Conecta con nosotros

Nacionales

Catorce contratos ganaron empresas de senador del PRM.

Published

on

Santo Domingo, RD.-Varias empresas del senador del PRM, Alexis Victoria Yeb, resultaron ganadoras de 14 contratos por un valor superior a 1,720,375.08 luego de juramentarse como legislador del partido oficial.

La información la ofreció la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), la cual agregó este martes que las empresas Dronena, S.A. y Victoria Yeb S.A., del senador por la provincia María Trinidad Sánchez, Victoria Yeb, resultaron beneficiadas con 14 contratos por un valor multimillonario luego de su toma de posesión como legislador de la República.

Mediante un comunicado la institución precisó que profundizará en las adjudicaciones realizadas a favor de la razón social Cristalia Dominicana, S.R.L., de la que el senador fue accionista y representante hasta mayo de 2020, la cual desde el 16 de agosto de 2020 a la fecha ha sido beneficiaria de un total 118 adjudicaciones a través de Portal Transaccional, 22 unidades de compras diferentes, por un valor total adjudicado de RD$ 472,877,736.60.

El documento también señala que como consecuencia de sus esfuerzos, ha examinado el caso del senador Alexis Victoria Yeb quien figura inscrito como persona física y como accionista de las razones sociales Victoria Yeb S.A., Farmacia Santa Cruz, S.R.L. y Grupo Farmacéutico Ama, E.I.R.L.

“A la fecha actual y tras el análisis de la composición accionaria de cada una de estas empresas, a la luz del cargo político del senador, se ha determinado que las mismas no pueden contratar ni ser proveedores del Estado y se ha procedido a la suspensión de sus registros”, indicaron.

El senador ha asegurado que ninguna de sus empresas había sido beneficiada con contrados del Estado luego de ser senador y llegó a afirmar que si esto se demostraba renunciaría del cargo que desempeña.

La nota indica que en vista de las debilidades para regular la participación de personas jurídicas, en cuya composición accionaria se encuentren incluidos funcionarios de alta jerarquía, el anteproyecto de ley general de Contrataciones Públicas, presentado a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, se propone hacer una distinción entre inhabilidades absolutas y relativas.

“Dentro de las inhabilidades absolutas, es decir, personas que no podrán contratar con ninguna institución del Estado, se encuentran todos los funcionarios de primer y segundo grado de jerarquía de las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de dicha norma, así como las personas jurídicas dentro de cuáles dichos servidores tengan participación social, sin importar el porcentaje de participación. Por igual, tendrán inhabilidad absoluta para contratar con el Estado los parientes del Presidente y el Vicepresidente de la República sean por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, así como las personas jurídicas en las cuáles tengan participación social”, explicó el órgano rector en un comunicado de prensa remitido a los medios.

Informe

La entidad informó que hoy remitió al senador un informe de las adjudicaciones ganadas por sus empresas basado en las informaciones disponibles en los registros de proveedores del Estado, base de datos del Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones, (SECCP), e información en registros de público acceso como la Cámara de Comercio y Producción.

El informe fue emitido a solicitud del congresista y se le remitió una copia al presidente del Senado, Eduardo Estrella.

Comunicado completo

Contrataciones Públicas remite informe a solicitud del senador Alexis Victoria Yeb

SANTO DOMINGO. -La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) remitió este martes al senador por la provincia María Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb, un informe de las adjudicaciones ganadas por sus empresas, sustentado en las informaciones que reposan en los registros de proveedores del Estado, base de datos del Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones, (SECCP), e información en registros de público acceso como la Cámara de Comercio y Producción.

El referido informe, cuya copia también fue remitida al presidente del Senado, Eduardo Estrella, fue emitido a solicitud del congresista, quien durante la sesión legislativa del pasado 2 de noviembre requirió públicamente a la DGCP una certificación que hiciera constar el comportamiento de sus empresas en el SECCP, conocido comúnmente como Portal Transaccional, tras su juramentación como senador, el pasado 16 de agosto de 2020.

En una nota de prensa, el órgano rector recordó que el acceso a la información relativa a las compras y contrataciones es abierto y público para todas las personas, tal y como lo consagra el principio de transparencia y publicidad, previsto en el numeral 3 del artículo 3 de la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.

De igual modo, la institución explicó que la inhabilitación de un proveedor por estar en el régimen de inhabilidades es una situación sujeta al cambio constante y sin aviso, ya que sobreviene a la persona, sea física o jurídica, tras un cambio en su estatus ocupacional o político, como es el caso del senador Victoria Yeb, quien, por encontrarse en el Régimen de Prohibiciones, previsto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones no puede suplirle al Estado.

En ese orden, la DGCP recordó que a consecuencia del cambio de gestión gubernamental y dando cumplimiento a su rol de revisión y verificación del Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitió la circular Núm. DGCP-07-2020 para que aquellos funcionarios que se encontraran en tal situación solicitaran de manera voluntaria la suspensión de su registro en un plazo de 30 días calendarios y producto de la cual se suspendieron 131 personas físicas y jurídicas, tanto de oficio como a solicitud de parte.

Como consecuencia de estos esfuerzos, ha sido examinado el caso del senador Alexis Victoria Yeb, quien figura inscrito como persona física y como accionista de las razones sociales Victoria Yeb S.A., Farmacia Santa Cruz, S.R.L. y Grupo Farmacéutico Ama, E.I.R.L. A la fecha actual y tras el análisis de la composición accionaria de cada una de estas empresas, a la luz del cargo político del senador, se ha determinado que las mismas no pueden contratar ni ser proveedores del Estado y se ha procedido a la suspensión de sus registros.

Adicionalmente y sin perjuicio de lo anterior, fueron identificadas otras sociedades comerciales como Cristalia Dominicana S.R.L., JD Guerrero, S.R.L. y Dronena S.A., siendo esta última suspendida también por haberse constatado la vinculación de la misma con el señor Alexis Victoria Yeb, al tener este el 100% de las acciones de la empresa ACE Capital Investors, Inc., quien a su vez es la accionista mayoritaria de Dronena, S.A. con un 99.98% de capital social.

Cabe destacar que las empresas Dronena, S.A. y Victoria Yeb S.A. resultaron beneficiadas con 14 contratos por un valor total de RD$ 1,720,375.08, luego de su toma de posesión como senador de la República.

La institución también explicó que profundizará en las adjudicaciones realizadas en favor de la razón social Cristalia Dominicana, S.R.L., de la que el senador fue accionista y representante hasta mayo de 2020, la cual desde el 16 de agosto de 2020 a la fecha ha sido beneficiaria de un total de ciento dieciocho (118) adjudicaciones, a través de Portal Transaccional en veintidós (22) unidades de compras diferentes, por un valor total adjudicado de RD$ 472,877,736.60.

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) manifestó que, en vista de las debilidades para regular la participación de personas jurídicas, en cuya composición accionaria se encuentren incluidos funcionarios de alta jerarquía, el anteproyecto de Ley General de Contrataciones Públicas, presentado a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, se propone hacer una distinción entre inhabilidades absolutas y relativas.

“Dentro de las inhabilidades absolutas, es decir, personas que no podrán contratar con ninguna institución del Estado, se encuentran todos los funcionarios de primer y segundo grado de jerarquía de las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de dicha norma, así como las personas jurídicas dentro de cuáles dichos servidores tengan participación social, sin importar el porcentaje de participación. Por igual, tendrán inhabilidad absoluta para contratar con el Estado los parientes del Presidente y el Vicepresidente de la República sean por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, así como las personas jurídicas en las cuáles tengan participación social”, explicó el órgano rector en un comunicado de prensa remitido a los medios.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

Continue Reading

Nacionales

Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

Continue Reading

Nacionales

Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group