Opinión
Sin prisión, licencia para la difamación
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1 año agoon
Por Oscar López Reyes
Aprobar sin pena de prisión por el delito de prensa tanto la propuesta Ley de Expresión como el nuevo Código Penal, sería otorgar más licencias para el libertinaje en el linaje de la difamación y la injuria. En el refajo de ese perturbador sonido de alta frecuencia, tenemos que acotar que la palabra ha tenido límites en todas las épocas y linderos geográficos, y que se castiga no el derecho a la pronunciación, sino por los daños morales y económicos desencadenados en el ejercicio abusivo de esa prerrogativa.
No pueden circunscribirse a multas pasajeras los percances y agravios desatados, maliciosamente, por incontrolados bravucones y chantajistas en la ribera de la extorsión; inadaptados y desequilibrados psíquicos que desconocen la ética y los cánones jurídicos comunicacionales, porque son enganchados en los medios (abogados, ingenieros, médicos y otros indocumentados periodísticos), ni políticos que buscan protagonismos y cargos públicos.
En stricto sensu, acampamos en los labios de un derecho relativo -el de la información- y no absoluto. Aunque surca como un derecho natural, subjetivo y fundamental, el
concernido encuadra en las teorías de los límites, en virtud de que en cualquier gobierno la libertad de información puede ser suspendida, acogido a los artículos 263, 264 y 265 de la Constitución dominicana.
El de la información puede ser interrumpido por la necesidad de defender la soberanía o la integridad territorial, ante un estado de conmoción interior, como el trastorno del orden público, o de emergencia, como una calamidad pública, económica, social o medioambiental. Además, sus autores son susceptibles de ser condenados civil y penalmente – conforme con el actual Código Penal- cuando los datos o juicios sean atentatorios a la dignidad y la moral de las personas, a su honor, su intimidad o privacidad, o al orden público.
En el Derecho Informativo se entrecruzan la ontología y la hermenéutica, las prerrogativas indispensables (absolutas, como la de la vida), los restringidos y condicionados (o relativos, como los mediáticos), los derechos ciudadanos y los periodísticos. En esa línea, más que la simple sanción o recompensa económica, la penalización legislativa y los enjuiciamientos en los tribunales son claves para un desempeño más responsable, y para resguardar el honor. Y ha sido así desde la promulgación de la Ley 81 (1846), que permitió el primer sometimiento judicial y ha continuado desde ese año hasta el 2025.
Titularidad del ciudadano. Como necesidad psicológica y sociológica –el deseo de conocer, por ejemplo-, el de la información se entronca como un bien individual-social y un derecho social-democrático, por lo que su titularidad corresponde a los ciudadanos. Desde el principio de la galaxia, y durante los siglos XX y XXI, su soberanía se la han porfiado y alternado tres prados:
1.- El Estado (regulador y control), denominado intervencionismo oficial.
2.- La empresa (facilitador de capitales), bajo el manto de libertad de prensa o empresa.
3.- El periodista (redactor de las noticias), amparado en el profesionalismo.
La paternidad de la información no pertenece a ninguna de las tres esferas citadas. Como los datos en torno a los acaecimientos son indispensables para el conocimiento personal, la calidad de la democracia, el cuidado individual ante fenómenos sociales y naturales, y para la toma de decisiones, constitucionalmente informar y estar informado redondea como un servicio colectivo. Se le llama la etapa universalista, en las cortinas expresiva, mediática y jurídica.
Garantía del periodista. Un abogado, ingeniero, médico, literato, profesor o ciudadano común está en la facultad de solicitar informaciones a una institución oficial, para utilidad personal o para conocer los niveles de transparencia. Podrá publicarlas, pero desordenadamente, sin las reglas periodísticas ni seguridad de su veracidad, como abunda en internet.
Ahora bien, para acogerse al derecho a una información veraz, oportuna y completa se precisa cumplir los principios de claridad, objetividad, el régimen ético y jurídico, y contar con canales de transmisión, el dominio redaccional periodístico, la credibilidad y el reconocimiento colectivo.
Por lo tanto, el periodista descuella como el actor principal y el más idóneo para garantizar el derecho a informar y estar informado (el público receptor), lograr la calidad valórica y cumplir tan encomiable responsabilidad social: el deber profesional de informar.
Por lo tanto, el periodista descuella como el actor principal y el más idóneo para garantizar el derecho a informar y estar informado (el público receptor), lograr la calidad valórica y cumplir tan encomiable responsabilidad social: el deber profesional de informar.
Cónsono con los planteamientos anteriores, corresponde a las cámaras legislativas sancionar, tras un amplio debate público, nuevas leyes de derecho a la información, radio y televisión, publicidad estatal, publicidad privada y comunicación digital. También, introducir modificaciones a las leyes de acceso a la información pública, telecomunicaciones, cine y colegiación periodística, que aseguren una adecuada aplicación de la referida facultad.
A los medios le compete -sin hacer tantas alaracas sobre la libertad de prensa, ni obviar referirse a los oligopolios- que los miembros de sus empresas observen con más amplitud y rigurosidad el Código de Ética del Periodista Dominicano, para reducir el déficit ético-profesional.
Y a las escuelas universitarias de ciencias de la comunicación proponemos el reforzamiento de las asignaturas de ética y el derecho a la información, y que apelen a las más avanzadas técnicas didácticas (videos, dibujos, obras de teatro, etc.) en centros educativos y espacios cerrados (cines y teatros, museos y salones de conferencias).
Para desnudar la manipulación, la desinformación y el silencio aupados por las estructuras fácticas hegemónicas, tenemos que estar inspirados en el lema de la Sociedad Patriótica La Trinitaria y el escudo nacional dominicano: Dios, Patria y Libertad, para aprobar leyes que refuercen la memoria histórica nacional y fomenten el constitucionalismo comunicacional pluralista, en el indetenible conglomerado transnacionalizado/liberalizado.
Esta antropología legislativa se aborda en la era de la información, el conocimiento y la globalización, en la que las innovaciones tecnológicas dimensionan tres nociones básicas: 1) Prensa (arcaísmo inmemorial en el que se fundan la información y la comunicación), 2) información (mensaje vertical y unilateral) y 3) comunicación (contenido horizontal y retroactivo). La información y la Constitución han de liderear la batalla por el honor, focalizadas en las leyes del campo disciplinar de la comunicación y el periodismo.
Ese trío trasciende en la etapa legislativa-comunicativa, y la respetabilidad se compendia superior a los otros términos. El mapa conceptual, teórico y metodológico de esta rama científica ha sido construido en tres etapas histórico-investigativas: 1) Sociología de la comunicación -pináculo: 1940-, 2) Psicología de la comunicación -apogeo: 1970-, y 3) Derecho de la información -cúspide 2000-, la emergente.
La difusión y el decoro apuntalan como valores claves en la Ley Fundamental del Estado (2010). Y se justifican y reafirman en el razonamiento argumentativo e interpretativo de la información como poder, más ahora con la expansión de las Tics y la conectividad inter-operativa de las comunidades virtuales, los nuevos cauces comunicativos en el eje de la credibilidad y la regulación de la industria mediática, para el bien común y la protección ciudadana en el Estado de derecho y la democracia.
Por Rommel Santos Diaz
A fin de garantizar el desarrollo de sus actividades, determinados funcionarios estatales gozan de una prerrogativa por medio de la cual no puede ser sometido a un proceso penal si previamente el Congreso, u otra instancia no otorga su autorización.
La inmunidad, como lo ha señalado la doctrina, es una institución que fue establecida con un objetivo concreto, cual es el de poner freno a las intenciones políticas de interrumpir el normal desarrollo de las actividades de una importante autoridad pública.
De acuerdo al Estatuto de Roma, esta prerrogativa de los altos funcionarios no constituye un impedimento para que pueda juzgarse a estas personas. Así lo establece el Art. 27 del Estatuto de Roma.
El artículo 27 del Estatuto de Roma establece que el mismo será aplicable por igual a todos sin distinción alguna basada en el cargo oficial.
En particular el cargo oficial, el cargo oficial de una persona, sea Jefe de Estado o de Gobierno , miembro de un gobierno, en ningún caso la eximirá de responsabilidad penal ni constituirá per se motivo para reducir la pena.
Las inmunidades y las normas de procedimiento especiales que conlleven el cargo oficial de una persona, con arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no obstan para que la Corte Penal Internacional ejerza su competencia sobre ella.
La prerrogativa de la inmunidad se encuentra prevista en algunos casos en las normas constitucionales o en las leyes. En este último caso, cualquier posible contradicción con el Estatuto de Roma puede solucionarse con la reforma de la legislación respectiva.
Sin embargo, cuando la inmunidad se encuentra prevista en la constitución el asunto se complica, ya que por su naturaleza , es una norma que exige para su modificación un proceso más rígido.
Opinión
Treinta años de leyes. Casi dos generaciones esperando.
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6 días agoon
septiembre 16, 2026Dr. Isaías Ramos
Durante casi treinta años, la República Dominicana ha recibido una advertencia tras otra sobre la calidad de su educación y la formación de sus ciudadanos.
Han cambiado gobiernos, programas, funcionarios y discursos.
Lo que demasiado poco ha cambiado son los resultados.
Cada vez que llega una nueva evaluación repetimos el mismo ritual: alarma, titulares, explicaciones, promesas. Después pasa la noticia y continuamos.
Así llevamos demasiado tiempo.
La Ley General de Educación 66-97 definió con extraordinaria claridad el ciudadano que debía formar la escuela dominicana.
Su artículo 5 ordena formar personas libres, críticas y creativas; ciudadanos amantes de su familia y de su patria, conscientes de sus deberes, derechos y libertades, con profundo sentido de responsabilidad y respeto a la dignidad humana. También manda fortalecer la identidad nacional y educar en valores morales y éticos, solidaridad, trabajo productivo y servicio comunitario.
Desde 2010, la Constitución reforzó ese mandato: formación social y cívica, enseñanza constitucional, valores patrios y ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes.
El mandato nunca faltó.
Después llegaron las advertencias.
El Programa para la Evaluación Internacional de los Estudiantes, PISA, ha mostrado reiteradamente graves dificultades de nuestros jóvenes para comprender, razonar y aplicar conocimientos en lectura, matemáticas y ciencias.
El Estudio Internacional de Educación Cívica y Ciudadana, ICCS, reveló profundas debilidades en conocimientos y competencias cívicas.
Nuestras propias Pruebas Nacionales también han mostrado desempeños modestos al concluir la secundaria.
Y la Encuesta de Cultura Democrática volvió a encender alarmas sobre dimensiones esenciales de nuestra cultura ciudadana.
No fueron hechos aislados.
Fueron advertencias acumuladas durante años.
Es justo reconocer avances. Entre PISA 2018 y 2022 el país mejoró significativamente en matemáticas, lectura y ciencias. Pero en 2025 esos avances no continuaron: los resultados fueron estadísticamente similares a los de 2022.
Después de mejorar, nos estancamos.
Y ahí surge la pregunta que la nación merece responder:
¿cómo es posible que, después de tantos diagnósticos, no hayamos tenido la voluntad política, la determinación institucional y la continuidad necesarias para implementar plenamente los fines educativos que nosotros mismos convertimos en ley y mandato constitucional?
No faltaron normas.
No faltaron pruebas.
No faltaron diagnósticos.
Faltaron voluntad política, determinación institucional y continuidad para convertir la educación y la formación ciudadana en una verdadera causa nacional.
Y eso tiene un costo humano.
Ya no hablamos solamente de porcentajes y rankings.
Hablamos de casi dos generaciones de dominicanos que atravesaron el sistema mientras sabíamos que no estábamos formando las competencias académicas y ciudadanas que necesitaban para dirigir sus vidas y, algún día, conducir la República.
¿Quién responde por ellos?
¿Dónde está el gran programa nacional para recuperar y fortalecer a quienes ya salieron de las aulas con brechas académicas y cívicas que el propio sistema había identificado?
En 2025, el Consejo Nacional de Educación aprobó la Ordenanza 02-2025 para incorporar explícitamente la Educación Moral, Cívica y Ética Ciudadana. Hoy vuelve a discutirse legislativamente la obligatoriedad de esa formación.
Bienvenidas sean esas iniciativas.
Pero debemos hacernos una pregunta más profunda:
¿cuántas veces tendremos que escribir la misma obligación antes de convertirla en conducta?
Porque el verdadero problema dominicano no parece ser la ausencia de normas, sino la distancia entre lo que proclamamos y lo que cumplimos.
Ahí la calle compite contra el aula.
Le enseñamos al niño a respetar la ley, pero observa que violarla puede no tener consecuencias.
Le hablamos de mérito mientras contempla favoritismo.
Le exigimos puntualidad mientras normalizamos la impuntualidad.
Le hablamos de responsabilidad mientras ve autoridades incumplir sus propias reglas.
Y debemos comprender algo esencial:
cada autoridad también educa.
Cuando quien ejerce poder incumple una norma sin consecuencias, está impartiendo una clase de educación cívica en sentido contrario.
Por eso no necesitamos simplemente otra asignatura.
Necesitamos una Revolución Cívica que abarque escuela, familia, iglesias, comunidad, empresa y Estado; que alcance también a quienes ya dejaron las aulas; que convierta el cumplimiento en hábito, el mérito en estímulo, el buen ejemplo en norma y la responsabilidad en valor nacional.
No se trata de buscar culpables eternos.
Se trata de asumir una responsabilidad histórica y corregir el rumbo.
Porque ninguna Constitución puede proteger una República cuyos ciudadanos aprenden a ignorarla.
Casi dos generaciones han atravesado ya este proceso.
Y serán esas mismas generaciones las que, tarde o temprano, recibirán la conducción del país.
Todavía estamos a tiempo de cambiar la enseñanza.
Pero el tiempo no es infinito.
La pregunta que debemos responder como nación es ésta:
¿seguiremos administrando el deterioro, o tendremos finalmente el carácter, la voluntad, la determinación y la fidelidad a nuestra Constitución necesarios para formar ciudadanos capaces de construir, respetar y defender la República que prometimos ser?
Por Oscar López Reyes
Demetrio, Higinio y Marcelo, exfuncionarios estatales imbuidos de un hinchado poder político, no prestaron oídos del precavido refrán: “A chica boca, chica sopa” y, cual volcán, cada uno por su lado se arrojó -como si tuvieran en misiones espaciales en diferentes temporadas y universos cósmicos- a hostigar y a perseguir a un periodista respetuoso y cumplidor. La maledicencia, agazapada en villanías, les hizo olvidar que para participar en foros había que tener los bozos limpios.
Ninguno de los tres judicializables estuvo en la mirilla del tranquilo Gael Otero, a quien jamás dejaron de incordiarlo inmisericordemente, sin motivo aparente. Empero, sin este reportero/articulista buscarlos, en sus manos se posaron -como si fueran enviados por un molesto extraterrestre- datos incriminatorios sobre sus acosadores, que lo dejaron perplejo. ¿Cuál fue su reacción?
Los hechos y personajes a ser descritos son reales, ocurridos en Santo Domingo, República Dominicana, en años recientes, aunque sus protagonistas pudieran llamarse Piernavieja (abogado), Pieldelobo (administrador de empresas) y Viejobueno (ingeniero). Sus verdaderos patronímicos son Demetrio Gabilondo, Higinio Quintana y Marcelo Mosquera, el trío diabólico que, visiblemente con el sistema límbico y el tronco encefálico dislocados, asediaron y se pusieron a la caza de Gael, como si fuera un ladrón. ”El cazador cazado”, ¡qué ironía!
Primero. Demetrio: en el examen de tesis de grado, un miembro del jurado al estudiante de periodismo Gael le asignó 98 y otro 95, que ponderaron la metodología en el abordaje, la capacidad investigativa y el pensamiento crítico. El tercer juez docente, Demetrio, emitió su veredicto sin consultar a sus dos colegas: un 40. Cuando el ya graduado aspiró a ser maestro, en un examen le colocó un 0 y en el año que presentó un proyecto para crear una unidad académica en la universidad estatal, lo boicoteó, a la clara. Posteriormente, este abogado lo importunaba en reuniones de las lides gremiales. ¿Y por qué…?, se preguntaba Gael.
Sorpresa: Un domingo en la mañana, mientras Gael chequeaba su agenda en la redacción del periódico Hoy, su director Virgilio Alcántara le entregó un documento que había recibido, con acusaciones comprometedoras contra Demetrio. Le instruyó enfáticamente para que profundizara en la investigación. Si no inquirí estos papeles, si este caballero me ha pisoteado insistentemente -reflexionó Gael- y ahora tengo esta encomienda del director del matutino, por qué no hacer mi trabajo y focalizar el tema con superficialidad.
La indagatoria duró más de una semana, y los hallazgos encontrados fueron demoledores. Escribió tres amplios reportajes y el director del rotativo los publicó en tres primeras páginas. El escándalo no pudo ser más vergonzoso, en el pico de la gravedad. El consejo directivo de la institución donde laboraba el jurista sesionó de emergencia, con el documento original y los reportajes en la mesa. La cancelación de Demetrio fue inevitable. ¡Vaya!
Marcelo: En los años 2018-19, a Gael pretendió trazarle pautas, sin ser su jefe; humillarlo e imponérsele, sin razón, en el organismo gubernamental en la cual ambos ofrecían sus servicios profesionales. Narcisista indecoroso y arrogante, Marcelo escudriñaba fallas en el accionar de Gael, para reportarlo ante la máxima autoridad. Cuando este difundía algún texto periodístico, lo separaba, subrayaba puntos específicos y lo llevaba al mando superior, su amigo de muchos años, con recomendaciones despiadadas. Jamás aceptó conciliación, aun comprobándose que incurría en irrefutables conflictos de intereses.
Asombro: Un colega y amigo del periodista Gael sintió estupor al enterarse del drama –a través de un tercero- y decidió rastrear las andanzas de Marcelo en la administración pública, así como sus actuales relaciones y comportamiento. Descubrió que como director administrativo-financiero hacía negocios con otras instituciones públicas. Siendo así, la única alternativa de la alta gerencia fue su despido. ¡Qué pena! ¿Acaso funge ahora con las mismas funciones en otra dependencia estatal?
Higinio: Después que, con el tráfico de influencia política, truculentamente este ingeniero se enriqueció con la adjudicación de contratos a sobreprecios –y con desvíos de fondos públicos desde un organismo público hacia una corporación en la cual era un testaferro- fuera del gobierno –¡Qué viva Odebrecht!- se dedica actualmente a querer socavar las imágenes de personas honradas, desde un digital en el cual se proclama, sin asearse los colmillos, “comunicador”. ¡Qué tupé!
Espanto: El legajo de documentos acumulados por indignados de organizaciones de interés social sirvió para instrumentar un expediente, depositado en la Procuraduría General de la República para que se añadiera a otro más grande divulgado públicamente, vinculada a la gestión 2012-1016. En una cama supercómoda, el imputado Higinio languidece, dando sus últimos suspiros, y pocos saben que fue por su doble osadía: sustraer, usurpar como “comunicador” y atacar para aparentar… ¡Desvergonzado!, ¿sí o no?
Demetrio, Higinio y Marcelo vituperaban a Gael sin conocer sus facultades divinas: cada vez que este emprendía un proyecto y otros hacían lo mismo, avanzaba con tanta prontitud que los paños y lienzos de sus competidores eran tirados en barrancos. Idénticamente, meses después de que un elocuente lo encaraba con alevosía, ese alevoso moría súbitamente, como aconteció con dos de los tres judicializables. El otro de similar estirpe quedó entrampado en la peor hoguera, porque sufre más que Juana de Arco.
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El autor: periodista, mercadólogo, catedrático y escritor.
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13 de septiembre de 2026
