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Tribunal mantiene parcialmente permiso laboral de Donni Santana.
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5 horas agoon
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LA REDACCIÓNLa presidenta del tribunal emitió un voto disidente al considerar que el beneficio debía ser revocado totalmente. El exfuncionario cumple una condena de 20 años de prisión.
SANTO DOMINGO.– La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal decidió mantener parcialmente el permiso laboral concedido a Donni Mayobanex Santana Cuevas, exdirector del Consejo Nacional de Frontera, condenado a 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra cuando era menor de edad.
La decisión modifica las condiciones bajo las cuales Santana Cuevas puede salir del Centro de Privación de Libertad de Azua (CPL Km. 15), al limitar el beneficio laboral a cuatro días por semana.
El fallo contó con el voto disidente de la presidenta de la Corte, magistrada Zeida Noboa Pérez, quien consideró que el permiso debía ser revocado en su totalidad y que el condenado debía regresar al cumplimiento íntegro de la pena dentro del recinto penitenciario.
La Corte estuvo integrada, además, por los magistrados Manuel de Jesús de la Rosa Barrientos y Luis Domingo Sención Araújo.
Ministerio Público había recurrido la decisión
El permiso laboral había sido impugnado por el Ministerio Público y por los abogados Walkiria Matos y Junior Alcántara, pertenecientes al Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima (Relevic).
La medida había sido autorizada inicialmente el pasado 6 de junio por el juez de ejecución de la pena de Baní, José Manuel Arias, quien permitió que Santana Cuevas saliera temporalmente del centro penitenciario para impartir docencia en la Escuela Nacional del Colegio de Abogados de la República Dominicana.
Con la decisión de la Corte, el beneficio no desaparece, pero queda reducido a cuatro días laborales por semana.
Condiciones para conservar el permiso
El régimen impuesto al condenado está acompañado de una serie de restricciones y mecanismos de supervisión.
Entre las condiciones establecidas se encuentran el arresto domiciliario durante los fines de semana y días feriados, mantener comunicación semanal con el tribunal para informar su ubicación y presentarse mensualmente para firmar el correspondiente libro de control.
También tiene prohibido referirse públicamente a su proceso a través de las redes sociales, debe mantener un bajo perfil y no puede acercarse, contactar o molestar a la víctima, a la parte querellante ni a sus familiares.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas podría provocar la revocación inmediata del permiso y la emisión de una orden de captura.
Una decisión que genera posiciones encontradas
La existencia de un voto disidente dentro de la propia Corte evidencia las distintas valoraciones jurídicas en torno a la conveniencia de mantener el beneficio.
Mientras la mayoría decidió conservar parcialmente el permiso bajo condiciones más limitadas, la presidenta del tribunal entendió que las circunstancias justificaban su eliminación completa.
La controversia enfrenta dos aspectos particularmente sensibles de la ejecución penal: por una parte, los mecanismos destinados a favorecer la reinserción social de las personas condenadas y, por otra, la protección de los derechos de las víctimas y la necesidad de garantizar el cumplimiento efectivo de las penas impuestas por los tribunales.
Condenado a 20 años
Santana Cuevas fue condenado a 20 años de prisión el 12 de noviembre de 2019 por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
Posteriormente, el 14 de diciembre de 2020, la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó la sentencia.
De acuerdo con la acusación presentada por el Ministerio Público, los abusos sexuales contra su hijastra comenzaron cuando la víctima tenía 11 años, aprovechando el condenado momentos en los que la madre de la menor no se encontraba presente.
Santana Cuevas fue destituido de la Dirección del Consejo Nacional de Frontera en mayo de 2020.
De mantenerse el cómputo de la pena señalado en la decisión, completaría la totalidad de la condena el 4 de junio de 2038.
Un debate que trasciende el caso
La decisión judicial probablemente mantendrá abierta la discusión sobre los límites de los beneficios penitenciarios cuando se trata de personas condenadas por delitos sexuales contra menores.
Más allá de la situación particular de Santana Cuevas, el caso coloca nuevamente sobre la mesa el equilibrio que debe existir entre reinserción social, cumplimiento de la pena, protección de las víctimas y confianza de la sociedad en el sistema de justicia.
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Operación Gavilán llega a apelación: Ministerio Público busca mantener penas de 10 años
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3 horas agoon
septiembre 1, 2026Cuatro condenados intentan revertir las sentencias dictadas en 2025 por su vinculación con una estructura acusada de manipular antecedentes penales mediante operaciones informáticas. La Corte de Apelación fijó para el 2 de octubre la lectura de su decisión.
SANTO DOMINGO.– El Ministerio Público solicitó a la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmar las condenas de 10 años de prisión impuestas a cuatro de los procesados en la denominada Operación Gavilán, expediente relacionado con una estructura acusada de alterar y eliminar registros de antecedentes penales a cambio de dinero.
La petición busca que sean rechazados los recursos de apelación interpuestos por Luis Peña Cedeño, Víctor Gilberto Mercedes, José Ramón Quezada y Pilar Irene Trinidad, sentenciados en agosto de 2025 por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
Durante el conocimiento de los recursos, los fiscales Eduardo Velázquez y Miguel Crucey, de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, defendieron la suficiencia de los elementos probatorios que sirvieron de fundamento a las condenas.
Velázquez sostuvo que durante el proceso la acusación quedó demostrada más allá de toda duda razonable y consideró que los argumentos presentados por los recurrentes no contienen elementos jurídicos ni probatorios suficientes para provocar la revocación de la sentencia.
Corte decidirá el 2 de octubre
Tras escuchar los planteamientos de las partes, el tribunal de alzada se reservó el fallo para el próximo 2 de octubre de 2026.
La Tercera Sala Penal está integrada por los magistrados Pedro Sánchez Rivera, quien la preside; Nancy Joaquín y Mariana Daneyda García.
En relación con los argumentos ofrecidos directamente por los procesados durante el ejercicio de su defensa material, el Ministerio Público reconoció que se trata de una facultad protegida por la Constitución y el Código Procesal Penal.
La decisión que adopte la Corte determinará si mantiene las condenas dictadas en primera instancia o si acoge alguno de los planteamientos formulados mediante los recursos de apelación.
Una estructura que operaba mediante manipulación informática
La Operación Gavilán puso bajo investigación un esquema que, según la acusación del Ministerio Público, utilizaba mecanismos de cibercrimen para intervenir irregularmente los sistemas tecnológicos institucionales.
Las autoridades atribuyeron a la estructura la realización de maniobras destinadas a alterar, modificar, borrar o eliminar registros de antecedentes penales almacenados en las bases de datos de la Procuraduría General de la República y del Ministerio Público.
De acuerdo con la acusación, estas operaciones eran realizadas a cambio de pagos y sobornos con el propósito de obtener beneficios económicos ilícitos.
El caso adquirió especial relevancia debido a las consecuencias que podía producir la modificación irregular de información penal. Según el expediente, algunas de las personas beneficiadas con las alteraciones podían obtener documentos, incluidos pasaportes, además de eludir determinados controles migratorios, fronterizos o judiciales.
Trece condenas en primera instancia
En agosto de 2025, el tribunal que conoció el proceso impuso 13 condenas contra integrantes de la estructura procesada por la manipulación de registros correspondientes a cientos de personas.
Para sustentar el expediente, el órgano acusador indicó que presentó durante el juicio testimonios, peritajes informáticos y financieros, documentos oficiales, pruebas digitales y evidencias audiovisuales.
Ahora una parte de esas condenas se encuentra bajo el escrutinio de la jurisdicción de segundo grado.
La decisión prevista para octubre tendrá especial importancia no solo para los cuatro recurrentes, sino también para un proceso judicial que puso en discusión la seguridad de los registros penales del Estado, la integridad de las bases de datos institucionales y el uso del cibercrimen para alterar información pública sensible.
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Mantienen bajo protección estatal a menores rescatados en Haina.
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3 horas agoon
septiembre 1, 2026Los niños, niñas y adolescentes, con edades entre tres meses y 13 años, reciben evaluaciones médicas y psicológicas mientras el Ministerio Público investiga las condiciones en que permanecían en el lugar
SANTO DOMINGO.– Diez de los 14 niños, niñas y adolescentes encontrados en un establecimiento de Haina permanecen bajo la protección del Estado, mientras las autoridades investigan las circunstancias en las que eran mantenidos y el tratamiento que recibían en el lugar.
El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) informó que los menores fueron localizados durante una intervención realizada el pasado domingo en el establecimiento identificado como Fundación Restaurando Vidas Un Muerto que Revive, donde presuntamente se produjeron situaciones de maltrato.
Los menores tienen edades comprendidas entre tres meses y 13 años. De los 14 encontrados por las autoridades, cuatro fueron reintegrados a sus respectivas familias, mientras que los otros diez ingresaron al Sistema Nacional de Protección.
Reciben atención médica y psicológica
Los menores que continúan bajo protección estatal son evaluados por profesionales de las áreas de medicina y psicología de Conani, con el propósito de determinar sus condiciones físicas y emocionales y establecer las medidas de protección que correspondan en cada caso.
La institución explicó que se mantienen bajo investigación tanto las circunstancias que rodearon la permanencia de los menores en el establecimiento como las condiciones en que recibían atención.
Uno de los aspectos señalados por Conani es que el lugar no contaba con la habilitación requerida para ofrecer servicios de cuidado o atención residencial a niños, niñas y adolescentes.
Establecimiento había sido intervenido en 2025
La situación adquiere mayor relevancia debido a que, según Conani, el establecimiento ya había sido intervenido en septiembre de 2025, luego de que la oficina municipal de la institución en Haina detectara irregularidades.
En aquella ocasión, Conani acompañó una actuación del Ministerio Público y los menores encontrados fueron reintegrados a sus familias de origen.
Las autoridades también habían determinado entonces que el establecimiento carecía de la habilitación necesaria para prestar servicios de cuidado o atención residencial, situación que fue puesta en conocimiento de los organismos competentes.
Ministerio Público deberá establecer responsabilidades
Conani precisó que corresponde ahora al Ministerio Público determinar, a partir de las evidencias recopiladas durante la investigación, si se produjeron infracciones, individualizar eventuales responsabilidades y ejercer las acciones legales que procedan.
El organismo reiteró que todas las organizaciones y programas dedicados a trabajar con niños, niñas y adolescentes están obligados a cumplir los procedimientos de habilitación, regulación y supervisión, establecidos para garantizar la protección integral de sus derechos.
Conani aseguró que continuará colaborando con las autoridades responsables de las investigaciones y ofreciendo la asistencia técnica correspondiente dentro del ámbito de sus competencias.
El caso vuelve a colocar en el centro de atención la necesidad de fortalecer la supervisión de los establecimientos que ofrecen servicios de cuidado a menores de edad, particularmente cuando se trata de niños en condiciones de vulnerabilidad, cuya protección demanda una vigilancia permanente de las instituciones competentes.
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CNM abre proceso para escoger nuevos jueces de la Suprema Corte de Justicia
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1 día agoon
agosto 31, 2026Las candidaturas para ocupar cuatro vacantes podrán ser presentadas durante septiembre; el Consejo publicará los nombres de los postulantes y permitirá la presentación de objeciones
SANTO DOMINGO.– El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) abrió formalmente el proceso para recibir propuestas y postulaciones de candidatos interesados en ocupar cuatro vacantes en la Suprema Corte de Justicia (SCJ), como parte del proceso de renovación que actualmente desarrolla el organismo constitucional.
La convocatoria está dirigida tanto a personas que deseen presentar su propia candidatura como a ciudadanos e instituciones interesados en proponer a terceros que reúnan las condiciones para integrar la alta corte.
Los expedientes comenzaron a ser recibidos este lunes 31 de agosto en la Secretaría del Consejo Nacional de la Magistratura, ubicada en el primer piso del edificio de la Suprema Corte de Justicia.
La recepción se realizará de lunes a viernes, en horario de 7:30 de la mañana a 4:00 de la tarde.
Cuatro posiciones deberán ser ocupadas
Las vacantes corresponden a magistrados que comunicaron su decisión de no continuar en sus posiciones dentro de la Suprema Corte.
Se trata de Luis Henry Molina, presidente de la SCJ; Manuel Ramón Herrera Carbuccia, primer sustituto del presidente; Nancy Salcedo, segunda sustituta, y María Gerinelda Garabito Ramírez, integrante de la Segunda Sala Penal.
La salida de estos magistrados obliga al CNM a desarrollar el procedimiento constitucional y reglamentario correspondiente para seleccionar a quienes ocuparán esas posiciones.
El proceso adquiere especial importancia debido a que entre las plazas que deberán ser cubiertas se encuentra la correspondiente al actual presidente de la Suprema Corte.
Propuestas de terceros hasta el 10 de septiembre
Las personas o instituciones que deseen proponer candidatos tendrán hasta el 10 de septiembre para depositar sus propuestas.
Estas candidaturas deberán ser presentadas mediante cartas motivadas, conforme a los requisitos establecidos por el Consejo.
Por otro lado, quienes estén interesados directamente en formar parte de la Suprema Corte tendrán un plazo mayor para completar formalmente su postulación.
Los aspirantes, independientemente de que hayan sido propuestos previamente por terceros, deberán presentar hasta el 15 de septiembre el cuestionario general de aplicación debidamente completado y firmado, acompañado de la documentación requerida.
Nombres de aspirantes serán públicos
Como parte de las medidas de transparencia previstas para el proceso, el Consejo Nacional de la Magistratura anunció que publicará diariamente en su portal institucional los nombres de las personas propuestas y de aquellas que hayan formalizado sus postulaciones.
La publicación permitirá dar seguimiento a la conformación del listado de aspirantes antes de que el proceso avance hacia las siguientes etapas de evaluación.
La ciudadanía también podrá formular objeciones o reparos contra las candidaturas presentadas.
De acuerdo con las reglas anunciadas, estas observaciones podrán realizarse durante el proceso y hasta tres días después de publicada la lista de personas preseleccionadas, conforme al reglamento aplicable al funcionamiento del Consejo Nacional de la Magistratura.
Comienza una nueva etapa para la Suprema Corte
La convocatoria representa otro paso dentro del proceso de recomposición de la Suprema Corte de Justicia que desarrolla actualmente el CNM.
Además de cubrir las vacantes producidas por los magistrados que decidieron no continuar, el Consejo ha estado inmerso en la evaluación de jueces que concluyeron sus respectivos períodos y que procuran permanecer en la alta corte.
Por esa razón, el número definitivo de nuevos integrantes que eventualmente podrían incorporarse a la Suprema Corte estará relacionado con las decisiones que adopte el Consejo sobre los actuales magistrados sometidos a evaluación.
Una vez concluida la recepción de candidaturas, el proceso deberá avanzar hacia la depuración de los expedientes, recepción de objeciones, preselección y evaluación pública de los aspirantes antes de que el Consejo adopte sus decisiones definitivas.
La renovación de la Suprema Corte constituye uno de los procesos institucionales de mayor trascendencia para el sistema de justicia, debido a las atribuciones constitucionales y jurisdiccionales que corresponden al máximo tribunal del Poder Judicial dominicano.
La República
