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Solicitan juez especial en caso de diputados involucrados en Operación Falcón.

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Santo Domingo, RD.-Yeni Berenice Reynoso, procuradora adjunta, solicitud formalmente este miércoles a la Suprema Corte de Justicia la designación de un juez de instrucción especial para conocer de las imputaciones contra los diputados Nelson Rafael Marmolejos Gil, Héctor Darío Féliz Féliz y Faustina Guerrero Cabrera, implicados en la red de lavado de activos del narcotráfico desmantelada con la Operación Falcón.

La procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso, titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, presentó la solicitud al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, mediante una instancia depositada en la secretaría del órgano judicial.

Marmolejos Gil, de Santiago; Féliz Féliz, de Pedernales, y Guerrero Cabrera, de El Seibo, figuran entre los involucrados en la amplia red a la que el Ministerio Público ocupó bienes millonarios adquiridos con dinero del narcotráfico.

Faustina Guerrero Cabrera es la esposa del suspendido director de Comunidad Digna Juan Maldonado, quien está en prisión por el mismo caso a espera de que se le conozca medida de coerción. 

Los tres son diputados escogidos en las elecciones del año 2020 y, por lo tanto, tienen privilegio de jurisdicción, en virtud del Artículo 154 de la Constitución de República Dominicana.

Dicho artículo señala, en su literal 1, que corresponde exclusivamente a la Suprema Corte de Justicia conocer en única instancia de las causas penales seguidas a senadores y diputados”, recuerda la directora general de Persecución del Ministerio Público en su instancia.

Reynoso explica en un comunicado de prensa que el Ministerio Público tiene abierta una investigación en contra de los tres diputados, a quienes imputa, en forma provisional, de asociación de malhechores, narcotráfico, lavado de activos provenientes del narcotráfico y tenencia ilegal de armas de fuego.

Dichos delitos son tipificados en los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, así como por los artículos 4, 58, 60, 75, 85, 99, 100 y 101 de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas.

También, por los artículos 3, 4, 8 y 12 de la Ley 155-17, sobre Lavados de Activos; los artículos 3, 4, 8, 18, 21 y 26 de la Ley 172-02, sobre Lavado de Activos Provenientes del Narcotráfico, en relación con los hechos con anterioridad al año 2017. A los legisladores se les imputa además la violación a los artículos 66, 67 y 68  de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, en perjuicio del Estado dominicano.

Hasta el momento, por la Operación Falcón están bajo arresto María Olimpia Tavares Rodríguez (Oli y/o La Princesa), Juan Maldonado Castro (Marcial y/o El Líder), Víctor Elpidio Altagracia Paulino Herrera (El Gordo), Luis Daniel Nieves Batista, Adolfo Antonio Torres Sanabia (Tony y/o Presidente), Juan Bautista Carpio Reynoso y el domínico-venezolano Julio César Jiménez Talavera.

También, José Alejandro de la Cruz Morales Omar (La Moña), Raúl Antonio Castro Mota, Yana Iris Maldonado Castro, Angélica María Maldonado Peralta, Lenin Bladimir Torres Bueno, Marisol López Ceballos, Delfina Asunción Polanco, Ana Margarita Collado Marte, Erich Fernando Meléndez Gómez, José Miguel Castillo Taveras (Migue), Elva Teresa Polanco, Juan Carlos Durán Rodríguez, Javier Antonio Tavares Rodríguez, Felipe Espino Germán, Enerio Rafael Sandoval Valdez, Andrés Guzmán Collado y Amadeo Garibaldy Read Ruiz.

El Ministerio Público y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) persiguen, con el apoyo de todos los órganos de seguridad del Estado, a Erick Randhiel Mosquea Polanco y a otros implicados en la red de narcotráfico y lavado de activos desarticulada con la Operación Falcón.

Además de Erick Randhiel Mosquea Polanco, conocido como Rodolfo Beltrán, El Sony 7, El Chiquito, El Hombre y/o Chite, se encuentran prófugos sus hermanos Harington José Mosquea Núñez y Claritza Andreina Mosquea Eduardo.

Las autoridades también persiguen a Alberto De Jesús Polanco (El Prieto y/o Many), socio y testaferro del narcotraficante, como parte de la Operación Falcón, una amplia investigación contra el lavado de activos en la que República Dominicana cuenta con la cooperación de autoridades internacionales.

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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