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Nuevo Código Penal es atacado ante el TC por Colegio de Abogados.
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-El Colegio de Abogados de la República Dominicana interpuso una accion directa de inconstitucionaolidad contra diversos articulos del nuevo Codigo Penal, al considerar que la norma contraviene garantias fundamentales coonsagradas en la carta magna, lo cual ocurre a poco menos de cuatro meses para que entre en vigencia.
El recurso, interpuesto por la seccional del gremio en San Pedro de Macorís, ataca 11 artículos de la Ley 74-25, entre los que destaca el límite de pena en concurso de infracciones, que fija un máximo de hasta 60 años de prisión en casos de múltiples delitos.
El abogado Andrés Contreras, quien representa a la parte accionante, explicó que esta prerrogativa, contemplada en el artículo 49 del código, puede generar sanciones que en la práctica se equiparan a una pena de muerte.
El abogado señaló que, aunque existe un reclamo social para endurecer las sanciones penales, estas medidas deben ajustarse al marco constitucional vigente.
En contraposición, la representación legal de la Cámara de Diputados pidió declarar conforme a la Constitución el nuevo Código Penal, «por haberse llevado a cabo con estricto apego a la carta política del Estado». Asimismo, calificó el recurso de «improcedente, mal fundado y carente de veracidad».
El Senado de la República solicitó a la alta corte rechazar la acción, «por no demostrar con fundamentos constitucionales pertinentes las alegaciones de vulneración».
Tras escuchar a las partes, el Tribunal Constitucional (TC), encabezado por el magistrado Napoleón Estévez, se reservó el fallo.
El 17 de diciembre de 2025, la seccional del CARD en San Pedro de Macorís y su presidenta, Josefina Guerrero, interpusieron una acción de inconstitucionalidad contra 11 artículos del nuevo Código Penal. Estos son:
- Artículo 2.10. Principio de no duplicidad de condena: prohíbe juzgar o sancionar dos veces por el mismo hecho.
- Artículo 24. Clasificación de las penas: establece los tipos de penas (privativas de libertad, restrictivas de derechos, multas y medidas sociojudiciales).
- Artículo 49. Límite de pena en concurso de infracciones: fija un máximo de hasta 60 años de prisión en casos de múltiples delitos.
- Artículo 68. Medidas de seguimiento sociojudicial: contempla restricciones posteriores a la condena (contacto con la víctima, residencia, tratamiento, entre otras).
- Artículo 142. Exhibicionismo sexual: tipifica y sanciona conductas de exposición sexual en público.
- Artículo 170. Autosecuestro: penaliza la simulación de secuestro con fines económicos u otros beneficios.
- Artículo 214. Abandono de niños, niñas y adolescentes: sanciona el incumplimiento del deber de cuidado.
- Artículo 260. Ocultamiento de cadáver: castiga la ocultación de un cuerpo, con agravantes si hay delito previo.
- Artículo 284. Corrupción pública: define y sanciona actos de corrupción de funcionarios públicos.
- Artículo 303. Malversación de fondos públicos: sanciona el uso indebido de recursos del Estado.
- Artículo 388. Aplicación de disposiciones: regula la correspondencia entre el nuevo Código Penal y normas anteriores.
TC conoció 12 roles de los que declaró uno inadmisible
El Pleno del TC conoció este miércoles 12 expedientes, de los cuales 11 quedaron en estado de fallo y uno fue declarado inadmisible.
El primer expediente conocido fue el TC-01-2025-0068, en el que Juan Arismendi Mañón Jiménez, Manuel Valdez y la Banca de Lotería Axel impugnaron la Sentencia SCJ-PS-25-2117, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 30 de diciembre de 2025.
Este fue declarado inadmisible debido a que el acto atacado no está previsto dentro de las normas susceptibles de impugnación de acción directa de inconstitucionalidad.
Posteriormente, los jueces dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2025-0063, cuyo accionante, Edghar Manuel Polanco Frías atacó el párrafo II del artículo 64 y el numeral 11 del artículo 4 de la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, del 1 de junio de 2017; y los artículos 4, párrafo II, y 7 de la Norma General 07-2022, que establece la exigencia de la constancia fehaciente de pago para que los notarios públicos puedan instrumentar actos y legalizar firmas, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
En el mismo estatus quedó el expediente TC-01-2025-0064, que tuvo como accionante a Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada, quien impugnó la parte in fine del artículo 11 de la Ley 327-98, de Carrera Judicial, del 11 de agosto de 1998.
De igual forma, el expediente TC-01-2025-0065, interpuesto por Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada en contra de los artículos 132 de la Ley 87-01, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, y el art. 3 del Reglamento sobre el Subsidio por Maternidad y el Subsidio por Lactancia, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante Resolución 98-02, del 19 de febrero de 2004, que fue modificado por las resoluciones 138-08, de fecha 11 de agosto de 2005; 181-01, de fecha 14 de julio de 2008, y 378-03, del 26 de noviembre de 2015.
Otro de los expedientes pendientes de fallo, el TC-01-2025-0069, tuvo como accionantes a American Thunder Fireworks, S.R.L., American Pyrothecnics, S.R.L., Avengers Fireworks, Fuegos Artificiales Oriental, Fuegos Phantastik, Heroudini Fireworks, Jupiter Fireworks, Metralla/Party Market, S.R.L., Premium Fireworks, S.R.L., Skysongs Fireworks, Wizard Group, S.R.L. y Firelab Efectos Especial, S.R.L, quienes atacaron la Ley 340-09, para el Control y la Regulación de Productos Pirotécnicos, de fecha 23 de noviembre de 2009.
Igualmente quedó el expediente TC-01-2025-0070, mediante el cual Blas Antonio Reyes R. refutó la Ley 339, del 22 de agosto de 1968, que establece que las viviendas construidas por los organismos autónomos del Estado o directamente por el Poder Ejecutivo quedan declaradas de pleno derecho bien de familia.
Asimismo, está pendiente de fallo el expediente TC-01-2025-0071, interpuesto por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), seccional San Pedro de Macorís, y su presidenta, Josefina Guerrero, en el que atacan los artículos 2.10, 24, 49, 68, 142, 170, 214, 260, 284, 303 y 388 del Código Penal Dominicano.
A seguidas, el Pleno dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2025-0072, que tuvo como accionantes a Miguel Valdemar Díaz y Shesnel Alejandro Calcaño Mena, quienes impugnaron los artículos 8, 146 y 150 de la Ley 97-25, que instituye el Código Procesal Penal de la República Dominicana, de fecha 8 de diciembre de 2025.
Otro expediente a la espera de ser fallado es el TC-01-2025-0073, en el que el accionante, Marino Marrero Báez, atacó la omisión legislativa y el exceso administrativo en materia de activos virtuales.
También el expediente TC-01-2025-0062, interpuesto por Edghar Manuel Polanco Frías contra el artículo 15 del decreto 50-13, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley 253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, del 1 de febrero de 2013.
En igual condición quedó el expediente TC-01-2025-0066, cuyos accionantes, Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada y Ana Franchesca Medina Quezada, refutaron el convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores del 25 de octubre de 1980, celebrado en La Haya, Países Bajos, y la Resolución 480-2008, dictada por la Suprema Corte de Justicia en Cámara de Consejo en fecha 6 de marzo de 2008.
Por último, los jueces dejaron pendiente de fallo el expediente TC-01-2025-0067, mediante el cual Maritza Méndez Severino atacó el acuerdo de cooperación bilateral entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, de fecha 13 de noviembre de 2025.
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Imponen dos meses de prisión preventiva a “Nino Dólar” por accidente que dejó dos muertos
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agosto 27, 2026Carlos José Troche Rodríguez deberá cumplir la medida de coerción en Cotuí por el hecho ocurrido el pasado 15 de agosto en la intersección de las avenidas Abraham Lincoln e Independencia, donde murieron un padre y su hija y una tercera persona resultó herida.
SANTO DOMINGO.– La Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional impuso este jueves dos meses de prisión preventiva contra Carlos José Troche Rodríguez, conocido como “Nino Dólar”, investigado por el accidente de tránsito ocurrido el pasado 15 de agosto que provocó la muerte de dos personas y dejó a una tercera lesionada.
La medida deberá ser cumplida en Cotuí y será revisada en el mes de octubre, según informó la representación legal de una de las víctimas.
Las víctimas mortales fueron identificadas como Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio, de 38 años, y su hija Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, de 21, mientras que Arianna Michelle Ciprián resultó lesionada.
De acuerdo con la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público, Troche Rodríguez presuntamente cruzó en rojo el semáforo ubicado en la intersección de las avenidas Abraham Lincoln e Independencia, mientras conducía una yipeta Chevrolet Tahoe, e impactó la motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.
El órgano acusador sostiene que, después del impacto, el conductor habría continuado la marcha, arrastrando a las víctimas y posteriormente abandonando el lugar. Estas circunstancias forman parte de la investigación y deberán ser demostradas durante el proceso judicial.
Ministerio Público plantea dolo eventual
Uno de los aspectos jurídicamente más relevantes del expediente es la tesis sostenida por el Ministerio Público, que plantea investigar los hechos bajo la figura de homicidio agravado en la modalidad de dolo eventual.
Según la posición del órgano persecutor, las circunstancias permitirían considerar que el imputado habría asumido la posibilidad de producir consecuencias gravemente lesivas al presuntamente desatender una señal de tránsito en una intersección de considerable circulación.
El caso había sido conocido inicialmente por el juez Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, quien posteriormente declinó el expediente a la jurisdicción especial de tránsito, que finalmente conoció la solicitud de medida de coerción.
La imposición de prisión preventiva constituye una medida de coerción y no una condena, por lo que el proceso deberá continuar hasta que los tribunales determinen las responsabilidades correspondientes.
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Juicio de fondo pone bajo examen responsabilidad de propietarios del Jet Set.
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agosto 27, 2026El proceso contra Antonio y Maribel Espaillat comienza este viernes en la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional. Más allá de establecer responsabilidades individuales, el juicio vuelve a colocar en el debate nacional la seguridad de los establecimientos abiertos al público y los límites de la responsabilidad penal frente a una tragedia de grandes dimensiones.
SANTO DOMINGO.– El proceso judicial por el colapso del techo de la discoteca Jet Set entra este viernes en una de sus etapas más determinantes, cuando la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional dé inicio al juicio de fondo contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, propietarios del establecimiento donde la tragedia dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas.
La audiencia está pautada para las 9:00 de la mañana y estará presidida por el juez Franny González, quien tendrá ante sí un proceso que trasciende la discusión estrictamente penal por la dimensión humana y social de los hechos.
Los hermanos Espaillat llegan a esta fase acusados de homicidio involuntario, mientras que el expediente incluye como terceros civilmente demandados a Inversiones E y L, S.R.L.; Difusora Hemisferio, S.R.L.; Radio Cadena Comercial, S.R.L.; Eveline Espaillat y Ana Grecia López.
Un juicio con una elevada carga probatoria
La magnitud del proceso puede apreciarse también en el volumen de las pruebas que serán sometidas al debate judicial.
La acusación del Ministerio Público consta de 156 páginas, mientras que el expediente incorpora 84 testigos, además de pruebas documentales y materiales relacionadas con las circunstancias que rodearon el desplome.
Esta etapa será sustancialmente distinta a las anteriores.
El juicio de fondo constituye el escenario en el que las partes podrán presentar y controvertir las pruebas admitidas, interrogar testigos y desarrollar sus respectivas teorías del caso. Será sobre la base de ese debate contradictorio que el tribunal deberá determinar si la acusación ha demostrado, conforme al estándar exigible en materia penal, la responsabilidad atribuida a los procesados.
Por ello, la apertura del juicio no significa que la responsabilidad penal esté establecida de antemano. Los acusados conservan la presunción de inocencia hasta que exista una decisión judicial definitiva conforme al debido proceso.
La naturaleza de la responsabilidad estará en el centro
Uno de los elementos jurídicamente más relevantes del expediente será la discusión sobre la naturaleza de la conducta atribuida a los propietarios del establecimiento.
Durante la etapa preliminar, el juez Raymundo Mejía, del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dispuso la apertura a juicio bajo la calificación de homicidio culposo o imprudente, descartando la pretensión de un grupo de víctimas que procuraba que los hechos fueran juzgados como homicidio voluntario.
Esta diferencia no es simplemente terminológica.
En el juicio deberá examinarse la relación entre las actuaciones u omisiones atribuidas a los acusados y el resultado producido. Las pruebas técnicas, testimoniales, documentales y materiales tendrán, por tanto, una importancia determinante para establecer qué conocían los responsables del establecimiento, cuáles obligaciones recaían sobre ellos y si existieron conductas jurídicamente relevantes vinculadas con el colapso.
Será el tribunal, después de escuchar a todas las partes y valorar las pruebas, el que deberá determinar las responsabilidades correspondientes.
Víctimas, acusación y defensa frente al tribunal
El Ministerio Público estará representado por un equipo encabezado por Wilson Camacho, director general de Persecución; Rosalba Ramos, fiscal titular del Distrito Nacional, y otros representantes del órgano acusador.
Los propietarios de Jet Set estarán defendidos por los abogados Miguel Valerio, Ramón Emilio Núñez y Carlos Alberto Polanco Rodríguez.
Por su parte, las víctimas cuentan con distintos equipos de representación legal, en un proceso particularmente complejo debido al elevado número de personas afectadas.
La pluralidad de actores convierte el juicio en un escenario donde coexistirán la persecución penal del Estado, el ejercicio del derecho de defensa y las reclamaciones de quienes resultaron directamente afectados por la tragedia.
La responsabilidad civil también estará presente
El proceso no se limita a determinar si existe responsabilidad penal.
La presencia de empresas y personas señaladas como terceros civilmente demandados introduce otra dimensión del conflicto: las consecuencias patrimoniales derivadas de los daños ocasionados.
De ahí que las decisiones adoptadas durante el juicio puedan tener implicaciones que vayan más allá de las eventuales sanciones penales y alcancen las reclamaciones indemnizatorias promovidas por las víctimas y sus familiares.
En etapas anteriores también quedó fuera del proceso penal el Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y otras instituciones estatales que habían sido señaladas.
De la tragedia al debate sobre prevención
El desplome ocurrió mientras se desarrollaba una actividad amenizada por el merenguero Rubby Pérez, quien también perdió la vida.
Pero transcurrido el impacto inicial de la tragedia, el caso ha dejado abierta una discusión que va más allá de los imputados: ¿qué mecanismos de prevención, mantenimiento, inspección y supervisión deben garantizar la seguridad de miles de personas que diariamente acuden a establecimientos de concentración masiva?
Esa interrogante no determina por sí misma la responsabilidad de quienes están siendo juzgados, pero explica por qué el proceso tiene una dimensión social que supera las paredes del tribunal.
Una tragedia de esta magnitud obliga a examinar no solamente qué ocurrió, sino cuáles enseñanzas institucionales deben extraerse para impedir que una situación semejante vuelva a repetirse.
Un proceso que deberá decidirse sobre las pruebas
El expediente llegó a la Cuarta Sala Penal luego de que la jueza Clara Luz Almonte, de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional, se apartara del conocimiento del caso debido a su relación de amistad con una de las víctimas.
Antonio y Maribel Espaillat permanecen sometidos a medidas de coerción consistentes en garantía económica de RD$50 millones, presentación periódica e impedimento de salida del país, medidas que fueron confirmadas posteriormente por la Corte de Apelación.
A partir de este viernes comienza, sin embargo, otra historia procesal.
Después de meses de investigaciones, reclamaciones de las víctimas, decisiones judiciales y debates sobre la calificación jurídica de los hechos, llegará el momento de confrontar la acusación con la defensa ante un tribunal de fondo.
Para las familias, el proceso representa una búsqueda de respuestas y justicia. Para los acusados, constituye el escenario en el que podrán ejercer plenamente su derecho de defensa. Y para el sistema judicial dominicano representa la responsabilidad de resolver uno de los casos de mayor impacto social de los últimos años con independencia, debido proceso y sobre la base de las pruebas producidas en el juicio.
El caso Jet Set entra así en su etapa decisiva. La tragedia ya forma parte de la memoria colectiva dominicana; ahora corresponde a la justicia determinar las responsabilidades que jurídicamente puedan ser demostradas.
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Congreso Nacional donde se definirá rumbo de importantes proyectos nacionales
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agosto 27, 2026Senado y Cámara de Diputados conformaron sus mesas de trabajo para los próximos dos años, en una distribución que no solo organiza el trabajo legislativo, sino que determina quiénes tendrán mayor influencia en el estudio, modificación y aprobación de iniciativas claves.
SANTO DOMINGO.– Con el inicio de la segunda legislatura ordinaria del año, el Congreso Nacional entró en una etapa que va mucho más allá de la simple distribución administrativa de sus legisladores: Senado y Cámara de Diputados comenzaron a definir las comisiones que tendrán bajo su responsabilidad examinar buena parte de los proyectos que podrían convertirse en leyes durante los próximos dos años.
La reorganización se produce luego de que el pasado 16 de agosto ambas cámaras dejaran establecidos sus bufetes directivos. En el Senado, Ricardo de los Santos continúa al frente de la Presidencia, acompañado por Julito Fulcar como vicepresidente, mientras Aracelis Villanueva y Guillermo Lama ocupan las secretarías.
En la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco permanece como presidente, acompañado por Dharuelly D’Aza en la Vicepresidencia y Eduviges Bautista y Emil Durán como secretarios.
Pero detrás de esos nombres existe una cuestión de mayor trascendencia institucional: las comisiones constituyen uno de los principales filtros del proceso legislativo.
Es allí donde los proyectos son estudiados antes de llegar al pleno y donde buena parte de las discusiones técnicas y políticas adquieren forma.
El poder que existe detrás de las comisiones
Aunque las sesiones plenarias suelen concentrar la atención pública, buena parte del trabajo determinante del Congreso ocurre previamente.
Las comisiones especializadas permiten distribuir las iniciativas conforme a su naturaleza y someterlas a análisis antes de que sean conocidas por el pleno.
Por esa razón, quién preside una comisión y quiénes la integran no constituye un asunto meramente protocolar.
En el Senado, por ejemplo, Cristóbal Castillo presidirá la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, acompañado por Franklin Romero, Rafael Duluc, Omar Fernández, Santiago Zorrilla, Alexis Victoria Yeb, Pedro Catrain, Félix Bautista y Aracelis Villanueva.
La Comisión de Hacienda estará encabezada por Pedro Catrain, mientras Daniel Rivera presidirá Presupuesto; Antonio Tavéras estará al frente de Economía, Planificación y Desarrollo, y Lía Díaz encabezará Seguridad Social, Trabajo y Pensiones.
Estas designaciones adquieren relevancia porque colocan a determinados legisladores en posiciones desde las cuales participarán directamente en el estudio de asuntos económicos, laborales, fiscales y jurídicos de especial importancia.
Tecnología y ciberseguridad ganan espacio
La composición de las comisiones de la Cámara de Diputados refleja también la creciente presencia de asuntos vinculados con la transformación tecnológica.
Entre las estructuras anunciadas figura una Comisión de Ciberseguridad, presidida por Sadoky Duarte, acompañado por Eudy Maldonado y Óscar Morel.
A ella se suma la Comisión de Tecnología de Información, encabezada por Vicente Sánchez, junto a Tobías Crespo y Saulo Vega.
La existencia de estos espacios evidencia que la agenda legislativa contemporánea ya no puede limitarse a los ámbitos tradicionales.
Protección de información, delitos tecnológicos, transformación digital y nuevas formas de interacción entre ciudadanos, empresas y Estado obligan al Poder Legislativo a disponer de estructuras capaces de examinar problemas cada vez más especializados.
Justicia y derechos humanos, bajo nuevas presidencias
Otro punto relevante está relacionado con el tratamiento de los asuntos jurídicos.
Mientras en el Senado Justicia y Derechos Humanos permanecen integrados dentro de una misma comisión, en la Cámara de Diputados aparecen diferenciadas las áreas.
La Comisión de Derechos Humanos estará presidida por Pedro Martínez, mientras que Wandy Batista encabezará la Comisión de Justicia. Además, Jesús Manuel Sánchez presidirá la Comisión del Ministerio Público.
Esta distribución adquiere particular importancia porque las reformas legislativas relacionadas con justicia, garantías fundamentales e instituciones del sistema judicial deberán atravesar esos escenarios de discusión.
Mayoría política y responsabilidad institucional
La conformación de las comisiones tampoco puede analizarse al margen de la correlación política existente dentro del Congreso.
El PRM mantiene posiciones relevantes en las estructuras legislativas, pero las diferentes bancadas también cuentan con representación. En el Senado, los representantes políticos señalados son María Mercedes Ortiz por el PRM, Eduard Espiritusanto por la Fuerza del Pueblo y Rogelio Genao por el PRSC, además de la representación vinculada al Partido Primero la Gente.
En la Cámara Baja aparecen como voceros Amado Antonio Díaz Jiménez por el PRM, José David Báez por Fuerza del Pueblo, Ydenia Doñé por el PLD, además de representantes de otras organizaciones políticas.
La mayoría proporciona capacidad para impulsar una agenda, pero también incrementa la responsabilidad política de quienes controlan los principales espacios de decisión.
La verdadera prueba no estará simplemente en la cantidad de proyectos estudiados o aprobados, sino en la calidad de las leyes que finalmente produzca el Congreso.
Un Congreso que deberá demostrar resultados
La nueva distribución abre así un período importante para el Poder Legislativo.
El país enfrenta asuntos económicos, sociales, tecnológicos, ambientales, laborales y jurídicos que demandarán análisis especializados y capacidad de concertación.
El presidente del Senado recordó que todos los senadores pueden asistir a las comisiones que sean de su interés, aunque solamente quienes pertenecen oficialmente a ellas tienen derecho al voto.
En la Cámara de Diputados, al momento de anunciarse la nueva composición, todavía quedaban cinco mesas de trabajo pendientes de ser instauradas.
La reorganización de las comisiones, por tanto, representa apenas el comienzo.
El verdadero balance llegará cuando pueda determinarse si esta nueva estructura fue capaz de transformar los debates legislativos en leyes oportunas, técnicamente sólidas y capaces de responder a las necesidades de la sociedad dominicana.
Ese será, finalmente, el parámetro con el que deberá medirse el trabajo del Congreso durante esta nueva etapa.
