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Las ‘multas fantasmas’, otra variedad de estafa en contra de la sociedad

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Numerosos conductores esperan turno en la Fiscalía de Tránsito, indagando su situación respecto a las multas.

Santo Domingo, RD.-Los dominicanos no tienen escapatoria, ya que por donde que se mueven aparece el clásico estafador, pero el asunto es mucho mas complicado y poco explicable cuando el que comete ese delito es el Estado, lo cual toma un matíz preocupante en momentos en  que  crece el número de quejas de conductores afectados por la imposición de las llamadas ‘multas fantasmas’,  sus numerosos compromisos diarios, trámites e indagaciones los lleva a estados de turbación, al verse obligados a estar en constantes movimientos a través del ministerio público y la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT),  para aclarar su situación.

Los engaños en contra del ciudadano comienzan por los servicios fundamentales, como el agua, la energía eléctrica, entre otros, cuyos consumidores son estafados de forma descarada por las empresas públicas responsables de satisfacer esas necesidades, pero en el caso de las multas fantasmas  todo empieza, para la mayoría, cuando buscan la emisión de marbetes y otras gestiones legales o de asuntos impositivos, encontrándose con casos de multas de las que niegan o no recuerdan haberlas recibidos.

Una gran cantidad de ciudadanos acude a la Fiscalía de Tránsito, ubicada en el edificio de la DIGESETT, en la intersección de la avenida Expreso V Centenario y calle San Martín, en el área de Villa Juana, donde se habilitó más personal para agilizar los procesos de verificación, impugnación o conciliación en el pago de las infracciones.

Otros van al Centro de Atención al Ciudadano, del Distrito Nacional, que funciona en la torre del Malecón Center, donde, además de asistencia al ciudadano sobre las multas por infracciones de tránsito,  se trabaja con certificaciones de buena conducta y de firmas o legalización de documentos oficiales y notariales.

La queja se ha ido generalizando en la medida en que ciudadanos van a renovar el marbete de sus vehículos y se les informa que  no es posible porque tienen multas pendientes.

Por esta razón es que el llamado a renovación de marbete ha motivado a que muchos conductores se presenten ante el Ministerio Público a verificar las multas, las cuales no son reconocidas por muchos. La renovación del marbete inició el 16 de septiembre y terminará el 16 de diciembre, sin recargo.

Los ingresos por el cobro de multas son divididos así: 75 por ciento para la Procuraduría  y 25 por ciento para el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).

José Feliz Cuevas,  mensajero y delivery, dijo que cuando fue a la fiscalía se le informó que tiene 38 multas, desde el 2011 hasta la fecha, y que, a decir de él, no sabe de donde nacieron.Sin embargo, Cuevas,  que concha en un destartalado carro público,  admite que tiene tres multas reales, y que con el problema presentado tiene ahora que buscar 38 mil pesos para pagar las multas y poder renovar el marbete.

Dijo que otros que tienen muchas múltiples están conciliando con el Ministerio Público para conseguir una rebaja.

José Cruz Villalona, por su parte,  dice que hacía cuatro años que no venía al país y cuando acudió a renovar el marbete, se le informó que no se podía, porque primero tenía que pagar 11 multas registradas en el sistema. Y Pedro Encarnación Montero reconoció  que tiene dos multas, una por cinturón y otra por licencia vencida, pero “ahora vengo aquí y aparezco con ocho, con la rebaja tengo que pagar RD$4,667. No me siento conforme”.

Mientras que un total de 18 fiscalías de Tránsito en todo el territorio nacional, están atendiendo los casos de los ciudadanos que no reconocen multas registradas en el sistema por infracciones de tránsito.

Los fiscales del Distrito Nacional, el Gran Santo Domingo y demás provincias del país, se informó están evaluando los casos para determinar si se infringió o no la norma de tránsito y proceder con la decisión que corresponda.

En la Procuraduría General de la República se informó que los ciudadanos pueden acudir a la Fiscalía de Tránsito más cercana a su ubicación, donde recibirán la atención que requieran de parte de los fiscales a cargo.

Agrega que los ciudadanos pueden verificar la cantidad de multas por infracciones de tránsito, accediendo a multas.pgr.gob.do y que los pagos en línea pueden ser realizados con tarjetas de crédito o débito en la dirección electrónica portal.servicios.pgr.gob.do.

Según la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial, los conductores están obligados a pagar las multas para poder renovar el marbete y completar otros procesos.

En el artículo 281 de esa ley se establece que ningún conductor multado podrá renovar licencia, placa, obtener inspección técnica vehicular o revista, seguro del vehículo, certificado de buena conducta y traspaso de propiedad de un vehículo.

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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