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Análisis Noticiosos

Resalta la aprobación del presidente Medina

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Por Juan Bolívar Díaz

Llama la atención que el 72 por ciento de los encuestados encuentren el gobierno de Medina muy diferente o diferente al de su antecesor Leonel Fernández, pese a provenir del mismo partido y haber mantenido en sus puestos a la mayoría de los altos funcionarios del régimen que concluyó en agosto.

La encuesta Gallup-HOY publicada esta semana ratifica la percepción general sobre el buen desempeño del presidente Danilo Medina en los primeros cinco meses de su mandato, aún cuando tres cuartas partes de la población desaprueba la reforma fiscal puesta en vigor.

También resalta que la gran mayoría de los perredeístas consideran que Miguel Vargas Maldonado es el más responsable de la crisis que afecta al Partido Revolucionario Dominicano, resultando el político con mayor rechazo del universo de los encuestados, seguido por los expresidentes Hipólito Mejía y Leonel Fernández.

Éxito del presidente Medina

Lo más relevante de la encuesta Gallup-HOY publicada esta semana ha sido la alta aprobación de la forma en que Danilo Medina se ha desempeñado como presidente de la República en los cinco primeros meses de su mandato, a pesar de haber implementado una reforma fiscal que tiene el rechazo de las tres cuartas partes de la población. El prorrateo de la aplicación del alza impositiva parece un gran acierto.

La percepción generalizada antes de la encuesta era que el mandatario tenía buena aprobación, como suele ocurrir al comienzo de los períodos de gobierno, pero resulta relevante que alcance el 81.3 por ciento de los encuestados y que el 76.4 por ciento considere que Medina ha dado una idea clara de lo que se propone hacer.

El haber acatado el clamor nacional por el cumplimiento de la ley que instituye el 4 por ciento del producto bruto interno para la educación es de los factores que genera tan alta aprobación, ya que el 87 por ciento valoró como positiva la gestión educativa, seguida por el 71 por ciento a la de salud y el 67 por ciento en el campo económico, aunque “se quema” con apenas 50 por ciento de aprobación frente a la corrupción, con el 46 por ciento en relación al narcotráfico y la seguridad ciudadana y 42 por ciento frente al costo de la vida.

Llama la atención que el 72 por ciento de los encuestados encuentren el gobierno de Medina muy diferente o diferente al de su antecesor Leonel Fernández, pese a provenir del mismo partido y haber mantenido en sus puestos a la mayoría de los altos funcionarios del régimen que concluyó en agosto. Aún así el 60.5 por ciento considera el nuevo gobierno “mejor de lo esperado”.

La imagen personal de cercanía con la gente, la austeridad y frugalidad que ha impreso al gobierno, especialmente en su entorno, la sencillez con que se moviliza y hasta la humildad de que ha hecho gala se señalan como factores positivos del mandatario, lo que se ratifica en el 82 por ciento de los encuestados que expresó opinión favorable de su persona.

Contrastes en lo económico

No es sólo que el 76 por ciento de los encuestados desaprueba el nuevo paquete fiscal, incluyendo hasta 68 por ciento de los que se definieron como peledeístas, sino  también que dos terceras partes, 67 por ciento, considera que la situación económica está empeorando, con un 77 por ciento que cree muy mala y mala la condición de la economía, y 57 por ciento aprecia que las cosas van por mal camino.

Otros indicadores  de insatisfacción económica se encuentran en el 94 por ciento que estima que el  costo de la vida va en aumento y en el 79 por ciento que cree lo mismo sobre el desempleo. También es alta, 80 por ciento, la apreciación de que se incrementa la inseguridad y el narcotráfico, elementos de primer orden en las preocupaciones de la ciudadanía. Para los encuestados los tres mayores problemas que más afectan el país son: el costo de la vida para el 97 por ciento, la inseguridad, con el 90 por ciento, y 82 por ciento el narcotráfico.

Es relevante que con tan altas tasas de insatisfacción en materias claves como la economía y la seguridad ciudadana, el presidente  obtenga tan alta aprobación. Ello implica la responsabilidad de quien gobernó los ocho años anteriores y las manifestaciones contra el expresidente Leonel Fernández  por su responsabilidad en el déficit fiscal de casi 200 mil millones de pesos durante el año pasado.

Es apenas el  comienzo

Los méritos alcanzados por el presidente Medina se ratifican en la actuación de la mayoría de sus funcionarios, especialmente de los provenientes de su propio equipo, imbuidos de la mística que él ha impreso al gobierno y que ha obligado a recogerse a los ratificados. Ministros claves como los de la presidencia, Salud y Obras Públicas están respondiendo con presteza a los requerimientos ciudadanos.

Los concursos transparentes y equitativos para la asignación de la construcción de miles de aulas, y para las importaciones de productos agropecuarios, el inicio de la campaña contra el analfabetismo, y hasta la revisión de contratos otorgados en la transición, como unos de obras públicas que han implicado una economía de 90 millones de dólares, y la atención a pequeñas demandas de las comunidades se cuentan entre los factores que marcan el buen inicio del gobierno.

Pero tampoco es extraño que un gobierno tenga buen arranque, de lo que está consciente el propio presidente Medina, pues cuando se le felicitó por ello recientemente, respondió con mucha convicción que “lo importante no es como se comienza, sino como se termina”.

Viendo hacia atrás se recuerda la aureola de “mano de piedra Durán” que se le otorgó en 1978 al campechano don Antonio Guzmán, por los éxitos iniciales. Salvador Jorge Blanco hasta se paraba en los semáforos y en las frituras, pero perdió la brújula a medio término con la poblada por los ajustes económicos de abril de 1984. Hipólito Mejía tuvo una primera mitad exitosa, cercano a la gente común, construyendo miles de pequeñas obras por todo el país, y su partido  barrió en las elecciones congresuales y municipales de medio término, para inmediatamente embarcarse en la reforma constitucional reeleccionista que lo sepultó. Leonel Fernández vivió años cosechando de lo que sembró al volver al poder en el 2004.

Sobre el desguañangue del PRD

La encuesta Gallup-HOY también arroja luz sobre el desguañangue de que es objeto el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), víctima de arrebatos, odios, resentimientos y hasta violencia desenfrenada, por la inoperancia en que han devenido sus organismos, dirección unipersonal y renuencia a acogerse al dictamen democrático.

Las simpatías por el PRD han caído a los niveles más bajos de mucho tiempo, 22.4 por ciento, sólo comparable a lo registrado tras la derrota del intento reeleccionista de Hipólito Mejía en el año 2000, o al 23 por ciento que alcanzó en los comicios de 1990, tras la división protagonizada entre Francisco Peña Gómez y Jacobo Majluta. Se recuperó para 1994 por un liderazgo como el de Peña Gómez, del que ahora carece.

La caída del aprecio por el PRD, que marca la encuesta realizada entre el 18 y el 21 de enero, antes de la violencia del domingo 27 que debe haberlo hundido más, es espectacular en relación a los votos que obtuvo en la elección presidencial de mayo último, cuando Hipólito Mejía consiguió el 47 por ciento, luchando contra una coalición de 14 partidos y contra el gobierno de Leonel Fernández, con todo y caballo de Troya.

Independientemente de los aliados, el PRD fue el partido más votado con 42.13 por ciento, casi cinco puntos más que el PLD, que obtuvo 37.73 por ciento. Lo superó en más de 200 mil votos, en 28 de las 31 provincias. En medio de sus luchas intestinas ha caído casi a la mitad en las preferencias, mientras el PLD marca 14 puntos más, para 51.7 por ciento.

Los resultados de la Gallup-HOY confirman la percepción general de la responsabilidad de Miguel Vargas Maldonado e Hipólito Mejía en la crisis perredeísta, pero sobre todo del primero. Ambos encabezan las opiniones desfavorables, Vargas con 65 y Mejía 63 por ciento, superando a Leonel Fernández que registra 52 por ciento.

Cuando se preguntó quién era más responsable de la crisis del PRD, el 26 por ciento señaló a Vargas y el 20 por ciento a Mejía, pero entre quienes se identificaron como perredeístas el resultado fue devastador para el primero con 54 por ciento, mientras sólo el 9 por ciento señalaba al segundo, y el 34 por ciento a ambos.

También apunta contra Vargas Maldonado el 73 por ciento del universo y el 85 por ciento de los perredeístas que dijeron que las expulsiones del expresidente Mejía y otros dirigentes profundizan la crisis, y el 58 por ciento que plantea una convención para solucionar la crisis, que es lo que reclama la mayoría de los dirigentes perredeístas. Pero el presidente perredeísta llegó al extremo esta semana de decir a la agencia Efe que aunque el período para el que fue electo concluye en julio, se prolongará hasta el año próximo porque “hemos tenido catorce meses de ingobernabilidad en el partido”.-

Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.

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Análisis Noticiosos

La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Análisis Noticiosos

Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres

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Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para  de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.

La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.

El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.

Según la BBC2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.

Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.

La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.

En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.

Puerta al ecoturismo del Caribe

BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.

Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético

  •   Abu DhabiEmiratos Árabes Unidos
  •   Costa de OregónEstados Unidos
  •   Costa Rica
  •   GuimarãesPortugal
  •   Islas HébridasEscocia
  •   IshikawaJapón
  •   LoretoBaja California SurMéxico
  •   Montenegro
  •   Uruguay
  •  Valle de ColchaguaChile

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