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Dieciocho 18 meses para imputados en Operación Coral en Najayo dictamina tribunal que conoció solicitud de medida de coerción.

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Santo Domingo, RD.-La decisión en torno a la solicitud de medida de coerción en contra de los imputados en la Operación Coral fue fallado este lunes por la  jueza Kenya Romero, quien los envió a cumplir cárcel preventiva en Najayo.

La magistrada decidió prisión por 18 meses contra todos los implicados en el caso.

Adán Cáceres Silvestre, exjefe de escolta del expresidente de la República Danilo Medina; el teniente coronel de la Policía, Rafael Núñez de Aza; el cabo de la Policía e hijo de la pastora, Tanner Antonio Flete Guzmán y el sargento Alejandro José Montero Cruz la cumplirán en el centro Najayo hombres, en San Cristóbal.

En el caso de la pastora Rossy Guzmán Sánchez, le fueron impuestos 18 meses de prisión en el penal Najayo mujeres.

Sobre el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez, fue enviado a prisión domiciliaria con información confidencial del lugar. La jueza entiende pertinente la solicitud del Ministerio Público y aprobó la confidencialidad de su prisión domiciliaria.

La revisión obligatoria de la medida de coerción será el próximo martes 10 de agosto.

La jueza valoró que existe pluralidad de personas identificadas y de conductas con tipos penales para declarar el caso complejo, como lo había pedido el Ministerio Público.

27 allanamientos en el Distrito Nacional, el Gran Santo Domingo, San Pedro de Macorís, Monte Plata y Samaná pusieron en marcha el pasado 24 de abril a la Operación Coral, la acción contra la corrupción administrativa más recientes del Ministerio Público.

Bienes muebles e inmuebles millonarios, un gran cúmulo de documentaciones y armas de fuego fueron algunos de los elementos encontrados por el MP en las viviendas de los imputados, que más tarde sirvieron como prueba ante los tribunales para inculparlos en el caso.

Los imputados en la Operación Coral fueron Adán Cáceres Silvestre, exjefe de escolta del expresidente de la República Danilo Medina; la pastora, Rossy Guzmán Sánchez; el teniente coronel de la Policía, Rafael Núñez de Aza; el cabo de la Policía e hijo de la pastora Tanner Antonio Flete Guzmán; el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez y  el sargento Alejandro José Montero Cruz.

El MP acusó a estos seis de asociación de malhechores, estafa contra el Estado dominicano, coalición de funcionarios, falsificación de documentos públicos, lavado de activos, entre otros delitos.

Desde que sucedieron los allanamientos, los imputados fueron llevados al Centro de Atención y Privación de Libertad Ciudad Nueva, que está bajo custodia del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria.

Contra los implicados, los fiscales del órgano persecutor pidieron a la jueza Kenya Romero 18 meses de prisión preventiva a cumplirse en las cárceles Najayo Hombres y Najayo Mujeres, a excepción de Girón, contra quien piden prisión domiciliaria, y declarar el caso complejo dada la profundidad de la investigación.

Con relación a Girón el pedimento fue variado ya que en principio se había solicitado prisión en Najayo pero producto de sus declaraciones el Ministerio Público estimó conveniente la prisión domiciliaria, en una casa secreta que solo conocerían el tribunal y la Procuraduría.

Las audiencias para el conocimiento de la medida de coerción de los integrantes del supuesto entramado militar, policial, societario y religioso se extendieron por varios días, tres en total, luego de numerosas objeciones, aplazamientos, una recusación y “discursos” de defensa de los imputados.

Este lunes la magistrada Romero tuvo la decisión final en el caso que ha “mantenido en vela” desde el 24 de abril al país.

Entre los principales acusados en el caso figuran el mayor general Cáceres Silvestre y el teniente coronel de la Policía Nacional, Rafael Núñez de Aza, quienes según la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) colocaron activos en la banca nacional creando certificados financieros en pesos dominicanos y en dólares estadounidenses, que servían de soporte para tomar préstamos pagados en “tiempo récord” sin siquiera haber tocado los valores de los certificados.

Los fiscales en el caso indicaron que se produjo “una unión simbiótica” entre el coronel Núñez de Aza y el general Adán Cáceres, los cuales llevaron a cabo una “estrategia de colocación de millones de pesos” para lavar activos provenientes de los delitos de corrupción.

Según los fiscales, los imputados no “tenían cómo explicar la fortuna que habían generado como resultado del desfalco”, por lo que involucraron a otros acusados de la red criminal: a la pastora evangélica Rossy Guzmán y al cabo de la Policía Tanner Flete.

De acuerdo con la Pepca, se emitían cheques desde la cuenta bancaria de Núñez De Aza a nombre de la pastora y del cabo con la finalidad de “colocar activos del crimen”.

Asimismo, la solicitud de medida de coerción señala que el cabo de la Policía Nacional, Eric Daniel Pereyra Núñez, “colaboraba constantemente en la movilización de fondos” bajo la orden del teniente coronel Núñez De Aza.

El órgano señaló en la audiencia que el supuesto entramado societario no creó, extrañamente, ninguna alerta dentro del sistema financiero nacional a pesar de todo el dinero que movieron durante ocho años.

Según el MP, las cifras devengadas de las actividades ilícitas ascienden a los RD$3,000 millones.

Durante la audiencia, los fiscales indicaron que sólo el coronel Núñez de Aza manejó en una cuenta bancaria corriente la suma de 177 millones de pesos.

De acuerdo con la magistrada Berenice Reynoso, el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur) funcionaba como una “caja chica”, mientras que el Cuerpo Especializado de Seguridad Presidencial (Cusep) fungía como el Banco Central en la Operación Coral.

En la solicitud de medida de coerción en contra de los imputados, la Pepca advierte que las empresas Único Real State e Inversiones SRL y la Asociación Campesina Madre Tierra recibían fondos de instituciones castrenses por concepto de “compras de huevos”, “compras de ganado”, y otros depósitos “sin concepto” para los que utilizaban a subalternos.

Esta última, a nombre de la pastora Rossy Guzmán, es señalada por el Ministerio Público como uno de los “centros de operaciones” para el enriquecimiento ilícito del entramado.

El proceso era el siguiente: las empresas recibían cientos de millones de pesos gracias a los depósitos en efectivo de militares subalternos, los cuales luego eran invertidos en compras de propiedades y vehículos de motor a favor de los imputados.

Según el MP, el entramado también cobraba cuotas a militares y policías para mantenerlos al frente de terminados puestos en el Cusep y en el Cestur, cuyos salarios rondaban entre los 20 mil y los 70 mil pesos.

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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