Análisis Noticiosos
Urgen fallos del Tribunal Constitucional y reglamentación de nuevas normativas
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7 años agoon
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LA REDACCIÓNPor Juan Bolivar Díaz
El Tribunal Constitucional (TC) acaba de dictaminar eliminando el arrastre de los senadores y reconociendo los cuatro niveles de elección, pero aún tiene pendiente más de una decena de impugnaciones de aspectos relevantes sobre el proceso electoral en marcha, a menos de dos meses de las elecciones primarias.
También la Junta Central Electoral (JCE) tiene pendiente los reglamentos de su Unidad de Control Financiero de los partidos y del Registro de Contribuyentes, fundamentales para reducir el alto costo de la democracia dominicana, mientras la Procuraduría General de la República alega falta de recursos para instituir la Fiscalía Especial para los delitos electorales.
Nuevas reglas pendientes
Las nuevas leyes de Partidos (33-18) y del Régimen Electoral (15-19) contienen numerosas nuevas normativas que de ser ejecutadas redundarían en un mejoramiento de la democracia, especialmente las referentes a la transparencia del financiamiento, como también algunas que implican retroceso o limitaciones, por ejemplo en la extrema desigualdad del financiamiento estatal y en las sanciones que establecen para los delitos electorales, consideradas poco disuasorias.
La Ley de Partidos cumple un año el próximo martes, pero aún la JCE no ha emitido dos reglamentos fundamentales para el control del ingreso y el gasto de los partidos y candidatos, el de la Unidad Especial de Control de Control Financiero de los Partidos, y el del Registro de Contribuyentes.
No se puede culpar a la JCE de lentitud, porque en poco tiempo ha tenido que elaborar múltiples reglamentaciones y por las nuevas responsabilidades derivadas de la organización de las elecciones primarias. Se ha informado que ya la JCE creó la Unidad de Control Financiero, pero falta el reglamento para obligar a los partidos a cumplir las nuevas normativas al respecto, que incluyen topes de gastos para los precandidatos, algunos de los cuales hace tiempo que están derrochando recursos sin registro ni rendición de cuentas.
El Registro de Contribuyentes está contemplado en el numeral 2 del artículo 69 de la Ley 33-18, el cual indica que “contendrá los nombres y apellidos de los contribuyentes, así como la cédula de identidad y electoral, la dirección y el monto de la contribución”. La legislación obliga a los partidos a llevar un sistema de contabilidad que refleje claramente los ingresos y gastos, no sólo provenientes del financiamiento público, sino también del privado.
Principio de Transparencia
La Ley 33-18 se inscribe en el principio de transparencia, consignando el derecho de los miembros de los partidos a recibir información sobre todas sus ejecutorias, incluidas las recaudaciones y gastos, con obligación de mantenerlos actualizados en una página de internet. Con los topes de gastos y contribuciones a partidos, precandidatos y candidatos, y el registro de los contribuyentes se procura evitar la incursión de dinero ilícito y el predominio de las mayores fortunas en las actividades democráticas.
La legislación electoral moderna privilegia la transparencia como mecanismo para reducir los abusos del dinero, bien o mal adquirido, con el objetivo de impedir la inequidad en las competencias democráticas, con sanciones especiales para los que abusen del patrimonio público. En algunos países se sanciona hasta con el desconocimiento de la elección de aquellos que sobrepasen los límites de gasto o apelen a financiamiento ilícito.
Las nuevas normativas de las leyes 33-18 y 15-19 persiguen reducir el elevado costo de las campañas electorales, que incentiva el financiamiento ilícito y deja en desventaja competitiva a partidos y candidatos escrupulosos que no apelan al clientelismo ni al rentismo. Es de público conocimiento que ya para competir por una regiduría se requiere invertir millones de pesos, y decenas de millones para una curul de diputado o senador.
Los topes de gastos que se han establecido todavía son elevados, por ejemplo hasta 519 millones de pesos por precandidato presidencial. Sería necesario una reglamentación y un seguimiento minucioso para evitar que sean burlados, para lo cual sería imprescindible considerar hasta las contribuciones en especies.
La Procuraduría electoral
Un indicio de falta de voluntad en la aplicación de las nuevas normativas electorales es que a seis meses de la promulgación de la Ley 15-19 del Régimen Electoral todavía no se haya establecido la Procuraduría Especializada para la investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales, instituida en su artículo 289. Se establece que se regirá según las disposiciones de la Ley Orgánica del Ministerio Público, lo que en la práctica la deja dependiente del Poder Ejecutivo.
En su primer informe de Observación Electoral 2020, publicado en julio, el movimiento Participación Ciudadana reclamó públicamente el establecimiento de la Procuraduría Especializada, ante lo cual el Procurador General, Jean Alain Rodríguez, declaró que es un “proceso complejo” que requiere recursos presupuestarios que no tiene y que la ley no contempló, y sin mayor consideración la relegó para el presupuesto del próximo año. Esto cuando el Estado está cargando con dos o tres mil millones de pesos adicionales para las elecciones primarias de los partidos, que según la ley se financiaría de la subvención establecida para las organizaciones políticas.
En la práctica siempre aparece dinero adicional para la compra de equipos y la organización de los procesos electorales, pero ahora no se dispone para cumplir el mandato de investigar los crímenes y delitos electorales, que no debería implicar, al menos para comenzar, más que algunas decenas de millones de pesos, a no ser que quieran construirle uno de los tantos “palacios” públicos.
Un paso democrático
El dictamen del TC que anula el arrastre de los senadores, por el voto de los diputados, es un paso de avance democrático por muchos años reclamado. La decisión está fundamentada en la Constitución de la República que establece el voto directo para la elección de los legisladores, y en la Ley del Régimen Electoral, que en tres disposiciones instituye cuatro niveles separados de votación: presidencial, senatorial, de diputados y municipal.
La resolución es alentadora, pero el TC tiene pendientes una docena de recursos adicionales de inconstitucionalidad, referidos a aspectos importantes del proceso electoral ya en marcha, la mayoría referentes a la Ley de Partidos y en manos del organismo desde el año pasado. El 4 de febrero el tribunal celebró vistas públicas sobre ellos y los declaró de urgencia. Ha fallado sobre cinco, acogiendo tres, dos referentes a las sanciones hasta con prisión por la difusión de mensajes negativos sobre candidatos y dirigentes políticos, considerados violatorios de la libertad de expresión.
Entre los recursos pendientes está uno que impugna el requisito de ser miembro de un partido para que un ciudadano pueda ser postulado a cargos electivos, establecido en la misma Ley de Partidos que, sin embargo, permite a todo ciudadano votar para elegir candidatos. Hay otro sobre la distribución de la subvención estatal a los partidos, que se aplica retroactivamente reduciéndolo a los que menos recibían. También se impugna la prohibición a los nuevos partidos de ir aliado en su primera participación.-
El dictamen contra el PRM
Esta semana se hizo público el dictamen del Tribunal Superior Electoral, con votación dividida que establece que la cuota del 20 por ciento en reservas de candidaturas tiene que realizarse por nivel de elección y no del total de las candidaturas, como hizo el Partido Revolucionario Moderno, después que la JCE dejó a los partidos en libertad de optar.
El dictamen se inscribe en el espíritu de la ley que al establecer un límite de candidaturas que no se someten a elección democrática, busca preservar los derechos de los miembros de los partidos, y establece un buen precedente. El recurso fue originado porque el PRM se reservó 29 de las 32 candidaturas a senadores
Aunque no lo vayan a confesar, esas reservas concentradas están determinadas por las dificultades de competir en el nivel senatorial contra el dominio que mantiene el partido gobernante sobre las senadurías, con titulares que durante varios períodos han recibido financiamiento ventajista, los llamados “barrilitos”, de hasta un millón de pesos mensuales para “asistencia social”. Los actuales tienen una ventaja adicional, en el pago de personal auxiliar, hasta 10 en la sede central, y una docena en las provincias, que en la práctica son agentes electorales.
No sólo el PRM, también los partidos pequeños tienen dificultad en encontrar militantes o simpatizantes que quieran asumir candidaturas a senadores por el costo que implica la competencia. Y se sabe que en los pactos de alianza nunca piden candidaturas senatoriales y pocas a alcaldías, también uninominales, y se quedan en las múltiples de diputados y regidores. Lo mismo es difícil que personalidades independientes asuman candidaturas uninominales, a no ser que dispongan de fortuna para competir.-
Por José Cabral.
Nadie puede negar que la República Dominicana está en medio de la gran posibilidad de que pueda surgir un “outsider” en la política nacional, aunque el problema descansa en que no se ha articulado una propuesta que responda al nicho que se ha creado en esta dirección.
Prácticamente todas las encuestas colocan en un 54 ó 55 por ciento, aunque se piensa que es mucho mayor, las personas que no sienten ningún respeto ni vinculación con los partidos políticos, los cuales han llegado a un nivel de descrédito que nadie podía imaginarse.
Es tan grave el problema que esa realidad amenaza la democracia representativa, ya que en las últimas elecciones el país ha terminado con autoridades que no cuentan con la legitimidad necesaria para garantizar una buena gobernabilidad.
Pero frente a esa realidad la pregunta que todo el mundo se hace es si valdría la pena que en el país se produzca el fenómeno del “outsider” como que ya ha pasado en muchas naciones latinoamericanos e incluso en los Estados Unidos de América.
El último caso de este tipo se ha producido en Colombia, donde un abogado penalista, un depravado, defensor de narcotraficantes, de evasores de impuestos y de los paramilitares ha quedado en primer lugar en las elecciones presidenciales.
A Abelardo de la Espriella, un ultraderechista, sin ningún mérito, pero sin venir de las estructuras tradicionales del partidarismo político, se ha colocado en la puerta de la presidencia de Colombia, con un discurso agresivo y con una visión de cuestionamiento del derecho internacional que lo acerca al actual jefe de Estado de los Estados Unidos, Donald Trump, quien incluso ya lo ha apoyado.
El asunto es que este tipo de “outsider” no es saludable para que ningún país del mundo, porque representa un antivalor, un enemigo del derecho internacional y además un depravado que no respeta absolutamente nada ni a nadie.
Entonces, si la República Dominicana se viera en ese espejo estaría en un escenario que significa un evidente retroceso al bienestar que se supone debe garantizar todo aquel que se opone a la partidocracia, que nadie puede negar que en todas estas naciones ha implicado una gran desgracia para los pueblos.
Por esta razón es que creo que, si en la República Dominicana se crean las condiciones, como ya parece que ocurre, para desplazar del poder a los partidos políticos, tiene que ser para bien, no para mal, ya que debe ser un “outsider” que cuente con un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo para poder lograr las transformaciones que demanda la sociedad.
Naturalmente, la preocupación de que el problema del país no sólo descansa en el funcionario público, el cual procede de los partidos políticos, instancias totalmente corrompidas y enemigas del progreso nacional, sino también en la visión y actitud distorsionada del ciudadano como resultado del neoliberalismo salvaje introducido en el país por Leonel Fernández.
Tal vez ahí esté la explicación de que una opción con una visión colectiva, no individual, no haya podido consolidarse en el país, ya que articular este tipo de propuesta implica, según lo que se ve, romper con lo que luce ser una utopía por la forma en que el neoliberalismo se ha apropiado de la mente y el sentir de la gente.
Pero si Dios quiere y en razón de que las condiciones están dadas para que en el país surja un “outsider”, ojalá sea para bien y no para mal, contrario a como se observa que se produce en Colombia y en otros países latinoamericanos.
El “outsider” dominicano tiene que ser para romper con la vieja política, a los fines de acabar con la corrupción y los principales males que aquejan a la sociedad en asuntos tan fundamentales para tener crecimiento y desarrollo nacionales como el empleo, la institucionalidad, la seguridad pública y ciudadana y en otros aspectos que durante décadas han representado una retranca para la nación.
Análisis Noticiosos
El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.
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1 semana agoon
junio 3, 2026Por José Cabral.
Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.
La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.
La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.
En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.
Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.
Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.
Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.
Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.
La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también ajusten sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.
Análisis Noticiosos
Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.
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2 semanas agoon
mayo 27, 2026Por José Cabral
Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.
Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.
E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.
Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.
No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.
De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.
Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.
Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.
No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.
Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación de la Ley 13-26, que en buen derecho no es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.
