Conecta con nosotros

Más Noticias

El presidente Medina se dirigirá al país esta noche.

Published

on

Santo Domingo, RD.-Los análisis y cálculos económicos que se hacen en el país son muy variados a propósito de la suspensión de las elecciones municipales que debieron celebrarse ayer domingo, pero también se abordan lo que en opinión de muchos son la solución a la crisis política y electoral.

En julio del año pasado el pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó un anteproyecto de presupuesto para el año 2020 por 16,540 millones de pesos, de los cuales 8,377 millones se utilizarían para los procesos electorales tanto municipales, como presidenciales y congresuales.

En el proyecto de presupuesto elaborado por el Gobierno se le asignó una partida de RD$4,500 millones de pesos.

Para enero el órgano lectoral dispuso que la contribución económica del Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, ascendería a RD$3,013,903,594.00.

Ninguno de los partidos ha presentado ante la JCE la relación del dinero invertido por sus candidatos para las elecciones municipales.

Para estas elecciones municipales el padrón de electores ascendió a 7,487,040 personas, que a su vez elegirían a las 3,849 autoridades para igual cantidad de cargos públicos.

La Ley Electoral establece que cada uno de los candidatos a alcalde podía gastar, como máximo, la suma de 87.50 pesos por cada elector inscrito en su circunscripción.

En el caso de los regidores, donde se elegían 1,164 autoridades, el gasto máximo es de 43.75 pesos por votante. Igualmente el límite por partido, agrupación o movimiento es de 1.75 pesos por electores.

En el caso de aspirantes a directores de distritos con menos de 5,000 electores inscritos en el padrón, el tope es de 150 pesos por votante. Asimismo ningún aspirante municipal o partido podía recibir más del 1% del tope de gastos como aportes por particulares.

Al no haberse presentado los informes de económicos de los candidatos se hace imposible estimar los gastos en los que incurrieron y en los, inclusive, podrían entrar con la celebración de nuevos comicios.

El contrato con la empresa DIGIWORLD, S.R.L, que suplió los 11,000 kits del voto automatizado, registró un costo de RD$1,008,118,650.00.

Mientras que el gasto de la auditoria que realizó la empresa Alhambra Systems, S.A. ascendió  a US$566,037.73. Cerca de 29 mil millones de pesos.

La institución electoral informó que destinó RD$431.7 millones para la adquisición de insumos del montaje del proceso, a los que se les debe sumar los RD$11.2 millones para la impresión de materiales educativos y RD$5.4 millones para la campaña educativa y motivacional, entre otros gastos para el montaje del proceso.

Para la impresión de las boletas, la Editora Corripio fue seleccionada para prensar más de 3.2 millones de papeletas por un valor de RD$14,767,828.92.

Según la Constitución en el país tenían que celebrarse el 16 de este mes las elecciones municipales, para elegir los candidatos a síndicos, vicesíndicos, regidores y sus suplentes; directores municipales y vocales.También el 17 de mayo tendrán se realizará elecciones presidenciales y congresionales. Si no hay un ganador en la primera vuelta, se realizaría una segunda vuelta el 30 de junio.

 

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Más Noticias

A partir del 1 de agosto la JCE eliminará servicios de cedulación de madrugada.

Published

on

Santo Domingo. – A partir del primero de agosto la Junta Central Electoral (JCE) tendrá  nuevos horarios de atención en los Centros de Cedulación de Servicio Extendido (anteriormente denominados Centros de Servicios Continuos).

El Pleno de la JCE dispuso que los centros de servicio extendido ofrecerán atención a la ciudadanía de lunes a domingo, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 de la medianoche.

La medida aplicará a los centros ubicados en Barahona, Herrera, Distrito Nacional, La Romana, La Vega, Las Américas, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Santiago.

En ese sentido, la JCE precisó que los ciudadanos con citas programadas en el horario de la madrugada (de 12:00 a. m. a 07:00 a. m.), podrán presentarse en cualquiera de los centros de cedulación, según el horario de servicio correspondiente, sin importar el mes de cumpleaños.

Continue Reading

Más Noticias

Depositan acción contra artículo 310 del Código Penal

Published

on

Santo Domingo.- Una accion directa de inconstitucionalidad sometió el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) ante el Tribunal Constitucional una  contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.

El recurso fue encabezado por Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional, particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio profesional del derecho.

Potentini acudió a la sede de la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados, en una manifestación institucional con la que la organización procura defender no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y asistencia jurídica efectiva.

El presidente del CARD explicó que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana, especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de defensa.

Dijo que cualquier regulación penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.

Sostuvo que la defensa técnica no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.

En ese contexto, el CARD considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la naturaleza de su profesión.

Señaló que la controversia planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los ciudadanos representados por esos profesionales.

Potentini destacó que la Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa. En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible con esos postulados.

La acción solicita la intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta Sustantiva.

El CARD informó que dará seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.

Continue Reading

Más Noticias

Violaciones a la ley se producen con detenciones al margen de la ley.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-En franca violacion del mandato constitucional del plazo de 48 horas para someter ante un juez competente a una  persona detenida se produce con casos que tienen que sufrir que se tiempo de extienda por didas, semanas e incluso en  meses, segun denuncia de muchos afectados.

Y cuando finalmente un tribunal ordena la libertad, salir del destacamento tampoco ocurre de inmediato.

La situación ha quedado evidenciada con los 13 ciudadanos que permanecen más de 30 días detenidos en los destacamentos del Ensanche Felicidad y Vietnam, en Santo Domingo Este, sin haber sido sometidos al control de un juez y sin que existiera registro de un proceso penal en su contra.

Aunque un tribunal acogió el hábeas corpus presentado por la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) y ordenó su libertad inmediata, varios días después la decisión aún se encuentra en proceso de ejecución.

Infografía
Las licenciadas Edilenny Morel y Yuleidy Figuereo, abogadas de la Oficina Nacional de la Defensa Publica, actuando en representación de los 13 detenidos.

La decisión legal de la liberación de los 13 detenidos ocurrió después de que una inspección de la Defensa Pública encontrara a 16 personas privadas de libertad en los destacamentos de Felicidad y Vietnam. Trece llevaban más de un mes detenidas sin haber comparecido ante un juez.

Durante la audiencia, el Ministerio Público informó al tribunal que no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con esas personas.

Según relataron, los agentes explicaron que el retraso obedecía a la falta de vehículos para trasladarlo hasta la fiscalía.

Sin embargo, cuando consultaron el sistema del Poder Judicial, descubrieron que tampoco existía una solicitud de medida de coerción depositada y ante esa situación, interpusieron un nuevo hábeas corpus.

Para la Defensa Pública, la ausencia de transporte se ha convertido en una de las explicaciones más frecuentes para justificar los retrasos.

«No había sucedido antes con esta magnitud. Ahora uno de los argumentos recurrentes es que no hay vehículos para trasladar a los detenidos», explicó Figuereo.

La defensora sostuvo que esa situación no solo afecta a quienes esperan ser presentados ante un juez por primera vez, sino también las audiencias de medidas de coerción.

«Si hay 65 audiencias fijadas, 45 o 50 terminan aplazándose por falta de traslado«, aseguró.

El hábeas corpus tampoco acelera siempre la libertad.

Las defensoras afirman que incluso cuando presentan acciones constitucionales para recuperar la libertad de un detenido, el proceso suele enfrentar nuevos obstáculos.

Según Figuereo, en algunos casos el Ministerio Público solicita aplazamientos de las audiencias de hábeas corpus para ganar tiempo.

«La táctica dilatoria que está haciendo el Ministerio Público es pedir aplazamiento para depositar la solicitud de medida de coerción. Cuando vuelve la audiencia, aparece el vehículo, trasladan al imputado y conocen la medida», afirmó.

El artículo 40 de la Constitución dispone que toda persona detenida debe ser presentada ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto.

El artículo 71 reconoce el hábeas corpus como el mecanismo para restablecer ese derecho cuando la privación de libertad es ilegal o irrazonable.

Sin embargo, para la Defensa Pública, las visitas diarias a los destacamentos muestran una realidad distinta.

Las inspecciones no solo verifican el tiempo de detención. También revisan si los privados de libertad han recibido alimentos, agua, atención médica y si han sido objeto de maltratos.

«Mucha gente ni siquiera sabe por qué está detenida o que tiene derecho a ser presentada ante un juez en 48 horas«, señaló la defensora pública Dilenny Morel.

La historia de los 13 ciudadanos resume la paradoja que describen las defensoras. Entraron a los destacamentos sin que posteriormente se formalizara un proceso judicial.

Un tribunal ordenó su libertad. Pero la ejecución de esa decisión también requirió nuevos trámites, seguimiento de los abogados y espera.

Para la Defensa Pública, esa secuencia refleja un problema que trasciende un caso particular: en algunos destacamentos dominicanos no solo resulta fácil entrar; también puede ser muy difícil salir, incluso cuando un juez ya ordenó la libertad.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group