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JCE sigue opuesta a intervenir en el PRD

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El pleno de la JCE

SANTO DOMINGO.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió definitivamente este jueves no intervenir en el conflicto del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).

Argumentó que esa situación es exclusiva de este partido y debe ser superada «con las iniciativas, esfuerzos, normas legales y estatutarias de sus líderes».

Los exhortó a que «por el bien del país, la estabilidad de la democracia y la fortaleza del sistema de partidos» contribuyan a encauzar su partido «por los principios y valores contenidos en  la Constitución».

El PRD está dividido en dos facciones que se disputan el control de esta organización, encabezadas por su actual presidente, Miguel Vargas, y el ex candidato presidencial y ex presidente de la República, Hipólito Mejía.  Como parte del litigio, este último y otros tres seguidores (Orlando Jorge Mera, Geanilda Vásquez y Andrés Bautista) fueron suspendidos como secretario general, secretaria de organización y presidente en funciones,  respectivamente,  y expulsados del Partido.  Han calificado la acción como ilegal.

Documento in extenso

La posición de la JCE fue fijada luego de una reunión extraordinaria de su Pleno. Un documento que recoge los resultados de este encuentro fue remitido a ALMOMENTO.NET. Su texto es el siguiente:

«RESULTADOS PLENO JUNTA CENTRAL ELECTORAL  DE SESIÓN DEL 21 FEBRERO 2013

El Pleno de la Junta Central Electoral, reunido en sesión extraordinaria, conoció el punto relativo  a establecer “La política de la Junta  Central Electoral en relación a los eventos partidarios del Partido Revolucionario Dominicano”.

En relación al tema, la  Constitución de la República, en su articulo 216, reconoce a los ciudadanos el derecho a organizarse en partidos políticos, y condiciona su conformación y funcionamiento en el respeto a la democracia interna de los mismos.

En ese mismo sentido, la Carta  Sustantiva consagra a estas instituciones como las naturales conexiones básicas con la ciudadanía, a los fines de participar en política en cada uno de los procesos, con el propósito de contribuir al fortalecimiento de la Democracia, y le asigna el Derecho  a la  presentación de candidaturas a puestos de elección popular.

De su parte, la Ley Electoral 275-97, de fecha  21 de diciembre del año 1997, en su artículo 6, literal q, asigna a la JCE la atribución de  “fiscalizar, cuando lo estime necesario o conveniente, por iniciativa propia o por solicitud, las asambleas   y convenciones que celebren los partidos para elegir sus autoridades y/o nombrar sus candidatos a cargos electivos, procurando enn todo momento que estas sean efectuadas con estricto apego a lo que dispone la ley, los reglamentos y los estatutos, sin la cual serán nulas”.

Para esta institución, la situación de esta organización política, es exclusiva de uno de los partidos del sistema, y debe ser superada con las iniciativas, esfuerzos y normas legales y estatutarias peusta a su alcance; sus líderes , por el bien del país,  la estabilidad de la democracia y la fortaleza del sistema de partidos, deben contribuir  a encausar a su partido por los principios y valores que están contenidos en el artículo 216 de la Constitución de la República. La JCE confía en la capacidad y voluntad de la unidad interna de sus miembros y  al respeto a las decisiones institucionales.

En ese sentido, el Pleno de la Junta Central Electoral, en ejercicio de sus atribuciones, acoge valorar , en su momento  si fuere necesario, la conveniencia de intervenir  sólo en los casos que establece la ley, siempre  y cuando se trate de eventos para elegir las autoridades internas o para seleccionar a los candidatos a cargos de elección popular.

Por otra parte, el Pleno de la JCE dá por recibida la comunicación de fecha 24 de enero 2013, a la firma del magistrado José Angel Aquino, mediante la cual informa  de la reunión sostenida por el citado magistrado con el Ministro de la Presidencia, Señor Gustavo Montalvo.

Hace constar  este Pleno  que no ha recibido ningún documento escrito, mediante el cual el citado funcionario exprese “la buena voluntad mostrada por el gobierno” para “ realizar las gestiones necesarias a fin de que se realicen  los ajustes que permitan palear la necesidades de la Junta Central Electoral durante el transcurso del presente año”

Da constancia que en fecha 25 de septiembre del año 2012, se remitió al Poder Ejecutivo el Proyecto de Ley de Presupuesto y Gastos Públicos qu,e “ identifica los puntos más críticos y que ameritan mayor atención”, así como las comunicaciones  de fecha 2 de noviembre del 2012 , mediante la cual se solicitó  audiencia en pleno para ser escuchados, sobnore la cual no hemos recibido a la fecha ninguna respuesta, como tampoco ha recibido respuestas la comunicación  de fecha 15 de enero del 2013, de la Presidencia de la JCE al Ministro de Hacienda, respecto a la distribución por partida asignada en el Presupuesto.

Establecer que el informe de la Comisión del Voto en el Exterior del día 22 del mes de agosto del 2012, fue preparado, previo a la  drástica reducción presupuestaria, y que los acontecimientos posteriores al informe, al producirse la baja asignación del presupuesto, agravaron la situación descrita en el mismo, de insostenibilidad de este servicio hasta el año 2015, fecha a  partir de la cual iniciaremos el empadronamiento con fines electorales en el exterior, como establece la ley.

Declarar que este Pleno, está abierto a recibir cualquier propuesta formal, no oficiosa, en el interés de solventar las necesidades presupuestarias  y financieras que permitan reabrir estos servicios en el exterior, que aunque no constituyen una obligación de Ley, son una facilidad implementada por la anterior Cámara Administrativa de esta JCE, para beneficio de la diáspora en el exterior, que merece ser preservada.

En tal sentido, este Pleno, no  habiendo recibido ninguna promesa, oficial y documentada al respecto, da por cerrado este tema, que solo se reabrirá cuando se produzcan hechos o acontecimientos que  nos permitan valorar la pertinencia de su discusión. 

En relación al punto No. 4 de la agenda del Pleno de esta fecha, relativo al  Anteproyecto de Ley Sobre Registro de Nacimientos de Hijos (as) de madres Extranjeras no residentes en la República Dominicana y el Acta No. 01-2013 del 7 de enero de 2013, el Pleno de la Junta Central Electoral da constancia de lo siguiente:  

1ro.- Que la Constitución de la República Dominicana, del 26 de Enero de 2010, en su CAPÍTULO V SECCIÓN I, al tratar el tema de la nacionalidad, define quiénes son sujetos de derechos para ser reconocidos como dominicanas y dominicanos, tal como lo consagra en su artículo 18, en cuyo párrafo establece como una responsabilidad de los poderes públicos, aplicar políticas especiales para conservar y fortalecer los vínculos con sus nacionales en el exterior, teniendo como meta lograr mayor integración. 

Este concepto sobre la nacionalidad, que mantiene su rango constitucional desde 1966, logra un enfoque más claro en la última reforma y afianza el criterio que sobre este aspecto de la vida nacional,  ha asumido la Suprema Corte de Justicia en su momento.

Que al amparo de este criterio constitucional invariable, el legislador dominicano aprobó la Ley 285-04, del  15 de agosto de 2004, que otorga a la Dirección General de Migración autonomía, control y responsabilidad  en todo lo referente a la migración e inmigración de nacionales y extranjeros.

La referida ley, en su artículo 6, numeral 3, establece:

“3.- controlar la permanencia de extranjeros con relación a su situación migratoria en el país, de acuerdo con lo dispuesto por esta ley y su reglamento”.

En su artículo 9, en relación con las atribuciones del Consejo Nacional de Migración, en sus numerales 2 y 4 esta ley explicita:

2.- “Diseñar la política migratoria nacional y planificar sus programas en coordinación con las diversas dependencias atinentes del Estado, en particular con la Secretaria de Estado que la integral.

4.- Recomendar medidas especiales en materia migratoria, cuando se presenten situaciones excepcionales que así lo ameriten”.

En relación al Reglamento de Aplicación, contenido en el Decreto  No. 613-11, el artículo 89 de la ley 285-04 establece lo siguiente:

En virtud de las valoraciones constitucionales y legales expuestas, el Pleno de la Junta Central Electoral, en relación con “Anteproyecto de Ley Sobre Registro de Nacimientos de Hijos (as) de madres Extranjeras no residentes en la República Dominicana”, acoge la recomendación de la Comisión de Oficialía, contenida en el Acta No. 01-2013, del 17 de enero de 2013, cuyo dispositivo es el siguiente:

“Único: Desestimar el “Anteproyecto de Ley Sobre Registro de Nacimientos de Hijos (as) de madres Extranjeras no residentes en la República Dominicana”, y documentar los 22,673 casos de extranjeros que han sido identificados en los Libros Registros de Nacimiento y remitirlos a la Dirección General de Migración, para que esta institución tome la decisión al respecto”. 

Se dispone la documentación, depuración y revisión de los expedientes aludidos en la referida acta y su previa presentación al Pleno de la JCE a fin de  comprobar que los mismos se encuentran dentro de los casos definidos en el Artículo 9 de la Ley 285-04, numerales 2 y 4 de la Ley de Migración. Este mismo trato se aplicará a cualquier  otro expediente que reuna las condiciones especiales que define el articulo 9 de la  ley de Migración.

El Pleno de la  Junta Central Electoral   pospuso el punto No. 6, respecto al Partido Revolucionario Independiente, PRI, y el No. 8 sobre un informe presentado por el doctor Juan Isidro Moreno, Suplente del Presidente de la Junta Central Electoral. Todos los demás puntos fueron conocidos  y decididos.

Dirección de Comunicaciones»

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Acusados en caso SENASA señalan a Hazim como ‘el verdadero culpable’

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SANTO DOMINGO.- Parte de los imputados en el sonado caso SENASA han admitido ante el juez de Atención Permanente del Distrito Nacional su participación en una supuesta trama para desfalcar a esa institución con miles de millones de pesos.

Durante la primera audiencia de medida de coerción, los acusados Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo señalaron a Santiago Hazim, exdirector ejecutivo de la institución, como el cabecilla del presunto entramado, lo que complica la situación legal del exfuncionario.

El abogado Martín Rubiera, representante de otra imputada, confirmó que “ellos han manifestado todos lo mismo: que entregaron valores, dinero, a favor de él en este entramado. De 3-3 tiene él en contra hasta el momento, tres imputados que han confesado parte de la acusación y han manifestado una participación en la que afecta bastantemente a Hazim”.

De su lado, Surun Hernández, abogado de Read Estrella, dijo su defendido declaró ante el tribunal haber entregado mil millones de pesos a Hazim.

Según el Ministerio Público, desde agosto de 2020 hasta agosto de 2025, Read Estrella recibió pagos que ascienden a más de RD$7,110 millones por contratos y adendas con SENASA.

Surun Hernández calificó el entramado como un “hecho de lesa humanidad cruel” y aseguró que el proceso cuenta con “abundancia de elementos probatorios, como pagos, transferencias y actuaciones de lavado de activos debidamente comprobadas».

ABOGADOS DE HAZIM SOLICITAN HABLAR DE ULTIMO 

Tras los señalamientos directos que vinculan a Hazim con la recepción de sobornos, uno de sus abogados dijo que la defensa solicitó hablar de último ante el juez. 

“La defensa del doctor Hazim pidió que fuera de último porque las imputadas dicen que a través de un señor apodado ‘el gordo’ eran que recibían sobornos,” declaró el abogado Marcos Valentín Contreras, uno de los abogados del exfuncionario.

Durante la audiencia, el Ministerio Público identificó a José Pablo Ortiz Giráldez (el Gordo) como la “mano derecha” de Hazim y la persona “clave” en el supuesto cobro de sobornos a las empresas contratistas de SeNaSa.

HAZIM TENDRA SU TURNO ESTE VIERNES

Hazim tendrá este viernes su turno para defenderse ante el tribunal.

«Nosotros vamos a demostrar que el testigo estrella de la fiscalía es una persona dedicada a la corrupción, perdonado en otro expediente e involucrada en este caso, y eso obviamente tendremos que discutirlo», manifestó Miguel Valerio, otro de los abogados del exfuncionario.

Dijo que se demostró ante el tribunal que su cliente no guarda ninguna relación con Rafael Domínguez Hazim, otro de los implicados.

«A los empresarios los extorsionaron, pero ellos continuaron trabajando con Senasa. Esa es la extorsión más rara, porque al que extorsionan tienen que parar inmediatamente el trabajo, porque el trabajo no se paró nunca; incluso, el señor Hazim canceló ese contrato. Lo que nadie puede decir ahí es que el señor Hazim recibió ningún pago indebido», declaró.

jt-am

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Esposa de movimiento que apoyo a Abinader recibió más de 1,600 millones de Senasa

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Santo Domingo, R.D.-La esposa del movimiento Ola, que apoyo durante la campaña electoral a Luis Abinader, Heidi Mariela Pineda Perdomo, ha sido vinculada al caso SENASA,  aunque el Ministerio Público establece que la persona que controlaba la empresa Flavorheart Food Parts S.R.L era Manuel Enrique Ovalle Tapia, “conocido dentro de la organización por su activa participación y aportes económicos.

El órgano persecutor sostiene que a través de esta empresa Ovalle Tapia compró un reloj marca Rolex Daytona, valorado en USD$83,000.00, destinado al imputado Santiago Hazim.

Su esposa, Heidi Mariela Pineda Perdomo, admitió la noche del jueves su participación en los hechos que la acusa el Ministerio Público y pasó directamente a colaborar con las autoridades en el caso del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

En el expediente de solicitud de medida de coerción a los implicados en este caso, se dice que su programa fue incorporado, a través del programa “Senasa Cuida de Ti”, en el que se le ofrecería complementos nutricionales para niños de 5 a 15 años y adultos en edad de 35 a 64 años.

Este programa “Nutrisalud” tenía un alcance de 55,741 afiliados del Régimen Subsidiado, con un costo por servicio al afiliado de RD$1,495.00. El mismo terminó ofreciendo servicios, supuestamente, a un total de 350,545 afiliados de diferentes regímenes.

El Ministerio Público establece que la empresa firmó el contrato con Senasa el 22 de julio de 2021. Este se firmó bajo la prestación farmacéutica para los servicios de emergencia, atención primaria. Esta empresa no contaba con licencia de servicio de consultoría de primer nivel de atención, además de que recibió del Ministerio de Salud Pública el “Certificado De Registro de Distribuidora”, un mes antes de la firma con Senasa.

De acuerdo al expediente a Falvorheart Food Parts S.R.L., se le pagó un monto aproximado de RD$1,606,924,076.95.

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), indicó en sus informes que el producto nutricional suministrado era importado desde Europa, sin evidencia completa de registro sanitario nacional y que no existen estudios o evaluaciones que midan los resultados e impacto del programa, lo que impide comprobar su efectividad sobre la salud de los afiliados.

A esta empresa también Senasa le pagó la suma de RD$3,307,577.06, “bajo el concepto de «NO DEFINIDO», lo que sugiere que dichos pagos no fueron vinculados a ningún régimen”.

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Tres imputados admiten hechos y colaboran en el caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Casi diez horas no fueron suficientes para que el juez de Atención Permanente, Rigoberto Sena, pudiera concluir este jueves el conocimiento de la medida de coerción contra los imputados en la presunta estructura criminal que, según el Ministerio Público, operó en el seguro estatal de salud para desviar fondos públicos, manipular procesos internos y beneficiar económicamente a funcionarios y allegados.

El magistrado recesó la audiencia y convocó para este viernes a las 2:00 de la tarde, cuando continuarán las exposiciones de las defensas y posteriormente la réplica del Ministerio Público.

La directora de Persecución, Mirna Ortiz, reveló que tres imputados (sin revelar sus nombres) admitieron su participación y han colaborado con el Ministerio Público.

Dijo que el monto de los supuestos sobornos pagados asciende a unos 2,000 millones de pesos.

Ortiz, en representación del Ministerio Público, informó que la acusación presentada este jueves incluye más de 138 pruebas documentales, más de 35 testimoniales y diversas pruebas periciales.

Aseguró que existen múltiples razones para que el caso sea declarado complejo. «Una de ellas es la pluralidad de víctimas. Estamos hablando de un seguro de salud que cubre a más de siete millones de dominicanos» señaló.

De su lado, el abogado Miguel Valerio, representante de Santiago Hazim, afirmó que en la audiencia se hicieron «pactos que no consideramos adecuados porque eran personas que, en dado caso, eran coautores o autores de soborno».

Valerio adelantó que este viernes desmontarán la credibilidad de uno de los principales testigos de la Fiscalía.

«Vamos a demostrar que el testigo estrella es una persona dedicada a la corrupciónperdonada en otro expediente, y que eso deberá discutir», dijo.

Agregó que Hazim aclaró en la audiencia que el imputado Martínez Hazim no es su familiar.

«Eso era importante porque se utilizó ese argumento para insinuar que había colocado a un sobrino en la institución, y no existe ningún vínculo familiar», indicó.

La solicitud de medida de coerción describe un supuesto entramado que combinó fraude administrativocorrupción, falsificación documental y lavado de activos.

Según la investigación, la red fue encabezada por Santiago Hazim durante su gestión al frente del seguro estatal, junto a varios gerentes y colaboradores estratégicos.

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