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Nuevo Código Penal es atacado ante el TC por Colegio de Abogados.

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Santo Domingo, R.D.-El Colegio de Abogados de la República Dominicana interpuso una accion directa de inconstitucionaolidad contra diversos articulos del nuevo Codigo Penal,  al considerar que la norma contraviene garantias fundamentales coonsagradas en la carta magna, lo cual ocurre  a poco menos de cuatro meses para que entre en vigencia.

El recurso, interpuesto por la seccional del gremio en San Pedro de Macorís, ataca 11 artículos de la Ley 74-25, entre los que destaca el límite de pena en concurso de infracciones, que fija un máximo de hasta 60 años de prisión en casos de múltiples delitos.

El abogado Andrés Contreras, quien representa a la parte accionante, explicó que esta prerrogativa, contemplada en el artículo 49 del código, puede generar sanciones que en la práctica se equiparan a una pena de muerte.

El abogado señaló que, aunque existe un reclamo social para endurecer las sanciones penales, estas medidas deben ajustarse al marco constitucional vigente.

En contraposición, la representación legal de la Cámara de Diputados pidió declarar conforme a la Constitución el nuevo Código Penal, «por haberse llevado a cabo con estricto apego a la carta política del Estado». Asimismo, calificó el recurso de «improcedente, mal fundado y carente de veracidad».

El Senado de la República solicitó a la alta corte rechazar la acción, «por no demostrar con fundamentos constitucionales pertinentes las alegaciones de vulneración».

Tras escuchar a las partes, el Tribunal Constitucional (TC), encabezado por el magistrado Napoleón Estévez, se reservó el fallo.

El 17 de diciembre de 2025, la seccional del CARD en San Pedro de Macorís y su presidenta, Josefina Guerrero, interpusieron una acción de inconstitucionalidad contra 11 artículos del nuevo Código Penal. Estos son:

  • Artículo 2.10. Principio de no duplicidad de condena: prohíbe juzgar o sancionar dos veces por el mismo hecho.
  • Artículo 24. Clasificación de las penas: establece los tipos de penas (privativas de libertad, restrictivas de derechos, multas y medidas sociojudiciales).
  • Artículo 49. Límite de pena en concurso de infracciones: fija un máximo de hasta 60 años de prisión en casos de múltiples delitos.
  • Artículo 68. Medidas de seguimiento sociojudicial: contempla restricciones posteriores a la condena (contacto con la víctima, residencia, tratamiento, entre otras).
  • Artículo 142. Exhibicionismo sexual: tipifica y sanciona conductas de exposición sexual en público.
  • Artículo 170. Autosecuestro: penaliza la simulación de secuestro con fines económicos u otros beneficios.
  • Artículo 214. Abandono de niños, niñas y adolescentes: sanciona el incumplimiento del deber de cuidado.
  • Artículo 260. Ocultamiento de cadáver: castiga la ocultación de un cuerpo, con agravantes si hay delito previo.
  • Artículo 284. Corrupción pública: define y sanciona actos de corrupción de funcionarios públicos.
  • Artículo 303. Malversación de fondos públicos: sanciona el uso indebido de recursos del Estado.
  • Artículo 388. Aplicación de disposiciones: regula la correspondencia entre el nuevo Código Penal y normas anteriores.

TC conoció 12 roles de los que declaró uno inadmisible

El Pleno del TC conoció este miércoles 12 expedientes, de los cuales 11 quedaron en estado de fallo y uno fue declarado inadmisible.

El primer expediente conocido fue el TC-01-2025-0068, en el que Juan Arismendi Mañón Jiménez, Manuel Valdez y la Banca de Lotería Axel impugnaron la Sentencia SCJ-PS-25-2117, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 30 de diciembre de 2025.

Este fue declarado inadmisible debido a que el acto atacado no está previsto dentro de las normas susceptibles de impugnación de acción directa de inconstitucionalidad.

Posteriormente, los jueces dejaron en estado de fallo el expediente  TC-01-2025-0063, cuyo accionante, Edghar Manuel Polanco Frías atacó el párrafo II del artículo 64 y el numeral 11 del artículo 4 de la Ley  155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, del 1 de junio de 2017; y los artículos 4, párrafo II, y 7 de la Norma General  07-2022, que establece la exigencia de la constancia fehaciente de pago para que los notarios públicos puedan instrumentar actos y legalizar firmas, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

En el mismo estatus quedó el expediente TC-01-2025-0064, que tuvo como accionante a Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada, quien impugnó la parte in fine del artículo 11 de la Ley  327-98, de Carrera Judicial, del 11 de agosto de 1998.

De igual forma, el expediente TC-01-2025-0065, interpuesto por Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada en contra de los artículos 132 de la Ley  87-01, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, y el art. 3 del Reglamento sobre el Subsidio por Maternidad y el Subsidio por Lactancia, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante Resolución  98-02, del 19 de febrero de 2004, que fue modificado por las resoluciones 138-08, de fecha 11 de agosto de 2005; 181-01, de fecha 14 de julio de 2008, y 378-03, del 26 de noviembre de 2015.

Otro de los expedientes pendientes de fallo, el TC-01-2025-0069, tuvo como  accionantes a American Thunder Fireworks, S.R.L., American Pyrothecnics, S.R.L., Avengers Fireworks, Fuegos Artificiales Oriental, Fuegos Phantastik, Heroudini Fireworks, Jupiter Fireworks, Metralla/Party Market, S.R.L., Premium Fireworks, S.R.L., Skysongs Fireworks, Wizard Group, S.R.L. y Firelab Efectos Especial, S.R.L, quienes atacaron la Ley  340-09, para el Control y la Regulación de Productos Pirotécnicos, de fecha 23 de noviembre de 2009.

Igualmente quedó el expediente TC-01-2025-0070, mediante el cual Blas Antonio Reyes R. refutó la Ley  339, del 22 de agosto de 1968, que establece que las viviendas construidas por los organismos autónomos del Estado o directamente por el Poder Ejecutivo quedan declaradas de pleno derecho bien de familia.

Asimismo, está pendiente de fallo el expediente TC-01-2025-0071, interpuesto por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), seccional San Pedro de Macorís, y su presidenta, Josefina Guerrero, en el que atacan los artículos 2.10, 24, 49, 68, 142, 170, 214, 260, 284, 303 y 388 del Código Penal Dominicano.

A seguidas, el Pleno dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2025-0072, que tuvo como accionantes a Miguel Valdemar Díaz y Shesnel Alejandro Calcaño Mena, quienes impugnaron los artículos 8, 146 y 150 de la Ley  97-25, que instituye el Código Procesal Penal de la República Dominicana, de fecha 8 de diciembre de 2025.

Otro expediente a la espera de ser fallado es el TC-01-2025-0073, en el que el accionante, Marino Marrero Báez, atacó la omisión legislativa y el exceso administrativo en materia de activos virtuales.

También el expediente TC-01-2025-0062, interpuesto por Edghar Manuel Polanco Frías contra el artículo 15 del decreto  50-13, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley  253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, del 1 de febrero de 2013.

En igual condición quedó el expediente TC-01-2025-0066, cuyos accionantes, Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada y Ana Franchesca Medina Quezada, refutaron el convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores del 25 de octubre de 1980, celebrado en La Haya, Países Bajos, y la Resolución  480-2008, dictada por la Suprema Corte de Justicia en Cámara de Consejo en fecha 6 de marzo de 2008.

Por último, los jueces dejaron pendiente de fallo el expediente TC-01-2025-0067, mediante el cual Maritza Méndez Severino atacó el acuerdo de cooperación bilateral entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, de fecha 13 de noviembre de 2025.

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Imputados en Operacion XL526 en espera de medida de coerción.

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Santiago. -Este jueves el Ministerio Público depositó la solicitud de medida de coerción ante el Tribunal de Atención Permanente de Santiago contra los apresados en la Operación XL526, quienes  alegadamente integran una presunta red dedicada a estafas, extorsiones y lavado de activos con víctimas en Estados Unidos de América.

Las autoridades señalan como cabecillas a Carlos José Parra Languar, Eliardo Peña Almonte, Renso Darío González Almonte, Josiel Pichardo Cabrera y Walinton Sosa Almonte.
Otros detenidos son: Moisés David Pichardo Aracena, Pedro Antonio Pichardo, Yumeiry Altagracia Cabrera, Danny Rafael Laguar, Augusto José Reyes y Julio Antonio Peralta del Rosario.

El jurista Kilvio González, quien representa a Danny Rafael Laguar Ferreira, asegura que su defendido es un ingeniero civil dedicado a la construcción de viviendas en el distrito municipal de San Francisco de Jacagua, y no.parte de una estructura criminal. 

El también abogado José Reynoso García asegura que se han cometido violaciones al debido proceso de los apresados.

Criticó que fueran trasladados a distintos centros de reclusión, incluyendo el Palacio de Justicia, el centro de la fortaleza Fernando Valerio y posteriormente Rafey, dificultando que pudieran verlos.

La Operación XL526 fue ejecutada el.pasado martes con operativos en Santiago y Puerto Plata, donde fueron arrestadas 20 personas señaladas de integrar una estructura criminal. En el.caso de Santiago, la estructura funcionaba desde Los Cocos de Jacagua y utilizaba amenazas, simulación de carteles de drogas y herramientas tecnológicas para extorsionar a víctimas en Estados Unidos.

El Tribunal de Atención Permanente de Santiago deberá fijar en las próximas horas la audiencia para conocer la solicitud de medida de coerción.

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Más de 50 allanamientos en Santiago por extorsión, fraudes y transferencias ilícitas.

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Santiago, R.D.-El Ministerio Público ha realizado en los últimos tres años, el Ministerio Público cerca de 50 allanamientos vinculados a delitos cibernéticos en la provincia de Santiago, concentrando gran parte de sus operaciones en sectores como Los Cocos de Jacagua, Los Ciruelitos y el municipio de Villa González.

En noviembre de 2023, la Policía Nacional y el Ministerio Público arrestaron a 10 personas en el callejón Los Chitos de Jacagua, donde operaba un “call center” clandestino. Asimismo, en octubre de 2024 otras 10 personas fueron arrestadas en el distrito municipal de San Francisco, donde fueron incautados 14 vehículos del tipo yipetas.

Del mismo modo, otros operativos se realizaron durante 2025 en sectores como Villa González, Jacagua, Camboya, entre otros. En estas ocasiones, los procedimientos correspondían al mismo tipo de delitos, mientras que otros estuvieron relacionados con el tráfico de sustancias ilícitas.

Durante un operativo realizado la madrugada de este martes, las autoridades arrestaron a 20 personas investigadas por presuntas violaciones a la Ley sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

Esta red criminal desmantelada por el Ministerio Público supuestamente utilizaba amenazas y extorsiones para obtener dinero de sus víctimas en Estados Unidos. Además, ocultaban y movilizaban los fondos obtenidos ilícitamente a través de transferencias electrónicas.

La defensa de varios de los detenidos, quienes tienen entre 18 y 25 años, denunció presuntas irregularidades durante el proceso de arresto, al asegurar que tanto familiares como abogados han sido impedidos de comunicarse con los imputados desde el momento de los allanamientos.

“Desde el momento del allanamiento, a las 4:00 de la mañana, no han permitido el acceso a familiares ni abogados para ver a los detenidos”, afirmó.

El jurista sostuvo que, al intentar acceder a las instalaciones donde permanecen recluidos los arrestados, recibió negativas por parte de las autoridades responsables de la custodia.

Ante esta situación, los representantes legales de los imputados anunciaron la interposición de una acción constitucional de hábeas corpus, al considerar que se han vulnerado derechos fundamentales relacionados con la defensa técnica y el debido proceso.

“La forma en que se está ejecutando este arresto es arbitraria y vulnera el artículo 96 en lo relativo al contacto con el representado, la verificación de su estado y la posibilidad de brindarle asesoría legal”, concluyó.

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Jueza decidirá este viernes si envía a juicio a implicados en caso Camaleón.

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Santo Domingo.- Yanibel Rivas,  jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional,  decidirá este viernes si envía o no a juicio de fondo al exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras, a José Ángel Gómez Canaán (Jochi Gómez) y a los demás implicados del denominado caso Camaleón, acusados de adjudicar de manera fraudulenta un contrato millonario para la modernización de la red semafórica del Gran Santo Domingo.

La magistrada adoptará su decisión luego de ponderar la acusación presentada por el Ministerio Público, las pruebas aportadas por el órgano persecutor y los escritos de la defensa.

Además de Beras y Gómez, figuran como acusados Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de Tecnología del Intrant; Frank Rafael Atilano Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras; y Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del Intrant. También están encartados Carlos José Peguero VargasMariano GustiniManuel Eduardo Mora Vázquez y Henry Darío Féliz Casso.

De acuerdo con la acusación instrumentada por las autoridades, se determinó que mediante contratos y convenios irregulares se otorgó acceso privilegiado a diversas empresas privadas, las cuales habrían sido utilizadas para desviar fondos públicos y ejecutar operaciones de lavado de activos, vulnerando los principios de transparencia y seguridad nacional.

Según el expediente, el eje central del esquema es José Ángel Gómez Canaán, quien mantiene vínculos societarios, financieros y operativos con las principales compañías señaladas.

En la distribución de responsabilidades, Jochi Gómez es señalado como el principal beneficiario de los contratos fraudulentos y se le atribuye el control ilícito de los sistemas semafóricos, de videovigilancia y espionaje. Por su parte, Hugo Beras habría facilitado adjudicaciones a empresas sin capacidad técnica comprobada, participando en la manipulación del sistema.

Otros exfuncionarios jugaron roles clave: Frank Díaz Warden es acusado de manipular licitaciones; Samuel Baquero Sepúlveda habría facilitado el control técnico de la red y falsificado certificaciones; y Juan Francisco Álvarez Carbuccia es señalado por emitir certificaciones falsas de disponibilidad presupuestaria. Los demás implicados habrían operado como testaferros, intermediarios financieros en el lavado de activos y ejecutores del sabotaje a los semáforos.

El entramado societario involucra a varias personas jurídicas. La acusación establece que Transcore Latam S.R.L. fue utilizada para ejecutar los contratos fraudulentos y controlar la red semafórica. Paralelamente, PagoRD Xchange S.R.L. habría servido para la apropiación de ingresos públicos y la adquisición de bienes de lujo, mientras que Industria Soltex Dominicana S.R.L. se vincula directamente al contrabando y lavado de dinero.

El órgano persecutor detalla además que Dekolor S.R.L. sirvió para encubrir y manipular licencias, y Aurix S.A.S. habría sido destinada al espionaje. Finalmente, Inprosol S.R.L. funcionó presuntamente como vehículo financiero y OML Inversiones S.R.L. fue utilizada para adquirir bienes inmuebles con fondos ilícitos.

Debido a la magnitud del caso, los acusados enfrentan un extenso y severo catálogo de cargos que incluyen coalición de funcionarios, asociación de malhechores, lavado de activos, desfalco y estafa contra el Estado.

Sumado a esto, se les imputan delitos contra la seguridad nacional como sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación, delitos de alta tecnología y actos de terrorismo, según lo contemplado en la legislación dominicana.

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