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Senador y otros acusados en el caso Odebrech podrían ser inhabilitados de por vida por SCJ
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6 años agoon
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LA REDACCIÓN
Con los argumentos del Ministerio Público el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) inició ayer jueves las audiencias del juicio de fondo del caso Odebrecht, a fin de determinar si condenará a 10 años de prisión a los seis imputados por los 92 millones de dólares que la constructora pagó en sobornos en República Dominicana. Los jueces de la Alta Corte ponderarán si sería una pena justa, y apegada a la gravedad de los hechos imputados, poner fin a la carrera política del senador Tommy Galán Grullón, del exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa; el expresidente del Senado, Andrés Bautista García; el exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA); Juan Roberto Rodríguez Hernández, así como impedir que en algún momento el empresario Ángel Rondón Rijo y el abogado Conrado Pittaluga puedan ejercer alguna función pública.
Las penas en caso de ser declarados culpables van desde seis meses hasta 10 años de prisión de acuerdo con la acusación de soborno o cohecho, lavado de activos, sobre falsedad, prevaricación, delito de mezclarse en asuntos incompatibles con la calidad de funcionario, acogida por el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte, Francisco Ortega Polanco.
Además de esto, la parte final del artículo 175 del Código Penal colocada en la calificación jurídica dada a los hechos presuntamente cometidos por Galán, Bautista García, Rodríguez Hernández, Díaz Rúa y Pittaluga, establece que “se impondrá, además, al culpable la pena de inhabilitación perpetua para cargos u oficios públicos”.
Aunque fueron muchos los interrogados, a la hora de acusar, la Procuraduría enfiló sus cañones contra 14 personas para luego solo presentar acusación contra seis de ellas por la adjudicación y financiamiento de las siguientes obras: Acueducto de la Línea Noroeste, ampliación del Acueducto de la Línea Noroeste, autopista del Coral, Hidroeléctrica Pinalito, Hidroeléctrica Palomino, carretera Casabito, Corredor Duarte I y II, carretera del río Jarabacoa, acueducto Samaná, acueducto Hermanas Mirabal y carretera Bávaro Miches. El expresidente del Senado, Jesús –Chú- Vásquez también formó parte del grupo de imputados, pero fue descargado por insuficiencia de pruebas.
Según la Procuraduría, Víctor Díaz Rúa recibió transferencias de empresas de Ángel Rondón por más de US$850,000. Además de US$6,629,080 por la Autopista del Coral a través de Pittaluga y US$4,000,000 de Odebrecht en el Antigua Overseas Bank, según Hilberto Mascarenhas Alves, sumado a un viaje a Antigua y Barbuda.
El Ministerio Público acusa a Conrado Pittaluga de ser el testaferro de Díaz Rúa, así como de firmar contratos de servicios jurídicos de fachadas con Odebrecht y constituir sociedades de carpeta en paraísos fiscales. Dice también que trianguló los activos a través de las sociedades Newport, Indoequipesa SRL y Solaries SAS.
A Ángel Rondón lo señala como la persona que distribuyó los sobornos a los funcionarios públicos a nombre de Odebrecht. Dice que del 2002 al 2017 como persona física percibió ingresos por RD$983,682,226.57 y que en divisa extranjera percibió US$2,690,155.73. Asimismo, que la sociedad desarrollada por él para soborno y lavado de activos, comprende unas 30 empresas en la República Dominicana y en el extranjero.
De Tommy Galán, la Procuraduría afirma que en su calidad de funcionario falseó su declaración jurada de patrimonio para ocultar los verdaderos costos de sus bienes. Asegura también que incrementó del 2006 al 2016 su patrimonio en un 63 %, y ocultó la suma de RD$63,000,000 en inmuebles y lavó dinero en constructora que creó en 2008.
Según la acusación, Andrés Bautista, de 1994 al 2004 incrementó en 668 % su patrimonio inmobiliario y del 2004 al 2006 subió 333 % y que, además, ocultó bienes. “Partiendo del incremento obtenido desde la fecha de toma de posesión de su cargo por primera vez (1994) hasta la última declaración (2006), el incremento se eleva a 1074 %”, dice la acusación.
En tanto, Roberto Rodríguez, es acusado de recibir un soborno de Ángel Rondón a través de su cuñada.
El primer contrato que obtuvo Odebrecht fue la ampliación del acueducto de la Línea Noroeste para lo cual, según el Ministerio Público, Rodríguez recibió de ARMA RD$1,075,000 el 19 de enero del 2009. La acusación describe además los productos financieros con que se gestionó el soborno.
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
