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Se reducen contribuciones con límites impuestos por leyes electorales.
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5 años agoon
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LA REDACCIÓNHan sido notables los limites impuestos por las leyes electorales, la 33-18 de Partidos Políticos y la 15-19, de Régimen Electoral a las contribuciones a los partidos y candidaturas a cargos electivos y obliga a transparentar las personas que realizan el aporte.
Así lo instituyen varios artículos de ambas legislaciones, y el reglamento de fiscalización y Control Financiero de los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, emitido recientemente por la Junta Central Electoral, que obliga a los aspirantes a revelar la identidad y los aportes económicos que para el financiamiento de actividades realicen personas particulares.
La Ley de Partidos, que rige la etapa de la actual precampaña, en su artículo 63, sobre contribuciones, señala que las agrupaciones políticas podrán recibir aportes para el financiamiento de sus actividades, procedentes de personas naturales y deberán presentar una nómina de contribuyentes en su página web.
“Las contribuciones individuales hechas por particulares a los partidos no podrán ser superiores al uno por ciento del monto máximo correspondiente al partido que reciba mayor asignación de fondos públicos.
Las contribuciones realizadas por internet y las redes sociales, serán incluidas en la nómina de contribuyentes y siempre estarán identificadas en su origen”, señala la Ley. Igual medida establece la Ley electoral en su artículo 202, párrafo II.
Asimismo, el artículo 205 de la citada Ley, manda a los partidos a depositar ante la Junta Central Electoral “un informe que contenga todos los ingresos y gastos de la organización, antes, durante y después del proceso electoral, debiendo detallar las informaciones de gestión, administración y contabilidad de los recursos captados, con indicadores y estándares de auditoría establecidos por la Cámara de Cuentas”.
Del mismo modo, el reglamento emitido por la JCE, va en consonancia con ambas normas electorales y sostiene que los postulantes están obligados a llenar un formulario donde además del nombre del contribuyente, se debe identificar la fecha del aporte, el teléfono y su dirección. Dicho reglamento advierte que cuando algún precandidato o candidato incurra en la aceptación de aportes considerados ilícitos, será sancionado al pago de una multa del doble de la contribución recibida; en cumplimiento al numeral 4 del artículo 78, de Ley 33-18, de Partidos Políticos.
Las leyes electorales establecieron topes en las precandidaturas y candidaturas en los distintos niveles de elección. Por ejemplo, un aspirante a la presidencia, en las primarias, puede gastar hasta 519 millones, 70 pesos dominicanos por cada elector con un padrón de 7,420,941 electores. Asimismo podrá recibir por concepto de donaciones hasta 5.2 millones.
En tanto que los precandidatos congresuales, a senadores y diputados, podrán gastar hasta 60 pesos por cada elector en la demarcación a la que aspiran.
Los que más podrían gastar son los de la provincia Santo Domingo con 1,651,530 electores, RD$ 99 millones; para el Distrito Nacional el tope es de 51.1 millones, con 852,379 electores. En tanto que los diputados en la circunscripción 1 del Distrito, podrán gastar 19 millones, en la 2, 13.7 millones y 17.9 millones en la 3. Otros topes de aspirantes a senadurías: por San Cristóbal 25.8 millones y La Vega 19.9 millones.
Los partidos, además de los recursos que le asigna el Estado (un 80% distribuido en partes iguales entre los que hayan alcanzado más del 5% de los votos, 12% entre todos los que hayan alcanzado más del 1% y un 8% entre los que hayan alcanzado entre 0.1% y 1%), podrán generar sus recursos sus propios recursos mediante recepción de cuotas partidarias o la celebración de eventos como rifas, cenas, venta de bonos, entre otros.
El movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana emplazó a la Junta Central Electoral (JCE) y a los precandidatos de los partidos políticos a publicar los nombres de los contribuyentes de sus campañas, tal y como establece la Ley de Partidos Políticos. Carlos Pimentel, director ejecutivo de la entidad, explicó que la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece que en el proceso de la precampaña los aspirantes tienen que hacer un desglose de los fondos que reciben tanto del sector público como de los contribuyentes privados.
Opinó que hay que determinar si los precandidatos están cumpliendo con el tope establecido por la ley. “Hasta el momento la Junta Central Electoral lo que hizo fue que dio un informe general de los ingresos y egresos de los precandidatos presidenciales de los partidos, ahora hay que establecer quienes fueron los donantes y la cantidad que aportó cada uno”, opinó el dirigente cívico. Agregó que “de los datos que hablo solo se pueden obtener del informe original, que debe ser publicado tanto por la Junta como por los precandidatos, la ciudadanía tiene que manejar esos informes, tienen que ser de dominio público, porque así lo establece la ley 33-18”.
Pimentel dijo que la exigencia de Participación Ciudadana de que se publiquen los informes de los precandidatos se fundamenta en lo que establece la ley, para poder una evaluación más acabada de lo que están diciendo los aspirantes. Explicó que los aspirantes en sus informes tienen que desglosar como recibieron los recursos y cómo lo están invirtiendo, “tienen que establecer cuanto han gastado en televisión, radio, prensa escrita y medios digitales”.
En la antigua ley electoral 275-97, del 16 de diciembre de 1997, estaban definidas las fuentes de ingreso de los partidos y las restricciones para las contribuciones. Mediante el artículo 47 se establecía lo siguiente: “Todos los actos de cooperación, asistencia o contribución económica a los partidos son función exclusiva de las personas naturales y jurídicas nacionales privadas. Por tanto, sólo se considerarán como ingresos lícitos de los partidos, los donativos o contribuciones que provengan de éstas; y será ilícita la intervención directa o indirecta del Estado, de cualquiera de sus departamentos, dependencias u organismos autónomos o descentralizadas o de empresas que caigan dentro de la aplicación de la Ley de Inversión Extrajera, de los ayuntamientos o de entidades dependientes de éstos, de gobiernos extranjeros en el sostenimiento de los partidos o el financiamiento de sus campañas. Tal intervención, sea cual fuere la forma en que se produzca, constituye presunción de entendimiento con los partidos o sus candidatos en beneficio de los interesados de esas entidades o sus propietarios, socios, accionistas, beneficiarios, directores o representantes, y en tal virtud, queda absolutamente prohibida. Se prohíbe a los partidos políticos, a sus dirigentes, militantes o relacionados, recibir exoneraciones, donaciones o regalos de parte de cualesquiera de los poderes del Estado, o de los ayuntamientos, directamente o bajo cualquier mecanismo jurídico, así como beneficiarse directa o indirectamente de los recursos y medios que pertenezcan al Estado para realizar sus actividades proselitistas, o sostenerse, salvo la contribución electoral señalada en la presente ley. La Junta Central Electoral tendrá facultad para anular cualquier operación de la cual tenga conocimiento e incautar provisionalmente o tomar cualquier medida cautelar con el auxilio de la fuerza pública respecto a cualquier bien, o para hacer cesar de inmediato cualquier uso indebido de los recursos y medios del Estado. Es obligación de los partidos políticos depositar cada dos años en la Junta Central Electoral una lista actualizada de los miembros de sus órganos directivos y del tribunal disciplinario, para fines de control y de conocimiento por parte de la Junta Central Electoral”.
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A prisión dominicano deportado desde EE.UU. por múltiples homicidios en RD
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21 horas agoon
noviembre 11, 2024Santo Domingo, R.D.-El Tribunal de Atención Permanente de Santiago, que preside la jueza Wendy Altagracia Tavárez, impuso este lunes tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un dominicano que fue deportado desde los Estados Unidos, involucrado en al menos siete homicidios en Santiago.
Andry Josué Vargas Núñez, conocido como Juan Bosch, debe cumplir la sanción en el Centro de Corrección y Rehabilitación El Pino, en La Vega.
La medida fue impuesta al imputado por el asesinato a tiros de Diovel Leonel Fernández Pérez (Guccy), durante un incidente ocurrido en marzo del 2022 en el sector La Yagüita de El Ejido, en las proximidades del Parque Central de Santiago.
Al procesado también lo acusan por sus vínculos, en noviembre de ese mismo año, a una balacera donde murieron cinco personas en la misma barriada.
De acuerdo a la investigación, Vargas Núñez, de 26 años, escapó a Estados Unidos tras participar en esos casos. Fue detenido este año en esa nación y deportado al país el pasado mes de octubre.
Otros hechos delictivos
Además de los homicidios, Vargas Núñez figura en el sistema policial con dos registros por atracos, en enero y marzo del año 2018.
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Abren puertas a la importación de comida sin aranceles en casos de emergencia
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21 horas agoon
noviembre 11, 2024Santo Domingo, R.D.-La importación de alimentos sin aranceles en caso de emergencia o de pandemia podrá ser posible por la recién aprobada Ley de Seguridad Alimentaria, que busca modificar una normativa promulgada en el año 2016, que abriría las puertas para que un consejo de funcionarios pueda recomendar al Poder Ejecutivo la referida medida.
En la gestión del presidente Luis Abinader, el Congreso aprobó una ley para liberar de impuestos más de 60 alimentos y estudió sin éxito otro proyecto que permitiría importar sin aranceles el azúcar.
La pieza que aprobó el jueves la Cámara de Diputados establece que el Consejo Nacional para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Conassan) tendrá, entre sus nuevas funciones, la atribución de recomendar al presidente «la suspensión de las obligaciones arancelarias» para importar alimentos en momentos de emergencia.
Según la iniciativa, las medidas especiales solo serían aplicadas en caso de que el producto sea impactado adversamente, cuando se perjudique la seguridad alimentaria y nutricional del país y cuando se pueda afectar la seguridad económica y los intereses esenciales del Estado.
Otros aspectos
Aparte de la importación de alimentos, la pieza también busca el cumplimiento en la calidad de los alimentos que se consumen en el país, el acceso a la comida, la estabilidad de la oferta sin fluctuaciones y la disponibilidad de alimentos.
«La seguridad alimentaria solo se cumple cuando todas las personas tienen acceso físico y económico a los alimentos nutritivos e inocuos para satisfacer sus necesidades alimentarias», establece el proyecto depositado por el presidente Abinader.
Aunque fue aprobado sin ningún obstáculo por la mayoría que ostenta el PRM en ambas cámaras, los opositores no votaron por la pieza por considerar que «lesiona» las funciones del Congreso.
El vocero de la Fuerza del Pueblo en la Cámara baja, Rafael Castillo, expresó que el proyecto le quita funciones al Congreso que, según dijo, es el órgano facultado para recomendar o autorizar la importación de alimentos sin aranceles.
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Esta noche se decide sobre medidas de coerción de Jochi Gómez y compartes.
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22 horas agoon
noviembre 11, 2024Santo Domingo, R.D.-Los jueces de la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Isis Muñiz, Luis Omar Jiménez y Delio Germán, deliberaban esta noche para decidir la suerte de la solicitud de variación de medida de coerción hecha por el exdirector del Intrant, Hugo Beras; José Ángel Gómez Canaán (Jochi), propietario de la empresa Aurix S.A.S y Transcore Latam; y Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico del Intrant.
Se espera que esta noche los magistrados adopten una decisión sobre la solicitud presenta, en la que estos piden una medida de coerción menos gravosa a la prisión preventiva. El Ministerio Público, en cambio, solicita mantener la coerción ya dictada.
El pasado 10 de octubre, los involucrados en el llamado caso Intrant fueron enviados al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres de San Cristóbal con 18 meses de prisión preventiva por supuestamente ejecutar de forma fraudulenta el contrato de 1,317 millones de pesos para instalar la red semafórica del Gran Santo Domingo.
Gómez, Beras y Padovani son señalados por el Ministerio Público de pertenecer a una supuesta red de corrupción y crimen organizado dedicada al desfalco, estafa contra el Estado, falsificación, coalición de funcionarios, contrabando, comercio ilícito, sabotaje y terrorismo contra infraestructura crítica y robo de identidad.
Las presuntas irregularidades en la licitación giran en torno al contrato para la modernización, ampliación, supervisión y gestión del Sistema Integral del Centro de Control de Tráfico y la Red Semafórica del Gran Santo Domingo, el cual fue adjudicado a la empresa Transcore Latam, de Jochi Gómez.