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El Covid-19 ha permanecido por más 90 días en unas 343 personas del país.

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Santo Domingo, RD.-El caso de mayor cantidad de tiempo que ha captado el sistema de salud con resultado positivo al virus entre una y otra prueba es un paciente que permaneció 272 días con esa condición.
En tanto, el sistema de vigilancia epidemiológica registra una lista de 343 casos de personas que han permanecido positivas al virus del COVID por más de 90 días en el país. La in­formación fue ofrecida a Listín Diario por el direc­tor Nacional de Epidemio­logía del Ministerio de Sa­lud Pública, doctor Donald Skewes.

En abril pasado, llamó la atención del país y ocu­pó las primeras planas de los periódicos, el caso del italiano Claudio Pascuali­ni, quien fue el primer ca­so importado del virus del Covid-19 registrado en República Dominicana, quien recibió el alta médi­ca, luego de permanecer 54 días dando positivo al virus en las pruebas PCR que se le realizaban.

“El señor Pascualini ha sido el paciente que más pruebas se le ha realizado de PCR en la República Do­minicana dando todas po­sitivas, pero hoy nos senti­mos regocijados porque se encuentra de alta médica, lo importante es que se en­cuentra bien, nos sentimos contentos con la recupera­ción que ha tenido y le de­seamos larga vida”, dijo el doctor Rafael Sánchez Cár­denas, quien en ese enton­ces era el ministro de Salud Pública.

Además de Pascualini, quien abandonó el hospital el 22 de abril pasado, una dominicana, Elena Trinidad Lamarche, de 65 años, que también había dado positi­vo del Covid-19, estuvo in­gresada en el Hospital Mi­litar Doctor Ramón de Lara por unos 42 días.

En otro orden, el director Nacional de Epidemiología señaló que aunque una per­sona que haya tenido CO­VID mantiene anticuerpos del virus por algún tiempo, las mismas podrán ser va­cunadas sin ningún incon­veniente cuando el país dis­ponga de vacunas.

El doctor Skewes dijo que la vacuna no está contrain­dicada en esos casos y que por el contrario la persona tendrá mayor inmunidad contra el virus.

En noviembre pasado, el doctor Skewes reveló a Lis­tín Diario que el Ministerio de Salud Pública (MSP) te­nía registrado a nivel nacio­nal 343 personas que tie­nen dos pruebas positivas del Covid-19 dentro de un período de más de 90 días, que representan el 0.26 por ciento de los casos, por lo que califican para investi­gaciones donde se compro­bará finalmente si hubo una reinfección del coronavirus o no.

Dijo que todos esos casos tienen que agotar un pro­cedimiento que requiere de tiempo, donde se revisará el cuadro clínico de cada per­sona y el MSP tendrán que confirmar si esas pruebas aún están en los laborato­rios donde se la realizaron los afectados, ya que por ley el laboratorio clínico debe de guardar las mismas por un tiempo determinado.

Otro aspecto que es im­portante considerar es que los porcentajes de positivi­dad de las muestras de Co­vid procesadas en las últi­mas cuatro semanas siguen evidenciando incremento. Ayer ese indicador se esta­bleció en 20.92%, es decir, que de cada 100 pruebas que se realizan casi 21 re­sultan positivas al virus.

Según el boletín 301 de la dirección de Epidemiolo­gía del Ministerio de Salud Pública, la positividad de las muestras procesadas en las últimas 24 horas se ubi­có en 22.81% al diagnosti­carse 1,104 casos positivos en 9,083 muestras procesa­das en laboratorios públicos y privado

En el país el total de pruebas procesadas acu­muladas es de 932,589 desde el inicio de la pan­demia, de las cuales 187,487 se registran co­mo positivos.

Ayer el país notificó el registro de 44,535 casos de personas que perma­necen con el virus acti­vo. Los recuperados de la enfermedad suman 140,524 y los descarta­dos 745,102.

En el país se ha regis­trado un rebrote de la pandemia, obligando a prolongar el estado de emergencia, toque de queda y extremar los protocolos sanitarios.

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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