Santo Domingo, R.D.-La cuadragésima modificación constitucional será proclamada a finales de esta semana en la Asamblea Nacional Revisora.
Así lo informó el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, quien adelantó que este sábado los asambleístas deberán asistir al Congreso Nacional a la 2:00 de la tarde, para concluir con la etapa semifinal del proceso.
Mientras que para la proclama de la Carta Magna transformada, el presidente Luis Abinader, junto a los asambleístas, están convocados a las 10:00 de la mañana del domingo para proclamar la norma suprema.
También, el primer mandatario comunicó ayer, durante su participación en el espacio gubernamental La Semanal, que cuando coloque su firma la Constitución le garantizará tranquilidad a los dominicanos.
¿Qué dice la norma?
De acuerdo con el reglamento de la Asamblea Nacional Revisora, la proclama constitucional se desarrollará en un acto solemne en el Salón de Asamblea Nacional, donde deberán leer el texto completo.
Según establece el primer párrafo del artículo 74, para esta ocasión deberán disparar salvas de 21 cañonazos, al iniciar y concluir la lección Carta Magna adoptada.
Firmas
El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, y su homólogo del Senado de la República, Ricardo de los Santos, firmaron el pasado viernes, como parte de los 222 asambleístas que deberán sellar con su nombre el nuevo libro.
Pacheco y De los Santos coincidieron en que las diversas modificaciones que logró alcanzar el Poder Ejecutivo, por medio de la Asamblea, representaran un paso fundamental para la consolidación de la democracia en el país.
Desde el pasado miércoles, la biblioteca Juan Pablo Duarte situada en el Senado se encuentra a la espera de que los congresistas terminen el proceso, para certificar el manuscrito.
Modificación a la Constitución
La aprobación comprende la alteración de 10 artículos, la adición de una disposición general como artículo y la revisión de los párrafos transitorios que se encuentra en la Carta Magna vigente, promulgada en 2015.
Establece una reducción en la lista de integrantes de la Cámara de Diputados.
Esto se encuentra en el artículo 81 que versa sobre la representación y composición, donde se acordó reducir a 158 la cantidad de diputados elegidos por circunscripción territorial.
Mientras que mantiene en cinco los legisladores elegidos a nivel nacional por medio de al menos el 1% de votos preferenciales a los partidos, alianzas y coaliciones políticas.
Por igual, no fue variado la matrícula de diputados representante de la diáspora dominicana en países del exterior, que en la actualidad cuenta con 7 congresistas.
Unifica las elecciones municipales, congresuales y presidenciales para el periodo 2032; ordena al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) seleccionar mediante propuesta del presidente, al procurador general de la República (PGR).
Retira al procurador del CNM, para incluir al presidente del Tribunal Constitucional (TC).
“Petrifica” las reglas de elección del presidente de la República establecidas en el 124, mencionándolo en el 268, donde indica que ninguna modificación constitucional podrá versar sobre la forma de gobierno que es civil, republicano, democrático y representativo.
Al igual que otras modificaciones como la aplicación de un transitorio para que el presidente no pueda aspirar nunca jamás al mismo puesto o el de la Vicepresidencia.