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Salarios de jueces superan a ejecutivos de los otros dos poderes del Estado y cabildos
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21 horas agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.-La diferencia que se observa en las nóminas públicas permite establecer que los salarios de los jueces supera el de los procuradores, legisladores, ministros, alcaldes y directores de organismos autónomos, algunos de los cuales sobrepasan ampliamente el millón de pesos mensuales.
En ese sentido, los titulares de las altas instancias de la Justicia tienen salarios muy superiores a los principales representantes del Poder Legislativo, Ejecutivo y la municipalidad, exceptuando a funcionarios del área económica- monetaria.
A esto se suman beneficios indirectos como combustible, choferes, gastos de representación, seguros y vehículos oficiales contemplados en la Ley 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano.
Todos los montos consultados corresponden a salarios brutos, sin aplicar descuentos de AFP, ARS, impuesto sobre la renta u otras deducciones establecidas por ley.
Dentro del Poder Judicial, los salarios reflejan la estructura jerárquica del sistema de justicia dominicano.
Los jueces de la Suprema Corte de Justicia encabezan la escala con ingresos brutos por RD$528,750 mensuales, seguidos por los jueces de corte de apelación con alrededor de RD$362,304.69.
En escalones inferiores aparecen los jueces de instrucción, con RD$240,156.25; los jueces de primera instancia, con RD$216,140.63; y los jueces de paz, cuyos salarios rondan RD$181,250 mensuales.
El tema salarial ha sido recurrente dentro del sistema judicial, especialmente en jurisdicciones inferiores donde jueces y servidores reclaman actualizaciones acordes con la carga laboral, la inflación y las responsabilidades del cargo.
En el Ministerio Público las diferencias salariales también son notorias.
El procurador general de la República aparece con ingresos cercanos a RD$420,000 mensuales, mientras un procurador general de corte ronda los RD$204,000.
Los procuradores fiscales titulares devengan aproximadamente RD$198,000, mientras algunos procuradores adjuntos alcanzan los RD$324,000 dependiendo de las funciones especializadas que desempeñen.
En el nivel más bajo se encuentran los fiscalizadores, con salarios cercanos a RD$108,000 mensuales.
Las diferencias responden a las categorías internas y a las competencias asignadas dentro de la estructura del Ministerio Público.
Hace hoy cinco días que las labores se detuvieron en los tribunales en demanda de mejoras salariales y mejores condiciones laborales.
Salarios legislativos
Las nóminas del Congreso Nacional y Cámara de Diputados muestran ingresos similares entre diputados y senadores. Tanto los senadores como los diputados devengan aproximadamente RD$320,000 mensuales, mientras los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados alcanzan los RD$400,000.
La Ley 105-13 establece que los presidentes de ambas cámaras legislativas pueden percibir salarios de hasta RD$400,000 mensuales.
En el Poder Ejecutivo, el presidente de la República figura con un salario bruto de RD$450,000 mensuales, aunque públicamente se ha informado que dona su sueldo a causas sociales.
Los ministros reciben alrededor de RD$300,000; los viceministros, RD$270,000; y los directores generales, RD$250,000. El consultor jurídico del Poder Ejecutivo también figura con salarios cercanos a RD$300,000.
En contraste, las gobernadoras provinciales aparecen con ingresos aproximados de RD$150,000 mensuales.
La legislación establece límites salariales específicos para altos funcionarios del Poder Ejecutivo, incluyendo ministros, procurador general y consultor jurídico.
Los salarios más altos
La Ley 105-13 establece que ningún servidor público puede percibir un salario mayor al de su superior inmediato y que las escalas deben responder a criterios de jerarquía, mérito y complejidad.
Por ejemplo, en el Ministerio Público hay diferencias entre fiscales y procuradores.
Otro ejemplo es el de los gobiernos municipales, en los que se observan diferencias importantes dependiendo del municipio.
El alcalde del Distrito Nacional aparece con un salario de RD$320,000 mensuales; Santiago de los Caballeros, RD$265,000; Santo Domingo Norte, RD$225,000; y San Cristóbal, RD$213,000.
En Santo Domingo Este y Santo Domingo Oeste los salarios rondan los RD$200,000.
La ley establece que el salario más alto dentro de un ayuntamiento debe corresponder al alcalde o director distrital.
Más allá del salario base, muchos altos funcionarios reciben beneficios indirectos contemplados en la Ley 105-13. Entre ellos: vehículo oficial, combustible, chofer, seguridad personal, seguro médico y de vida, servicios de comunicación móvil y gastos de representación.
La legislación también establece que los gastos de representación pueden alcanzar hasta un 15 % del salario base y las asignaciones de combustible hasta un 10 %.
Transparencia
— Nóminas
La Ley 105-13 obliga a las instituciones a publicar sus nóminas y ejecución presupuestaria en sus portales institucionales, incluyendo salarios y otras remuneraciones. Estos datos se tomaron de las páginas web institucionales.
Los jueces y servidores judiciales denuncian desigualdad y abandono
Presidente Luis Abinader dona más de RD$6 millones de su salario
El salario presidencial donado a instituciones
Detalles. De acuerdo a una nota difundida, el presidente Luis Abinader donó la totalidad de su salario anual, más de RD$6 millones, a 18 fundaciones y organizaciones sociales, reafirmando su compromiso con los sectores más vulnerables del país.
El dinero donado desde junio de 2024 a junio de 2025 ascendió a un total de RD$6,012,000.00.
Los aportes fueron distribuidos en diferentes categorías: ayudas comunitarias, salud infantil, desarrollo infantil y juvenil, atención a envejecientes y apoyo a instituciones religiosas. Algunas están en el interior y otras en Santo Domingo.
Nacionales
Reglamento de la JCE sobre encuestas choca con varias sentencias del Tribunal Constitucional
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4 horas agoon
mayo 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-Las restricciones a la publicación de encuestas políticas establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) comenzaron a producir cuestionamientos sobre la capacidad del órgano para imponer limitaciones no previstas expresamente en la ley en un debate que ha reactivado criterios del Tribunal Constitucional (TC) sobre los límites de la potestad reglamentaria y que ahora encuentra respaldo en una opinión reciente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus).
Finjus sostuvo ayer que la discusión no se limita a determinar si la JCE tiene facultades para regular las encuestas electorales, sino a establecer si una restricción de esta naturaleza puede imponerse mediante reglamento cuando afecta actividades y derechos cuyo alcance —afirmó— debe definirse mediante ley aprobada por el Congreso Nacional.
«La cuestión que nos ocupa parte de la duda inicial de si ¿cuenta este reglamento con suficiente respaldo legal para limitar la actividad de libre empresa de las encuestadoras y prohibir la publicación de encuestas fuera de los plazos de precampaña y campaña electoral?», planteó la Finjus en un documento.
La entidad agregó que la JCE posee potestad reglamentaria en los asuntos de su competencia, pero recordó que esa facultad tiene como función desarrollar la ley y no sustituirla ni contradecirla.
El planteamiento de Finjus coincide con criterios que el Tribunal Constitucional ha fijado sobre la relación entre ley y reglamento.
En la sentencia TC/0032/12, el tribunal recordó que el reglamento tiene una función subordinada frente a la ley, y sostuvo que «no puede exceder el alcance de la ley ni tampoco contrariarla, sino que debe respetarla en su letra y espíritu». También indicó que los reglamentos no pueden «contrariarla ni rebasar su ámbito de aplicación».
En esa decisión, el tribunal concluyó que el órgano había excedido sus competencias al regular mediante resolución una materia reservada a la ley.
El TC sostuvo, además, que la potestad reglamentaria «no se presume, pues debe estar prevista por la ley de manera expresa».
Nacionales
Deterioro interno progresivo fue lo que provocó el desplome del techo del Jet Set.
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21 horas agoon
mayo 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un informe pericial depositado ante el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional por los hermanos Antonio y Maribel Espaillat concluyó que el colapso del techo de la discoteca Jet Set, tragedia que dejó 236 muertos y más de 180 heridos el 8 de abril de 2025, habría sido provocado principalmente por un deterioro estructural progresivo interno y no por una sobrecarga reciente del techo, como sostiene la tesis oficial del Gobierno.
El documento, entregado el pasado 14 de mayo de 2026 por un equipo de expertos encabezado por los ingenieros Gabriel Carrera, José Manuel Lockhart y Alfonso Ibarreta, cuestiona severamente las conclusiones del informe técnico elaborado por los peritos designados por el Ministerio Público.
La tragedia del Jet Set se convirtió en uno de los episodios más devastadores en la historia reciente de República Dominicana. El desplome ocurrió durante una presentación artística del merenguero Rubby Pérez, cuando centenares de personas se encontraban en el establecimiento ubicado en la avenida Independencia, en el sector El Portal, del Distrito Nacional. El derrumbe provocó una operación de rescate de gran escala y abrió una investigación judicial y técnica sobre las causas de la catástrofe.
Sin embargo, el nuevo peritaje hecho a instancia de los imputados afirma que las cargas existentes el día del derrumbe “no eran suficientes para provocar un colapso global” y sostiene que el techo había soportado prácticamente las mismas condiciones de carga durante al menos tres años antes de la tragedia.
Los expertos privados concluyen que el problema real habría sido un debilitamiento gradual de las vigas postensadas provocado por corrosión interna y fracturas progresivas de los alambres de postensado. Según el informe, las evaluaciones metalográficas detectaron “fisuración asistida por hidrógeno”, un mecanismo de deterioro que reduce progresivamente la resistencia de los tendones estructurales hasta conducir a su fractura.
El informe sostiene que ese deterioro no era visible externamente y que la capacidad de las vigas fue disminuyendo lentamente durante años hasta llegar al punto crítico en que ya no podían sostener la carga existente.
El documento dedica una parte importante a cuestionar la base técnica del informe oficial. Los expertos afirman que el modelo computacional utilizado por los técnicos del Gobierno contenía errores geométricos y de carga que amplificaron artificialmente las tensiones estructurales sobre las vigas señaladas como origen del colapso.
Entre las observaciones figuran el uso de un espaciamiento incorrecto entre vigas, la omisión de un diafragma postensado central que redistribuía cargas entre los elementos estructurales, la utilización de un número incorrecto de vigas en el modelo y la sobreestimación del peso atribuido a los tinacos y a las capas de “finos” colocadas sobre el techo.
El peritaje elaborado a instancia de los hermanos Espaillat sostiene incluso que las conclusiones oficiales presentan escenarios “físicamente imposibles”, al afirmar que ciertas vigas soportaban cargas superiores a su capacidad estructural durante varios años antes del colapso.
Los expertos privados afirman que, al corregirse esos errores de modelación, las relaciones entre demanda y capacidad estructural de las vigas descienden a niveles compatibles con estabilidad, lo que refuerza su tesis de que el problema central fue la pérdida progresiva de resistencia interna y no una sobrecarga inmediata.
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Con una vision de innovacion el TSE diseña su Plan Estratégico 2027-2030.
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21 horas agoon
mayo 26, 2026
Santo Domingo, R.D.– La elaboracion de un nuevo plan estrategico del Tribunal Superior Electoral (TSE) se encuentra en la etapa final a los fines de ser aplicado para el periodo 2027-2030 con el objetivo de consolidar su rol como garante de la democracia y referente regional en justicia electoral.
El proceso de formulación fue abordado durante el “Taller de Revisión y Validación de las Matrices”, donde se evaluaron los resultados del plan anterior (2022-2026) y se definieron los pilares del nuevo documento estratégico. La jornada fue encabezada por el juez presidente del TSE, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García.
Durante el encuentro, la asesora Camila Cury presentó los resultados del PEDI 2022-2026, el cual alcanzó un cumplimiento promedio del 84%. Entre los logros destacados figuran Gobernanza y Fortalecimiento Institucional con un 95 % de logros y un 5 % pendiente; Desarrollo Humano y Cultura Institucional con un 78 % logrado y un 22 % pendiente; y Calidad de los Servicios y Proyección Institucional con un 80 % logrado y un 20 % pendiente. El promedio general del PEDI alcanzó un 84 % de cumplimiento y un 16 % pendiente.
El nuevo Plan Estratégico 2027-2030 se fundamentará en tres ejes estratégicos definidos por los equipos de trabajo, que son: Transformación Digital y Eficiencia Operativa, enfocado en la modernización, automatización de procesos y el uso de tecnologías para reducir los tiempos de respuesta y optimizar la toma de decisiones basada en datos; fortalecimiento Institucional y Gobernanza: Orientado a robustecer el talento humano, la gestión eficiente de recursos y el control interno, bajo principios de ética, transparencia y sostenibilidad.
Por último, posicionamiento y Relación con la Ciudadanía: Destinado a fortalecer la confianza pública mediante una comunicación transparente, educación cívica y el combate a la desinformación.
El magistrado presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, enfatizó que la institución busca trascender como un órgano referente por su independencia e innovación. “Hemos desarrollado pasos fundamentales que reflejan el compromiso de todos. Estamos seguros de que estos aportes serán clave para consolidar al TSE como garante de la democracia y del Estado de Derecho”, afirmó.
