistrados también dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2024-0008, con el que el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) y el licenciado Miguel Alberto Surún Hernández refutaron los artículos 9, 11, 13, 16, 22, 24, 26 y 27 de esta misma ley.
Igualmente, el expediente TC-01-2024-0009, interpuesto por Ruddys Antonio Mejía Tineo, quien impugnó la ley, y el expediente TC-01-2024-0010, donde Identidad Dominicana (IDEDOM), Inc., y los señores María Ysabel Jerez Guzmán y Rudys Odalis Polanco Lara atacaron específicamente sus artículos 9, 11 13, 15, 26 y 30.
Finalmente, los jueces de esta alta corte vieron el expediente TC-01-2024-0013, que tuvo como accionantes al Colegio de Abogados de la República Dominicana, seccional de San Pedro de Macorís y la señora Josefina Guerrero, quienes atacaron los artículos 9, 11, 13, 16, 22, 24, 26 y 27 de la mencionada ley promulgada el 15 de enero de 2024.