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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Análisis Noticiosos

La burocracia vuelve a representar la comedia triste de la entrega.

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Por Nelson Valdez
Asistimos, con el alma acongojada pero erguida en el patriotismo más puro, al espectáculo de unos ministros que celebran como proeza histórica el servilismo diplomático.
Han acudido presurosos a firmar el despojo de la entraña nacional, ofreciendo en bandeja de plata las riquezas del subsuelo patrio a la insaciable voracidad del coloso del norte.
Aquellos minerales que la Providencia depositó en la tierra dominicana para sustentar el porvenir de la República son hoy entregados con pasmosa ligereza, a cambio del aplauso efímero de una legación extranjera.
Nos dicen, con el descaro propio de la retórica oficialista, que este marco de cooperación protegerá nuestros «intereses nacionales». ¡Qué colosal impostura! La historia enseña con claridad meridiana que los imperios no reconocen socios, sino vasallos.
Mientras la diplomacia norteamericana asegura su hegemonía tecnológica y la seguridad de sus cadenas de suministro sin arriesgar un solo ápice de su suelo, la patria de Duarte y Luperón aporta la materia prima, asume las heridas ambientales y se conforma con el papel humillante de proveedora subordinada.
Se firma a espaldas de la soberanía popular un pacto que hipoteca el patrimonio de las futuras generaciones bajo la excusa de alineamientos geopolíticos que en nada benefician al campesino ni al obrero dominicano.
El suelo que pisamos no es una simple mercancía en la mesa de negociación de los poderosos. Las tierras raras del sur no pertenecen a una administración ni a una casta de diplomáticos encumbrados; pertenecen a la historia, al honor y al destino de la nación dominicana.
Ceder la llave de nuestras riquezas estratégicas a una potencia imperial bajo la vestidura de un «acuerdo de confianza» no es diplomacia activa: es una capitulación moral, un acto de indignidad que profana la memoria de los libertadores y reduce la soberanía nacional a una simple nota al pie en la agenda de Washington.

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Análisis Noticiosos

El orgullo de ser dominicano bien valorado, da seguridad y confianza.

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Por José Cabral

Hace ya muchos años fuí testigo de varios anécdotas que deben servir para algo a cualquier persona, no importa de que país sea.

En un lugar en Nueva York llamado Merchant, donde se vende vinos y cigarros y se toca Jaz, compartía con unos amigos, entre ellos había varias muchachas colombianas y una de ellas me pregunta que si soy dominicano y le responde que sí.

Y de inmediato me narra que su hermana más joven, quien se encontraba también en el lugar, tenía un noviazgo con un joven dominicano, pero que esa relación le había traído muchos problemas a la familia, porque su papá entendía que la misma no debía existir.

Me decía la joven que su papá siempre decía que lo menos que él debía hacer era estrangular a su hija por mantener una relación que podía terminar en procreación con una persona de una baja procedencia.

Pero la historia se repite unos años después en la calle 50 y la quinta avenida de la ciudad de Nueva York cuando me decía otro señor que conoció una muchacha tan hermosa y educada de apellido Trujillo que nadie podía pensar que fuera dominicana.

Evidentemente que ambas narraciones tenían su explicación en que la mayor parte de la inmigración dominicana hacia los Estados Unidos, que es el escenario analizado, procedia en ese momento del campo y cuya formación académica y cultural es muy pobre.

Además, por un asunto cultural, la mayoría de los dominicanos radicados en Nueva York proceden de barrios muy pobres o del campo de la región del Cibao, cuyas características y acento es, podría decirse, la representación de un regionalismo que se expresa a través del uso de la i para hablar.

Naturalmente, las razones que tienen que ver con que mucha de nuestra gente no haya tenido la oportunidad de cursar estudios universitarios y de tener una buena formacion cultural son parte de las deficiencias que se observa en el Estado dominicano.

De cualquier manera, la imagen de cualquier gentilicio se complica o deteriora cuando una buena parte del grupo étnico de que se trate se ve involucrado en actividades que nadie quiere para su familia, aunque, naturalmente, ese no sea el caso de lo planteado en este comentario.

Hay que decir que los propios colombianos se vieron en una situación indeseable cuando la época de Pablo Escobar que un pasaporte de ese país era prácticamente una ofensa a nivel internacional.

La enseñanza que quiero dejar con estas narraciones es que el orgullo de ser dominicano es algo que no se negocia, pero el mismo está determinado por la imagen que se venda en la comunidad internacional.

Y para sentirse orgulloso de la dominicanidad hay que partir, principalmente, de que sea un país en el que la dignidad humana sobresalga sobre la mayoría de los derechos, pero además que quien la representa sea gente con la decencia y un comportamiento acorde con los tiempos de las sociedades civilizadas.

Ciertamente que las democracias han fallado, sobre todo por el comportamiento de los partidos políticos y si bien hay que combatir ese mal y buscar la sustitución ahora y para siempre de esos actores de la vida nacional, pero cualquier solución al respecto no puede ser peor que lo que existe y sobre la base de lesionar el orgullo de ser dominicano.

Con esto quiero decir que en aras de preservar el orgullo nacional, se debe procurar llevar a la direccion del Estado a personas que, no sólo sean éticas y defensoras del interés nacional, sino también que coloquen en la cima, si es posible, la imagen del gentilicio por tener una conducta en el contexto de una sociedad civilizada.

Hay una expresión popular que dice que es muy importante guardar bien las apariencias, lo cual es aplicable en estos momentos en la República Dominicana, pero que ello no sea una causa para dejar de gestionar la salida del poder de los que han dañado gravemente la democracia, aunque, naturalmente,  sin apoyarnos en ciudadanos que, aunque tienen el derecho constitucional de elegir y ser elegido, pero que  su comportamiento lo descalifica para representar a todos los que tenemos un criterio muy claro del orgullo de ser dominicano y lo que ello implica para la economia y toda la vida nacional.

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Análisis Noticiosos

¿IRA O INTELIGENCIA?

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Por Nelson Valdez

Hay momentos en que el cansancio de un pueblo se vuelve ira y la ira se desplaza como inteligencia. Es cuando dejamos de preguntarnos quién está preparado para gobernar y empezamos a pensar contra quién votar.

República Dominicana está en uno de esos momentos.

El fenómeno de Santiago Matías (Alofoke) no es solo el ascenso de un comunicador o empresario digital; es la manifestación sociológica de un electorado cansado de los partidos tradicionales, de promesas envejecidas y discursos vacíos. La política tradicional generó esta desconfianza. Primero buscamos al empresario, luego al outsider y ahora podemos estar buscando al espectáculo.

Pero el fracaso de la política tradicional no convierte automáticamente en estadista a quien triunfa en el entretenimiento.

El algoritmo premia la indignación, la controversia y la velocidad. El Estado funciona al revés: la inflación no baja por un video viral, la deuda no se administra con carisma ni la salud mejora por tener seguidores. Las redes premian la reacción; el Estado cobra la improvisación.

La antipolítica seduce diciendo: «Ellos te fallaron, nosotros somos distintos». ¿Pero distintos en qué? ¿Con qué equipo, programa o conocimiento de la administración pública? Gobernar es la parte aburrida de la política, pero es la única que importa cuando se apagan las cámaras.

El riesgo es convertir la decepción en un «voto de castigo»: «Como todos me fallaron, votaré por quien más daño les haga». Eso no es transformación, es desahogo. El voto es un instrumento demasiado poderoso para entregárselo a la ira.

Detrás de este fenómeno hay ciudadanos hartos que deben ser escuchados, pero la indignación debe ser el comienzo de una pregunta, no el final del razonamiento: ¿Qué propone? ¿Con quién? ¿Cómo?

No se trata de elegir entre política tradicional y espectáculo, sino de recuperar el criterio: no venerar al famoso por serlo ni condenar al político por serlo.

Antes nos engañaron con la promesa del cambio; ahora podrían seducirnos con la del castigo. La rabia es un pésimo combustible para gobernar. La próxima elección exige pensar.

#republicadominicana🇩🇴 #santiagomatias #alofoke @pr1ncematias
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