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Supuestos bandoleros usurpaban roles de oficiales federales de Estados Unidos.

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Santo Domingo, RD.-Usurpaban funciones de organismos de seguridad de los Estados Unidos los imputados en el caso Discovery, cuya banda operaba a través de una serie de call centers en la ciudad de Santiago y la cual fue desmantelada por el Ministerio Público.
Los alegados delincuentes usaban la tecnología y se prestaban para ser agentes operado­res que contactan a las víc­timas estafándolas y ex­torsionándolas conforme a un guion previamente establecido por el propie­tario o administrador del mismo.

El uso de la tecnología ha sido su principal he­rramienta, toda vez, que utilizan sistemas de redi­reccionamiento para lla­madas simuladas para la comisión del ilícito.

Enriqueciéndose por más de cien millones de dólares, relacionados a los hechos punibles de estafa internacional, extorsión, usurpación de funciones, porte ilegal de armas, aso­ciación de malhechores y lavado de activos.

Su modus operandi era a través de llamadas uti­lizando diversos subter­fugios, como “extorsión”, intimidación, envío de medicamentos utilizan­do “delivery”, usurpación de funciones de oficiales de los Estados Unidos de América como agentes del FBI, robo de identidad en­tre otros para obligar a los estafados a enviar dinero.

Los acusados realiza­ban estafas internaciona­les desde la República Do­minicana en perjuicio de personas residentes en los Estados Unidos de Nor­teamérica para posterior­mente transferir los capi­tales ilícitos obtenidos y blanquearlos.

Además, utilizaban co­mo medio para el movi­miento de estos capitales, las criptomonedas como el bitcoin, las transferencias espejos, depósitos a tra­vés de remesadoras, como Caribe Express, Western Union, entre otras. Estos movimientos económicos se realizaban a favor de be­neficiarios y terceras perso­nas.

Inversiones del grupo
Colocaron millonarios fon­dos en efectivo que reci­bían de sus operaciones ilícitas, como la estafa in­ternacional y el tráfico de armas, a través de empre­sas dedicadas a los servicios de telecomunicaciones, te­le servicios, tele atención, inmobiliarias, empresas de elaboración y venta de puertas, ventanas y renta de vehículos.

También de servicios de transporte de personas, in­termediario de ventas de vehículos, servicios de trac­king vía GPA, servicios de chofer personalizado, a tra­vés de la producción de mú­sica y video del género ur­bano, dealers, vehículos de lujo, fincas, prendas coto­sas (relojes, cadenas), entre otros.

Otra de las característi­cas de esta organización cri­minal es la tenencia y co­mercialización de armas de fuego de forma ilegal, su afiliación a la organización criminal internacional de­nominada “Los Trinitarios”.

La mayoría de los inte­grantes de esa organización han sido deportados de los Estados Unidos de Améri­ca, otros tienen anteceden­tes penales en el país, así co­mo su vinculación constante a individuos que se dedican a la venta de drogas en la ciu­dad de Santiago de los Caba­lleros donde tenían su centro de mando y operación.

Portaban armas de fue­go de alto calibre, muchas de ellas solo permitidas pa­ra uso de policías y militares como es el caso de las suba­metralladoras Uzi.

Invirtieron dinero ilíci­to en nuevos delitos para asegurar la impunidad de los mismos, para lo cual se compran conciencias, leal­tades e impunidad.

La red criminal utilizaba diversas maneras para esta­far a sus víctimas, utilizan­do habilidades de ingenie­ría social.

Según plantea el Minis­terio Público en su solicitud de medidas de coerción, la red infundía terror en sus víctimas luego de obtener datos personales de ellos para que estos les deposita­ran dinero.

De manera resumida el Ministerio Público plantea que los miembros de la des­mantelada red “infundían terror a personas diciéndo­les que podían secuestrar­los a ellos y su familia. Es­to les garantizaba que las víctimas pudieran deposi­tar altas sumas de dinero en dólares, logrando así el re­sultado del crimen”.

Ya de manera más especí­fica, el ente de justicia detalla que la red utilizaba diversas maneras en que los estafado­res adulteraban, en primer lugar, su identificación.

Sobre esto, explica en el expediente que utiliza­ban proveedores especiali­zados en servicios de “caller ID spoofing”, basados en in­ternet.

Tras esto, el atacante, quien buscaba disfrazar su número, iniciaba sesión en el sitio web del proveedor de servicios de spoofing y proporcionaba la informa­ción de pago.

“Una vez dentro del sitio, provee su propio número -generalmente pertenecien­te a una tarjeta prepaga ad­quirida sólo con propósitos maliciosos-, el número de la víctima, y la identificación falsa a ser mostrada a esta última”, explica.

El paso siguiente consis­tía en que el proveedor lla­ma al atacante al número suministrado, luego llama a la víctima y acto siguien­te unen ambas comunica­ciones junto con la informa­ción legítima.

Habiendo concretado to­dos estos pasos, el destina­tario de la estafa ve la iden­tificación falsa, contesta la línea y es comunicado di­rectamente con el atacante, quien procede con su mo­dus operandi para conseguir grandes sumas de dinero.

Aplazan coerción
La jueza de la Oficina de Atención Permanente de Santiago, Yibeti Polan­co, aplazó para el lunes 14 de este mes el cono­cimiento de medida de coerción contra los im­plicados la Operación Discovery.

La magistrada tomó la decisión tras la solicitud realizada por los abo­gados de los acusados, quienes pidieron el ex­pediente de manera físi­ca y no digital.

Operación Discovery se dio a conocer la sema­na pasada, tras el des­mantelamiento de una presunta red acusada de estafar a cientos de ciu­dadanos en Estados Uni­dos de diversas formas, incluyendo la extorsión sexual, económica y el robo de identidad.

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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