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Imputados en Coral y Coral 5 G tendran condenas en etapa final, según lo asegura Wilson Camacho.

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Santo Domingo, R.D.-Wilson Camacho, titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, dice confióar en que las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictarán sentencias ejemplares en el juicio por corrupción contra los generales Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou, Julio Camilo de los Santos Viola y compartes, implicados en los casos Coral y Coral 5G.

Tras asegurar que el Ministerio Público demostró con pruebas ante el tribunal los actos de corrupción cometidos por los implicados para beneficiarse con recursos del Estado a través de varias instituciones, Camacho expresó: “Esperamos que este caso cierre con sentencias que sean ejemplares y no simbólicas”.

El procurador adjunto califico los planteamientos formulados por la defensa del imputado Raúl Alejandro Girón, como una “confusión” de su abogado.

“El acuerdo que ha hecho el Ministerio Público con Raúl Alejandro Girón está firmado en un documento; ese documento lo hemos puesto a disposición del tribunal y no debe haber mayores inconvenientes para que este proceso termine conforme a los términos incluidos en ese acuerdo”, indicó.

Asimismo, destacó que el Ministerio Público asumió un compromiso al acordar dichos términos.

Explicó que el acuerdo puede conocerse de manera oral en audiencia, conforme al Código Procesal, por lo que no era necesario presentarlo por escrito. No obstante, indicó que fue depositado para mayor claridad del tribunal.

Camacho señaló que el acuerdo contempla el decomiso de dinero, lo cual se justifica con las pruebas presentadas en audiencia ante las juezas Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

“Lo que hemos presentado en el proceso justifica el decomiso de ese dinero y esperamos que el tribunal así lo disponga”, indicó.
“Igual que esperamos que este caso cierre con sentencias que sean ejemplares y no simbólicas”, reiteró.

El procurador de corte, Camacho, habló a la salida del tribunal, luego de que las juezas aplazaran la audiencia para el 7 de abril, fecha en la que se escuchará la réplica del Ministerio Público a las conclusiones de las defensas.

Posteriormente, se procederá con la contrarréplica de los abogados de los imputados.

La magistrada presidenta del tribunal, Gisselle Méndez, adoptó la decisión tras escuchar la defensa de Raúl Alejandro Girón, que presentó sus conclusiones finales solicitando su absolución, el levantamiento de la medida de coerción y el cese de las oposiciones a sus cuentas bancarias.

Este imputado ha colaborado desde el inicio con el Ministerio Público tanto en la investigación como en el proceso judicial de los casos Coral y Coral 5G.

Una vez concluyan las réplicas y contrarréplicas, el tribunal se retirará a deliberar las pruebas, la acusación y los argumentos de defensa. La decisión será emitida en un plazo no mayor de 30 días.

El Ministerio Público solicitó en febrero penas de 20 años de prisión y multas de 400 salarios mínimos contra los principales imputados, entre ellos los generales Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y Julio Camilo de los Santos Viola, acusados de sustraer más de RD$4,500 millones al Estado mediante las operaciones Coral y Coral 5G.

También solicitó igual condena para el coronel Rafael Núñez de Aza, el general Boanerges Reyes Batista y el capitán Franklin Antonio Mata Flores.

Mientras que pidió 15 años de prisión y multas de 300 salarios mínimos, incluyendo a Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (la Pastora), Kelman Santana Martínez y Pedro Roberto Castillo Nolasco.

Asimismo, solicitó condenas de 10 años de prisión y multas de 200 salarios mínimos para varios implicados, además de penas de 5 años para otros procesados, incluyendo a Raúl Alejandro Girón Jiménez.

El órgano acusador también pidió la clausura y disolución de entidades vinculadas, como la Iglesia Bautista Vida Eterna, así como sanciones contra varias empresas.

Además, solicitó el decomiso de bienes incautados, incluyendo inmuebles, vehículos de lujo y dinero en efectivo.

Solicito el decomiso a favor del Estado más de 200 inmuebles, 86 vehículos de alto cilindraje y sumas millonarias en efectivo, todos solicitados en decomiso. Estos bienes han generado ingresos superiores a RD$86 millones.

El Ministerio Público acusa a Cáceres Silvestre de encabezar esta red de corrupción, integrada por 48 imputados entre personas físicas y empresas, que operó entre 2012 y 2020 desviando fondos públicos de entidades como el CUSEP, CESTUR y CONANI.

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Ministerio Público pide tribunal rechace solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Estrategia dilatoria de la defensa

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

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Procuradora dice que memes, caricaturas y parodias no constituyen delito bajo nuevo Código Penal

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Santo Domingo, R.D.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynosoafirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

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Fiscal Rosalba Ramos considera insuficiente pena de dos años en el caso Jet Set

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Santo Domingo, R.D.-La fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, afirmó este miércoles que el Ministerio Público entiende que el caso de la tragedia ocurrida en el 

Jet Set corresponde a un homicidio involuntario, de acuerdo con la legislación vigente.

Ramos sostuvo que, aunque la pena contemplada para este tipo de delito es de dos años, considera que ese tiempo resulta insuficiente debido a la magnitud de la tragedia, en la que fallecieron 236 personas.

Además, señaló que la entrada en vigencia del nuevo Código Penal permitirá establecer sanciones mucho más severas para casos que se asemejan a este.

Indicó que una pena de hasta diez años habría sido más adecuada, aunque reconoció que el proceso debe regirse por la legislación aplicable al momento en que ocurrieron los hechos.

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