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Solicitan pagos por RD$300 millones como indemnización en caso Jet Set.

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Santo Domingo, R.D.-Los querellantes en el caso Jet Set solicitan como indeemnización un pago de 300 millones de pesos, según  la abogada Ingrid Hidalgo que los respresenta en el caso.

La jurista calificó este pedimento como una “medida de coerción real” a la vez que, informó, que en los próximos días pedirán un recurso de concreciones civiles para la indemnización a las víctimas.

Sobre la acusación que presentó el Ministerio Público, Hidalgo afirmó que la misma fue la correcta, indicando que la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set se debió a un acto involuntario y que la pena correspondiente a este caso es de seis meses a dos años.

“Nosotros como abogados no inventamos”, aseguró.

No obstante, la abogada expresó que, desde un inicio manifestaron que la solicitud presentada por parte de los abogados de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, de ejecutar un contraperitaje, era inadmisible por ser extemporánea.

“El juez acogió nuestra solicitud. Señores, no es ser buen abogado, es darle lo que la ley da y pide, y pedir lo que ella da. Ellos (los abogados de los hermanos Espaillat) no hicieron lo que tenían que hacer, el debido proceso de ley les fue cumplido”, añadió.

Yan Carlos Martínez, parte de la defensa de otras víctimas, afirmó que con el peritaje que se realizó a la infraestructura “ya hay suficientes pruebas que confirman la alegada negligencia denunciada por los querellantes”.

«Las causas del derrumbe del Jet Set ya fueron establecidas 126% de sobrecarga, modificaciones estructurales sin ningún tipo de permiso… Los únicos que no saben por qué se cayó el Jet Set o no lo aceptan, son los hermanos Espaillat», señaló el jurista.

Además, valoró que el juez Raymundo Mejía haya enfatizado en que no se aceptarán retrasos en el proceso, esto tras la solicitud de contra peritaje.

“Lo que pretendían los hermanos Espaillat era claramente una dilación totalmente improcedente. Cualquier defensa medianamente razonable sabía que iba a ser declarada inadmisible”, subrayó Martínez.

En ese sentido, añadió que el magistrado Mejía protegió correctamente los derechos de las víctimas y que no permitirá procesos dilatorios.

Este viernes, Miguel Valerio y Ramón Núñez, abogados de los hermanos Espaillat solicitaron un contraperitaje para que sea evaluada nuevamente la infraestructura del Jet Set, recurso que fue rechazado por el Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

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Ministerio Público pide tribunal rechace solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Estrategia dilatoria de la defensa

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

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Procuradora dice que memes, caricaturas y parodias no constituyen delito bajo nuevo Código Penal

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Santo Domingo, R.D.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynosoafirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

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Fiscal Rosalba Ramos considera insuficiente pena de dos años en el caso Jet Set

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Santo Domingo, R.D.-La fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, afirmó este miércoles que el Ministerio Público entiende que el caso de la tragedia ocurrida en el 

Jet Set corresponde a un homicidio involuntario, de acuerdo con la legislación vigente.

Ramos sostuvo que, aunque la pena contemplada para este tipo de delito es de dos años, considera que ese tiempo resulta insuficiente debido a la magnitud de la tragedia, en la que fallecieron 236 personas.

Además, señaló que la entrada en vigencia del nuevo Código Penal permitirá establecer sanciones mucho más severas para casos que se asemejan a este.

Indicó que una pena de hasta diez años habría sido más adecuada, aunque reconoció que el proceso debe regirse por la legislación aplicable al momento en que ocurrieron los hechos.

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