Santo Domingo, RD.-Usurpaban funciones de organismos de seguridad de los Estados Unidos los imputados en el caso Discovery, cuya banda operaba a través de una serie de call centers en la ciudad de Santiago y la cual fue desmantelada por el Ministerio Público.Nacionales
Supuestos bandoleros usurpaban roles de oficiales federales de Estados Unidos.
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-Usurpaban funciones de organismos de seguridad de los Estados Unidos los imputados en el caso Discovery, cuya banda operaba a través de una serie de call centers en la ciudad de Santiago y la cual fue desmantelada por el Ministerio Público.El uso de la tecnología ha sido su principal herramienta, toda vez, que utilizan sistemas de redireccionamiento para llamadas simuladas para la comisión del ilícito.
Enriqueciéndose por más de cien millones de dólares, relacionados a los hechos punibles de estafa internacional, extorsión, usurpación de funciones, porte ilegal de armas, asociación de malhechores y lavado de activos.
Su modus operandi era a través de llamadas utilizando diversos subterfugios, como “extorsión”, intimidación, envío de medicamentos utilizando “delivery”, usurpación de funciones de oficiales de los Estados Unidos de América como agentes del FBI, robo de identidad entre otros para obligar a los estafados a enviar dinero.
Los acusados realizaban estafas internacionales desde la República Dominicana en perjuicio de personas residentes en los Estados Unidos de Norteamérica para posteriormente transferir los capitales ilícitos obtenidos y blanquearlos.
Además, utilizaban como medio para el movimiento de estos capitales, las criptomonedas como el bitcoin, las transferencias espejos, depósitos a través de remesadoras, como Caribe Express, Western Union, entre otras. Estos movimientos económicos se realizaban a favor de beneficiarios y terceras personas.
Inversiones del grupo
Colocaron millonarios fondos en efectivo que recibían de sus operaciones ilícitas, como la estafa internacional y el tráfico de armas, a través de empresas dedicadas a los servicios de telecomunicaciones, tele servicios, tele atención, inmobiliarias, empresas de elaboración y venta de puertas, ventanas y renta de vehículos.
También de servicios de transporte de personas, intermediario de ventas de vehículos, servicios de tracking vía GPA, servicios de chofer personalizado, a través de la producción de música y video del género urbano, dealers, vehículos de lujo, fincas, prendas cotosas (relojes, cadenas), entre otros.
Otra de las características de esta organización criminal es la tenencia y comercialización de armas de fuego de forma ilegal, su afiliación a la organización criminal internacional denominada “Los Trinitarios”.
La mayoría de los integrantes de esa organización han sido deportados de los Estados Unidos de América, otros tienen antecedentes penales en el país, así como su vinculación constante a individuos que se dedican a la venta de drogas en la ciudad de Santiago de los Caballeros donde tenían su centro de mando y operación.
Portaban armas de fuego de alto calibre, muchas de ellas solo permitidas para uso de policías y militares como es el caso de las subametralladoras Uzi.
Invirtieron dinero ilícito en nuevos delitos para asegurar la impunidad de los mismos, para lo cual se compran conciencias, lealtades e impunidad.
La red criminal utilizaba diversas maneras para estafar a sus víctimas, utilizando habilidades de ingeniería social.
Según plantea el Ministerio Público en su solicitud de medidas de coerción, la red infundía terror en sus víctimas luego de obtener datos personales de ellos para que estos les depositaran dinero.
De manera resumida el Ministerio Público plantea que los miembros de la desmantelada red “infundían terror a personas diciéndoles que podían secuestrarlos a ellos y su familia. Esto les garantizaba que las víctimas pudieran depositar altas sumas de dinero en dólares, logrando así el resultado del crimen”.
Ya de manera más específica, el ente de justicia detalla que la red utilizaba diversas maneras en que los estafadores adulteraban, en primer lugar, su identificación.
Sobre esto, explica en el expediente que utilizaban proveedores especializados en servicios de “caller ID spoofing”, basados en internet.
Tras esto, el atacante, quien buscaba disfrazar su número, iniciaba sesión en el sitio web del proveedor de servicios de spoofing y proporcionaba la información de pago.
“Una vez dentro del sitio, provee su propio número -generalmente perteneciente a una tarjeta prepaga adquirida sólo con propósitos maliciosos-, el número de la víctima, y la identificación falsa a ser mostrada a esta última”, explica.
El paso siguiente consistía en que el proveedor llama al atacante al número suministrado, luego llama a la víctima y acto siguiente unen ambas comunicaciones junto con la información legítima.
Habiendo concretado todos estos pasos, el destinatario de la estafa ve la identificación falsa, contesta la línea y es comunicado directamente con el atacante, quien procede con su modus operandi para conseguir grandes sumas de dinero.
Aplazan coerción
La jueza de la Oficina de Atención Permanente de Santiago, Yibeti Polanco, aplazó para el lunes 14 de este mes el conocimiento de medida de coerción contra los implicados la Operación Discovery.
La magistrada tomó la decisión tras la solicitud realizada por los abogados de los acusados, quienes pidieron el expediente de manera física y no digital.
Operación Discovery se dio a conocer la semana pasada, tras el desmantelamiento de una presunta red acusada de estafar a cientos de ciudadanos en Estados Unidos de diversas formas, incluyendo la extorsión sexual, económica y el robo de identidad.
Nacionales
Caso SeNaSa: juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación
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11 mins agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deiby Peguero, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
Nacionales
Apresan en Jamaica a prófugo por la muerte de conductor de camión de basura en Santiago
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16 mins agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue detenido en Jamaica Jhovanny de Jesús Metz Cruz, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Otro proceso judicial
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
Nacionales
TC rechaza amparo de Alexander Montilla contra embargo inmobiliario vinculado al caso Antipulpo
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26 mins agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible, por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El origen del conflicto
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
El levantamiento parcial de las medidas
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
Criterio del Tribunal Constitucional
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Acuerdo de oportunidad y condenas previas
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
