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Opinión

Trump y fracasos de EE.UU. tras guerras (Tercera entrega)

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Por Oscar López Reyes

A fuego y sangre, en 1776 las 13 colonias norteamericanas se liberaron de la servidumbre del Reino de Gran Bretaña, y en las décadas subsiguientes la nueva República emuló a ese imperio: con los dientes más afilados que un Dragón se adueñó –por invasión y compra- de territorios cercanos y lejanos. En el último medio siglo, Estados Unidos ha pilotado fatigosos reveses tras intervenciones militares y, en la cubierta de ese cadalso, estratégicamente el presidente Donald Trump ha sido contrarrestado por Irán, acelerando la pérdida de su hegemonía militar y económico-financiera y automatizada la transición hacia un nuevo universo multipolar.

Como líder de una nación que se deshace en su unipolaridad, dominada por una desapercibida élite plutócrata con poder transnacional, Trump acaba de retroceder, envuelto en columnas de humo. Se está tragando sus propias palabras luego de afirmar que haría desaparecer a una civilización completa (la de la República Islámica de Irán), pero se ha visto compelido a anunciar una tregua indefinida en ese territorio del Medio Oriente.

El mandatario gringo reculó por la advertencia rusa de que habrá una respuesta militar directa, a raíz de la incautación de un petrolero, que abarcaría la acometida con torpedos y el hundimiento de barcos estadounidenses. Informes señalan que Rusia e Irán intercambian inteligencia sobre la operatividad de Estados Unidos y que ha sido activado el Pacto de Cooperación Militar Total suscrito en secreto entre Moscú y Teherán, que cubre la transferencia a esta última de misiles hipersónicos King Sal y tecnología nuclear.

El audaz de Vladimir Putin, presidente de Rusia, previno que “un ataque contra irán puede desatar una catástrofe”, que acarrearía hacía la Tercera Guerra Mundial, porque el apoderamiento de los recursos energéticos del Golfo Pérsico por Estados Unidos e Israel impediría el suministro de petróleo a Rusia, China e India. Irán exporta a China más del 90% de su hidrocarburo, que cruza por el estrecho de Ormuz, en tanto que Rusia abastece del crudo a China y a India.

La balcanización estrangularía a China, Rusia e India y destruiría la coalición del Brics (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica, a los que luego se unieron Irán, Arabia Saudita, Egipto y Etiopía), que impulsa la cooperación financiera de esos representantes del “Sur Global”. Al unísono, el Eje de la Resistencia del Medio Oriente persigue consolidar el control del Estrecho de Ormuz y el Mar Rojo.Estados Unidos no levanta cabeza. Ha gastado una inmensidad de recursos financieros, militares y humanos, interviniendo militarmente en países que, a la postre, no alcanza controlar. Ejemplifiquemos:

1.- Somalia. El de Trump ha superado con creces a los gobiernos juntos de George W. Bush, Barack Obama y Joe Biden en los despliegues de tropas especiales y los bombardeos con drones para desmantelar a los grupos armados, como Al-Shabaab, afiliado a Al-Qaeda, y facciones regionales del Estado Islámico en el Cuerno de África, para alegadamente proteger los intereses de Estados Unidos.

2.- Afganistán. En el 2001, Estados Unidos ocupó, con el cañón del fusil, a este país, buscando liquidar Al-Qaeda (fundado por Osama bin Landen) y deponer a los talibanes, y concluyó en el 2021, veinte años después, en la guerra más prolongada de la potencia del Norte. Resultados: 2,459 bajas militares yanquis, el desmoronamiento del Ejército entrenado por Estados Unidos, el regreso al poder de los talibanes fundamentalistas y una abrumadora crisis tanto humanitaria como de derechos humanos.

3.- Irak. Tras la invasión de Estados Unidos de 2003 y la ejecución del presidente Saddam Hussein, sobrevino un insondable vacío de poder, con una sangrienta guerra civil intransigente. La nación se sumergió en una inestabilidad crónica, bajo la vanguardia del Estado Islámico (ISIS), interferida por una corrupción endémica y una aguda crisis económica, que fragmento la democracia, hasta hoy.

4.- Nigeria. En el mandato de Trump, Estados Unidos llevó a cabo embestidas aéreas contra grupos musulmanes para respaldar al gobierno multipartidista encabezado por Bola Ahmed Tinubu; ha desplegado a 100 militares estadounidenses para entrenar a las fuerzas nigerianas y vendido armas por 346 millones de dólares, para combatir las acciones del yihadista Estado Islámico/ISIS, la persecución religiosa y estabilizar el África occidental, clave por sus recursos petroleros.

5.- Yemen. Estados Unidos junto a Israel ha destruido infraestructuras y abatido a miles de civiles en más de mil ataques aéreos y navales contra objetivos de Yemen. Los hutíes lanzan misiles y drones hacia Israel, primero contra su guerra genocida en la Franja de Gaza y posteriormente en respaldo a Irán.

6.- Siria. Estados Unidos atacó militarmente objetivos del (EIIL: I significa Irak y “L” Levante (Siria, Líbano, Palestina y Jordania), actor principal en la guerra civil siria, proporcionó respaldo político y militar para la caída, el 8 de diciembre de 2024, del presidente Bashar al-Assad; los kurdos tomaron el poder, Siria enfrenta una división territorial y una profunda crisis humanitaria, en tanto que en febrero de 2026 Trump ordenó la retirada completa de las fuerzas estadounidenses de esa República Árabe enclavada en el Oriente Próximo. En este país Rusia ha instalado dos bases militares.

7.- Irán. El gobierno de Trump ha incrementado a gran escala, junto con Israel, los bombardeos contra instalaciones militares e infraestructuras urbanísticas de este territorio cuyas autoridades la han contrarrestado con misiles y drones y han bloqueado el estrecho de Ormuz, lo que ha aumentado los precios del petróleo, la inflación y generado una crisis internacional de peligrosa dimensión.

A su vez, para contrarrestar la influencia de Estados Unidos e Israel, Irán lidera el denominado ´´Eje de la Resistencia´´ o ´´Media Luna Chii´´ que coaliciona a Hezbola, en El Líbano; los huties, en Yemen; las milicias de Irak, y Hamas y Yihad Islámica, en Palestina.

Colofón. Las ocupaciones de Estados Unidos se han traducido en fracasos estrepitosos, porque ha triunfado más la estrategia de los contrarios que su superioridad militar. En lugar de lograr estabilidad política, ha prevalecido un vacío de poder y el caos. El nacionalismo, las culturas locales, las ideologías políticas y los fundamentos religiosos han demostrado más pujanza que las bayonetas.

¿Frenarán Estados Unidos e Israel el programa nuclear de Irán? ¿Mantendrán estas dos naciones el dominio estratégico en Medio Oriente? ¿Evitarán que Rusia y China controlen las rutas comerciales claves de los recursos energéticos? ¿Impedirán la operatividad de grupos que puedan amenazar la seguridad estadounidenses y sus aliados en la zona? ¿Conseguirá Irán avanzar como potencia regional dominante en la meta de eliminar a Israel?

El Medio Oriente vive un momento histórico, buscando que los aliados del Brics lleguen a la meta geopolítica de un Nuevo Orden Mundial, en el triunfo del bloque antioccidental y antisraelís. El conflicto y la crisis están en marcha…
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El autor: Periodista, catedrático y escritor.
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26 de abril de 2026.

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Opinión

El pretexto de la “Ley Mordaza”

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Por Oscar López Reyes

Pretendiendo prolongar la creencia de internet del “chivo sin ley” (“fake news” o noticias falsas, desinformación, manipulación, coerción, ciberdelincuencia, etc.), el nuevo Código Penal -estipula condenas hasta de 40 años- ha sido rebautizado como la Ley Mordaza por pseudo-periodistas, “comunicadores” sin títulos universitarios ni otro aval académico o gremial que ejercen el chantaje extorsivo mediático monetario. ¿Acaso asistimos a una revancha en favor de la impunidad de los delitos de palabras (más devastadores que una bala), el aborto, la corrupción y el narcotráfico?

Está en marcha, y crece, la industria de la intimidación, amparados los extorsionadores en el libertinaje digital, la dañina viralidad y la percepción de impunidad por la ausencia de sanción penal. Pululan, especialmente en las redes sociales y la radio, las advertencias de divulgar datos comprometedores o retirar los difundidos si no les efectúan transferencias económicas inmediatas.

Nunca como ahora, malandrines con el antifaz de periodistas presionan y emprenden campañas de descréditos contra figuras públicas, empresarios y políticos con noticias falsas o descontextualizadas, montajes digitales, ediciones tendenciosas, titulares sensacionalistas, perfiles falsos, fotografías e informaciones íntimas y sensibles, rumores espúreos, imágenes o videos manipulados y otros datos personales perjudiciales.

¿Por estos y otros tipos de modus operandi, ha oído usted que condenaron a un director de diario, a un egresado universitario de comunicación social o a otros profesionales del ecosistema informativo?

Sencillamente, “agua pasada no mueve molino”. Más que una persecución contra la libertad de expresión, las campanas repican contra el delito de extorsión mediática, una modalidad delictiva que le está ganando a los abogados extorsionistas.

Categóricamente, ha tomado cuerpo un delito penal grave, que conlleva a penas de cárcel, útil como un mecanismo disuasivo para sujetos con patrones de conductas impulsivas, terroríficas e incontrolables. Ellos están atrapados por trastornos episódicos y sin arrepentimiento, que se vuelven un peligro público, y que ameritan de psicoterapia, como palpablemente se ha visto últimamente. La prisión apuntala como un preferible tono de voz para calmar el dolor de las víctimas y evitar que respondan con el castigo de una paliza o la muerte.

Alégase que el Tribunal Constitucional ha despenalizado delitos de prensa, pero no olvidemos que últimamente esa instancia se ha constituido en una afrenta para la sociedad. Ha estado aplicando el derecho desde la Luna, divorciado de la realidad, y creándole más conflictos al Estado, sancionando sentencias absurdas, que instituciones oficiales no están en capacidad de cumplir, porque de hacerlo dejarían sin presupuesto la salud, la educación, las obras públicas y otros servicios sociales.

Igual de mal andan senadores y diputados, que son marionetas del populismo y que se doblegan en un santiamén, como si asistieran a un convite de comadres. Luego de más de 20 años discutiendo para lograr la aprobación del Código Penal, ahora esos legisladores acceden fácilmente, como si tuvieran en brazos de Morfeo, a dar rienda suelta a la propuesta para modificarlo sin ser sometido a pruebas, porque ni siquiera ha entrado en vigencia.

Valga referir, como aporte adicional a las anotaciones preexistentes, que los más diversos autores doctrinarios internacionales sobre el derecho a la información concuerdan en que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero no absoluto, que precisa de límites para proteger derechos de terceros y garantizar el orden social. Basta citar a Alejandro Fuenmayor E. en El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública, Francisco Morera Alfaro en Los derechos de los ciudadanos frente a las tareas de la información, Enrique Villalobos Quirós en El derecho a la información y Manuel Fernández Areal en Introducción al derecho de la información.

Y, ¿cuál otro? Sí, podemos leer a Carlos Soria en Derecho a la información y derecho a la honra; A. Hugo Osorio Meléndez en Políticas de información y derecho. Estudio comparativo; Eduardo Nova Monreal en Derecho a la vida privada y libertad de información. Un conflicto de derechos; Ernesto Villanueva e Issa Luna Pla en El derecho de acceso a la información, y Orrin E. Klapp en Información y moral. Estrategias de apertura y cierre ante la nueva información.

En esa óptica, ¿qué dice el nuevo Código Penal?

Acerca de la difamación extorsiva, el artículo 209 expresa que “Quien haga imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, por cualquier forma pública, … le cause un perjuicio, y con ello obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias, será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.

En esta circunstancia, más que acudir a la violencia como los iracundos, la alternativa más expedita para los injuriados y acosados está en el sometimiento judicial para que un juez decida, interponiendo las pruebas y colocando otras piezas regidos por los fundamentos del derecho, dictaminen la culpabilidad o inocencia del imputado. Y todavía para las partes queda la opción de apelar la sentencia.

Si el Congreso Nacional y el Tribunal Constitucional modifican el nuevo Código Penal, al unísono tendrán que hacer una revolución, en virtud de que en República Dominicana a través de varias leyes son perseguibles y sancionables con prisión el chantaje, las campañas injuriosas y difamatorias, los rumores falsos, las expresiones ofensivas o despectivas por medios informáticos, telemáticos o audiovisuales (redes sociales, internet, blogs) y prensa escrita.

¿Y cuáles son esas disposiciones legales?

Son la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales; la Ley 53-07 Contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la Ley 136-03 o Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y otras, que contemplan encierros carcelarios de hasta diez años y multas de hasta dos millones 500 mil pesos o 500 veces el salario mínimo del sector público. ¡Muy bien!

Aunque luzca una irreverencia y un riesgo decirlo, el sometimiento judicial a un periodista por difamación e injuria representa una prueba para demostrar su profesionalidad y apego a las leyes y a los principios y valores éticos en el manejo informativo y el análisis interpretativo. Si así fuere, ¿por qué tanto miedo?

Con frecuencia, ciertas esferas de los diarios exageran y procuran rehuir para no colocarse frente a un crucifijo, por la aversión y el temor traumático, arrastrado por sangrientas experiencias pretéritas. Preservemos el contenido del nuevo Código Penal, y actuemos con la potestad de informar y opinar sin censura ni autocensura, pero ajustados al derecho, y caminando derecho.

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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.

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Opinión

No quieren irse: los están empujando

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Por Isaías Ramos

República Dominicana no enfrenta solo un debate salarial. Enfrenta una crisis de arraigo, identidad, soberanía laboral y cumplimiento constitucional. Durante las últimas tres décadas se consolidó un modelo de bajos salarios, débil fiscalización y desorden migratorio-laboral. Pero desde la Constitución de 2010, que consagra el Estado Social y Democrático de Derecho, esa falla dejó de ser solo económica: se convirtió en contradicción frontal con el mandato constitucional. Hoy el problema se ha agudizado. La pregunta es necesaria: ¿para quién funciona realmente este modelo económico?

Según el Informe sobre Democracia y Desarrollo 2026 del PNUD, 39.5% de las personas en República Dominicana contempla irse a vivir o trabajar a otro país, frente a 31.7% en América Latina y el Caribe: 395 de cada 1,000 personas, contra 317 de cada 1,000 del promedio regional. La principal razón para emigrar es la falta de oportunidades económicas: 58.4%.

Ese dato debe estremecer. Los dominicanos no contemplan irse porque no amen su patria. Contemplan irse porque trabajan, luchan, pagan transporte, comida, impuestos y deudas, y aun así sienten que no avanzan. La emigración deseada es un voto de desconfianza contra un modelo que produce crecimiento, pero no suficiente esperanza.

La Constitución no manda una República para administrar resignación. Define al país como Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo y la soberanía popular. También reconoce que todo trabajador tiene derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad, y declara de alto interés la nacionalización del trabajo.

Por eso, el salario justo no es una consigna. Es mandato constitucional.

La evidencia salarial es contundente. En el primer trimestre de 2026, la ONE reportó que el salario mensual promedio por empleado formal fue RD$34,621. Incluso los sectores mejor remunerados —minas y canteras, organismos extraterritoriales y electricidad— promediaron RD$79,724, RD$70,541 y RD$67,246. Si ese es el techo salarial formal, el país debe preocuparse: muchos ingresos permiten consumir, pero no necesariamente progresar, ahorrar, comprar vivienda o construir patrimonio.

La canasta básica familiar nacional llegó en mayo de 2026 a RD$49,268.36; la del primer quintil fue RD$29,489.84 y la del segundo RD$38,441.67. Frente a eso, demasiados salarios formales siguen siendo salarios de supervivencia. Ahí está el corazón del problema: están convirtiendo la pobreza salarial en ventaja competitiva.

El primer deber de los gobiernos debe ser garantizar salarios justos y dignos. El segundo, aplicar la indexación del mínimo exento del impuesto al salario. La DGII reconoce para 2026 una exención contributiva hasta RD$416,220 anuales y, al mismo tiempo, que por la Ley de Presupuesto queda sin efecto el ajuste previsto en el artículo 327 del Código Tributario. En palabras simples: los gobiernos siguen cobrándole inflación al trabajador formal.

La excusa fiscal tampoco basta. Hacienda estima el gasto tributario de 2026 en RD$393,541.54 millones, equivalente a 4.54% del PIB. Entonces la pregunta no es si hay recursos; la pregunta es a quién deciden proteger primero los gobiernos.

Tercer deber: no hay exenciones sin salario digno. Todo régimen con privilegios fiscales debe demostrar retorno social: salario digno, formalidad, transparencia, capacitación y movilidad salarial.

Cuarto deber: hacer cumplir el 80/20 laboral. El Código de Trabajo establece que al menos 80% de los trabajadores de una empresa debe ser dominicano, y que al menos 80% de la nómina debe corresponder a trabajadores dominicanos, con las excepciones previstas por la ley.

La alerta está en los medios. Almomento, citando la Encuesta Sectorial Construcción 2025 del Instituto Nacional de Migración, afirma que la mano de obra haitiana representa 68.3% de los trabajadores de la construcción, frente a 31.1% de locales; en empresas formales, la proporción sería 69.1% haitiana y 30.2% dominicana. Ese dato exige auditoría nacional. Si se confirma, sería una inversión práctica del mandato de nacionalización del trabajo, con consecuencias salariales, demográficas, culturales e identitarias.

Hay que decirlo sin odio ni confusión: el problema no es el inmigrante pobre que busca trabajo. El problema son los gobiernos que han permitido el desorden. No son los extranjeros los culpables de desplazar al trabajador dominicano; los responsables son las autoridades llamadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución, el Código de Trabajo, la ley tributaria y el orden migratorio-laboral.

Donde debía haber control, hubo tolerancia. Donde debían estar las fronteras resguardadas, hubo abandono, corrupción sin consecuencias y complicidad con el desorden. Donde debía prevalecer la Constitución, se traicionó el interés nacional. Donde debía haber salario justo, hubo precariedad. Donde debía haber defensa del trabajo dominicano, hubo indiferencia. Y donde debía haber cumplimiento de la ley, hubo gobiernos mirando hacia otro lado.

Ese desorden empuja al dominicano a emigrar y a la nación a perder cohesión, identidad, soberanía laboral y control sobre su destino.

Desde el Frente Cívico y Social sostenemos que la patria no se defiende culpando al inmigrante pobre. Se defiende cumpliendo la Constitución, pagando salarios dignos, indexando el impuesto al salario, ordenando la frontera y haciendo cumplir el 80/20.

República Dominicana no necesita una economía que administre resignación. Necesita una economía que produzca arraigo.

Los dominicanos no quieren irse. Los están empujando.

Ya basta. Llegó la hora de hacer valer la Constitución y activar, de verdad, el Estado Social y Democrático de Derecho: un Estado que no esté de rodillas ante los privilegios, sino de pie junto al pueblo trabajador.

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Opinión

Derechos de las personas durante la investigación  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

En las investigaciones  realizadas de conformidad con el Estatuto de la Corte Penal  Internacional  nadie será obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable.

De acuerdo con el Estatuto de Roma nadie será sometido a forma alguna de coacción, intimidación o amenaza, a torturas ni a otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.

En el proceso de investigación de la Corte Penal  Internacional , quien haya de ser interrogado  en un idioma que no sea el que comprende y habla perfectamente contará, sin cargo alguno, con los servicios de un intérprete competente y las traducciones que sean necesarias a los efectos de cumplir el requisito de equidad.

De conformidad con el Estatuto de Roma nadie será sometido a arresto o detención arbitrarios ni será privado de su libertad salvo por los motivos previstos en el Estatuto y de conformidad con los procedimientos establecidos en él.

Cuando haya motivos para creer que una persona ha cometido un crimen de la competencia de la Corte Penal Internacional y esa persona haya de ser  interrogada por el Fiscal o por las autoridades nacionales, o en cumplimiento de una solicitud hecha de acuerdo las disposiciones del Estatuto de Roma tendrá  el derecho a ser informada.

Dentro de los derechos que tiene  una  persona  en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional  el Estatuto de Roma señala el de ser informada  de que existen motivos para creer que ha cometido un crimen de la competencia de la Corte.

Antes del interrogatorio  la persona  también deberá ser informada  de que tiene derecho a guardar silencio , sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia.

Cabe destacar que en  el  proceso de investigación de la Corte Penal Internacional la persona tiene derecho a ser asistida por un abogado defensor de su elección o, si no lo tuviere, a que se le asigne un defensor de oficio, siempre fuere necesario en interés de la justicia y , en cualquier caso, sin cargo si careciere de medios suficientes.

Finalmente, la persona tendrá  el derecho  a ser interrogada en presencia de un abogado, a menos que haya renunciado voluntariamente a su derecho a asistencia letrada de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Roma.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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