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Tribunal respalda decisión de la DGCP sobre suspensión de contrato de Transcore Latam

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Fue ratificada por el Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana  la resolución emitida por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) que suspendió el contrato adjudicado a Transcore Latam, S.R.L., en el marco de una licitación pública nacional organizada por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).

Este fallo, que se produce tras un recurso presentado por la empresa afectada, busca aclarar la legalidad del proceso de suspensión y garantizar la transparencia en el manejo de los contratos públicos.

El 21 de noviembre de 2023, Transcore Latam interpuso un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior Administrativo en contra de la DGCP y el INTRANT, impugnando la resolución RIC-156-2023.

Esta resolución suspendió el contrato No. DJ-CBS-009-2023, el cual se firmo en el contexto de la Licitación Pública Nacional No. INTRANT-CCC-LPN-2023-0001.

Según la empresa, la suspensión se tomo sin un respaldo legal adecuado, y argumenta que se vulneraron sus derechos constitucionales.

Por su parte, la DGCP defendió su decisión, alegando que la suspensión estaba justificada bajo la normativa vigente, específicamente la Ley No. 340-06 sobre Contrataciones Públicas.

Esta ley otorga a la DGCP la facultad de tomar medidas cautelares cuando existen dudas sobre la legalidad de un contrato público.

El origen de la suspensión del contrato está relacionado con una serie de denuncias presentadas por otras empresas, como ESC Group, S.R.L., y otras firmas competidoras, que señalaron presuntas irregularidades en el proceso de licitación.

Entre las acusaciones se incluyen la apropiación indebida de documentos, la falsificación de información y la alteración de resultados.

La DGCP, en su calidad de autoridad rectora en los procesos de compras públicas, adoptó medidas precautorias para evitar que dichos posibles vicios afectaran el interés general del Estado.

El Tribunal Superior Administrativo emitió un fallo que valida la medida provisional de suspensión del contrato, lo que permite que las investigaciones sobre las irregularidades continúen.

La decisión del tribunal se basa en que la DGCP actuó dentro de sus competencias y conforme a la ley, garantizando que todas las partes pudieran presentar sus alegatos y defenderse de las acusaciones en su contra.

La resolución de la corte subraya que la medida adoptada no implica una decisión final sobre la legalidad del contrato, sino que se trata de una suspensión temporal hasta que se aclaren las denuncias.

Irregularidades en el contrato de Transcore Latam

Las investigaciones del Ministerio Público señalaron que hubo varios elementos que cuestionan la transparencia del proceso de adjudicación del contrato con Transcore Latam.

Se identificó que Atilano Díaz Warden, excoordinador de despacho y representante de Hugo Beras ante el Comité de Compras, habría influido en la modificación de los pliegos de condiciones de manera extemporánea.

Esto habría dificultado una evaluación técnica adecuada y propiciado la selección de una oferta con posibles irregularidades.

Además de Hugo Beras, Gómez Canaán y otros funcionarios mencionados en el proceso, se encuentran imputados por su presunta implicación en la corrupción administrativa y el desfalco de fondos públicos.

La investigación ha extendido sus alcances, involucrando a varios otros personajes clave del Intrant, como Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de tecnología, y Pedro Vinicio Padovani, exencargado del Centro de Control de Tráfico.

En libertad a pesar de todo

El 11 de noviembre, después de cumplir un mes y diez días en prisión preventiva, Hugo Beras, exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Jochi Gómez y Pedro Padovanni los liberaron con condiciones que establecen una garantía económica, la prohibición de salir del país y la obligación de los implicados de presentarse regularmente ante las autoridades..

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Rechazan embargo de fondos de la Junta Central Electoral.

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Santo Domingo, R.D.-Fue rechazada por el Banco de Reservas la solicitud de embargo a los fondos de la Junta Central Electoral (JCE) por parte de la empresa estadounidense Latin Events, LLC.

Banreservas denegó la solicitud en virtud de la Ley 86-11 y la sentencia 0048-2015 del Tribunal Constitucional, que establece que las entidades de intermediación financiera están impedidas de inmovilizar fondos públicos, salvo que se trate de una sentencia con carácter definitivo.

La empresa pretendió trabar el embargo retentivo a los fondos de la JCE por una supuesta deuda ascendente a los 108,720,000 pesos con los intereses.

La JCE informó que interpuso formalmente un recurso de apelación en donde cita y emplaza a dicha empresa para que comparezca ante la Cámara de lo Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

La apelación, de fecha 16 de julio de 2026, fue interpuesta a propósito del auto emitido el 29 de junio de 2026 por la Tercera Sala de la Cámara Civil y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que acogió una solicitud de homologación de sentencia extranjera, solicitada por Latin Events.

La JCE reitera que no existe evidencia alguna donde conste la aprobación ni autorización por parte de su Pleno ni de su presidente para la adquisición de presuntos servicios que la parte demandante alega fueron requeridos por la institución.

La JCE afirma que demostrará en sus recursos judiciales que no fue asumida tal obligación que demanda la sociedad comercial en aras de preservar el correcto uso de los fondos públicos del pueblo dominicano.

El documento de la sentencia, homologada en el país el pasado 29 de junio, establece que la JCE firmó un acuerdo con Latin Events el 30 de octubre de 2023, por 1,000,000 de dólares para que esta empresa preste servicios en relación con una campaña de registro de votantes, dirigida a dominicanos residentes en Nueva York y estados vecinos.

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Modificaciones introducidas al Código Penal por diputados en primera lectura.

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Santo Domingo, R.D.-Treinta y dos cambios a 24 articulos del Codigo Penal introdujo la Cámara de Diputados  en primera lectura este sabado.

Los artículos modificados fueron el 11, 121, 122, 123, 124, 141, 144, 176, 177, 192, 207, 208, 209, 211, 214, 215, 248, 269, 303, 310 y 354.

Algunas de las modificaciones establecidas son las siguientes:

En cuanto a la sanción, amplía la pena menor hasta quince días, la cual está en el modelo actual en seis meses. La máxima continúa en hasta un año de prisión.

Además, busca eliminar del nuevo Código Penal la sanción en los casos cuando el contenido falso sea elaborado por medio de montajes.

La pena actual del artículo 208 sobre la difamación es de dos a cinco años de prisión. Sin embargo, sugieren disminuirla de uno a dos años de prisión.

Además, aclara que no será sancionada si se registra en medios de comunicación, streaming y en el ciberespacio.

No obstante, aclara que las declaraciones serán permitidas solo cuando estas estén sustentadas en elementos probatorios o precedidas de una verificación razonable de la información.

El artículo 121, que incluía la tipificación del bullying, cambia completamente el concepto y lo nombra únicamente como hostigamiento.

Además, disminuye la pena a entre cinco y diez años cuando el hecho cause el suicidio de un menor de edad.

El artículo 123 cambiaría su título a hostigamiento cibernético, en la actualidad nombrado como ciberbullying.

Además, establece que, para constituirse, este delito debe ser de manera reiterada y sistemática.

La modificación elimina que los comentarios de redes sociales sean considerados como un método para aplicar el hostigamiento en contra de una persona y mantendría la pena igual: de dos a cinco años.

Mientras que el artículo 142 sobre el exhibicionismo eximiría de responsabilidad penal a quien se desnude en actividades artísticas, culturales, científicas o educativas.

En tanto, el artículo 144, que contempla el acoso agravado, aumentaría la sanción actual, de dos a tres años de prisión, elevándola de dos a cinco años.

El artículo 176 sobre proxenetismo aumentaría la pena. Incrementándola de dos a tres años de prisión, hasta de dos a cinco años.

La violación de propiedad establecida en el artículo 269 sería sancionada con entre dos y cinco años de prisión.

Los congresistas incluyeron la tipificación de la violencia física en los casos de agresiones entre familiares.

Por otro lado, el artículo 354 amplía el campo de sanciones para los médicos que expidan un certificado sobre la existencia o inexistencia de una enfermedad, ya que también incluye a los doctores forenses del sector privado. La pena sería de dos a tres años de prisión.

El artículo 303 sanciona la malversación de fondos públicos para aquellos funcionarios que desvíen los recursos del Estado. En este apartado, aumentaría la pena de cinco a diez años. En el marco vigente, está entre dos y tres años de prisión.

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Pasajeros varados en Las Américas por lluvias en EE. UU. tras paralización de vuelos.

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Santo Domingo, R.D.-La cancelacion de múltiples vuelos desde y hacia el Aeropuerto Internacional de las Américas como consecuencia de las intensas lluvias e inundaciones repentinas que afectan a varias ciudades de Estados Unidos han  dejado decenas  de pasajeros varados tanto en la terminal dominicana como en diferentes aeropuertos estadounidenses.

Desde las primeras horas del día se observaron largas filas de viajeros frente a los mostradores de las aerolíneas y en las oficinas de servicio al cliente dentro del AILA, donde cientos de personas buscaban reprogramar sus vuelos, cambiar fechas de viaje o recibir información sobre el estado de sus itinerarios.

La situación generó momentos de tensión y preocupación entre los pasajeros, muchos de los cuales tenían compromisos familiares, personales y de negocios impostergables en territorio estadounidense.

Otros manifestaron que permanecerán atentos a las informaciones de las aerolíneas con la esperanza de poder abordar los primeros vuelos que sean autorizados una vez las condiciones climáticas permitan la normalización de las operaciones aéreas.

Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (AERODOM) confirmó que las cancelaciones obedecen a las severas condiciones meteorológicas que afectan el noreste y otras zonas de Estados Unidos, donde las lluvias torrenciales e inundaciones repentinas han provocado interrupciones en las operaciones de numerosos aeropuertos.

Entre los vuelos cancelados figuran los de JetBlue 09 y JetBlue 609, procedentes del Aeropuerto John F. Kennedy (JFK) de Nueva York; el Delta Air Lines 1908, también desde esa terminal neoyorquina; y el vuelo Arajet 2315, procedente del Aeropuerto Internacional Newark Liberty (EWR).

Asimismo, quedaron suspendidas las salidas del vuelo JetBlue 210 y del Delta Air Lines 1863 con destino a Nueva York, además del JetBlue 2510 hacia Orlando y el JetBlue 330 con destino a Boston.

Las fuertes precipitaciones registradas en ciudades como Nueva York, Boston, Newark y otras localidades del noreste estadounidense han ocasionado inundaciones en carreteras, interrupciones en el transporte terrestre y restricciones operacionales en varios aeropuertos, obligando a las aerolíneas a cancelar o retrasar numerosas operaciones para preservar la seguridad de los pasajeros y las tripulaciones.

Mientras tanto, en el Aeropuerto Internacional de Las Américas continuaba el flujo de viajeros que acudían a los mostradores de las líneas aéreas para gestionar la reprogramación de sus boletos y asegurar un asiento en los próximos vuelos disponibles cuando las autoridades estadounidenses autoricen la reanudación normal de las operaciones.

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