Conecta con nosotros

Nacionales

Fijan lectura de sentencia del caso Coral para el 15 de junio.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Fue dejado en estado  de fallo el juicio  seguido  contra altos oficiales militares, policiales y civiles por las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, cuyos  implicados en el presunto entramado de corrupción administrativa fueron procesados tras haber sido desarticulada la red mediante las operaciones Coral y Coral 5G.

El tribunal integrado por las magistradas Gisselle Méndez, Tania Yune y Jissel Naranjo, decidió reservarse el veredicto, para el 15 de junio a las 3:00 de la tarde.

La magistrada Gisselle Méndez destacó que el tribunal recibió todos los argumentos, conclusiones y réplicas de las partes, asegurando que se ha cumplido con el debido proceso para garantizar una decisión apegada a la ley.

La jueza sostuvo que quedaban cerrados los debates y que de acuerdo a los artículos 338 y 377, numeral cinco del Código Procesal Penal, este último establece que si el debate se excedió por más de 30 días en este caso, el juicio inició el pasado 27 de junio de 2024, el plazo de la deliberación es de 40 días.

El Ministerio Público, representado por Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), junto a un equipo de fiscales, solicitó al tribunal condenas que oscilan entre los cinco y 20 años de prisión. Además, el órgano persecutor requiere el decomiso de bienes millonarios, alegando que fueron adquiridos con fondos sustraídos del erario.

A esta petición se sumaron los abogados del Equipo de Recuperación del Patrimonio Público (ERPP), quienes representan al Estado dominicano como parte civil, solicitando la reparación económica por los daños causados.

Los abogados defensores de los encartados solicitaron al tribunal una sentencia de absolución total.

Los abogados argumentaron que el Ministerio Público no logró sustentar las acusaciones ni destruir la presunción de inocencia de sus representados, calificando las pruebas presentadas como insuficientes para una condena.

El caso Coral involucra una supuesta red criminal que habría sustraído más de RD$4,500 millones del Estado dominicano. Entre los principales acusados figuran los generales Adán Benoni Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou, Julio Camilo De los Santos Viola y Boanerges Reyes Batista.

También figuran en el expediente Kelman Santana Martínez, Pedro Roberto Castillo Nolasco, Yehudy Guzmán Alcántara, Erasmo Roger Pérez Núñez, José Manuel Rosario Pirón, Jehohanan Lucía Rodríguez Jiménez, Esmeralda Ortega Polanco, entre otros.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

Ministerio Público pide tribunal rechace solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Estrategia dilatoria de la defensa

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

Continue Reading

Nacionales

Procuradora dice que memes, caricaturas y parodias no constituyen delito bajo nuevo Código Penal

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynosoafirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

Continue Reading

Nacionales

Fiscal Rosalba Ramos considera insuficiente pena de dos años en el caso Jet Set

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, afirmó este miércoles que el Ministerio Público entiende que el caso de la tragedia ocurrida en el 

Jet Set corresponde a un homicidio involuntario, de acuerdo con la legislación vigente.

Ramos sostuvo que, aunque la pena contemplada para este tipo de delito es de dos años, considera que ese tiempo resulta insuficiente debido a la magnitud de la tragedia, en la que fallecieron 236 personas.

Además, señaló que la entrada en vigencia del nuevo Código Penal permitirá establecer sanciones mucho más severas para casos que se asemejan a este.

Indicó que una pena de hasta diez años habría sido más adecuada, aunque reconoció que el proceso debe regirse por la legislación aplicable al momento en que ocurrieron los hechos.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group