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Candidato presidencial a destiempo del PLD es desmontado por el TSE.
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1 año agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Superior Electoral (TSE) casi un mes después de dejar la solicitud de nulidad en estado de fallo, decidió cancelar los planes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) de escoger su propuesta presidencial para las elecciones presidenciales del 2028 durante el primer trimestre del 2026.
La decisión está contenida en la sentencia TSE/0011/2025 del tribunal mediante la cual se anula el numeral 3 del acta número 3 del Comité Político del PLD que dispone los “Acuerdos Discusión sobre el Mecanismo y la Fecha para seleccionar un aspirante a Precandidato o Precandidata Presidencial” tras fallar la decisión del fondo de la impugnación interpuesta por Eleuterio Abad Santos.
“El Tribunal considera que, por un lado, los partidos necesitan autonomía para definir su estructura y estrategias políticas de cara a futuras contiendas electorales. Por otro, deben garantizar que sus procesos internos sean realizados en igualdad de condiciones para los afiliados y demás contendientes, debiendo resguardar el derecho a ser elegible que no se reduce a la simple posibilidad de nominación. Así que, si bien las organizaciones partidarias tienen derecho a diseñar estrategias de cara a futuros procesos electorales y pueden realizar consultas internas como ejercicio de su autodeterminación, estas no pueden derivar en la imposición de precandidaturas o compromisos vinculantes antes del período legalmente autorizado, sustituyendo la libre competencia por mecanismos anticipados que privilegian a un aspirante sobre otros y que pone en juego la neutralidad de las instancias directivas de la organización, de cara al proceso de selección interna de candidaturas en la precampaña, en detrimento de la democracia interna”, reseña la sentencia de la Alta Corte, que previamente había puesto en pausa la reunión del comité central en donde se aprobarían a los aspirantes presidenciales que participarían en ese proceso .
De acuerdo con las leyes electorales vigentes, los candidatos a cualquier cargo electivo a disputarse en las elecciones generales del 2028, deberán ser escogidos no antes del mes de octubre del 2027.
La idea del expartido oficialista era repetir durante los primeros tres meses del próximo año el mecanismo que utilizaron en el 2022, al cual denominaron como una “consulta ciudadana”, el mismo fue el método identificado por la cúpula peledeísta como la forma de encontrar un “bajadero” a lo establecido en las leyes electorales de que los candidatos presidenciales deberían ser escogidos y proclamados durante el mes de octubre del año preelectoral, en ese caso, de 2023, manifestando que solo estaban “midiendo la fuerza de sus aspirantes” para promocionar esa figura y que en caso de que alguien decidiese presentar su precandidatura, pues se realizarían las primarias cerradas; cosa que no ocurrió.
“El hecho de que dicho proceso de selección de aspirantes se haya llevado a cabo en el año 2022 por la misma organización partidaria, no implica que su legalidad esté fuera de cuestionamiento, ya que hasta este momento no había sido objeto de un control jurisdiccional sobre los aspectos del fondo. Por tanto, es ahora cuando ha correspondido al Tribunal pronunciarse al respecto”, manifiesta la sentencia del tribunal, el cual estuvo compuesto por el presidente del TSE, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo; además de Rosa Pérez de García y Pedro Pablo Yermenos Forastieri.
Nacionales
ACD Media es imputado por JCE a través de la ley mordaza por publicar encuestas.
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7 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un procedimiento administrativo sancionador en contra la firma encuestadora ACD Media, SRL, ha iniciado la Junta Central Electoral (JCE) al formular un pliego inicial de cargos por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período legalmente habilitado, en aplicación del reglamento aprobado por el organismo en mayo pasado, cuya medida abre un proceso contradictorio, pero no implica una declaración definitiva de responsabilidad.
La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE la apoderara para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media: una encuesta divulgada el 1 de junio y otra el 13 de julio de este año, ambas publicadas por Diario Libre.
Según el órgano electoral, los sondeos incluían mediciones sobre simpatía partidaria, intención de voto y preferencias presidenciales de cara a 2028, por lo que, de manera preliminar, poseen contenido político-electoral.
Los críticos del reglamento de la JCE, entre ellos la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), sostienen que el organismo fue más allá de ese marco legal al extender la prohibición hasta impedir la publicación de encuestas desde antes del inicio de la precampaña, una limitación que -afirman- no fue establecida por el Congreso en las leyes electorales. Esa es la cuestión que ahora deberá dilucidarse en la jurisdicción constitucional, luego de que el Tribunal Superior Electoral (TSE) declinara conocer el fondo del caso y lo remitiera al Tribunal Constitucional.
La JCE sostiene que ambas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigor del Reglamento sobre Encuestas, vigente desde el 22 de mayo de 2026, pero antes del inicio del período oficial de precampaña, durante el cual sí estaría permitida la difusión de este tipo de estudios. El artículo 13 de la normativa prohíbe expresamente la publicación de encuestas con fines electorales fuera de esos plazos y contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma entre seis meses y un año; la cancelación definitiva solo procedería en caso de reincidencia.
El expediente enfatiza, sin embargo, que la imputación tiene carácter provisional. La JCE deberá determinar durante la instrucción el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de las encuestas, mientras la empresa dispondrá de 10 días calendario para presentar su defensa, pruebas y argumentos jurídicos.
La decisión se produce en medio de un intenso debate jurídico sobre la validez del reglamento. La Finjus sostuvo desde su aprobación que la JCE excedió las facultades que le confieren las leyes electorales al prohibir la publicación de encuestas antes de la precampaña. La entidad argumentó que la restricción carece de respaldo legal expreso y podría vulnerar derechos constitucionales como la libertad de empresa, la libertad de información y el acceso de la ciudadanía a datos de interés público.
Las objeciones no provinieron únicamente de ACD Media. También Participación Ciudadana presentó un recurso de reconsideración solicitando la revocación del artículo que establece la prohibición, al entender que contradice la legislación electoral vigente. Incluso la miembro titular de la JCE, Hirayda Marcella Fernández Guzmán, remitió una opinión sobre la constitucionalidad del reglamento.
Ante esos cuestionamientos, el Pleno de la JCE decidió sobreseer el conocimiento de los recursos de reconsideración hasta que el Tribunal Superior Electoral se pronunciara sobre las acciones de las que había sido apoderado, aunque el presidente del organismo, Román Jáquez Liranzo, aclaró posteriormente que esa decisión no suspendía la vigencia del reglamento.
El TSE, sin embargo, no conoció el fondo de la controversia. La mayoría del tribunal se declaró incompetente para decidir la impugnación y remitió el caso al Tribunal Constitucional, al entender que corresponde al control concentrado de constitucionalidad. Esa decisión también generó críticas de juristas y de Finjus, que sostuvieron que el TSE sí tenía competencia para examinar la legalidad del reglamento y advirtieron que trasladar automáticamente este tipo de controversias al Tribunal Constitucional altera el diseño institucional previsto por la Constitución.
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Más de cien mil dólares deben tener de fianza dominicanos solicitantes de residencia a EU.
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7 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Los dominicanos considerados como una carga pública por el cónsul que evalúe su caso tendrán que tener una fianza de más de 100 mil dólares, según un plan piloto anunciado por el Departamento de Estado (DOS por sus siglas en inglés), siendo la República Dominicana el primer pais escogido para aplicar la medida.
Los montos de las fianzas serán de seis cifras, una información que fue publicada por el medio Washington Free Beacon y que luego fue compartida por el Departamento de Estado junto a una imagen de Marco Rubio.
Las fianzas se están estimando entre los 100,000 y los 250,000 dólares, según el citado medio.
Diario Libre conversó con Natalia Molano, vocera en español del DOS, quien dijo que no hay un monto establecido, indicó que el mismo será determinado individualmente por el oficial consular tras evaluar las circunstancias particulares de cada caso, con base en la legislación migratoria vigente.
- Molano también explicó las razones por las cuales el país fue escogido para el inicio de este plan piloto que más adelante se extenderá a otros países.
«República Dominicana se escogió por el gran volumen y la escala de solicitudes de visa que maneja nuestra embajada en Santo Domingo. Es un programa piloto que se irá evaluando para determinar si se suman otros países o si se realizan modificaciones», explicó la funcionaria.
La portavoz explicó que el análisis sobre una posible carga pública comienza incluso antes de la entrevista consular.
Una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) aprueba la petición de residencia, el expediente es remitido al consulado con la información financiera presentada por el patrocinador mediante el affidavit de apoyo económico, documento obligatorio en este tipo de solicitudes.
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10 mil pesos de garantía a hombre acusado de robar guagua.
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7 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia económica de 10 mil pesos umpuso el Juzgado de Atencion Permanente del Distrito Nacional a un hombre captado en video mientras conducia en via contraria por la avenida John F Kennedy luego de presudentamente robarse el vehiculo que manejaba en un dealer ubicado en el sector de Villas Agriocolas.
El magistrado Rigoberto Sena, dispuso además impedimento de salida del país y presentación periódica para el imputado, Eugenio Mauricio Álvarez, y ordenó su inmediata puesta en libertad.
La medida fue cuestionada por Juan Carlos de Jesús Rosario, propietario del vehículo, quien denunció la impunidad y el desamparo que sienten los ciudadanos trabajadores frente al sistema de justicia. El comerciante manifestó su indignación y frustración, ya que el hecho estuvo a punto de costarle la vida a uno de sus hijos.
«Ese negocio me ha costado sacrificio y humillación para tenerlo ahí, gracias a Dios y a mis hijos que me han ayudado. Por poco aplasta a mi hijo y al conductor vienen y lo sueltan con una medida de 10,000 pesos. ¿Quién me paga a mí los daños y mi dinero?», expresó con impotencia.
Según el expediente, el imputado sustrajo una guagua Nissan NV350 Rider del establecimiento Cristal de Jesús Autoimport y emprendió la huida conduciendo de manera temeraria por varias vías del Distrito Nacional.
Los videos del recorrido del vehículo, transitando en sentido contrario por la avenida John F. Kennedy, se viralizaron en redes sociales y generaron preocupación entre conductores y peatones.
