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Opinión

Develada en Colombia la conjura contra Iván Márquez y Jesús Santrich

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Abundan expedientes falsos fabricados por Uribe, Santos, Fiscalía, EE. UU-DEA-CIA y cúpula militar.

Por Narciso Isa Conde

«Por fin, los dos camaradas y amigos entrañables -luego de ser perversamente calificados y acusados de narco-terroristas- han quedado exculpados y justamente reivindicados mediante una investigación realizada por la Comisión de la Verdad.»

En el contexto de la nueva gestión gubernamental colombiana encabezada por Gustavo Petro y Francia Márquez, la Comisión de la Verdad de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) ha denunciado como falsos los expedientes construidos por el uribismo contra los comandantes de las FARC-EP, Iván Márquez y Jesús Santrich; ambos acusados de narco-terroristas después de firmada la paz; todo por asumir una actitud digna frente a la violación de lo acordado.

Es necesario denunciar de mi parte que por un expediente igualmente falaz, orden de captura y planes criminales, tengo 14 años que solo he podido viajar a Cuba y a Venezuela en vuelos directos y he tenido que enfrentar varias tramas en mi país.

Acusaciones parecidas pesan también contra destacados intelectuales y líderes sociales de Nuestra América y del mundo. Es el caso de Piedad Córdoba y de muchos/as otros/as luchadores/as colombianos/as, latino-caribeños y europeos.

· Las acusaciones en mi caso.

En mi caso la limitación de movimiento se debe a una “orden de captura por delitos de concierto para delinquir agravado, con fines de financiamiento del terrorismo y la administración de recursos relacionados con actividades terroristas y circular azul de INTERPOL”.

Esa acusación está contenida también en un documento titulado “Información de las FARC en República Dominicana/ Narciso Isa Conde), entregado por jefes militares colombianos a las más altas autoridades civiles y militares de mi país, en procura de mi extradición a Colombia; en ese informe militar los cargos, todos falsos y oportunamente desmentidos, son aún más grotescos que los que sustenta la referida circular de INTERPOL.

Entre otros quiero destacar textualmente las siguientes acusaciones:

· “Cabecilla de la Comisión internacional de FARC desde 1994”…”

· “Principal contacto con alias Iván Márquez para despliegue de Movimiento Continental desde Venezuela”… “

· Visita a campamentos de las FARC “para recibir entrenamiento terrorista y orientaciones criminales”…

· “Enlace en Centroamérica y vínculos con traficantes de armas”…

La solicitud de persecución a INTERPOL, la orden de captura y las medidas represivas contra mi familia se hicieron, pues, atribuyéndome una supuesta trayectoria terrorista, carente de la más mínima credibilidad; y paradójicamente la referida persecución fue promovida y asumida por los ex presidentes Uribe y Santos (culpables de graves crímenes de Estado) y por el Estado Imperialista más terrorista y mentiroso de la historia moderna: EEUU y su CIA.

· Penalización y Planes Criminales.

Tal penalización, gestada y potenciada en los Gobiernos de Uribe y de Santos, y apadrinada por la CIA -con planes de asesinatos incluidos- fue sostenida también por el Gobierno canalla de Iván Duque, responsable de numerosos asesinatos selectivos y expedientes falsos; los cuales han sido valientemente denunciados por la Comisión de la Verdad de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), creada a raíz del Acuerdo de Paz de la Habana, proceso al cual estuve relacionado como observador.

En mi caso, a la frustrada intención de extraditarme (dado que los gobiernos de turno rehusaron meterse en esa trampa, le siguieron dos tramas para asesinarme: una orquestada por el Embajador colombiano Chaux Mosquera, de pura cepa paramilitar, acompañado de su agregado militar, capitán Manuel Henríquez Morel; y la otra, por el general Montoya, quien sucedió a Mosquera al frente de esa Embajada, bien conocido por encabezar el genocidio en la Colonia 13 de Medellín ordenado por Uribe, donde fueron asesinadas más de 2,000 personas, todavía impune.

Toda la información correspondiente a mi situación previa a la llegada al país del general Montoya fue entregada al ex presidente Leonel Fernández el 18 de septiembre del 2008, quien si bien aceptó algunas de mis demandas para la preservación de mi vida, no ordenó investigar las conjuras, ni a sancionar a los involucrados. Ni procedió a negarle el “placet” al General Montoya, ni a solicitar su salida del país, pese a su persistente determinación criminal.

La posterior acción represiva contra mi familia incluyó el apresamiento en mayo del 2009 de mi esposa Lourdes Contreras al paso por Miami, en viaje hacia un evento feminista en Jamaica, y además la cancelación del visado a ella y a uno de mis hijos.

Entonces, el Departamento de Estado de EE. UU, emplazado a dar razones, alegó que por mi supuesta condición de “terrorista”, la sanción o represalia se extendía a los familiares cercanos

Por su parte Danilo Medina, que sucedió a Leonel en el 2012, no aceptó meterse en el lío de extraditarme a Colombia, como solicitaron las autoridades de ese país.

· Reivindicación de Iván Márquez y Jesús Santrich.

Los casos de Jesús Santrich y de Iván Márquez -uno asesinado en Venezuela después de burlar la trampa y el otro víctima reciente de un atentado similar a cargo de comandos caza-comandantes luego de creada la FARC/Nueva Marquetalia, tienen una especial relevancia y muestran el valor de la persistencia en la defensa del honor y la dignidad de los seres humanos.

Iván pudo sobrevivir y Jesús dejó un legado admirable. Ambos casos me tocan muy de cerca y no es para menos, dadas tanto sus cualidades revolucionarias, humanas e intelectuales, como los vínculos de solidaridad y amistad cultivados entre nosotros.

Para mí – y pienso que para no pocos colombianos y latino-caribeños- la denuncia de la trama en su contra asume las características de un merecido reconocimiento institucional a sus valores, lo que nos llena de regocijo.

Santrich e Iván, además de comandantes aguerridos, son dos artistas de la pluma, el pincel, la música y la poesía. Dos intelectuales revolucionarios de alto calibre.

Cuando en su discurso de toma de posesión, el Presidente Petro se refirió a su visita previa a Sierra Nevada e hizo referencia al pueblo originario que habita esa montaña y citó las hermosas palabras de la niña que intercambió con él en esa ocasión, recordé el relato que nos hiciera Santrich sobre su larga estancia guerrillera en esa zona, su aprendizaje y dominio del idioma local y su extraordinaria labor educativa en esa comunidad.

Por fin, los dos camaradas y amigos entrañables -luego de ser perversamente calificados y acusados de narco-terroristas- han quedado exculpados y justamente reivindicados mediante una investigación realizada por Comisión de la Verdad.

La denuncia está contenida en el Informe General de esa Comisión, en cuyo anexo a la página 56 se establece valientemente que ambos fueron víctimas de una trampa a cargo del Fiscal General de turno, la DEA-EE.UU y un representante del ejército; versión confirmada por el Presidente Petro y por el Canciller Álvaro Leiva, este último coautor de los principios de la Comisión de la Verdad y la JEP junto a al comandante Jesús Santrich, quienes trabajaron juntos el tema en ocasión de los Diálogos-Habana.

Ese doble asesinato moral finalmente fracasó y debe sentar un precedente de reparación moral más allá de casos específicos, como también inducir al arrepentimiento de quienes por cobardía, medios y persona, les hicieron el juego a las calumnias orquestadas por un poder descalificado para estigmatizar.

Esa conclusión de la Comisión de la Verdad debería servir de base para anular todas las circulares de la INTERPOL relacionadas con expedientes pre-fabricados y todos los encarcelamientos y condenas basados en el poder de mentir y de alienar; todos ellos motivados por el evidente propósito de penalizar la solidaridad con las fuerzas insurgentes y con el torrente opositor a ese régimen comprobadamente criminal y a la vez reprimir cruelmente las luchas populares en defensa de los derechos conculcados.

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Opinión

EE.UU. en 250 años: ¿paraíso o infierno? (I)

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Por Oscar López Reyes

Desde la declaratoria de independencia de Inglaterra por 13 colonias enclavadas en la costa Este de América del Norte, el 4 de julio de 1776, Estados Unidos ha experimentado una expansión imparable, vasta y mamut, cobijada en su aventajada ubicación entre los océanos Atlántico y Pacífico, sus crecidos recursos naturales (tierras fértiles, carbón, hierro y petróleo), el ingenio y acometividad industrial de una élite, las guerras y el saqueo de bienes extraterritoriales.

Los aportes de la principal superpotencia a la economía, la educación, la salud, la cultura y la ciencia a través de la investigación, son apreciables. Pongamos de relieve diez de los fundamentales, a propósito de la conmemoración del 250 aniversario de su independencia:

1.- ECONOMÍA Y FINANZAS. Descuella con el Producto Interno Bruto (PIB) más voluminoso del globo terráqueo, que supera los 32 billones de dólares y que acumula más del 25% del patrimonio planetario. Se empinó como la primera economía del universo, inspirada en el modelo de libre mercado, amparada en su riqueza natural, el grueso mercado de consumo interno, sus incesantes transformaciones tecnológicas y su moneda robusta (el dólar), que le otorgan un poder bancario internacional. Por esos atributos cuenta con Wall Street, el centro financiero de más operaciones globales.

2.- NOVEDADES TECNOLÓGICAS. Estados Unidos asienta las más influyentes corporaciones tecnológicas, que van desde la informática, la biotecnología, la farmacéutica, la industria espacial, la ciberseguridad y la inteligencia artificial, que avasallan el panorama informático/digital universal, como Nvidia, Apple, Microsoft, Alphabet (Google), Amazon, Meta Platforms (Facebook, Instagram y WhatsApp), Broadcom, Tesla, Oracle e Intel.

3.- EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. Estados Unidos lidera los rankings mundiales de los centros universitarios, principalmente por su excelencia educativa y su impacto en la investigación y producción científica, como Princeton, Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT), Harvard, Stanford, Yale y Columbia.

4.- INFLUENCIA SOCIO-CULTURAL. La ascendencia transnacional de Estados Unidos ha sido protagónica, particularmente por la exportación y difusión de la industria cultural y el entretenimiento, como la música, el consumo mediático y el cine (Hollywood), históricamente taquillero y hegemónico en la producción audiovisual y las plataformas digitales.

5.- ASCENDENCIA DEPORTIVA. Las becas universitarias, la calidad de las infraestructuras físicas, la comercialización y la estratégica operatividad de las ligas profesionales estadounidenses, con la contratación de calificados talentos nacionales e internacionales, han colocado las competencias deportivas nacionales en un alto peldaño, con sustanciales beneficios monetarios y un impacto internacional. Por esa causativa, Estados Unidos ha trascendido en los juegos olímpicos y las grandes ligas profesionales de béisbol (MLB), el baloncesto (NBA), el fútbol (NFL) y el fútbol americano (MLB).

6.- INVESTIGACIÓN E INVENCIONES. En Estados Unidos inventaron la iluminación eléctrica, el telégrafo, teléfono, el avión, la penicilina a escala industrial, la vacuna contra el polio, la anestesia, el trasplante de órganos, el láser, el descenso de nave espacial a la Luna, el primer satélite de comunicación, el sistema de pronóstico meteorológico satelital, el primer transbordador espacial, la computadora personal, el microprocesador, la robótica, la Internet y la Web, el proyecto de Genoma Humano, el GPS, la tecnología de células madre, etc., por cuya labor de investigación y desarrollo está en el primer lugar en cantidad de premios Nobel.

7.- CONSERVACIÓN AMBIENTAL GLOBAL Ha sido pionero en la conservación ambiental, con el desarrollo del Parque Nacional Yellowstone, en 1872; la Ley de Aire Limpio (Clean Air Act de 1970), la reducción de la contaminación industrial y más de 30 logros en esta área.

8.- PRODUCCIÓN ENERGÉTICA. Activó, desde 1869, la producción comercial del petróleo, la innovación en el transporte, el tren intercontinental, el descubrimiento de crudo en Pensilvania; la segunda revolución industrial, el desarrollo de plantas de energía nuclear y la reserva de gran cantidad de petróleo y gas natural.

9.- REFORMAS SOCIALES Y POLÍTICAS. Desde su proclamación como República independiente, en Estados Unidos han sido impulsadas transformaciones internas esenciales, como la abolición de la esclavitud, el establecimiento de derechos civiles, como el sufragio para las minorías; el sistema federal con división de poderes, las libertades individuales frente al poder central y los programas de seguridad social Medicare, Medicaid y alimentos para auxiliar a personas de bajos ingresos.

10.- ACOGIDA DE EMIGRANTES. Atracción y recepción de millones de emigrantes, que son recursos humanos para la producción empresarial y estatal y que, a la vez, oportunidades de trabajo para la sostenibilidad financiera y el envío de remesas a sus países de origen.

En pocas palabras, los inventos, emprendimientos y productividad con el sello “Made in the U.S.A.”, desde antes de la Revolución Industrial y en la Era Digital, han salvado millones de vidas y coadyuvado con la transformación de la economía global y los quehaceres cotidianos. Han mecanizado y automatizado transiciones y modificaciones en las interacciones humanas, los procesos sociales y económicos, en hábitos de consumo y la cultura, en transacciones monetarias, en el accionar laboral, leyes y otras normas, así como en estructuras societarias.

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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y comentarista de medios escritos, televisivos y digitales.

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Opinión

Los pueblos nunca pierden primero su constitución, pierden primero el hábito de defenderla.

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Por Isaías Ramos

Ningún pueblo despierta una mañana descubriendo que perdió su libertad.

La historia nunca comienza por el final.

Primero cambia el lenguaje. Después cambian las leyes. Más tarde se desplazan los límites del poder. Y solo al final una sociedad comprende cuánto costó haber permanecido indiferente.

Esta semana comienza la aplicación del nuevo Código Penal dominicano. Para muchos, el debate terminó con su promulgación. En realidad, apenas comienza.

Un Código Penal no se mide únicamente por los delitos que incorpora ni por la severidad de sus penas. Su verdadero examen consiste en responder una pregunta esencial:

¿Permanece plenamente subordinado a la Constitución?

El poder de castigar es la facultad más intensa del Estado. Permite investigar, acusar, imponer medidas de coerción y privar de libertad. Precisamente por eso necesita límites más claros, no márgenes más amplios.

Toda ley penal debió ser examinada con el máximo rigor constitucional antes de que el primer ciudadano padeciera sus efectos. Aunque una disposición sea declarada inconstitucional posteriormente, ninguna sentencia devuelve íntegramente el tiempo, la honra o la libertad ya perdidos.

La experiencia comparada deja advertencias que ninguna democracia prudente debería ignorar.

En Cuba, figuras como el desacato han sido cuestionadas por brindar protección penal reforzada a las autoridades y restringir la crítica al poder. En Nicaragua, organismos internacionales han objetado la utilización de delitos relacionados con el orden público y la seguridad nacional frente a manifestaciones y expresiones ciudadanas. En Venezuela, el debilitamiento de los controles institucionales estuvo acompañado por una reducción del espacio para la expresión, la protesta y la vigilancia ciudadana.

Los contextos fueron diferentes. Pero la advertencia terminó siendo la misma:

Las libertades rara vez desaparecen de un solo golpe.

Las restricciones se acumulan. Se justifican. Se normalizan. Se aceptan.

Y cuando una sociedad comprende sus consecuencias, recuperar los derechos perdidos resulta mucho más difícil que haberlos protegido a tiempo.

Si aquellos pueblos hubieran podido mirar décadas hacia el futuro y contemplar familias divididas, millones obligados a abandonar la tierra que amaban y millones más sobreviviendo entre restricciones, miedo, precariedad y opresión, ¿qué no habrían hecho para defender cada espacio de libertad mientras todavía estaban a tiempo?

Los pueblos nunca lamentan haber defendido demasiado pronto su Constitución. Lo que lamentan es haber comprendido demasiado tarde cuánto valía.

Existe otra lección. Quienes hoy poseen poder político, económico, institucional o mediático suelen olvidar que las leyes que ayudan a aprobar o justificar no permanecerán eternamente bajo su control.

Los gobiernos cambian. Las mayorías cambian. Los jueces cambian. Los fiscales cambian.

Pero las leyes pueden sobrevivir a quienes las promovieron.

Una norma que hoy parece útil contra un adversario puede mañana aplicarse contra quien la celebró. El verdadero estadista no legisla pensando en el poder que posee, sino en la protección que cualquier ciudadano necesitará cuando ese poder cambie de manos.

En momentos de polarización cometemos un error peligroso: discutimos quién ocupa el poder y olvidamos cuánto poder debería tener cualquiera que gobierne.

Nos dejamos dividir por partidos, simpatías y antipatías. Mientras discutimos personas, dejamos de defender principios. Y cuando una sociedad deja de defender principios, el poder deja de encontrar límites.

Las constituciones no preguntan quién gobierna. Preguntan hasta dónde puede llegar cualquier gobernante.

Por eso el artículo 7 de nuestra Carta Magna define a la República Dominicana como un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, la separación de poderes y la soberanía popular.

No es una frase ornamental. Es el mandato al que debe someterse toda ley, especialmente aquella que concede al Estado el poder de castigar.

La persistencia de cuestionamientos sobre el desacato, el ultraje, la protesta, la responsabilidad por actos de terceros y otros tipos de redacción amplia exige un escrutinio constitucional firme.

Desde el Frente Cívico y Social entendemos que todas las acciones directas de inconstitucionalidad relacionadas con esta ley deben ser conocidas con la mayor celeridad compatible con un examen riguroso e independiente.

No se pide al Tribunal Constitucional un resultado determinado, sino una respuesta dentro de un plazo razonable. Cuando normas penales vigentes pueden afectar derechos fundamentales, la celeridad deja de ser una cuestión procesal: se convierte en garantía de libertad, seguridad jurídica y paz institucional.

La demora también produce consecuencias constitucionales.

La Constitución no solo protege derechos. También protege la paz de la República.

Defender la Constitución nunca debilita la lucha contra el crimen. La legitima. Una democracia necesita un Derecho Penal firme frente a la delincuencia, la violencia y la corrupción, pero también frente a la arbitrariedad.

Seguridad y libertad no son enemigas. Ambas dependen del respeto irrestricto a la Constitución.

La historia ya nos habló. Ahora nos corresponde decidir si aprendemos de ella o esperamos a que sea demasiado tarde.

Porque cuando la Constitución deja de ser el límite del poder, el poder termina convirtiéndose en el límite de la libertad.

La historia todavía no ha escrito nuestro destino. Que nuestros hijos puedan decir, algún día, que esta fue la generación que decidió honrar su Constitución antes de descubrir cuánto costaba perderla.

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Opinión

Examen de  reducción de la pena ante la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

De conformidad con el Estatuto de Roma el Estado de ejecución de la pena no pondrá  en libertad al recluso antes de que haya cumplido la pena impuesta por la Corte Penal Internacional.

Solo la Corte Penal Internacional podrá decidir la reducción de la pena  y se pronunciará al respecto después de escuchar al recluso.

Cuando el recluso haya cumplido las dos terceras partes de la pena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua, la Corte Penal Internacional examinará la pena para determinar si esta puede reducirse. El examen no se llevará a cabo antes de cumplidos esos plazos.

Al proceder al examen con arreglo al párrafo 3 del artículo 110 del Estatuto de Roma , la Corte Penal Internacional podrá reducir la pena si considera que concurren  uno o más de los siguientes factores:

  1. a)Si el recluso ha manifestado desde el principio y de manera continua su voluntad de cooperar con la Corte Penal Internacional en sus investigaciones y enjuiciamientos;
  1. b)Si el recluso ha  facilitado de manera espontánea la ejecución de las decisiones y órdenes de la Corte Penal Internacional en otros casos, en particular ayudando a esta en la localización de los bienes sobre los cuales recaigan las multas, las órdenes de decomiso o de reparación que puedan usarse en beneficio  de las víctimas; o
  1. c)Otros factores indicados en las Reglas de Procedimiento y Prueba  que permitan determinar un cambio en las circunstancias suficientemente claro e importante como para justificar la reducción de la pena.

Finalmente, la Corte Penal Internacional, si en su examen inicial con arreglo al párrafo 3 del artículo 110 del Estatuto de Roma, determina que no procede reducir la pena, volverá a examinar la cuestión con la periodicidad y con arreglo a los criterios indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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