Santo Domingo, RD.-La decisión en torno a la solicitud de medida de coerción en contra de los imputados en la Operación Coral fue fallado este lunes por la jueza Kenya Romero, quien los envió a cumplir cárcel preventiva en Najayo.Nacionales
Dieciocho 18 meses para imputados en Operación Coral en Najayo dictamina tribunal que conoció solicitud de medida de coerción.
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-La decisión en torno a la solicitud de medida de coerción en contra de los imputados en la Operación Coral fue fallado este lunes por la jueza Kenya Romero, quien los envió a cumplir cárcel preventiva en Najayo.La magistrada decidió prisión por 18 meses contra todos los implicados en el caso.
Adán Cáceres Silvestre, exjefe de escolta del expresidente de la República Danilo Medina; el teniente coronel de la Policía, Rafael Núñez de Aza; el cabo de la Policía e hijo de la pastora, Tanner Antonio Flete Guzmán y el sargento Alejandro José Montero Cruz la cumplirán en el centro Najayo hombres, en San Cristóbal.
En el caso de la pastora Rossy Guzmán Sánchez, le fueron impuestos 18 meses de prisión en el penal Najayo mujeres.
Sobre el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez, fue enviado a prisión domiciliaria con información confidencial del lugar. La jueza entiende pertinente la solicitud del Ministerio Público y aprobó la confidencialidad de su prisión domiciliaria.
La jueza valoró que existe pluralidad de personas identificadas y de conductas con tipos penales para declarar el caso complejo, como lo había pedido el Ministerio Público.
27 allanamientos en el Distrito Nacional, el Gran Santo Domingo, San Pedro de Macorís, Monte Plata y Samaná pusieron en marcha el pasado 24 de abril a la Operación Coral, la acción contra la corrupción administrativa más recientes del Ministerio Público.
Bienes muebles e inmuebles millonarios, un gran cúmulo de documentaciones y armas de fuego fueron algunos de los elementos encontrados por el MP en las viviendas de los imputados, que más tarde sirvieron como prueba ante los tribunales para inculparlos en el caso.
Los imputados en la Operación Coral fueron Adán Cáceres Silvestre, exjefe de escolta del expresidente de la República Danilo Medina; la pastora, Rossy Guzmán Sánchez; el teniente coronel de la Policía, Rafael Núñez de Aza; el cabo de la Policía e hijo de la pastora Tanner Antonio Flete Guzmán; el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez y el sargento Alejandro José Montero Cruz.
El MP acusó a estos seis de asociación de malhechores, estafa contra el Estado dominicano, coalición de funcionarios, falsificación de documentos públicos, lavado de activos, entre otros delitos.
Desde que sucedieron los allanamientos, los imputados fueron llevados al Centro de Atención y Privación de Libertad Ciudad Nueva, que está bajo custodia del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria.
Contra los implicados, los fiscales del órgano persecutor pidieron a la jueza Kenya Romero 18 meses de prisión preventiva a cumplirse en las cárceles Najayo Hombres y Najayo Mujeres, a excepción de Girón, contra quien piden prisión domiciliaria, y declarar el caso complejo dada la profundidad de la investigación.
Con relación a Girón el pedimento fue variado ya que en principio se había solicitado prisión en Najayo pero producto de sus declaraciones el Ministerio Público estimó conveniente la prisión domiciliaria, en una casa secreta que solo conocerían el tribunal y la Procuraduría.
Las audiencias para el conocimiento de la medida de coerción de los integrantes del supuesto entramado militar, policial, societario y religioso se extendieron por varios días, tres en total, luego de numerosas objeciones, aplazamientos, una recusación y “discursos” de defensa de los imputados.
Este lunes la magistrada Romero tuvo la decisión final en el caso que ha “mantenido en vela” desde el 24 de abril al país.
Entre los principales acusados en el caso figuran el mayor general Cáceres Silvestre y el teniente coronel de la Policía Nacional, Rafael Núñez de Aza, quienes según la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) colocaron activos en la banca nacional creando certificados financieros en pesos dominicanos y en dólares estadounidenses, que servían de soporte para tomar préstamos pagados en “tiempo récord” sin siquiera haber tocado los valores de los certificados.
Los fiscales en el caso indicaron que se produjo “una unión simbiótica” entre el coronel Núñez de Aza y el general Adán Cáceres, los cuales llevaron a cabo una “estrategia de colocación de millones de pesos” para lavar activos provenientes de los delitos de corrupción.
Según los fiscales, los imputados no “tenían cómo explicar la fortuna que habían generado como resultado del desfalco”, por lo que involucraron a otros acusados de la red criminal: a la pastora evangélica Rossy Guzmán y al cabo de la Policía Tanner Flete.
De acuerdo con la Pepca, se emitían cheques desde la cuenta bancaria de Núñez De Aza a nombre de la pastora y del cabo con la finalidad de “colocar activos del crimen”.
Asimismo, la solicitud de medida de coerción señala que el cabo de la Policía Nacional, Eric Daniel Pereyra Núñez, “colaboraba constantemente en la movilización de fondos” bajo la orden del teniente coronel Núñez De Aza.
El órgano señaló en la audiencia que el supuesto entramado societario no creó, extrañamente, ninguna alerta dentro del sistema financiero nacional a pesar de todo el dinero que movieron durante ocho años.
Según el MP, las cifras devengadas de las actividades ilícitas ascienden a los RD$3,000 millones.
Durante la audiencia, los fiscales indicaron que sólo el coronel Núñez de Aza manejó en una cuenta bancaria corriente la suma de 177 millones de pesos.
De acuerdo con la magistrada Berenice Reynoso, el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur) funcionaba como una “caja chica”, mientras que el Cuerpo Especializado de Seguridad Presidencial (Cusep) fungía como el Banco Central en la Operación Coral.
En la solicitud de medida de coerción en contra de los imputados, la Pepca advierte que las empresas Único Real State e Inversiones SRL y la Asociación Campesina Madre Tierra recibían fondos de instituciones castrenses por concepto de “compras de huevos”, “compras de ganado”, y otros depósitos “sin concepto” para los que utilizaban a subalternos.
Esta última, a nombre de la pastora Rossy Guzmán, es señalada por el Ministerio Público como uno de los “centros de operaciones” para el enriquecimiento ilícito del entramado.
El proceso era el siguiente: las empresas recibían cientos de millones de pesos gracias a los depósitos en efectivo de militares subalternos, los cuales luego eran invertidos en compras de propiedades y vehículos de motor a favor de los imputados.
Según el MP, el entramado también cobraba cuotas a militares y policías para mantenerlos al frente de terminados puestos en el Cusep y en el Cestur, cuyos salarios rondaban entre los 20 mil y los 70 mil pesos.
Nacionales
Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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2 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
Nacionales
Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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2 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
Nacionales
Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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2 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
