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¡Pronto se acabará el abuso de algunos embargos sin cumplir con la ley!, según proyecto.

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Santo Domingo, R.D.-Un proyecto de ley podría producir cambios significativos en los embargos retentivos gracias a una iniciativa de la ex-senadora Faride Raful, el cual ya fue aprobado en primera lectura en el Senado.

La pieza legislativa busca regular y restringir el uso de embargos retentivos, cuya vía ha sido ha sido utilizada de manera abusiva por algunos acreedores para bloquear cuentas bancarias sin los debidos procesos legales.

El embargo retentivo es una medida que permite a un acreedor inmovilizar bienes o sumas de dinero de un deudor que se encuentran en posesión de un tercero, comúnmente una entidad bancaria. Aunque esta herramienta es útil para garantizar el cumplimiento de deudas, la falta de regulación específica ha permitido que se convierta en un arma de doble filo, utilizada para presionar a los deudores de manera desproporcionada y, en algunos casos, sin un título válido.

Desde la columna La Banca Dominicana por Dentro, publicada el 3 de marzo de 2024, se había dado la voz de alerta sobre las cifras alarmantes de embargos de cuentas bancarias en la República Dominicana y se plantearon propuestas clave para enfrentar este problema. La columna destacó que la Superintendencia de Bancos había revelado que en 2023, más de 157 mil cuentas fueron embargadas en 28 entidades financieras, con depósitos congelados que superaron los RD$26,600 millones mensuales. Estas cifras son alarmantes, afectando a más de 100,000 personas, equivalente al 1% de la población dominicana.

La columna también advirtió sobre los tipos de abusos que se estaban cometiendo, como la congelación de cuentas sin notificación previa y el embargo de cuentas de nómina, a pesar de que la Constitución y el Código Laboral protegen estos salarios. Ante esta situación, se propuso que la Superintendencia de Bancos y el Congreso de la República actuaran para regular esta práctica y proteger a los ciudadanos.

Además, se sugirió la creación de un nuevo tipo de cuenta de nómina que no pueda ser embargada, y se resaltó la necesidad de supervisar la venta de carteras de crédito a empresas de cobros compulsivos, exigiendo un código de ética que respete los derechos fundamentales de los deudores. La columna hizo un llamado al Defensor del Pueblo para que se involucrara en la defensa de los afectados, subrayando la responsabilidad civil de los abogados, acreedores y terceros que participen en embargos que violen las disposiciones legales, obligándolos a resarcir los daños causados.

Entre los abusos más comunes que se han identificado con el uso de embargos retentivos se encuentran la congelación de cuentas bancarias sin una notificación previa al deudor, lo que deja a la persona o empresa afectada sin acceso a sus fondos de manera inesperada y sin tiempo para tomar medidas legales. Además, se han documentado casos donde se han embargado cantidades mucho mayores a la deuda real, lo que genera una asfixia económica innecesaria. Otro abuso frecuente es la repetición del embargo por la misma deuda en diferentes cuentas, multiplicando el daño al deudor.

La iniciativa de Raful tiene como objetivo corregir estas prácticas, estableciendo procedimientos más claros y justos. Entre los puntos clave del proyecto de ley se encuentra la obligación de presentar pruebas suficientes antes de ejecutar un embargo, así como la imposición de sanciones a quienes utilicen este recurso de manera temeraria. Además, se busca proteger a los deudores de embargos injustificados y evitar que se abuse de esta herramienta sin cumplir con los requisitos legales necesarios.

El proyecto de ley también introduce responsabilidad civil para los abogados, acreedores y terceros que participen en embargos retentivos violando las disposiciones establecidas. Esto significa que, en caso de que se demuestre que un embargo fue solicitado o ejecutado sin el debido fundamento legal, estos actores podrán ser obligados a resarcir los daños causados al deudor, incluyendo los costos legales, daños morales, y cualquier perjuicio económico derivado de la inmovilización indebida de bienes. Esta medida busca disuadir el uso arbitrario de los embargos y garantizar que se utilicen únicamente en situaciones que verdaderamente lo ameriten.

La importancia de esta legislación radica en su potencial para equilibrar la balanza entre acreedores y deudores, asegurando que los derechos de ambas partes sean respetados y que se evite el uso arbitrario de embargos que puedan paralizar las operaciones financieras de personas y empresas sin un debido proceso. Con la aprobación final de esta ley, los dominicanos podrían estar ante el fin de los abusos en los embargos bancarios, logrando una mayor transparencia y justicia en los procedimientos legales relacionados con las deudas​

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Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar con el autor puede escribir al correo jesusgeraldo@tuconsultoriofinanciero.com, o en Instagram @Jesusgeraldomartinez.

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Autoridades decomisan cargamento de drogas en alta mar por provincia Peravia

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Santo Domingo, R.D.-Un decomiso maritimo de drogas, uno de los mayores que se producen en el pais, logró la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) la madrugada del pasado  contra el narcotráfico en la República Dominicana, producido al sur de Baní en colaboración con Estados Unidos.

El cargamento, que se estima podría superar las dos toneladas, era transportado en una lancha rápida procedente de zona de la Guajira, Colombia. Tras la interdicción, la droga fue trasladada a la base militar de Caldera, en Baní, donde quedó bajo custodia de los organismos de seguridad para los análisis y el proceso judicial correspondiente.

En la operación fueron detenidos seis tripulantes, todos de nacionalidad dominicana.

Su geografía (costas extensas, escasa presencia estatal en amplias áreas y cercanía relativa a rutas marítimas internacionales) ha sido aprovechada por organizaciones criminales para enviar cargamentos hacia Centroamérica y el Caribe, desde donde posteriormente se dirigen al mercado norteamericano.

Autoridades antinarcóticos sostienen que el uso de lanchas rápidas es una modalidad frecuente: embarcaciones livianas, de gran potencia y difícil detección que intentan atravesar el Caribe en pocas horas, para evadir los sistemas de vigilancia.

Según informes la detención fue posible gracias al intercambio de información entre agencias, especialmente datos suministrados por Estados Unidos a los organismos dominicanos, lo que permitió ubicar la embarcación antes de su llegada a nuestro territorio.

Destacan que la cooperación bilateral continúa activa, pese a la suspensión temporal anunciada la semana pasada por la embajada estadounidense respecto a la oficina local de la DEA. Esa medida, según se explicó, no implicó el cese de operaciones conjuntas, sino la separación provisional de agentes bajo investigación por un presunto fraude vinculado al programa de visas.

O sea, los mecanismos de asistencia técnica, intercambio de datos e interdicción marítima permanecen en funcionamiento.

El pasado sábado las autoridades del Ministerio Público y de la DNCD también informaron que persiguen a tres hombres, incluyendo a dos haitianos, en relación a un gran cultivo de marihuana desmantelado en un amplio operativo de seguimiento y vigilancia en un área montañosa de Baní, provincia Peravia.

El operativo se desarrolló con un equipo de fiscales y agentes de la DNCD que contaron con el apoyo de agencias de inteligencia del Estado y helicópteros de la Fuerza Aérea de República Dominicana (FARD).

Las labores de inteligencia llevaron a determinar que varios individuos se dedicaban al cultivo y venta del vegetal, lo cual llevó a poner en marcha un amplio operativo aéreo y terrestre en la zona montañosa de la sección Montería, Baní.

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Nuevo reglamento para regular afiliaciones y desafiliaciones en organizaciones políticas

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Santo Domingo, R.D.-Un nuevo reglamento emitió la Junta Central Electoral (JCE)  mediante el cual busca regular las afiliaciones y desafiliaciones de los partidos.

El reglamento, enviado este lunes 16 de febrero a los partidos políticos, tiene por objeto establecer los procedimientos para el registro de las afiliaciones y el proceso de las desafiliaciones de los miembros de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos ante la JCE, de conformidad con la Ley 33-18.

Las disposiciones generales señalan que el plazo anual establecido para la entrega de duplicados de los registros de afiliados actualizados de los miembros de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos será cada día uno de agosto o el siguiente día hábil, a partir del año 2026.

El reglamento señala que los partidos tendrán la potestad de decidir el procedimiento de registro de sus afiliados, a través de una plataforma digital desarrollada por estos (la cual deberá ser compatible con la JCE y cuya utilización deberá ser notificada por escrito) o de utilizar la plataforma digital desarrollada por el órgano electoral.

El mismo, aprobado por el pleno encabezado por su presidente Román Jáquez Liranzo, la JCE, de común acuerdo con las organizaciones políticas, podrá incorporar las medidas que considere oportunas o necesarias para implementar las iniciativas que faciliten el proceso de afiliación y la comprobación del mismo, incluyendo pruebas de vida técnicamente disponibles en la institución.

La Junta Central Electoral, una vez reciba los registros de afiliados, realizará los cruces pertinentes, para determinar que los mismos cumplen con lo establecido en este artículo y comunicarlo a las respectivas organizaciones.

“La JCE entregará a más tardar cinco días laborables las observaciones detalladas de los casos con los/las ciudadanos/as que no reunieron los requisitos para pertenecer a una organización política”, reseña el documento.

La JCE establece que para afiliarse a un partido, agrupación o movimiento político se requiere ser ciudadano inscrito y habilitado en el Padrón Electoral.

Mientras que no podrán afiliarse a partidos, agrupaciones o movimientos políticos los militares o miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como los jueces del Poder Judicial, Tribunal Superior Electoral (TSE) y Tribunal Constitucional. Tampoco podrán afiliarse los representantes del Ministerio Público, miembros, funcionarios y colaboradores de JCE, juntas electorales, miembros de la Cámara de Cuentas, el Defensor del Pueblo y adjuntos.

Cuando los aspirantes ingresen a esos órganos previamente señalados, deberán presentar una declaración jurada sobre el hecho de estar o no afiliados a un partido, agrupación o movimiento político, con cuya declaración, la institución o el organismo correspondiente, comunicará por escrito tal circunstancia a la JCE y esta al partido, agrupación o movimiento político que corresponda, el cual procederá a cancelar la afiliación de la persona a la organización política.

La afiliación a otro partido, agrupación o movimiento político, el apoyo a otra candidatura contraria, la participación en actividades o la aceptación de candidaturas por otras organizaciones implicarán la renuncia automática a toda afiliación anterior.

“Hacer pronunciamientos en contra de candidaturas de elección popular postuladas por su partido, no producirán la renuncia automática de los militantes que procedieren y que, en caso de que la entidad política en que militan pretendiere sancionarlos, la sanción impuesta solo será válida si fuere dictada con ocasión de un juicio disciplinario llevado a cabo con observancia de las garantías del debido proceso”, indica el documento.

El documento señala que todo afiliado a un partido, agrupación o movimiento político podrá renunciar a él, en cualquier momento, sin expresión de causa.

“La renuncia producirá la desafiliación por el solo hecho de ser presentada al presidente del partido, agrupación o movimiento político, de la cual remitirá copia a través de la Plataforma Digital dispuesta por la Junta Central Electoral dentro de los 30 días calendarios a la fecha de su recepción”, dice la propuesta.

Por igual se indica los afiliados podrá renunciar, en cualquier momento, sin expresión de causa.

La renuncia producirá la desafiliación por el solo hecho de ser presentada al presidente del partido, agrupación o movimiento político, de la cual remitirá copia a través de la Plataforma Digital dispuesta por JCE dentro de los 30 días calendarios a la fecha de su recepción o ante el órgano electoral, quien remitirá copia y el debido reporte con los datos personales de los renunciantes cada 30 días calendario a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos correspondientes.

El reglamento realizado por el órgano electoral indica que los partidos, agrupaciones o movimientos políticos realizarán el procedimiento de registro a través de la Plataforma Digital habilitada en la página web de la JCE.

La Dirección de Partidos Políticos otorgará un acceso a cada organización política que haya decidido utilizar la plataforma de la JCE, la cual operará a través y bajo la responsabilidad de un/a Administrador/a, quien tendrá a su cargo crear el/los usuarios/s necesarios para sus registros.

“Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos usuarios de la referida plataforma, mediante instancia firmada por su presidente o secretario general, designarán un Administrador/a que será la persona autorizada y responsable de crear el/los usuario/s necesarios para realizar sus registros a través de la Plataforma Digital. El/La Delegado/a Político/a será el/la encargado/a de tramitar dicha designación ante la Junta Central Electoral”, señala el nuevo reglamento.

La plataforma de la JCE operará de forma permanente. En el caso de que la Junta Central Electoral requiera suspender temporalmente dicha Plataforma, se informará por los medios correspondientes a los partidos.

El formato establecido para la entrega del Registro de Afiliaciones, en cumplimiento con lo indicado en la Ley núm. 33-18, contendrá el logo y nombre del Partido, Agrupación o Movimiento Político; el Nombre del/ de la afiliado/a o desafiliado/a; la Cédula de Identidad y Electoral; el municipio /Distrito Municipal que corresponda; el código de circunscripción; la fecha de afiliación y la documentación soporte de las afiliaciones o desafiliaciones.

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Descartan hablar en reunión con Abinader de exsupervisor de la DEA acusado en EEUU.

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Santo Domingo, R.D.-Este lunes la Fuerza de Tarea Conjunta descartó  hablar sobre el caso del exsupervisor dominicano de la Administración de Control de Drogas (DEA) en Santo Domingo durante la reunión de seguimiento al Plan de Seguridad Ciudadana que encabezó el presidente Luis Abinader.

Ese no fue un tema hoy en la Fuerza de Tarea”, dijo la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, refiriéndose a Melitón Cordero, arrestado el jueves pasado en Washington y acusado de soborno y fraude de visas estadounidenses.

Raful respondió a una pregunta de uno de los periodistas durante la conferencia de prensa celebrada después de la reunión en el Palacio de la Policía Nacional. La funcionaria no amplió sus comentarios sobre este caso.

También asesoraba a las personas en la preparación de su entrevista de visa con funcionarios consulares estadounidenses.

Cordero se reunió con un ciudadano extranjero y le proporcionó un pasaporte y una visa que le permitían viajar a Estados Unidos a cambio de dinero”, reveló la fiscalía.

Cordero “presuntamente recibió miles de dólares a cambio de ayudar a ciudadanos extranjeros a obtener un visado de no inmigrante que les permitiría visitar Estados Unidos por un período temporal”, indicó la fiscalía federal.

Cordero, de 47 años, estuvo asignado durante seis años a la embajada estadounidense en el país.

Es una violación repugnante y deshonrada de la confianza pública usar el cargo oficial para beneficio propio. No toleraré ni siquiera la percepción de corrupción en ningún lugar de la Embajada que dirijo”, añadió.

En 2024, el presidente Abinader otorgó la  condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero a Cordero, según el decreto 520-24 archivado en la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

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