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Un cuarto juez de la Suprema Corte de Justicia declina a ser evaluado por el CNM

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Santo Dpmingo, R.D.-El juez Manuel Herrera Carbuccia, primer sustituto del presidente de la Suprema Corte de JusticiaLuis Henry Molina, presentó su renuncia como magistrado de esa alta corte.

La decisión fue comunicada mediante una carta dirigida al mandatario Luis Abinader, en su calidad de presidente del Consejo Nacional de la Magistratura. Con esta dimisión, ya suman cuatro los jueces que han declinado participar en el proceso de evaluación establecida por la ley para determinar su continuación o remoción de la alta corte.

Herrera Carbuccia, quien finaliza un ciclo de 14 años en el Poder Judicial, expresa en su misiva recibida este miércoles por la Secretaría del CNM.

Entre el lunes y ayer comunicaron también su decisión a no continuar en la alta corte el actual presidente Luis Henry MolinaNancy Salcedo y María Garabito Ramírez.

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Nacionales

Falta de interés de jueces de la Suprema por evaluación crea preocupación en algunos sectores de la sociedad.

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Santo Domingo.- Una cierta preocupacion en la sociedad civil ha creado la renuncia de la jueza María Garabito a postularse para mantener su cargo en la Suprema Corte de Justicia, lo que a pesar de que  abre una tercera plaza para un nuevo aspirante, pero que causa mucha atencion el poco interes de someterse a la evaluación en  el  Consejo Nacional de la Magistratura.

Que ya sumen tres los jueces que decidieron salir del Poder Judicial genera preocupación entre representantes de la sociedad civil.

Desde Participación Ciudadana se cuestionan las razones de las decisiones del presidente de la Suprema CorteLuis Henry Molina, y las juezas Nancy Salcedo y María Garabito, aunque otras organizaciones consideran que solo es el cierre de una larga carrera judicial.

Con el retiro voluntario de Garabito, la magistrada marca el cierre de una destacada trayectoria de más de 38 años dedicada a la administración de justicia.

Ahora el Consejo Nacional de la Magistratura deberá cubrir tres vacantes, además de desarrollar el proceso de evaluación de los demás jueces.

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Nacionales

Corte envía a juicio a Jean André Pumarol por muerte de mujer en Naco

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La Segunda Sala de la Corte Penal revocó este jueves el auto de no ha lugar que favoreció a Jean André Pumarol Fernández, por lo que el hombre enfrentará un juicio de fondo por el ataque con arma blanca a sus vecinos y en cuya agresión falleció una mujer de 70 años.

Los jueces del tribunal de segundo grado, presidido por Ysis Muñiz Almonte e integrado por Teófilo Andújar y Luis Jiménez, también dictaron prisión preventiva de tres meses a Pumarol Fernández, a ser cumplida en el centro de Anamuya, en Higüey.

El magistrado Andújar emitió un fallo observado, que quiere decir que está de acuerdo con la decisión, pero no con la motivación.

  • El procesado no se encontraba en audiencia, como el pasado 23 de julio, cuando se aplazó la decisión de la corte.

Proceso judicial

El fallo deja sin efecto el emitido por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, quien rechazó enviar a juicio de fondo al acusado, al argumentar el magistrado que al momento de herir de gravedad a las víctimas este estaba bajo un cuadro sicótico.

Pumarol atacó a las víctimas el miércoles 23 de julio de 2025, alrededor de las 4:00 de la tarde, en el Condominio Naco Dorado IV, agresión que dejó como resultado la muerte de Yolanda Handal Abugabir, de 70 años, dentro de su apartamento, al cual el victimario tocó y se le abrió la puerta.

También causó lesiones al menos cinco personas, entre ellas a su padre, y a la doméstica de la víctima.

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Tribunal mantiene la prisión preventiva de Santiago Hazim y otros cinco imputados

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Santo Domingo, R.D.-Se mantuvo la prision preventiva del exdirector del Seguro Nacional de Salud (SENASA), Santiago Hazim, y de otros cinco imputados por decisión del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

El juez Deiby Timoteo Peguero fundamentó su decisión en que no se han modificado las circunstancias que originalmente justificaron la imposición de la medida de coerción contra Hazim y los demás encausados.

La defensa de Hazim, a cargo del abogado Miguel Valerio, había solicitado variar la medida cautelar alegando el estado de salud del imputado y un diagnóstico de esclerosis múltiple, posteriormente había dejado sin efecto el pedimento.

Sin embargo, el magistrado consideró que estos elementos no eran suficientes para modificar la prisión preventiva.

De acuerdo con el juez, la prisión preventiva continúa siendo idónea, necesaria y proporcional, ya que el derecho a la salud del procesado puede garantizarse mediante el suministro riguroso de sus medicamentos y la autorización de traslados cuando sean necesarios, sin que ello implique poner en riesgo su presencia en el proceso judicial.

Durante la audiencia de revisión de la medida de coerción obligatoria, el tribunal tomó en cuenta las recomendaciones de los servicios de salud y del sistema penitenciario, que indicaron que las condiciones médicas del imputado pueden atenderse adecuadamente dentro del régimen carcelario o a través de traslados puntuales.

El juez precisó que, si bien la salud de Hazim requiere seguimiento constante y tratamiento especializado, esto no hace indispensable un cambio en la medida cautelar en esta etapa del proceso.

Para sustentar el fallo, el magistrado citó la Sentencia TC/0722/24 del Tribunal Constitucional, que establece la obligatoriedad de aplicar un test de proporcionalidad riguroso al revisar las medidas de coerción.

Tras evaluar los riesgos procesales frente a la situación médica presentada, el tribunal concluyó que la privación de libertad debe mantenerse, en apego a lo dispuesto en el artículo 243 del Código Procesal Penal.

El juez fijó el 5 de noviembre como fecha para la revisión obligatoria de la medida de coerción que también pesa sobre Rafael Luis Martínez Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez y Ramón Alan Speakler Mateo.

Asimismo, estableció el 26 de agosto de 2026, a las 9:00 de la mañana, como fecha para la lectura de la decisión.

A partir de esa notificación formal comenzarán a correr los plazos legales para que las partes puedan interponer los recursos de apelación correspondientes.

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