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Una hora más de movilidad en horario del toque de queda

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Santo Domingo, RD.-El toque de queda regirá en todo el país desde las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana de lunes a viernes, feriados o no, a fin de permitir el libre tránsito hasta las 8:00 de la noche como parte de las medidas para reducir el contagio del coronavirus.

Así lo establece el Decre­to 7-21, emitido ayer por el presidente Luis Abinader, que confirma que los sába­dos y domingos el toque de queda se inicia al medio­día, con libre circulación hasta las 3:00 de la tarde.

La disposición presiden­cial también establece que los restaurantes podrán aceptar clientes en sus ins­talaciones hasta el 50% de su capacidad y la vuelta a la modalidad del teletraba­jo en el sector público.

El artículo 3 del decreto es­tablece que los sábados 16 y 23, así como los domingos 17 y 24 de enero de 2021, el toque de queda será desde la 12:00 del día hasta las 5:00 de la maña­na, con tres horas de libre trán­sito, hasta las 3:00 de la tarde.

El Poder Ejecutivo instru­yó además a la Oficina pa­ra el Reordenamiento del Transporte (OPRET), que rige los servicios del Metro y del Teleférico, y la Ofici­na Metropolitana de Servi­cios de Autobuses (OMSA), a ofrecer su servicio a la ciu­dadanía dentro del horario de circulación definido en el decreto.

Vuelve el teletrabajo
El artículo 13 de ese decreto señala que la jornada labo­ral en el sector público será hasta las 3 p.m., y que se en­viará a continuar sus labores desde el hogar al 40% de la plantilla de empleados pú­blicos no esenciales para la actividad del Estado.

Los restaurantes al 50%
La nueva disposición gu­bernamental establece que los restaurantes podrán re­cibir clientes hasta un 50% de su capacidad instalada, en estricto cumplimiento de los protocolos de distancia­miento vigentes, sin que ex­cedan de seis personas por mesa.

Los parques y malecones
De igual forma, la dispo­sición gubernamental es­tablece que los espacios públicos abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, sólo podrán ser utilizados para prácti­cas deportivas que no im­pliquen grupos, equipos o aglomeración de perso­nas de ninguna naturale­za.

En estas áreas queda pro­hibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas.

Iglesias y gimnasios
El decreto 7-21 estable­ce que las actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religio­sas se mantendrán en los términos previstos en el Decreto 2-21, de fecha 5 de enero de 2021, es de­cir, las mismas podrán ofrecer servicios tres ve­ces a la semana, siempre y cuando cumplan con el protocolo contra el Co­vid-19.

Mientras, continúan clau­surados los gimnasios, en es­pacios públicos o privados, cines, teatros y cualquier otra instalación de eventos públicos y masivos, que no resulte indispensable para el desenvolvimiento de la ciu­dadanía.

Durante el horario del toque de queda pueden transitar personas dedica­das a los servicios de salud, tales como médicos, enfer­meros, bioanalistas, perso­nal paramédico y personal farmacéutico.

También personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a al­gún centro de salud o far­macia, y aquellas dedica­das a labores de seguridad privada debidamente iden­tificadas.

Además, miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamen­te acreditados.

CIFRAS
Pueden transitar.

Pasajeros internacio­nales y operadores de vehículos particula­res o comerciales, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo de­bidamente identifi­cados, en tránsito hacia o desde puer­tos y aeropuertos. Operadores de vehí­culos y técnicos de empresas e institu­ciones prestadoras de servicios de ener­gía, agua, telecomu­nicaciones y recogi­da de desechos sóli­dos, entre otros.

Sigue emergencia.
Ayer, con el Decreto 6-21, fue prorrogado por 45 días, a partir del 16 de enero, el esta­do de emergencia para combatir el coronavirus Covid-19.

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Tribunal le quita el arresto domiciliario a Ángel Lockward, implicado en caso Calamar

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Santo Domingo, R.D.-La jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional revocó el arresto domiciliario que pesaba en contra del abogado Ángel Lockward, implicado en el caso Operación Calamar.

La magistrada Altagracia Ramírez tomó la decisión al acoger una solicitud de revisión de la medida de coerción presentada por la defensa del imputado, representada por el abogado Norberto Rondón

Ante la petición de libertad, el Ministerio Público, representado por la magistrada Rosa Alba García y los abogados de los querellantes, no se opusieron a que le fuera variada la medida de coerción que pesaba en su contra de arresto domiciliario.

Previamente, en el mes de diciembre, tribunal había acogido el desistimiento de los querellantes que habían sido clientes del conocido abogado, cuyos representantes declararon a la prensa que el profesional del derecho había actuado apegado al código de ética.

En el expediente figuran como imputados el exministro de Hacienda Donald Gurrero, José Ramón Peralta, ex ministro Administrativo de la Presidencia, Gonzalo Castillo, ex ministro de Obras Públicas.

Igualmente, el excontralor general de la República, Daniel de Jesús Caamaño, el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo, Marcial Reyes, Rafael Calderón Martínez, Claudio Silver, Yahaira Brito Encarnación y su esposo Ramón David Hernández.

Igualmente, Marino Enrique Cabrera, César Miguel Santana, Mabel Mejía Cintrón, Hathaly Hernández, Natividad Martínez, Kimberly Zayas, Manuel Morilla Soto, Manuel Morilla Gil y Daniel Guerrero.

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El TC se apodera de recurso contra disposición que impide relección de Luis Abinader en 2028

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) fue apoderado de un recurso de inconstitucionalidad  en contra de la disposición transitoria en la Constitución que impide la reelección presidencial de Luis Abinader para el 2028.

La instancia del recurso de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria que impide la postulación de Luis Abinader en las elecciones presidenciales del 2028 fue interpuesta por Aquiles Jiménez Fernández.

En el recurso se pide a los jueces del TC declarar inconstitucional y nula la disposición que impide la postulación de Luis Abinader en las elecciones de 2028, por ser contraria a los artículos 39, 22, 110 y 120 de la Constitución de la República.

Además, que se ordene la inaplicabilidad de dicha disposición en el proceso electoral de 2028, garantizando que cualquier ciudadano que cumpla con los requisitos constitucionales pueda postularse libremente.

Pidió al TC que también se ordene que se garantice el principio de igualdad y no discriminación en el ejercicio de los derechos políticos, conforme a la Constitución y a los tratados internacionales ratificados por República Dominicana.

«La disposición transitoria en cuestión impone una restricción  exclusivamente al ciudadano Luis Rodolfo Abinader Corona, limitando su derecho fundamental a ser elegido, mientras que otros ciudadanos en condiciones similares no están sujetos a la misma prohibición» expresa el recurso.

La alusión de la instancia del recurso de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria que impide la postulación de Luis Abinader fue colocada en la página web del TC, para que la ciudadanía pueda opinar al respecto, para luego preparar el expediente, fijar audiencia y dejar el caso en estado de fallo.

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Joshua Steven Riibe solicitó un duplicado de pasaporte a Embajada para retornar a Estados Unidos

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Santo Domingo, R.D.-El estadounidense Joshua Steven Riibe, favorecido con un recurso de habeas corpus que le permite continuar su vida con normalidad en su condición de testigo en la desaparición de Sudiksha Konanki, solicitó un duplicado de pasaporte a la Embajada de Estados Unidos que le permita retornar a su país.

Según un reporte de ABC News, los abogados de Riibe están tratando de obtener el nuevo documento, que fue extraviado durante su estadía en el Hotel RIU República, y fiscales negaron tenerlo retenido.

El informe de la cadena de noticias agrega que la Embajada le está brindando “toda la asistencia consular necesaria”, tras mantener comunicación con este, su familia y equipo legal.

Por su parte, los fiscales litigantes  señalaron que el testigo declaró de forma “libre y voluntaria” que se le perdió su pasaporte, concordando con las declaraciones ante el tribunal del joven de 22 años.

En momentos en que Riibe compareció a audiencia en la Cámara Penal de la jurisdicción de Higuey, declaró habó ante el juez Edwin Rijo de una reunión sostenida con el cuerpo diplomático. No obstante, sostuvo el encuentro una vez que policías le permitieron salir del complejo hotelero.

A raíz de la solicitud de pasaporte, Listín Diario se comunicó con el personal de la Embajada en Santo Domingo y recibió como respuestas que “por cuestiones de privacidad no tenemos más que comentar”.

Joshua Steven Riibe, testigo clave y quien vio por última vez a Konanki, ha sido interrogado por las autoridades dominicanas en diversas oportunidades, en el marco de un operativo de búsqueda que inició posterior a que fuera reportada como desaparecida la madrugada del 6 de marzo.

El Buró Federal de Investigaciones (FBI) y la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI) también forman parte de las operaciones y estrategias para hallar a la estudiante de medicina de 20 años.

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