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Opinión

¿Cómo alcanzar el fin de la impunidad?

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Por Narciso Isa Conde

A la luz de la creciente podredumbre que exhiben todos los poderes del Estado, todas la instituciones y quienes las dirigen…

A la luz de los viejos escándalos de corrupción protegidos por el régimen de impunidad y de los nuevos estallidos de pus, que como los de las mafias del gas propano, de la JCE-escaners y la de la tierras del CEA en Boca Chica (conectadas con las mafias congresual y palaciega)…

…Se evidencia cada más que meter en la cárcel los corruptos, recuperar lo robado y asegurar el fin de la impunidad (para traducir todo eso en bienestar social), nos exige desmantelar esta institucionalidad podrida y obligar a dimitir a las autoridades mafiosas que las encabezan; esto es, ponerle fin deshonrosamente al régimen político establecido.

Porque…

Con este presidente…

Con este gobierno…

Con este Poder Judicial…

Con este Ministerio Público…

Con estas “altas cortes”…

Con este Congreso…

Con esta Policía Nacional, DNCD y DNI…

Con estos mandos militares…

Con este poder constituido mafioso…

Con el cogollo del PLD o de cualquier otro de los partidos tradicionales al frente del Estado, incluidos la alianza de los llamados partidos de oposición…

Entidades ilegitimas todas comprometidas con la corrupción, cuyos administradores garantizan la impunidad de sus delitos de Estado y de casi todos los delitos cometidos a beneficio de los sectores poderosos o allegados a ellos, o con dinero para sobornar.

· NO hay tutía.

En este marco institucional putrefacto e ilegítimo NO es posible alcanzar el fin de la impunidad que se ha propuesto el movimiento MARCHA VERDE y erradicar la corruptela política-empresarial.

Tampoco es viable reformar esas instituciones, las leyes y la constitución vigente adecuadamente, porque quienes dirigen y manipulan ese sistema tienen la posibilidad de bloquear –y lo han hecho siempre- toda modificación que los afecte, mientras multiplican la podredumbre.

Estamos, pues, bajo la dominación de una dictadura mafiosa institucionalizada, en la que todos los reclamos de justicia son obstruidos por ella; mientras el sistema electoral está bajo su absoluto control, con variados mecanismos para instrumentar reiterados fraudes que le permiten reciclarse. Estamos cercados.

· ¿Cómo romper el cerco?

Es necesario hacer conciencia sobre esta situación y difundir esta verdad evidenciada en mayor grado durante estos 10 meses de ascenso de la indignación y movilización de una gran parte del pueblo dominicano vestido de verde, para poder darle respuesta a esta especie de tranque y dar un salto en calidad y contundencia política en lo relacionado con las propuestas de cambio y las movilizaciones multitudinarias pendientes.

Esto es urgente en el contexto de la acertada decisión de construir colectivamente un PROGRAMA PARA EL FIN DE LA IMPUNIDAD.

Entonces, no se debe evadir el camino democrático, que este caso no es electoral, no es institucional, sino de alta presión de calle, vía movilizaciones y paralizaciones multitudinarias. Que es de ejercicio de la democracia de calle en grande… hasta crear una crisis de gobernabilidad, provocar el colapso de las instituciones y obligar a dimitir a las autoridades impuestas mediante una gran variedad de fraudes.

Todo esto es imprescindible para dar paso a una transición que abarque un gobierno provisional comprometido con el fin de la impunidad y la reconstrucción del Estado y de un nuevo proyecto de sociedad y nación, a través del ejercicio del poder constituyente y la convocatoria de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE SOBERANA Y PARTICIPATIVA, que apruebe una nueva Constitución cuyo contenidos, inspirados en la del 63 den respuesta a los anhelos postergados y a los nuevos desafíos políticos.

Con esos fines el pueblo verde movilizado debe convertirse en Poder Constituyente con un programa que incluya una nueva institucionalidad democrática y transformaciones que posibiliten superar las dramáticas carencias y aberraciones que en el campo de la alimentación, la salud, la educación, vivienda relaciones de género, transporte, seguridad social, seguridad ciudadana, seguridad ambiental, ingreso salarial, sistema de justicia, ejercicio de libertades y derechos humanos… provocadas por un modelo neoliberal montado sobre un sistema dictatorial de corrupción y impunidad.

Esto, lejos de excluir, debe incorporar también todas las medidas puntuales, reclamos de reformas coyunturales y demandas inmediatas y cotidianas, que combinadas con esta estrategia de creación de Poder Constituyente, contribuyan a potenciar las movilizaciones, ampliar el abanico social en lucha y profundizar la consciencia política transformadora; lo que exige asumir todas las luchas sociales y políticas que el sistema desprecia, bloquea y reprime.

La relegitimación continua del movimiento Marcha Verde exige asumir consecuentemente esa ruta y proceder a modalidades de luchas superiores a las ya transitadas.

La sociedad, que ha visto en este movimiento el renacer de su esperanza, lo pide a grito. Este Estado mafioso, asociado a mafias empresariales, es insoportable, por lo que no por difícil este reto debe ser evadido. ¡Hay que asumirlo sin vaciliaciones1

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Opinión

Un Llamado a la Conciencia Democrática

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Por Isaías Ramos

En medio de un escenario político tumultuoso, la reciente exclusión de partidos minoritarios en el debate presidencial constituye una flagrante violación del artículo 39 de la Constitución. Este artículo consagra la igualdad ante la ley y garantiza los mismos derechos y oportunidades para todos, sin discriminación alguna. Esta situación pone en evidencia un alarmante déficit democrático y una profunda desconexión entre las estructuras de poder y las necesidades reales del pueblo dominicano.

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios, al organizar un debate presidencial y decidir excluir a ciertos participantes basándose en criterios arbitrarios como el tamaño del partido, no solo ha perpetrado una discriminación injusta, sino que también ha socavado los principios fundamentales de igualdad y pluralismo. Este acto refleja cómo las élites políticas y económicas intentan perpetuar un sistema injusto que favorece a unos pocos en detrimento de la mayoría.

Es perturbador observar cómo los candidatos que aceptaron participar en este debate sin cuestionar la exclusión de otros no solo muestran una falta de compromiso con los principios constitucionales, sino que también evidencian una falta de ética y responsabilidad cívica. La aceptación de esta situación por parte de los candidatos participantes refuerza la percepción de que su interés por mantener su posición en el estatus quo prevalece sobre el bienestar colectivo y el respeto a la ley fundamental del país.

Los dominicanos se enfrentan no solo a la usurpación de su derecho a recibir información diversa y representativa durante un periodo electoral crítico, sino también a la erosión de su capacidad de tomar decisiones informadas. Limitar la participación en el debate presidencial a los partidos mayoritarios priva a la ciudadanía de explorar una gama más amplia de alternativas políticas y soluciones a los problemas nacionales.

Este contexto demanda un despertar cívico. Los ciudadanos deben exigir que se respeten los principios de igualdad y pluralismo en todos los procesos electorales, promoviendo un cambio hacia debates más inclusivos que permitan la participación de todas las fuerzas políticas sin discriminación. El respeto a la Constitución y a los derechos que esta garantiza es fundamental para construir una democracia verdaderamente representativa y justa.

El Frente Cívico y Social continuaremos abogando por un sistema electoral equitativo donde todos los partidos y candidatos tengan la misma oportunidad de ser escuchados. Es esencial que todos los sectores de la sociedad trabajemos juntos para garantizar que las futuras elecciones sean un reflejo fiel de la voluntad popular, libre de manipulaciones y exclusiones arbitrarias.

Por ello, es imperativo despertar nuestro sentido cívico y exigir un cambio hacia debates más inclusivos y equitativos. No podemos permitir que intereses particulares prevalezcan sobre el bienestar colectivo y la voluntad popular. Debemos ser guardianes activos de nuestra democracia, velando por el respeto irrestricto a nuestra Constitución y luchando contra cualquier intento de manipulación o exclusión.

En el FCS queremos hacer un llamado urgente: no dejemos que aquellos que buscan perpetuar un sistema injusto y opresor nos silencien o nos dividan. Recordemos siempre que la verdadera fuerza radica en la unidad del pueblo consciente e informado. Si el sistema falla en representarnos adecuadamente, debemos manifestarlo con firmeza mediante acciones como la invalidación del voto o la abstención responsable. El poder está en nuestras manos para forjar un país donde cada voz sea escuchada, cada derecho sea respetado y cada sueño pueda realizarse sin obstáculos.

¡Despierta, RD!

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Opinión

La Corte Penal Internacional y  otras obligaciones internacionales

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Por Rommel Santos Díaz

La ley internacional concede inmunidad contra el enjuiciamiento penal por Estados extranjeros a los Jefes de Estado  y oficiales diplomáticos (artículo 31 Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas). Sin embargo, los delitos enumerados por el Estatuto de Roma pueden haber sido cometidos por diplomáticos, Jefes de Estado, oficiales gubernamentales o por cualquier otra persona que goce de inmunidad diplomática, y la ley internacional no podrá  reconocerles inmunidad alguna contra el enjuiciamiento por tales crímenes.

La Corte Penal Internacional determinará si existe alguna inmunidad, cuando se le refiere un caso. Sin embargo, el artículo 98 del Estatuto de Roma establece ciertas restricciones a la CPI, cuando solicite la entrega  u otro tipo de asistencia a los Estados.

El artículo 98 del Estatuto de Roma trata la situación de entrega de una persona cuando existe un conflicto  con las obligaciones del Estado bajo el derecho internacional o con respecto  a la inmunidad diplomática de un extranjero o su  propiedad.

La Corte Penal Internacional no deberá requerir que un Estado actúe de manera contraria a sus obligaciones  internacionales. Pero al mismo tiempo una situación tal raras veces surgirá, ya que la Corte investigará tales posibilidades antes de solicitar una entrega al Estado. Adicionalmente, las obligaciones del derecho internacional aplicables a los Estados Partes incluirán sus obligaciones bajo el Estatuto de Roma.

Al aceptar los artículos 27 y 86 del Estatuto, los Estados Partes abiertamente retiran cualquier inmunidad contra la CPI . Por ende, cuando un nacional de un Estado Parte es requerido por la Corte, ese nacional no podrá reclamar las inmunidades normales que existan respecto al enjuiciamiento penal en el exterior, y el Estado requerido no estará violando sus obligaciones internacionales si entrega la persona a la CPI.

No obstante, cuando la CPI haya determinado que la inmunidad si existe, podrá dar curso a la solicitud de entrega solamente si cuenta primero con el apoyo del Estado de nacionalidad del acusado. En tal caso, el Estado requerido  que proceda con la entrega no violara sus obligaciones internacionales de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas

El artículo 98 establece que la Corte no podrá dar curso a la solicitud de entrega que requiera  que el Estado requerido viole sus obligaciones de conformidad con los acuerdos internacionales que requieran el consentimiento del Estado que entrega a una persona de ese Estado a la CPI.

Esta situación podría surgir cuando una persona detenida en el Estado requerido haya sido extraditada a ese Estado desde otro país, bajo la condición de ser devuelta a su país luego de la investigación o enjuiciamiento,  o la ejecución de una condena. Podría también darse cuando , bajo el  acuerdo de Estatus de Fuerzas, los miembros de las fuerzas armadas de un tercer Estado se encuentren dentro del Estado solicitado.

Cuando el Estado que entregue sea un Estado Parte del Estatuto de Roma , no deberá restringir la posibilidad de que otros  Estados entreguen  a sus nacionales a la CPI, ya que cada Estado Parte acepta la jurisdicción de la Corte sobre sus nacionales y no hay fundamento para rechazar la entrega de una persona a la Corte .

Sin embargo, cuando la persona requerida alegue el principio de ne dis in idem, y la decisión de  admisibilidad de la CPI aún esté pendiente, el Estado requerido deberá consultar con el Estado que entrega, y la CPI, de conformidad con el artículo 89, para determinar si se debe suspender o no la ejecución de la solicitud.

De lo contrario el Estado requerido tendría que contar con el consentimiento del Estado de la persona que entrega. La CPI deberá contar con la cooperación del Estado que entrega, si no es este un Estado Parte, antes de que la Corte  Penal  Internacional solicite la entrega.

El articulo 98 solo es relevante cuando el Estado requerido pueda demostrar que la acción requerida por la CPI lo obligaría a violar una obligación bajo el derecho internacional. Un Estado  no podrá invocar una  previsión de su derecho interno que garantice inmunidad a la persona a ser entregada.

En el contexto de las obligaciones el Estado Parte tiene la obligación de entregar a una persona  que goce de inmunidad diplomática, cuando la CPI solicite su entrega luego de haber obtenido la cooperación de un tercer Estado para la renuncia de la inmunidad.

Cuando la CPI solicite la entrega de una persona, pero el Estado Parte requerido normalmente estaría violando un acuerdo internacional con un tercer Estado, el Estado requerido  esta obligado a entregar a la persona si la Corte cuenta con el consentimiento del tercer Estado para la entrega de la persona . El Estado Parte requerido deberá entregar a la persona si el tercer Estado es un Estado Parte.

En el marco de la implementación los Estados Partes deberán prever dentro de su derecho interno, la posibilidad de entregar  a una persona a la CPI aunque normalmente goce de inmunidad estatal o diplomática, cuando el Estado de donde esta persona  es nacional acuerde renunciar  a su inmunidad. Debido a que la CPI tiene la autoridad de determinar si existen  o no las inmunidades, no obstaculizaron las la cooperación con la CPI. Esto garantiza que el Estado Parte pueda cumplir con sus obligaciones de entrega.

Los Estados Partes deberán asegurar que sus nacionales puedan ser entregados a la CPI por otros Estados, cuando sea conveniente, y que no existan acuerdos bilaterales o multilaterales que obstaculicen el proceso. Los Estados Partes deberán estar preparados para revelar a la Corte cualquier obligación o acuerdo internacional que pueda estar en conflicto con una solicitud de entrega que este preparando la Corte, si la misma necesitare tal información.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

Danilo al margen de la ley

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Por Nelson Encarnación

La incitación a la violencia es un delito grave en todas las sociedades organizadas, incluida la nuestra, donde un llamado a alterar el orden público acarrea consecuencias penales para cualquier persona, pues el Estado tiene la obligación no solo de perseguir el hecho, sino de prevenirlo.

Por consiguiente, el expresidente Danilo Medina se coloca al margen de la ley e incurre en ese delito de incitación a la violencia cuando llama a la militancia del Partido de la Liberación Dominicana, que él lidera, a destruir las eventuales carpas que coloquen los seguidores oficialistas en los alrededores de los colegios electorales el próximo 19.

Un líder de la categoría de quien fue presidente de la República durante ocho años, y que además dirige una de las formaciones políticas fundamentales del sistema de partidos, debe ser lo suficientemente prudente y medido para conocer el alcance de sus arengas.

La incitación de Medina tiene varios puntos relevantes, pero fuera del delito en que incurre, hay dos de carácter electoral que su desatino no alcanza a calibrar.

El primero tiene que ver con lo que ya ha determinado la Junta Central Electoral (JCE) respecto de las carpas partidarias, las cuales el órgano de comicios prohibió tajantemente a partir de las alegaciones que produjeron esas instalaciones luego del proceso de febrero pasado.

En consecuencia, la perorata de Medina carece de sentido, si se toma en cuenta la señalada disposición.
El otro aspecto es aún más relevante para los intereses del partido morado y de toda la oposición, puesto que, si entre sus argumentos figura la supuesta manipulación del proceso por el oficialismo para provocar la abstención de sus adversarios, podemos suponer que, con un ambiente de posible violencia, los votantes poco motivados preferirían quedarse en sus casas para no exponerse.

Esto tiene un referente histórico que Danilo conoce perfectamente. Se trata de las elecciones de 1966, cuando el profesor Juan Bosch, candidato frente a un Joaquín Balaguer aupado por los invasores estadounidenses, llamó a sus seguidores a que fueran a votar armados con palos y piedras para defender el voto.

¿Qué hicieron miles de partidarios del PRD? Se quedaron en sus casas para no convertirse en presa de los violentos determinados a imponer a Balaguer. ¿Es esto lo que Danilo quiere para luego alegar irregularidades?

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