Opinión
Develada en Colombia la conjura contra Iván Márquez y Jesús Santrich
Published
4 años agoon
Abundan expedientes falsos fabricados por Uribe, Santos, Fiscalía, EE. UU-DEA-CIA y cúpula militar.
Por Narciso Isa Conde
«Por fin, los dos camaradas y amigos entrañables -luego de ser perversamente calificados y acusados de narco-terroristas- han quedado exculpados y justamente reivindicados mediante una investigación realizada por la Comisión de la Verdad.»
En el contexto de la nueva gestión gubernamental colombiana encabezada por Gustavo Petro y Francia Márquez, la Comisión de la Verdad de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) ha denunciado como falsos los expedientes construidos por el uribismo contra los comandantes de las FARC-EP, Iván Márquez y Jesús Santrich; ambos acusados de narco-terroristas después de firmada la paz; todo por asumir una actitud digna frente a la violación de lo acordado.
Es necesario denunciar de mi parte que por un expediente igualmente falaz, orden de captura y planes criminales, tengo 14 años que solo he podido viajar a Cuba y a Venezuela en vuelos directos y he tenido que enfrentar varias tramas en mi país.
Acusaciones parecidas pesan también contra destacados intelectuales y líderes sociales de Nuestra América y del mundo. Es el caso de Piedad Córdoba y de muchos/as otros/as luchadores/as colombianos/as, latino-caribeños y europeos.
· Las acusaciones en mi caso.
En mi caso la limitación de movimiento se debe a una “orden de captura por delitos de concierto para delinquir agravado, con fines de financiamiento del terrorismo y la administración de recursos relacionados con actividades terroristas y circular azul de INTERPOL”.
Esa acusación está contenida también en un documento titulado “Información de las FARC en República Dominicana/ Narciso Isa Conde), entregado por jefes militares colombianos a las más altas autoridades civiles y militares de mi país, en procura de mi extradición a Colombia; en ese informe militar los cargos, todos falsos y oportunamente desmentidos, son aún más grotescos que los que sustenta la referida circular de INTERPOL.
Entre otros quiero destacar textualmente las siguientes acusaciones:
· “Cabecilla de la Comisión internacional de FARC desde 1994”…”
· “Principal contacto con alias Iván Márquez para despliegue de Movimiento Continental desde Venezuela”… “
· Visita a campamentos de las FARC “para recibir entrenamiento terrorista y orientaciones criminales”…
· “Enlace en Centroamérica y vínculos con traficantes de armas”…
La solicitud de persecución a INTERPOL, la orden de captura y las medidas represivas contra mi familia se hicieron, pues, atribuyéndome una supuesta trayectoria terrorista, carente de la más mínima credibilidad; y paradójicamente la referida persecución fue promovida y asumida por los ex presidentes Uribe y Santos (culpables de graves crímenes de Estado) y por el Estado Imperialista más terrorista y mentiroso de la historia moderna: EEUU y su CIA.
· Penalización y Planes Criminales.
Tal penalización, gestada y potenciada en los Gobiernos de Uribe y de Santos, y apadrinada por la CIA -con planes de asesinatos incluidos- fue sostenida también por el Gobierno canalla de Iván Duque, responsable de numerosos asesinatos selectivos y expedientes falsos; los cuales han sido valientemente denunciados por la Comisión de la Verdad de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), creada a raíz del Acuerdo de Paz de la Habana, proceso al cual estuve relacionado como observador.
En mi caso, a la frustrada intención de extraditarme (dado que los gobiernos de turno rehusaron meterse en esa trampa, le siguieron dos tramas para asesinarme: una orquestada por el Embajador colombiano Chaux Mosquera, de pura cepa paramilitar, acompañado de su agregado militar, capitán Manuel Henríquez Morel; y la otra, por el general Montoya, quien sucedió a Mosquera al frente de esa Embajada, bien conocido por encabezar el genocidio en la Colonia 13 de Medellín ordenado por Uribe, donde fueron asesinadas más de 2,000 personas, todavía impune.
Toda la información correspondiente a mi situación previa a la llegada al país del general Montoya fue entregada al ex presidente Leonel Fernández el 18 de septiembre del 2008, quien si bien aceptó algunas de mis demandas para la preservación de mi vida, no ordenó investigar las conjuras, ni a sancionar a los involucrados. Ni procedió a negarle el “placet” al General Montoya, ni a solicitar su salida del país, pese a su persistente determinación criminal.
La posterior acción represiva contra mi familia incluyó el apresamiento en mayo del 2009 de mi esposa Lourdes Contreras al paso por Miami, en viaje hacia un evento feminista en Jamaica, y además la cancelación del visado a ella y a uno de mis hijos.
Entonces, el Departamento de Estado de EE. UU, emplazado a dar razones, alegó que por mi supuesta condición de “terrorista”, la sanción o represalia se extendía a los familiares cercanos
Por su parte Danilo Medina, que sucedió a Leonel en el 2012, no aceptó meterse en el lío de extraditarme a Colombia, como solicitaron las autoridades de ese país.
· Reivindicación de Iván Márquez y Jesús Santrich.
Los casos de Jesús Santrich y de Iván Márquez -uno asesinado en Venezuela después de burlar la trampa y el otro víctima reciente de un atentado similar a cargo de comandos caza-comandantes luego de creada la FARC/Nueva Marquetalia, tienen una especial relevancia y muestran el valor de la persistencia en la defensa del honor y la dignidad de los seres humanos.
Iván pudo sobrevivir y Jesús dejó un legado admirable. Ambos casos me tocan muy de cerca y no es para menos, dadas tanto sus cualidades revolucionarias, humanas e intelectuales, como los vínculos de solidaridad y amistad cultivados entre nosotros.
Para mí – y pienso que para no pocos colombianos y latino-caribeños- la denuncia de la trama en su contra asume las características de un merecido reconocimiento institucional a sus valores, lo que nos llena de regocijo.
Santrich e Iván, además de comandantes aguerridos, son dos artistas de la pluma, el pincel, la música y la poesía. Dos intelectuales revolucionarios de alto calibre.
Cuando en su discurso de toma de posesión, el Presidente Petro se refirió a su visita previa a Sierra Nevada e hizo referencia al pueblo originario que habita esa montaña y citó las hermosas palabras de la niña que intercambió con él en esa ocasión, recordé el relato que nos hiciera Santrich sobre su larga estancia guerrillera en esa zona, su aprendizaje y dominio del idioma local y su extraordinaria labor educativa en esa comunidad.
Por fin, los dos camaradas y amigos entrañables -luego de ser perversamente calificados y acusados de narco-terroristas- han quedado exculpados y justamente reivindicados mediante una investigación realizada por Comisión de la Verdad.
La denuncia está contenida en el Informe General de esa Comisión, en cuyo anexo a la página 56 se establece valientemente que ambos fueron víctimas de una trampa a cargo del Fiscal General de turno, la DEA-EE.UU y un representante del ejército; versión confirmada por el Presidente Petro y por el Canciller Álvaro Leiva, este último coautor de los principios de la Comisión de la Verdad y la JEP junto a al comandante Jesús Santrich, quienes trabajaron juntos el tema en ocasión de los Diálogos-Habana.
Ese doble asesinato moral finalmente fracasó y debe sentar un precedente de reparación moral más allá de casos específicos, como también inducir al arrepentimiento de quienes por cobardía, medios y persona, les hicieron el juego a las calumnias orquestadas por un poder descalificado para estigmatizar.
Esa conclusión de la Comisión de la Verdad debería servir de base para anular todas las circulares de la INTERPOL relacionadas con expedientes pre-fabricados y todos los encarcelamientos y condenas basados en el poder de mentir y de alienar; todos ellos motivados por el evidente propósito de penalizar la solidaridad con las fuerzas insurgentes y con el torrente opositor a ese régimen comprobadamente criminal y a la vez reprimir cruelmente las luchas populares en defensa de los derechos conculcados.
Por Narciso Isa Conde
Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.
La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.
La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.
No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.
No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.
No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.
A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.
Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.
El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,
Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:
La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.
En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.
Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios
La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.
La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.
Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.
La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.
Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.
Opinión
Cumplimiento de las solicitudes de la Corte Penal Internacional
Published
3 días agoon
junio 3, 2026Por Rommel Santos Diaz
Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar asistencia en el trámite.
En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.
El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.
Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.
Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.
En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga o haga ese Estado Parte.
Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para la ejecución de una solicitud de conformidad con las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.
Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente artículo.
Opinión
La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).
Published
3 días agoon
junio 3, 2026Por Robinson Lebrón
(1 de 3)
El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.
El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.
El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.
Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.
Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.
Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.
Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
rlebroncespedes@gmail.com
El autor es abogado y Docente Universitario.
