Opinión
Un éxito financiero, un fracaso previsional
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2 meses agoon
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Isaías RamosPor Isaias Ramos
Nos dicen que quienes cuestionamos la capitalización individual tenemos las neuronas quemadas.
La frase pretende cerrar con una descalificación un debate que la evidencia internacional mantiene abierto. De los 30 países que privatizaron total o parcialmente sus sistemas obligatorios de pensiones entre 1981 y 2014, 18 habían revertido total o parcialmente esas reformas para 2018, según documentó la Organización Internacional del Trabajo.
Entonces el problema no son nuestras neuronas. Ha llegado el momento de revisar el modelo.
Todo profesional puede defender el esquema económico en el que cree, asesorar empresas o representar intereses legítimos. Pero el conocimiento, por vasto que sea, no garantiza ni ética ni sabiduría. A veces recorren caminos muy distintos. Y ningún prestigio académico o profesional otorga derecho a descalificar a quienes pensamos diferente.
Nosotros responderemos con la pregunta que ningún balance financiero puede ocultar: ¿qué pensión digna garantiza realmente este modelo al trabajador dominicano?
Durante años se nos ha mostrado el crecimiento de los fondos como prueba del éxito del sistema: más de un billón de pesos acumulados, rentabilidades, financiamiento al Estado y a empresas, y un mercado de capitales fortalecido con el ahorro obligatorio de los trabajadores.
Todo eso importa. Pero una cosa es que prospere el fondo y otra que prospere el afiliado.
El jubilado no vive del tamaño del fondo. Vive de la pensión que recibe cada mes.
Si las proyecciones siguen anticipando prestaciones insuficientes para muchos afiliados, no necesitamos esperar a que esa insuficiencia se convierta en pobreza para reconocer la falla.
Puede crecer el instrumento y fracasar su propósito.
El problema previsional dominicano comienza mucho antes de la jubilación. Comienza con salarios bajos, informalidad, desempleo e interrupciones laborales.
La cuenta individual registra esas precariedades, pero no las corrige. Un salario bajo genera una contribución baja; menos meses cotizados significan menor acumulación; y aportes insuficientes producen pensiones insuficientes, aun con una administración eficiente.
No existe acción de Apple, Amazon o Nvidia capaz de derogar esa aritmética.
Por eso no puede construirse una pensión digna sobre una vida entera de salarios indignos.
Desde el Frente Cívico y Social sostenemos que la reforma previsional debe caminar junto con una política que dignifique el salario, eleve productividad, formalización y capacidad contributiva. Que quien trabaja pueda vivir dignamente y que quien trabajó pueda retirarse dignamente.
También se repite que el reparto está “quebrado” en todo el mundo.
Los sistemas de reparto enfrentan tensiones cuando envejece la población, disminuye la relación entre cotizantes y pensionados o se prometen beneficios superiores a la capacidad contributiva. Por eso se reforman: ajustan edades, aportes, fórmulas y reglas actuariales.
Mientras tanto, de los treinta países que privatizaron total o parcialmente sus sistemas obligatorios, dieciocho habían revertido esas reformas para 2018.
¿Dónde está entonces la evidencia para afirmar que el reparto fracasó en todo el mundo y que la privatización es inevitablemente superior?
No defendemos un reparto irresponsable. Defendemos un reparto del siglo XXI, basado en cuentas nocionales.
Cada trabajador tendría registrada su historia contributiva en una cuenta individual contable. Sus aportes generarían derechos previsionales transparentes y, al jubilarse, ese saldo nocional se convertiría actuarialmente en una pensión vitalicia.
Eso mantiene la relación entre lo aportado y lo recibido, pero evita convertir la vejez en una apuesta individual contra el mercado, la longevidad y las desigualdades acumuladas durante décadas.
A ese sistema debe sumarse una pensión básica que impida la indigencia y un Fondo Nacional de Reserva Previsional, capitalizado colectivamente y administrado por una corporación pública autónoma, profesional e independiente del Gobierno de turno.
Ese fondo puede invertir dentro y fuera del país. En República Dominicana podría participar en energía, minería, transporte, agua, logística, infraestructura, tecnología y otros proyectos capaces de elevar productividad y desarrollo humano.
Pero con una regla inviolable: primero debe ser una buena inversión para el fondo; después puede ser también una buena inversión para el país.
Cada proyecto debe demostrar rentabilidad ajustada por riesgo, transparencia y gobernanza. El beneficio social puede ser un criterio adicional, nunca una excusa para sacrificar el patrimonio previsional del trabajador.
El fondo también debe poder diversificarse internacionalmente. La diversificación no pertenece a las AFP. Pertenece a una buena administración financiera.
Tampoco es cierto que la capitalización haya eliminado la dependencia del futuro.
Toda pensión depende de la economía futura.
El dinero acumulado durante treinta años no guarda alimentos, medicamentos ni servicios dentro de una bóveda. Representa derechos financieros sobre la producción futura.
En reparto, esos derechos se financian mediante contribuciones e impuestos. En capitalización, mediante intereses, dividendos y venta de activos.
Y cuando parte del ahorro previsional está invertida en deuda del propio Estado, resulta todavía más evidente: esos intereses deberán ser pagados mañana por la economía y los contribuyentes de mañana.
La capitalización no eliminó la restricción intergeneracional. La cambió de forma.
Nuestra Constitución tampoco ordena capitalización ni reparto. Ordena algo superior.
La República Dominicana es un Estado social y democrático de derecho, fundado en la dignidad humana, y reconoce la seguridad social como un derecho.
Queremos crecimiento, inversión, empresas fuertes y mercados de capitales modernos. Pero son medios.
La persona es el fin.
Por eso la pregunta que los defensores del modelo todavía deben responder no es cuánto administran las AFP ni cuánto habría ganado alguien comprando acciones en Wall Street.
Es esta:
¿Qué pensión suficiente, vitalicia y digna garantiza este modelo al trabajador dominicano después de una vida de trabajo?
Si la respuesta vuelve a ser el tamaño del fondo, están respondiendo otra pregunta.
Desde el Frente Cívico y Social proponemos abrir esta discusión sin complejos. No para regresar al pasado, sino para construir algo mejor: cuentas nocionales, reparto actuarialmente responsable, solidaridad, reservas colectivas, inversión profesional y salarios capaces de dignificar el trabajo.
Dignidad mientras se trabaja. Dignidad cuando se deja de trabajar.
Ese es el éxito que un Estado social y democrático de derecho debe aprender a medir: no cuánto acumula el sistema, sino cuánta dignidad garantiza.
Por Oscar López Reyes
Los cuerpos, objetos y dispositivos muy óptimos y virtuosos cobijan en sus entrañas, como ley del pensamiento lógico, sus bemoles. En ese prisma se entroniza, con su dualidad, la Inteligencia Artificial (IA), que parangona la filosófica tradición china del Yin (oscuridad/pasividad) y el Yang (luz/dinamismo).
Tocante a la IA, los planificadores del actual y el próximo gobierno jamás deben dejarse atrapar por el pregonado absolutismo y la saturación de un bombo que agobia. El poderío de las tecnológicas transnacionales apabulla en perspectiva del déficit de equilibrio y la subjetividad valorativa de los técnicos gubernamentales de naciones de las periferias, en la marginalidad filosófica.
El exceso de positividad y la aireada bondad coloca a la IA, inadvertidamente, en una pendiente enjabonada. Para robustecer este criterio, imperioso es estudiar la historia de la ética, fundado en las apreciaciones de filósofos de la estatura de Aristóteles (384-322 a.C), Sócrates (469-399 a.C.) y Friedrich Nietzsche (1844-1900), quienes advirtieron que la superabundancia perjudica y despoja valor, son insostenibles y procrean dependencia emocional.
Concerniente a los gobiernos y la IA, focalicemos apenas tres componentes, que voy a denominar las tres D: Deshumanización, desprotección y desplazamiento. Divisemos:
1.- Deshumanización de la administración pública.
La automatización de los servicios gubernamentales, la gestión de expedientes y la toma de decisiones administrativas mediante algoritmos inteligentes entraña riesgos para la transparencia, la equidad y la responsabilidad institucional. Derrumbaría tanto empeño y valentía por la penalidad de la conducción estatal 2020-2028.
En la República Dominicana, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA), presentada el 12 de octubre de 2023, procura modernizar los servicios ciudadanos y transformar los modelos de trabajos productivos. Empero, delegar decisiones sensibles a sistemas automatizados, sin suficiente vigilancia humana, podría reproducir sesgos, vulnerar derechos y dificultar la identificación de los responsables de actuaciones perjudiciales.
¿Quién respondería ante una determinación o disposición algorítmica que niegue injustamente un servicio público o comprometa informaciones confidenciales?, y ¿cómo el Estado garantizaría derechos constitucionales y administrativos si estas son transferidas a la IA?
¿Debe aceptarse la sentencia de un software por encima del juicio humano? ¿Existe la presunción de la inocencia tecnológica, más cuando puede tomar decisiones devastadoras en microsegundos? En la primacía de las “cajas negras” (nadie sabe de dónde salen las informaciones de la IA), ¿quién explica y dónde se apelan los dictámenes?
El progreso tecnológico exige, terminantemente, controles éticos, auditorías independientes y mecanismos de rendición de cuentas que impidan sustituir el juicio humano por la opacidad de las máquinas.
2.- Desprotección ante el cibercrimen
El acelerado perfeccionamiento de la inteligencia artificial multiplica las posibilidades de sofisticación del fraude electrónico, la suplantación de identidades, la falsificación de voces y los ataques contra sistemas informáticos. Bancos, hospitales, instituciones públicas y empresas privadas quedan expuestos a modalidades delictivas capaces de comprometer informaciones confidenciales y perturbar servicios esenciales.
En la República Dominicana, el Decreto núm. 313-22 aprobó la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2030, orientada a fortalecer la protección del ciberespacio y la resiliencia de los sistemas digitales. La amenaza se torna más inquietante ante algoritmos que pueden facilitar engaños personalizados y acelerar determinadas operaciones maliciosas.
¿Están las instituciones y los ciudadanos suficientemente preparados para reconocer y enfrentar ataques cada vez más difíciles de detectar? La seguridad tecnológica deja de ser una cuestión exclusivamente informática para convertirse en una exigencia de protección económica, institucional y nacional.
3.- Desplazamiento educativo y laboral
La irrupción de la IA en las aulas escolares y universitarias, dependencias gubernamentales y centros productivos amenaza con profundizar las desigualdades entre quienes dominan las nuevas herramientas tecnológicas y aquellos que permanecen rezagados. Un estudio conjunto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Banco Mundial, publicado en julio de 2024, estima que entre el 26 % y el 38 % de los empleos de América Latina y el Caribe podrían verse expuestos a la inteligencia artificial generativa, mientras que entre el 2 % y el 5 % enfrentarían riesgos de automatización completa.
Estas proyecciones regionales plantean interrogantes para la República Dominicana, donde la formación docente, la actualización curricular y la capacitación de los trabajadores adquieren creciente relevancia.
El peligro no reside únicamente en la sustitución de determinadas tareas, sino también en la ampliación de la brecha entre los ciudadanos preparados para aprovechar la revolución tecnológica y quienes carecen de competencias y recursos digitales. ¿Podrán los sistemas educativos formar profesionales para ocupaciones que se transforman a una velocidad superior a la actualización de sus conocimientos?
Además de la ampliación de estas brechas, en la esfera profesional (periodistas, abogados, médicos, ingenieros, profesores, etc.) estos riesgos laborales y profesionales son conocidos como “opacidad laboral” y “atrofia cognitiva”. Dejan de pensar y actúan como robot humano. Sin trabajo, porque fueron desplazados por la IA, ¿habrá menos empleo remunerativo? ¿se reducirá el poder adquisitivo de obreros y profesionales? ¿bajará el cobro de impuestos?
A fin de cuentas y como la IA aporta y añade valor y, sin capacidad aún para testificar ante un juez, bajo la sutil persuasión está siendo impuesta por los poderes hegemónicos, la alfabetización digital, el pensamiento crítico y la reconversión laboral se encadenan como desafíos impostergables para evitar nuevas modalidades de exclusión económica y social.
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Fuentes utilizadas:
1. Deshumanización de la administración pública
Fuente 1. Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA)
Institución: Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC). 2023.
Documento: Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial de la República Dominicana.
Utilidad: Sustenta los esfuerzos nacionales de incorporación de la IA, modernización del Estado y transformación digital de los servicios públicos.
Fuente 2. Ley núm. 172-13 sobre Protección Integral de los Datos Personales
Institución: Congreso Nacional de la República Dominicana. 2013.
Documento: Ley núm. 172-13 sobre Protección Integral de los Datos Personales.
Utilidad: Fundamenta la necesidad de proteger la información ciudadana frente al procesamiento automatizado de datos.
2. Desprotección ante el cibercrimen
Fuente 3. Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2030.
Institución: Presidencia de la República Dominicana. 2022.
Documento: Decreto núm. 313-22, que establece la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2030.
Utilidad: Respalda el análisis sobre protección de infraestructuras críticas, prevención de ataques informáticos y fortalecimiento de la seguridad digital del país.
3. Desplazamiento educativo y laboral.
Fuente 4. La inteligencia artificial generativa y los empleos en América Latina y el Caribe
Instituciones: Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Banco Mundial. 2024.
Documento: La inteligencia artificial generativa y los empleos en América Latina y el Caribe: ¿La brecha digital es un amortiguador o un cuello de botella?
Utilidad: Fundamenta las estimaciones regionales sobre exposición laboral a la IA generativa, transformación de tareas y riesgos de automatización.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático y escritor.
Por Isaias Ramos
El ministro de Turismo afirmó, según las crónicas publicadas el 24 de octubre de 2026, que el turismo vive su mejor momento y sostiene cerca del 50 % del crecimiento económico nacional. También sostuvo que la riqueza debe llegar a las comunidades. Esa promesa merece una evaluación concreta: ¿cuánto bienestar recibe la población por el patrimonio que compromete el Estado?
El Gobierno debe demostrar cuánto llega a los trabajadores, cuánto recupera el Estado y qué derechos conserva la población. Cabo Rojo permite examinar esas preguntas con cifras y documentos. Sus cuentas no representan todo el turismo dominicano, pero sí permiten evaluar las condiciones de este proyecto y el beneficio público que se promete.
Los estados financieros no auditados de Pro-Pedernales al cierre de 2025 registran RD$40,167.5 millones en aportes acumulados: RD$35,900.9 millones en terrenos, RD$3,806.6 millones en efectivo y aproximadamente RD$460 millones en mejoras, informes, tasaciones y diseño. La construcción en proceso alcanza RD$19,869.8 millones, incluidos intereses capitalizados. Son categorías contables que no deben sumarse como inversiones independientes.
El fideicomiso adeudaba RD$14,000 millones de principal al Fondo de Inversión Cerrado de Desarrollo Reservas I y RD$1,808.9 millones de intereses. El préstamo contempla una tasa variable con mínimo anualizado del 16 % y pago al vencimiento, originalmente fijado para enero de 2027. La deuda corresponde al fideicomiso; su repercusión sobre el Gobierno central depende de las garantías y compromisos aplicables.
Aplicado a ese principal, el mínimo equivale a RD$2,240 millones anuales: RD$186.7 millones mensuales. No son pagos mensuales acreditados, sino una equivalencia que permite dimensionar la carga financiera.
Para visualizar la magnitud, planteemos un escenario: distribuir esa equivalencia mensual entre 6,750 puestos, cifra de referencia del anuncio de más de 6,750 empleos directos estimados. El resultado sería RD$27,654 por puesto, un 27 % más que el mínimo de RD$21,840 vigente desde junio de 2026 para la categoría superior de hoteles y casinos. Es una comparación ilustrativa, no el costo observado por empleo: deuda y meta laboral pueden abarcar actividades y plazos distintos. La conveniencia del proyecto requiere evaluar todos sus costos y beneficios.
La evaluación debe acreditar cuántos empleos permanentes se crean, con qué salarios y protección social, y qué ingresos generan para las familias. La falta de alternativas no justifica cualquier condición. Pedernales merece oportunidades para superar la pobreza.
En enero de 2026 se anunció que el consorcio liderado por Grupo Puntacana, AFI Reservas y AFI Popular asumiría la gestión del destino. El comunicado de Grupo Puntacana menciona una inversión privada futura de una “suma significativa”, sin desglosar capital pagado ni remuneraciones por administrar. Las fuentes aquí citadas no incluyen el contrato completo con sus anexos. Eso no prueba que no exista o no se haya divulgado por otra vía; obliga a exigir acceso sencillo y verificable.
Tampoco basta con exhibir marcas financieras. SIPEN registró en junio de 2025 RD$16,049.2 millones invertidos en Desarrollo Reservas I desde fondos previsionales. No todo ese monto financia Pro-Pedernales. Sí corresponde explicar la exposición de los beneficiarios: administrar dinero ajeno no convierte ese patrimonio en capital propio.
La participación estatal mínima del 51 % prevista en la Ley 36-24 es una salvaguarda cuyo resultado depende de los contratos y derechos efectivos del Estado. Deben conocerse los votos, vetos, honorarios, operaciones con vinculados y condiciones de salida. También debe verificarse la fiscalización aplicable. El fideicomiso y la corporación son entidades distintas: sus cuentas y transferencias requieren identificación precisa.
Hay además una prueba que ningún récord turístico sustituye: el acceso a nuestras playas. El artículo 15 constitucional reconoce su dominio público y libre acceso, respetando la propiedad privada en los términos legales. Ninguna promesa de empleo justifica desconocer ese derecho. Las comunidades deben participar del desarrollo sin convertirse en extrañas en su propio territorio.
Nuestra propuesta parte de los artículos 7 y 8 constitucionales: dignidad humana, trabajo y bienestar general. Queremos turistas en nuestras calles, campos, pueblos y ciudades, generando oportunidades para comerciantes, productores y comunidades. Un turismo democrático debe pagar salarios dignos, contribuir mediante tributos y respetar el patrimonio público. Proponemos metas verificables de compras locales, formación laboral y empleo permanente; evaluar los incentivos fiscales según sus resultados, y exigir una contraprestación justa por el aprovechamiento privado de bienes públicos. El crecimiento debe ampliar oportunidades y fortalecer el patrimonio colectivo.
Ningún cargo coloca a sus titulares por encima del juicio ciudadano. Construir una imagen de éxito no responde a las preguntas sobre quién aporta el patrimonio, quién asume la deuda y quién recoge los beneficios. Proponemos un informe trimestral público con contratos, aportes efectivos, garantías, remuneraciones, auditorías y resultados sociales y fiscales, acompañado de seguimiento con participación comunitaria. La propaganda no sustituye la rendición de cuentas; la prosperidad debe poder comprobarse.
La patria no se administra como una campaña publicitaria. Se gobierna con principios, cuentas claras y respeto a quienes sostienen el país con su trabajo. La ciudadanía tiene derecho a exigir responsabilidades y decidir un rumbo distinto. Servir al pueblo es un deber; tratar el patrimonio colectivo como propiedad personal jamás será un derecho.
Opinión
La sentencia de prisión y la fiscalización de la ejecución de las condenas
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5 días agoon
octubre 28, 2026Por Rommel Santos Diaz
El Estatuto de Roma establece que una vez el Estado designado acepta ejecutar la condena de la Corte Penal Internacional, esta pena será inalterable. Salvo algunas condiciones previamente detalladas por el Estatuto, el Estado no puede modificar la condena ex oficio.
Sin embargo, en el caso de que surjan nuevas circunstancias que no existieren en el momento de aceptar la ejecución y que afectan sustancialmente los términos o duración de la pena, el Estado deberá notificar a la Corte para que esta revise la situación y, de ser necesario, transferir a la persona condenada a otro Estado.
También permite que la Corte Penal Internacional transfiera a la persona condenada a otro Estado en cualquier momento que lo considere necesario.
En resumen, se podría determinar que la ejecución de la pena de prisión es inalterable para el Estado Parte que acepta la persona condenada y esta sujeta a ser modificada solo por la Corte Penal Internacional, o consultando con la Corte de conformidad con el Estatuto de Roma.
Con relación a la fiscalización de la ejecución de las condenas y las condiciones de detención el Estatuto de Roma claramente establece que la CPI tiene primacía y es el ente con la autoridad para tomar decisiones significativas relacionadas con la ejecución de una condena.
El Estatuto también dispone que las condiciones de detención deberán regirse por el derecho interno del Estado que ejecute la condena y ¨deberá ser conforme con los estándares de los tratados internacionales sobre el tratamiento de los privados de liberta¨¨.Adicionalmente, las condiciones no podrán ni mas ni menos favorables que aquellas de los condenados nacionales.
El Estatuto de Roma confirma que la Corte Penal Internacional esta a cargo de supervisar los términos de detención, declarando inequívocamente que ¨las comunicaciones entre la persona condenada y la CPI deberán ser procuradas y confidenciales¨. El Estado deberá permitir la comunicación entre el condenado y la Corte con el fin de asegurar la implementación de esta obligación.
