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20 cárceles en “cuidados intensivo”

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Santo Domingo.- La alta tasa de hacinamiento que impera en el  sistema penitenciario dominicano permite diagnosticar  que en términos de sobrepoblación muchos recintos se encuentran en condiciones de gravedad, que ameritan ser ubicados en unidades de cuidados intensivos y otros presentan un pronóstico reservado porque ya no les cabe un reo o están muy próximos a agotar su capacidad.

A nivel general, la tasa de hacinamiento en prisiones asciende a 85.7% pero en algunos recintos es superior, llegando hasta a 600%, lo cual mueve a preocupación y pone en evidencia la necesidad de que se construyan nuevos centros de corrección a fin de que no haya limitaciones para el cumplimiento de la rehabilitación, el objetivo principal de la pena.

Las 41 cárceles del país albergan a 26,403 reos, según reporte hasta el 29 de mayo de 2017, pero solo tienen capacidad para 14,219 personas.

Hacinamiento. En la cárcel La Victoria, ubicada en el poblado del mismo nombre, en el municipio Santo Domingo Norte, están recluidos 8,785 reos, pero solo tiene capacidad para 2,011, por lo cual tiene una sobrepoblación de 336.8%.

Al menos 20 recintos tienen un nivel de ocupación que supera su capacidad. De esas, 19 son del sistema tradicional, con niveles que van desde un 35% hasta un 669%. Aunque no escapan a este problema, en las del Nuevo Modelo la situación es menos alarmante, siendo Najayo Hombres, de San Cristóbal, donde impera el mayor nivel de hacinamiento, ya que tiene 1,548 internos, pero su capacidad es de 894, por lo que está sobrepoblada en 73.2%.

Otros centros de ese modelo, aunque no están sobrepoblados, ya no les caben más internos o pueden recibir muy pocos. Es el caso de Dajabón, que tiene espacio para 90 y tiene esa misma cantidad;  el de Elías Piña, con capacidad para 130, y alberga a 129;  la de Najayo Mujeres, con capacidad para 308 y tiene 301, y la de Rafey Mujeres, con capacidad para 69 y tiene 61.

Limitaciones
Laura Hernández, directora de la Defensa Pública, sostiene que la sobrepoblación provoca limitaciones de espacio, de habitabilidad, de camas, de áreas para el aseo, alimentación, actividades educativas, servicios de salud y de facilidades para los traslados a tribunales y hospitales.

Dice que según información recibida al menos 30% de los reclusos de La Victoria durmió en el piso en el año 2016. Considera que si en el país se aplicaran las normas locales e internacionales y de manera concreta se verificaran las condiciones de las cárceles, muchas de ellas no estarían operando y serían clausuradas porque son totalmente denigrantes en la condición de todo ser humano que habite en ellas.

Indica que el hacinamiento también limita la regeneración de los reos. Señala, además, que la segregación entre condenados y preventivos es muy escasa, lo que impide utilizar de manera individualizada las herramientas que correspondan entre un caso y otro para influir en la regeneración de manera eficaz.

Obstáculos
Hernández precisó que cuando existe hacinamiento los internos tienen menos posibilidad de acceder a la justicia. Expone que los recintos tienen pocos vehículos y  que gran cantidad de internos se quedan sin ser llevados a sus audiencias.

Propone una sensibilización de los jueces para evitar que la prisión preventiva sea la regla y que en cuanto a la pena sean aplicadas otras salidas alternas para evitar la reclusión.

Sugiere  no aplicar garantías económicas de imposible cumplimiento, no judicializar en casos de poca lesividad y crear nuevos recintos carcelarios en condiciones compatibles con la dignidad humana.

Administración y gestión
El vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, instó a los poderes públicos a dotar de recursos suficientes al ministerio público  para que cumpla con el mandato de la ley proveyendo a los internos de los servicios sociales que requieren.

Además, sugiere definir un nuevo modelo que permita que un organismo especializado del Poder Ejecutivo sustituya al ministerio público de la administración y gestión del sistema penitenciario, al igual que de otras áreas sociales donde se manifiestan disfuncionalidades y limitaciones, como el sistema de atención y protección de adolescentes en conflicto con la ley y el de atención a las víctimas.

Planteó que es urgente que el Estado enfrente todas las formas de corrupción que arropa el sistema penitenciario, ampliando la capacitación del personal profesional y técnico que dispone la Ley 224-84 y poniendo al frente de la gestión de estos centros a especialistas en la materia, retirando al personal militar y policial de esas funciones.

Evalúa que el sistema penitenciario dominicano constituye una de las más dramáticas evidencias de las agudas limitaciones y fallos de la institucionalidad democrática.

Dice que el hecho de que la mayoría de los internos de los centros penitenciarios se encuentren en una situación de absoluta indefensión y degradación representa un baldón de ignominia para la dignidad nacional.

Castaños Guzmán expone que aunque la Constitución establece que “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia”, ese mandato no se garantiza a los privados de libertad.

NORMAS DE RECINTOS
La Ley 224 sobre régimen penitenciario fija las reglas que deben imperar en los recintos, las cuales no se cumplen en algunos.

Ordena que las condiciones higiénicas se ajusten a las normas que imponga Salud Pública, teniendo como finalidad la conservación y el mejoramiento de la salud física y mental del recluso.

Señala que el aseo personal del recluso será obligatorio, para lo cual los centros dispondrán de las instalaciones imprescindibles para su higienización, lo cual no ocurre en todos los recintos.

Los uniformes no pueden ser degradantes ni humillantes. La ley ordena que a los reclusos se les proporcionen camas individuales, con ropa adecuada y limpia.

La alimentación, según esa legislación, deberá ser adecuada en cantidad y calidad, para el mantenimiento de la salud.

No permite el uso de bebidas alcohólicas.

Los reclusos deberán salir diariamente a patios o dependencias al aire libre por un plazo no inferior a una hora, en cuyo tiempo se deberá procurar la ejecución de ejercicios físicos o juegos y deportes apropiados a su edad. Manda a la creación de centros separados para hombres y mujeres, pero permite que en aquellos donde no sea posible esa segregación, se habiliten secciones independientes, de modo que no haya comunicación entre ellos.

En el país aún quedan cárceles mixtas, la de Monte Cristi, Samaná, Nagua y Salcedo, pero con pabellones separados y distantes. La ley establece que cuando sea posible se procurará mayor separación atendiendo a la naturaleza del delito, la edad y la personalidad del recluso, la cuantía y la reincidencia. Prohíbe las torturas, maltratos, vejaciones o humillaciones.

Los preventivos, según la ley, gozan de una presunción de inocencia. Posibilita que puedan alimentarse por su propia cuenta, con alimentos del exterior a través de la Dirección, de su familia o de sus amigos, cuando lo desee, siempre que el orden del centro lo permita.

Pueden usar sus propias prendas de vestir y su ropa de cama, siempre que estén aseadas y decorosas, y en caso de que use un uniforme, debe ser distinto a los condenados. Les da la posibilidad de que sean atendidos por su propio médico o su dentista. El 61% de los reos son preventivos.

listindiario.com

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Piden prisión para profesor imputado por acoso sexual contra una estudiante

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SANTO DOMINGO.- Prisión preventiva solicitó el Ministerio Público a un tribunal como medida de coerción contra un profesor imputado de incurrir en acoso sexual en perjuicio de una estudiante de un centro educativo del Distrito Nacional.

La medida de coerción fue solicitada contra el imputado Inocencio Lebrón Montero, quien se desempeñaba como profesor de matemáticas de la adolescente.

De acuerdo con la investigación, el imputado aprovechó la relación de confianza derivada de su condición de docente para iniciar un acercamiento progresivo hacia la víctima.

El Ministerio Público establece que en ese contexto se produjeron varios encuentros dentro del vehículo del imputado, donde este presuntamente realizó tocamientos indebidos en perjuicio de la adolescente e insistió en sostener relaciones sexuales, a lo que la víctima se negó.

La investigación, también, señala, que el imputado habría reiterado las conductas denunciadas, manteniendo presión emocional sobre la menor de edad.

El imputado fue apresado el pasado 22 de abril, en virtud de una orden de arresto emitida en su contra por la Coordinación de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional.

Las procuradoras fiscales Adalgisa Tavares y Mariela Ramos, adscritas a la Unidad de Prevención de Violencia de Género y Delitos Sexuales del Distrito Nacional, depositaron la instancia con la solicitud de medida de coerción contra el imputado.

La audiencia fue aplazada por la jueza Lissa Veras, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, para este sábado, 2 de mayo, a solicitud de la defensa, que requirió más tiempo para preparar sus medios de defensa.

El Ministerio Público ha otorgado al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 330 y 333, literal D, del Código Penal Dominicano, así como al artículo 396, literal C, de la Ley 136-03, que crea el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

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Apelarán condena de 30 años a anciano de 83 años por tentativa de asesinato.

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Santo Domingo, R.D.-Milagros del Carmen Rodriguez, abogada de la Defensoría Pública, anunció que recurrirá la sentencia de 30 años de prisión impuesta a Nicolás Suárez, de 83 años, condenado por tentativa de feminicidio contra su expareja Erminia Núñez Durán, en el distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), quien  argumenta que la edad avanzada y el deteriorado estado de salud del imputado hacen inviable su reclusión en un centro penitenciario.

El Tercer Tribunal Colegiado del distrito judicial de Santiago, integrado por las juezas Ingrid LiberatoDeyanira Méndez y Kimberly Tatis, impuso a Suárez la pena máxima por tentativa de asesinato. Sin embargo, la defensa sostiene que el tribunal no tomó en cuenta las atenuantes presentadas durante el proceso.

La abogada Milagros Del Carmen Rodríguez señaló que Suárez padece diabetes avanzada que le ha provocado la pérdida de la visión, condición que motivó que durante todo el proceso judicial permaneciera en prisión domiciliaria.

«Hemos solicitado varios permisos para ir al médico porque no ve; tiene una situación de diabetes que le ha quitado la vista», declaró la defensora pública.

Los hechos que originaron el proceso ocurrieron el 17 de julio de 2024 en un barrio del distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), cuando Nicolás Suárez agredió a su expareja, Erminia Núñez Durán, en un hecho calificado por la justicia como tentativa de asesinato.

A pesar de que el tribunal no acogió los argumentos atenuantes presentados por la defensa, la abogada insiste en que una condena de 30 años resulta desproporcionada e inaplicable dadas las condiciones del imputado.

La Defensoría Pública solicita que, en caso de mantenerse la calificación de tentativa de asesinato, la pena sea sustituida por una condena suspendida que no exceda los tres años.

La defensora invocó el principio de humanización de las penas, establecido en el ordenamiento jurídico dominicano, como fundamento central del recurso de apelación.

«No es posible que en este caso no se tome en cuenta el principio de humanización», afirmó Rodríguez.

El principio de humanización de las penas reconoce que la ejecución de una condena no debe atentar contra la dignidad del condenado ni agravar su situación más allá de lo que la propia pena implica. En casos de personas de edad avanzada con enfermedades graves, los tribunales de alzada dominicanos han considerado este principio como criterio válido para modificar sanciones.

La apelación será presentada ante la Corte de Apelación del departamento judicial de Santiago.

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Con arma blanca niños intentan agredir alumnos en las afueras de escuela primaria de Verón.

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Santo Domingo, R.D.-Una gran preocupacion reina en la cumunidad educativa por un video grabado que muestra a varios niños, con edades aparentes de 8 a 12 años, portando un arma blanca en las afueras del centro educativo Pedro Livio Cedeño, ubicado en Verón, provincia La Altagracia, en aparente actitud de tratar de herir a algunos estudiantes.

En las imágenes se observa cómo varios menores se aproximan inicialmente a una niña, estudiante del centro, en actitud agresiva con un cuchillo mohoso en la mano.

Posteriormente, uno de los niños, vestido con bermuda y polocher azul, portando el  cuchillo dobla una esquina del centro educativo. Acto seguido, otro menor con un polocher rojo toma el arma blanca y regresa hacia la acera frente al plantel, donde persigue a otro estudiante, quien sale corriendo.

Indicó que el video comenzó a circular ampliamente en redes sociales durante la mañana de este miércoles en Verón, Bávaro y Punta Cana, y que el caso ocurrió la tarde de ayer martes.

Santana señaló que, tras tener conocimiento del hecho, se estableció contacto con la directora del centro, Lucy Cueto, quien informó que los estudiantes involucrados ya fueron identificados. Asimismo, los padres fueron convocados para sostener una reunión y determinar las circunstancias que originaron el incidente.

«Es en el día de hoy cuando se estará investigando el por qué de esta situación», explicó Santana, al tiempo que destacó que, aunque en la zona se han detectado casos de pandillas y bandas en otros centros, principalmente en liceos, este tipo de casos no se había registrado anteriormente en esa escuela, que corresponde al nivel primario.

Sobre las posibles consecuencias, advirtió que se trata de un hecho grave que podría tener implicaciones legales. «Si el menor tiene más de doce años, podría enfrentar hasta dos años de prisión por tratarse de un acto de vandalismo. Si es menor, la responsabilidad recae en los padres», indicó.

En el ámbito educativo, Santana consideró que el hecho constituye una falta «gravísima», lo que podría conllevar sanciones severas, incluyendo la expulsión inmediata del estudiante involucrado.

La ADP aseguró que dará seguimiento al caso para verificar las medidas que adopte el centro educativo y garantizar la seguridad de la comunidad escolar.

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