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Wander Franco a juicio por cargos de abuso sexual y trata de personas en Dominicana

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Santo Domingo, R.D.-El paracorto de los Rays de Tampa Bay, Wander Franco,  va a juicio el jueves en República Dominicana por abuso sexual en perjuicio de una niña de 14 anos.

Ahora con 23 años, Franco tenía una temporada brillante en 2023 antes de que las autoridades dominicanas comenzaran a investigar las acusaciones de que había sostenido una relación con una menor y le había pagado miles de dólares a la madre de la joven para que diera su consentimiento.

Enseguida, lo que hay que saber sobre el juicio:

Franco ha sido acusado de abuso sexual a una menor, explotación sexual y comercial contra una menor y trata de personas. Después de una investigación que duró más de un año, el juez Pascual Valenzuela de la provincia norteña de Puerto Plata, República Dominicana, dictaminó en septiembre que las pruebas presentadas por los fiscales eran suficientes para llevar el caso a juicio.

Los documentos que los fiscales presentaron al juez en julio y que fueron vistos por The Associated Press alegan que Franco, a través de su madre Yudelka Aybar, transfirió 1 millón de pesos o 17.000 dólares a la mamá de la menor el 5 de enero de 2023, para consentir el abuso. La madre de la menor ha sido acusada de lavado de dinero y está bajo arresto domiciliario.

Los fiscales dicen que la madre de la menor pasó de ser empleada de un banco a llevar una vida ostentosa y adquirir activos con los fondos que recibió de Franco. Durante los allanamientos en la casa de la madre de la menor, los fiscales dicen que encontraron 68.500 y 35.000 dólares que, según alegan, fueron entregados por Franco.

Después de la audiencia en septiembre, Franco dijo: «todo está en las manos de Dios». Por lo demás, se ha negado a hablar con los medios.

El juicio se llevará a cabo el 12 de diciembre en un tribunal de Puerto Plata. El caso será escuchado por tres o cinco jueces. No hay juicios por jurado en República Dominicana. Los jueces escucharán los argumentos de ambas partes y las declaraciones de los testigos. Luego, analizarán las pruebas y emitirán un veredicto. El juicio podría tardar hasta ocho meses en concluir, con base en la duración promedio de los procesos en República Dominicana.

Si es condenado, Franco podría enfrentar hasta 20 años de prisión.

Franco ha estado bajo libertad supervisada, aunque se le había requerido hacer visitas mensuales de control al juez.

También fue arrestado y se le concedió otra liberación supervisada en noviembre por llevar ilegalmente un arma en su vehículo. El arresto siguió a una discusión en el estacionamiento de un complejo de apartamentos.

La jueza dominicana Viamerca Ruiz dijo que Franco debe reportarse al tribunal una vez al mes mientras se le investiga por llevar el arma de fuego que estaba registrada a nombre de su tío. Uno de los abogados de Franco dijo que, dado que el arma tiene licencia, «no hay nada ilegal en ello».

Una condena por posesión ilegal de un arma de fuego podría acarrear una sentencia de prisión de tres a cinco años.

No, pero continuó recibiendo paga durante casi un año después de que las autoridades dominicanas abrieron su investigación.

Franco, quien firmó un contrato de 182 millones de dólares y 11 años con los Rays en 2021, fue brevemente colocado en la lista de peloteros restringidos y quedó bajo licencia administrativa en agosto de 2023 cuando las autoridades dominicanas abrieron su investigación. Dado que la licencia administrativa no es una medida disciplinaria bajo la política conjunta del deporte sobre violencia doméstica, agresión sexual y abuso infantil, Franco obtuvo su remuneración durante ese tiempo.

Técnicamente, no hay licencia durante los recesos entre campañas. Franco fue nuevamente colocado bajo licencia administrativa al inicio de la temporada 2024 hasta que los fiscales presentaron los cargos actuales el 10 de julio.

En ese momento, la oficina de las Grandes Ligas colocó a Franco, quien tenía un salario de 2 millones de dólares en 2024, en su lista restringida, cortando el pago que había estado recibiendo bajo licencia administrativa.

Había estado obteniendo el 50% de su salario en licencia administrativa, dijo a la AP una persona familiarizada con su situación, quien habló bajo condición de anonimato porque ese detalle no había sido divulgado públicamente. Eso significaba que Franco había acumulado 559.140 dólares, o la mitad de su salario por 104 días de la temporada de 186 jornadas.

Es probable que la MLB espere hasta que concluya el juicio dominicano antes de decidir si habrá alguna medida disciplinaria.

Esta historia fue traducida del inglés por un editor de AP con la ayuda de una herramienta de inteligencia artificial generativa.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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