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Catorce contratos ganaron empresas de senador del PRM.

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Santo Domingo, RD.-Varias empresas del senador del PRM, Alexis Victoria Yeb, resultaron ganadoras de 14 contratos por un valor superior a 1,720,375.08 luego de juramentarse como legislador del partido oficial.

La información la ofreció la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), la cual agregó este martes que las empresas Dronena, S.A. y Victoria Yeb S.A., del senador por la provincia María Trinidad Sánchez, Victoria Yeb, resultaron beneficiadas con 14 contratos por un valor multimillonario luego de su toma de posesión como legislador de la República.

Mediante un comunicado la institución precisó que profundizará en las adjudicaciones realizadas a favor de la razón social Cristalia Dominicana, S.R.L., de la que el senador fue accionista y representante hasta mayo de 2020, la cual desde el 16 de agosto de 2020 a la fecha ha sido beneficiaria de un total 118 adjudicaciones a través de Portal Transaccional, 22 unidades de compras diferentes, por un valor total adjudicado de RD$ 472,877,736.60.

El documento también señala que como consecuencia de sus esfuerzos, ha examinado el caso del senador Alexis Victoria Yeb quien figura inscrito como persona física y como accionista de las razones sociales Victoria Yeb S.A., Farmacia Santa Cruz, S.R.L. y Grupo Farmacéutico Ama, E.I.R.L.

“A la fecha actual y tras el análisis de la composición accionaria de cada una de estas empresas, a la luz del cargo político del senador, se ha determinado que las mismas no pueden contratar ni ser proveedores del Estado y se ha procedido a la suspensión de sus registros”, indicaron.

El senador ha asegurado que ninguna de sus empresas había sido beneficiada con contrados del Estado luego de ser senador y llegó a afirmar que si esto se demostraba renunciaría del cargo que desempeña.

La nota indica que en vista de las debilidades para regular la participación de personas jurídicas, en cuya composición accionaria se encuentren incluidos funcionarios de alta jerarquía, el anteproyecto de ley general de Contrataciones Públicas, presentado a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, se propone hacer una distinción entre inhabilidades absolutas y relativas.

“Dentro de las inhabilidades absolutas, es decir, personas que no podrán contratar con ninguna institución del Estado, se encuentran todos los funcionarios de primer y segundo grado de jerarquía de las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de dicha norma, así como las personas jurídicas dentro de cuáles dichos servidores tengan participación social, sin importar el porcentaje de participación. Por igual, tendrán inhabilidad absoluta para contratar con el Estado los parientes del Presidente y el Vicepresidente de la República sean por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, así como las personas jurídicas en las cuáles tengan participación social”, explicó el órgano rector en un comunicado de prensa remitido a los medios.

Informe

La entidad informó que hoy remitió al senador un informe de las adjudicaciones ganadas por sus empresas basado en las informaciones disponibles en los registros de proveedores del Estado, base de datos del Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones, (SECCP), e información en registros de público acceso como la Cámara de Comercio y Producción.

El informe fue emitido a solicitud del congresista y se le remitió una copia al presidente del Senado, Eduardo Estrella.

Comunicado completo

Contrataciones Públicas remite informe a solicitud del senador Alexis Victoria Yeb

SANTO DOMINGO. -La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) remitió este martes al senador por la provincia María Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb, un informe de las adjudicaciones ganadas por sus empresas, sustentado en las informaciones que reposan en los registros de proveedores del Estado, base de datos del Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones, (SECCP), e información en registros de público acceso como la Cámara de Comercio y Producción.

El referido informe, cuya copia también fue remitida al presidente del Senado, Eduardo Estrella, fue emitido a solicitud del congresista, quien durante la sesión legislativa del pasado 2 de noviembre requirió públicamente a la DGCP una certificación que hiciera constar el comportamiento de sus empresas en el SECCP, conocido comúnmente como Portal Transaccional, tras su juramentación como senador, el pasado 16 de agosto de 2020.

En una nota de prensa, el órgano rector recordó que el acceso a la información relativa a las compras y contrataciones es abierto y público para todas las personas, tal y como lo consagra el principio de transparencia y publicidad, previsto en el numeral 3 del artículo 3 de la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.

De igual modo, la institución explicó que la inhabilitación de un proveedor por estar en el régimen de inhabilidades es una situación sujeta al cambio constante y sin aviso, ya que sobreviene a la persona, sea física o jurídica, tras un cambio en su estatus ocupacional o político, como es el caso del senador Victoria Yeb, quien, por encontrarse en el Régimen de Prohibiciones, previsto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones no puede suplirle al Estado.

En ese orden, la DGCP recordó que a consecuencia del cambio de gestión gubernamental y dando cumplimiento a su rol de revisión y verificación del Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitió la circular Núm. DGCP-07-2020 para que aquellos funcionarios que se encontraran en tal situación solicitaran de manera voluntaria la suspensión de su registro en un plazo de 30 días calendarios y producto de la cual se suspendieron 131 personas físicas y jurídicas, tanto de oficio como a solicitud de parte.

Como consecuencia de estos esfuerzos, ha sido examinado el caso del senador Alexis Victoria Yeb, quien figura inscrito como persona física y como accionista de las razones sociales Victoria Yeb S.A., Farmacia Santa Cruz, S.R.L. y Grupo Farmacéutico Ama, E.I.R.L. A la fecha actual y tras el análisis de la composición accionaria de cada una de estas empresas, a la luz del cargo político del senador, se ha determinado que las mismas no pueden contratar ni ser proveedores del Estado y se ha procedido a la suspensión de sus registros.

Adicionalmente y sin perjuicio de lo anterior, fueron identificadas otras sociedades comerciales como Cristalia Dominicana S.R.L., JD Guerrero, S.R.L. y Dronena S.A., siendo esta última suspendida también por haberse constatado la vinculación de la misma con el señor Alexis Victoria Yeb, al tener este el 100% de las acciones de la empresa ACE Capital Investors, Inc., quien a su vez es la accionista mayoritaria de Dronena, S.A. con un 99.98% de capital social.

Cabe destacar que las empresas Dronena, S.A. y Victoria Yeb S.A. resultaron beneficiadas con 14 contratos por un valor total de RD$ 1,720,375.08, luego de su toma de posesión como senador de la República.

La institución también explicó que profundizará en las adjudicaciones realizadas en favor de la razón social Cristalia Dominicana, S.R.L., de la que el senador fue accionista y representante hasta mayo de 2020, la cual desde el 16 de agosto de 2020 a la fecha ha sido beneficiaria de un total de ciento dieciocho (118) adjudicaciones, a través de Portal Transaccional en veintidós (22) unidades de compras diferentes, por un valor total adjudicado de RD$ 472,877,736.60.

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) manifestó que, en vista de las debilidades para regular la participación de personas jurídicas, en cuya composición accionaria se encuentren incluidos funcionarios de alta jerarquía, el anteproyecto de Ley General de Contrataciones Públicas, presentado a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, se propone hacer una distinción entre inhabilidades absolutas y relativas.

“Dentro de las inhabilidades absolutas, es decir, personas que no podrán contratar con ninguna institución del Estado, se encuentran todos los funcionarios de primer y segundo grado de jerarquía de las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de dicha norma, así como las personas jurídicas dentro de cuáles dichos servidores tengan participación social, sin importar el porcentaje de participación. Por igual, tendrán inhabilidad absoluta para contratar con el Estado los parientes del Presidente y el Vicepresidente de la República sean por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, así como las personas jurídicas en las cuáles tengan participación social”, explicó el órgano rector en un comunicado de prensa remitido a los medios.

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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