Análisis Noticiosos
«Un presidente que quiere el control, Danilo Medina. Sus primeros 100 días de gobierno»
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14 años agoon
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LA REDACCIÓNPor Lic. Juan Antonio Ovalles Pérez
Desde su juramentación el pasado 16 de agosto’12 como Presidente de la República y al completar recientemente sus primeros 100 días de su mandato presidencial, el Lic. Danilo Medina ha demostrado con sus acciones que es un Presidente que quiere el control y eso lo enaltece ante su pueblo como un presidente ejemplar con un estilo de gobernar parecido, guardando las diferencias de la época, al del Profesor Juan Bosch, cuando ocupó el solio presidencial a partir del 27 de febrero del año 1963.
Entre las medidas tomadas en los primeros 100 días por el Presidente Danilo Medina y que demuestran que es un Presidente que quiere el Control, se destacan entre otras las siguientes:
PUSO EN MARCHA EL “CODIGO DE PAUTAS ETICAS”
En uno de los primeros Consejo de Gobierno Ampliado que celebró el Presidente Danilo en el Palacio Nacional desde que asumió la presidencia de la República, fue la puesta en Marcha del “Código de Pautas Éticas”, afirmando que será una prioridad de su administración el manejo austero y transparente de los fondos públicos, y advirtió que será severo e implacable con los funcionarios que violen las layes y actúen deshonestamente
Con la puesta en marcha del Código de Pautas Éticas, el Presidente Danilo Medina delineó como Máxima Autoridad Ejecutiva de la Administración Pública, su filosofía para fomentar en todo el sector público un ambiente propicio para la operación del control interno, mediante la generación de una nueva cultura de administración y control para promover, entre las máximas autoridades ejecutivas de cada entidad pública, el reconocimiento del control como parte de sus responsabilidades para manejar y administrar los recursos de la nación.
El Código de Pautas Éticas, consta de 18 puntos y uno de los más relevante, el número 3, señala que el Presidente y los miembros de su gabinete se comprometen a administrar los bienes del Estado con honestidad, equidad, eficacia, transparencia y realizando un trabajo en armonía con los intereses estatales y la sociedad.
Según el Artículo 25 de la Ley 10-07 Que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloria General de la República, establece que “el Titular de cada entidad u organismo bajo el ámbito de la presente ley, es el principal responsable del establecimiento y cumplimiento del control interno en la respectiva institución. Los servidores públicos en los diferentes niveles de responsabilidad de la entidad u organismo, responderán por el mantenimiento y cumplimiento del control interno de las operaciones o actividades a su cargo”.
EL DECRETO 486-12 QUE CREA LA DIRECCION GENERAL DE ETICA E INTEGRIDAD GUBERNAMENTAL
El Presidente Danilo Medina, emitió el 21 de agosto’12, el Decreto 486-12 que crea la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), en sustitución de la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción (CNECC). Esta dirección será el órgano rector, en materia de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la informacion, en el ámbito administrativo gubernamental.
Esta nueva dependencia, está adscrita al Ministerio de la Presidencia de la República y sus planes deberán ser sometidos al Poder Ejecutivo para su conocimiento y aprobación. Será dirigida por un Director General que ha de ser designado por el Poder Ejecutivo. En esta entidad, fue designado el Dr. Marino Vinicio Castillo.
Entre las funciones de esta dirección, está la de investigar las actuaciones de los servidores públicos que transgredan el régimen ético y disciplinario establecido en la Ley 41-08, de Función Pública, cuando las autoridades a cargo no adopten las acciones correctivas oportunamente, y sin perjuicio de las funciones del Ministerio de Administración Pública.
Además, contribuir a desarrollar y fortalecer una cultura ética, de transparencia e integridad, promover los valores éticos y morales en la Administración Pública, así como dar seguimiento y asesorar a las Comisiones de Ética Pública para garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones y su participación activa en la dinámica institucional, entre otras.
EL DECRETO 499-12 QUE ESTABLECE MEDIDAS DE AUSTERIDAD.
Otra medida que tomó el Presidente de la República, Danilo Medina dentro sus primeros 100 días de su gobierno y que demuestra que quiere el control, lo ha sido la puesta en vigencia del Decreto 499-12 que establece medidas de austeridad.
Con este decreto el Presidente sostiene que “constituye una prioridad de la actual administración ajustar los gastos de los órganos y entes que conforman la administración pública, así como los organismos autónomos y descentralizados instituidos por leyes, a través de medidas dirigidas a racionalizar el gasto en el sector público y a mejorar el sistema de rendición de cuentas”
EL DECRETO 543-12 QUE ESTABLECE UN NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES, SERVICIOS, OBRAS Y CONCESIONES.
El Presidente de la República, emitió el decreto 543-12 que establece un nuevo Reglamento de la Ley Sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, el cual deroga y sustituye el Reglamento 490-07, de fecha 30 de agosto del 2007.
Este nuevo reglamento, contiene las normas generales, procedimientos especiales, registro de proveedores del Estado, sanciones, procedimientos de selección, condiciones, evaluación de propuestas, contenido y forma de los contratos, facultades y obligaciones, potestad y procedimientos de investigación, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías.
EL DECRETO 545-12 QUE DISPONE SUPRIMIR LAS ENTIDADES CONARE, CONAEJ, CARMJ
El Presidente de la República, Lic. Danilo Medina, emitió el decreto 545-12, con el cual dispuso que sean suprimidas las siguientes entidades públicas: el Consejo Nacional de Reforma del Estado (Conare), el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (Carmj) y la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (Conaej).
Entre las justificaciones de los considerandos de este decreto dice que en lo relativo a dichas instituciones, las mismas eran estructuras transitorias, cuya razón de ser y objetivos se han cumplido.
EL DECRETO 569-12 QUE DISPONE EL TRASPASO A LA BOLSA AGROEMPRESARIAL, EL MECANISMO UTILIZADO PARA LA LICITACION DE LAS COMPRAS DE INSUMOS AGRICOLAS QUE DEMANDA EL PAIS.
Una medida también de suma transcendencia y de control, lo fue la disposición del Presidente de la República de traspasar mediante el decreto 569-12 a la Bolsa Agroempresarial de Republica Dominicana (BARD), organismo dependiente de la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD), el mecanismo utilizado para la licitación de las compras de insumos agrícolas que demanda la nación. Con este decreto se pone en vigencia el reglamento que establece los procedimientos generales para la asignación de los contingentes arancelarios de la ratificación técnica.
La ratificación técnica es un régimen de arancel-cuota que permite la importación de ciertos productos hasta cierto volumen límite o cuota como el arroz, el azúcar refino y morena, así como la carne de pollo, el ajo, la cebolla, el maíz, las habichuelas y la leche en polvo.
Este decreto señala que los ingresos generados por concepto de arancel aplicado a las importaciones de los productos bajo contingentes arancelarios, serán enviados a la Tesorería Nacional a través de la Dirección General de Aduanas (DGA)
Con la puesta en vigencia de esta importante medida de control, el Gobierno entiende que es moralmente necesario establecer un procedimiento de asignación de los contingentes arancelarios que sea público, simple, transparente, abierto, competitivo, imparcial y que no constituya un obstáculo al comercio.
EL DECRETO 616-12 QUE ORDENA A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA SUSPENDER TODO APORTE DE FONDOS PUBLICOS A LOS FONDOS DE PLANES COMPLEMENTARIOS DE PENSIONES
Una media muy directa de control tomada por el Presidente Danilo Medina, dentro de sus primeros 100 días de gobierno, lo fue el de ordenar mediante el decreto 616-12 a la Contraloría General de la República de suspender todo aporte de fondos públicos a los fondos y/o planes complementarios de pensiones.
Con esta disposición el nuevo gobierno busca evitar cualquier uso inapropiado por las instituciones públicas para los planes de pensiones de sus funcionarios y empleados, al tiempo que envía una clara señal de su compromiso con el buen uso de los fondos públicos.
Este decreto dispone que la Contraloría General de la República, proceda a suspender todo aporte de Fondos Públicos que realicen la Administración Central del Estado, las instituciones autónomas y descentralizadas y autónomas y descentralizadas financieras y no financieras, instituidas por la ley, las instituciones públicas de la seguridad social, las empresas publicas financieras y no financieras, los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional, a los Fondos y Planes Complementarios de Pensiones existentes.
Indica que los fondos aportados por las instituciones públicas a los planes complementarios de pensiones deben ser retornados a las mismas, para el correcto uso en el marco de sus presupuestos de gastos correspondientes.
También señala que las instituciones públicas podrán crear fondos de pensiones complementarios, siempre y cuando los mismos se sustenten sobre la contribución definida realizada única y exclusivamente por los afiliados y fundamentados en la capitalización individual que asegure la sostenibilidad financiera y el equilibrio económico.
EL DECRETO 626-12 QUE CREA LA VENTANILLA UNICA DE INVERSION
La creación de la Ventanilla Única de Inversión, puesta en vigencia por el Sr. Presidente de la Republica, mediante el decreto 626-12 es otra medida de control y tiene como finalidad de eficientizar y agilizar los procesos de inversión nacional y del exterior en el país.
Este decreto presidencial declara de interés nacional el fomento de la inversión, el aumento de los flujos de inversión y el mejoramiento del clima de negocios en la República Dominicana.
El Gobierno estima que con la creación de la ventanilla única contribuirá a la creación de más de 400 mil nuevos empleos.
LOS DECRETOS 647, 648 Y 649-12 QUE DISPONEN SUPRIMIR TRES NUEVAS ENTIDADES PUBLICA
El Presidente de la República, Lic. Danilo Medina, emitió tres decretos, con los cuales dispuso suprimir tres entidades más, se trata de la Oficina de Consultoría de Cooperación, Educación, Ciencia y Tecnología, adscrita a la Presidencia de la República; la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas y la Comisión Presidencial sobre los Objetivos del Milenio y Desarrollo Sostenible.
Estas medidas de control y de ahorros están consignadas en los decretos números 647-12, 648-12 y el 649-12.
En cada uno de estos decretos el Presidente de la República fundamenta su decisión en que ya esas instituciones cumplieron con su cometido.
Todas estas medidas que ha tomado el Presidente de la República, Lic. Danilo Medina, en sus primeros 100 días de gobierno han sido valoradas y muestran que la República Dominicana cuenta con un Presidente que quiere el control y que entre todos debemos seguir apoyando para que continúe fomentado en todo el sector público dominicano “Una Nueva “Cultura de Administración y Control” para garantizar el buen manejo, la transparencia y la rendición de cuentas de los recursos públicos a cargo de los funcionarios y servidores de la Administración Pública.
Por José Cabral.
Nadie puede negar que la República Dominicana está en medio de la gran posibilidad de que pueda surgir un “outsider” en la política nacional, aunque el problema descansa en que no se ha articulado una propuesta que responda al nicho que se ha creado en esta dirección.
Prácticamente todas las encuestas colocan en un 54 ó 55 por ciento, aunque se piensa que es mucho mayor, las personas que no sienten ningún respeto ni vinculación con los partidos políticos, los cuales han llegado a un nivel de descrédito que nadie podía imaginarse.
Es tan grave el problema que esa realidad amenaza la democracia representativa, ya que en las últimas elecciones el país ha terminado con autoridades que no cuentan con la legitimidad necesaria para garantizar una buena gobernabilidad.
Pero frente a esa realidad la pregunta que todo el mundo se hace es si valdría la pena que en el país se produzca el fenómeno del “outsider” como que ya ha pasado en muchas naciones latinoamericanos e incluso en los Estados Unidos de América.
El último caso de este tipo se ha producido en Colombia, donde un abogado penalista, un depravado, defensor de narcotraficantes, de evasores de impuestos y de los paramilitares ha quedado en primer lugar en las elecciones presidenciales.
A Abelardo de la Espriella, un ultraderechista, sin ningún mérito, pero sin venir de las estructuras tradicionales del partidarismo político, se ha colocado en la puerta de la presidencia de Colombia, con un discurso agresivo y con una visión de cuestionamiento del derecho internacional que lo acerca al actual jefe de Estado de los Estados Unidos, Donald Trump, quien incluso ya lo ha apoyado.
El asunto es que este tipo de “outsider” no es saludable para que ningún país del mundo, porque representa un antivalor, un enemigo del derecho internacional y además un depravado que no respeta absolutamente nada ni a nadie.
Entonces, si la República Dominicana se viera en ese espejo estaría en un escenario que significa un evidente retroceso al bienestar que se supone debe garantizar todo aquel que se opone a la partidocracia, que nadie puede negar que en todas estas naciones ha implicado una gran desgracia para los pueblos.
Por esta razón es que creo que, si en la República Dominicana se crean las condiciones, como ya parece que ocurre, para desplazar del poder a los partidos políticos, tiene que ser para bien, no para mal, ya que debe ser un “outsider” que cuente con un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo para poder lograr las transformaciones que demanda la sociedad.
Naturalmente, la preocupación de que el problema del país no sólo descansa en el funcionario público, el cual procede de los partidos políticos, instancias totalmente corrompidas y enemigas del progreso nacional, sino también en la visión y actitud distorsionada del ciudadano como resultado del neoliberalismo salvaje introducido en el país por Leonel Fernández.
Tal vez ahí esté la explicación de que una opción con una visión colectiva, no individual, no haya podido consolidarse en el país, ya que articular este tipo de propuesta implica, según lo que se ve, romper con lo que luce ser una utopía por la forma en que el neoliberalismo se ha apropiado de la mente y el sentir de la gente.
Pero si Dios quiere y en razón de que las condiciones están dadas para que en el país surja un “outsider”, ojalá sea para bien y no para mal, contrario a como se observa que se produce en Colombia y en otros países latinoamericanos.
El “outsider” dominicano tiene que ser para romper con la vieja política, a los fines de acabar con la corrupción y los principales males que aquejan a la sociedad en asuntos tan fundamentales para tener crecimiento y desarrollo nacionales como el empleo, la institucionalidad, la seguridad pública y ciudadana y en otros aspectos que durante décadas han representado una retranca para la nación.
Análisis Noticiosos
El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.
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1 semana agoon
junio 3, 2026Por José Cabral.
Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.
La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.
La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.
En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.
Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.
Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.
Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.
Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.
La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también ajusten sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.
Análisis Noticiosos
Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.
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2 semanas agoon
mayo 27, 2026Por José Cabral
Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.
Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.
E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.
Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.
No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.
De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.
Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.
Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.
No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.
Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación de la Ley 13-26, que en buen derecho no es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.
