Santo Domingo.- El caso de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, alias “Quirinito” , pone en evidencia la vulnerabilidad no solo del sistema judicial, sino también del penitenciario y del sector médico.Nacionales
Caso Quirinito revela vulnerabilidad del sistema judicial y penitenciario
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9 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.- El caso de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, alias “Quirinito” , pone en evidencia la vulnerabilidad no solo del sistema judicial, sino también del penitenciario y del sector médico.Con certificaciones médicas falsas, como se ha establecido, el condenado a 20 años de prisión por homicidio, logró su traslado del centro de corrección y rehabilitación de Najayo, en San Cristóbal, al de Vista del Valle, de San Francisco de Macorís; el cambio de lugar de cumplimiento de la pena de un recinto penitenciario a una casa, y finalmente, que un médico legista certificara su muerte, logrando un acta de defunción.
Como se observa, han sido detectadas una serie de irregularidades, en la que han estado envueltos jueces, fiscales, médicos, y personal de vigilancia penitenciaria. Pero, además, han sido dictadas múltiples resoluciones judiciales en tribunales de diferentes grados, tanto condenatorias como favorables al imputado.
Castillo Paniagua fue condenado a 30 años de prisión el 13 de abril del 2010 por el tribunal colegiado de San Cristóbal, al ser hallado culpable de asesinar al presunto narcotraficante Adolfo Cervantes Arellano (Waikiki), quien era investigado por al asesinato, en marzo de ese mismo año, del agente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), Guillermo Tejada Krawinkel.
Dos meses después, el 20 de junio, la Corte de Apelación anuló esa condena y dispuso que sea celebrado un nuevo juicio, porque no fueron valoradas las pruebas correctamente. Celebrado un nuevo juicio, el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Peravia lo condenó a 20 años de prisión.
Esa sentencia adquirió el carácter de autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, es decir, se hizo definitiva, luego que el 5 de mayo del 2015, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible un recurso de casación interpuesto por el condenado.
Castillo Paniagua, apodado Quirinito, por ser sobrino del ex convicto por narcotráfico, Quirino Ernesto Paulino Castillo, guardaba prisión en el centro de corrección de Najayo, hasta hace un año, pues el 29 de septiembre del 2016, el juez de ejecución de la pena de San Cristóbal, Willy De Jesús, dispuso su traslado al recinto Vista al Valle, de San Francisco de Macorís.
En ese recinto duró menos de un año, debido a que, acogiendo un recurso de la defensa legal del imputado, la jueza de ejecución de la pena de San Francisco de Macorís, Aleida Jiménez Acosta, dispuso la variación del régimen de cumplimiento de la pena, de privación de libertad en un recinto penitenciario a prisión domiciliaria, a ser cumplida en una vivienda del residencial Bety Marie, del sector Paseo de los Ríos, de San Francisco de Macorís.
El cinco de julio del 2017, el médico legista Orlando Herrera Robles, emitió un certificado médico ficticio, con el cual se expidió al día siguiente, el acta de defunción No. 00239, folio 0039, que declara el fallecimiento por la causa de “fallo cardíaco debido a infarto agudo al miocardio por carcinoma epidermoide en la base de la lengua”.
Las irregularidades

Santo Domingo, el fiscal de San Cristobal, Faustino Pulinario,pedira a los jueces revocar la orden de libertad emitida a favor de Pedro Alejandro Castillo Paniagua[Quirinito], y el coacusado Jovanny Padilla. Fotografia Arturo Perez LISTIN DIARIO.3/2/10
El martes, 3 de octubre del 2017, la Procuraduría informó que Castillo Paniagua, alias Quirinito, no ha fallecido. Solicitó a la Policía Nacional y a la Interpol, la captura del prófugo.
Anunció la suspensión del médico legista Orlando Herrera Robles, quien certificó la muerte del condenado.
El miércoles en la tarde acudió a la Procuraduría el cardiólogo Núñez González, cuyo nombre figura en la sentencia del juez de ejecución de la pena de San Cristóbal, que ordenó el traslado de cárcel de Quirinito, para indagar por qué su nombre figuraba en ese caso.
Ahí se determinó que el certificado emitido por ese médico fue a la madre del condenado, Mónica Paniagua Ramón, paciente de Núñez González, pero que fueron falseados los datos para ponerlos a nombre de Castillo Paniagua.
El miércoles, el Consejo del Poder Judicial dispuso la suspensión de los jueces de ejecución de la pena de San Francisco de Macorís y de San Cristóbal. Trascendió el viernes, que también la Procuraduría suspendió los fiscales que actuaron en ese proceso.
El jueves, la Procuraduría interrogó al oncólogo Ángel Garabot Polanco, quien certificó que “Quirinito” padecía de “carcinoma epidermoide bien diferenciado infiltrante y ulcerado de base de lengua, etapa clínica IIIB”.
El jueves, cinco de octubre, la jueza de ejecución de la pena de San Francisco defendió su decisión y afirmó que actuó atendiendo a recomendaciones del Ministerio Publico, que indicaban que el reo padecía de un cáncer terminal en la lengua.
El viernes en la mañana, la Inspectoría General del Ministerio Público entrevistó a los productores de un programa de un programa local, Kirsy Mena, periodista, y Washington Espino, quienes denunciaron que recibieron amenazas de muertes, vía telefónica, por parte de un desconocido, que le atribuyó ser los responsables de que el caso haya sido publicado en los medios de comunicación.
Este sábado, la Procuraduría envió un comunicado, en el que señaló que esos comunicadores expresaron, cuando acudieron a la institución, que no tenían interés de que la denuncia fuera investigada por el Ministerio Público.
listindiario.com
Nacionales
Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
Nacionales
Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
Nacionales
Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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4 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
