Opinión
Porsiaca*… Papa Francisco
Published
13 años agoon
Por Narciso Isa Conde
“Tenemos que encontrarnos haciendo el bien”, dijo el Papa Francisco. “‘Pero yo no creo, Padre, ¡soy ateo!’. Pero haz el bien: nos encontraremos allá”. Entonces, ¿el Papa quiso decir que los ateos pueden ir al cielo aunque no crean en Jesús? (Homilía del 22 de mayo en Roma)
Lo del Ser humano, después de la muerte física, sigue en veremos: no hay pruebas de hacia dónde vamos más allá de la trascendencia de la persona y la vida forjada y transcurrida como parte de la memoria histórica, como recuerdo, como ejemplo o referencia histórica.
Lo del Cielo y el Infierno por igual: nadie ha logrado dar testimonios contundentes sobre sus estancias por esos predios.
Lo del Purgatorio se dejó sin efecto desde el Vaticano. Benedicto cerró tajantemente ese capítulo, dejando abierto los expedientes para los dos extremos: para entrar al Paraíso y o para arrojarnos al fuego intenso que nos martirizaría por toda la eternidad.
Lo de Dios es todavía más complejo, porque abundan las deidades. No pocas religiones asumen el suyo como el único existente. Pero las hay que reivindican una gran variedad de dioses. Y no faltan las que contra la corriente patriarcal-machista, hegemónicas en el planeta, todavía tienen la osadía de venerar a sus diosas.
Esto sin contar lo difícil que es para un cristiano o una cristiana honesta referirse al mismo Dios que invocan no pocos verdugos de pueblos y ciertos Nuncios. Cardenales y Pastores. O sin hablar de la amargura que provoca observar a políticos autoritarios haciendo el papel de dioses terrenales.
A Jesús Cristo, unos/as lo tienen como el Hijo de Dios, nacido del Espíritu Santo, sin mediar ni placer ni acoplamiento sexual, sin junta de óvulo con espermatozoide y sin fertilización natural. Otros-as lo valoramos como un gran revolucionario de su época, hijo del amor carnal entre María y José, después que la primera perdiera en buena lid su virginidad.
Nadie tiene prueba de instancia sobrenatural capaz de otorgar perdón o castigo, menos aun porque se crea en esto o aquello, o sencillamente porque se deje de creer.
Juzgar, absolver o sancionar… oprimir, explotar, empobrecer o liberar… es cuestión de seres humanos, clases, instituciones y formaciones económico-sociales y políticas creadas con esos fines; capaces de actuar con apego a la verdad o a la mentira, con interés de clase dominante o dominada, con sentido de bondad o de maldad, en casos puntuales y en sentido general. Pero es sobretodo prerrogativa de pueblos, de sociedades, de colectividades forjadoras de historia.
No son culpables ni los dioses y ni las diosas creadas por los seres humanos de los males generados por la esclavitud, el feudalismo y el imperialismo. Y no sería cosa de ningún Dios justo y ecuánime, que además de las desgracias sociales que han azotado –y azotan- a miles de millones de personas, se le imponga un castigo eterno a quienes no creen en él, o no lo reconozcan como tal, aun pasándose la vida haciendo bien.
UN SALUDABLE GESTO PAPAL
El Vaticano siempre ha dicho que San Pedro, fundador de la Iglesia Católica y Romana, tiene la llave de la puerta del Cielo (y se supone que las del Infierno), lo cual se la pone difícil a los partidarios de las sectas cristianas protestantes, de las religiones musulmanas, africanas, afro-americanas, indígenas, asiáticas… a los/as no religiosos/as y especialmente a los/as ateos/as y partidarios/as del socialismo científico.
Por eso es saludable que el Papá Francisco le conceda la posibilidad del perdón de su Dios y el permiso al Cielo a los/as “no creyentes” que hacen el bien, y en general a toda la humanidad.
Eso nos quita presión a los que apreciando el valor histórico y presente del cristianismo revolucionario y respetando todo tipo de creencia o concepción impregnada de sensibilidad humana, hemos optados por la emancipación de los/as explotados/as, oprimidos/as, excluidos/as y discriminados del mundo desde el Socialismo Científico fundado por Marx; aspirando a no ser condenados/as por ningún ser o entidad humana (o “divina” ???) comprometida con la justicia… por el solo hecho de no abrazar ni religión ni dogmas.
De manera especial nos quita presión a los/as comunistas no dogmáticos, más bien heréticos, capaces –como es mi caso- de abrirle una “brechita” al misterio del “más allá”. Aun sea “por si las moscas”, por si acaso… o “porsiaca”, Papa Francisco.
Pero lo mejor en estos tiempos del nuevo Papa no ha sido eso, sino su decisión de recibir al sacerdote peruano Gustavo Gutiérrez, unos de los fundadores de la Teología de la Liberación, rescatándola del ostracismo y sellando así la no persecución al interior de la Iglesia Católica de esa manera de optar por la liberación de los pobres y de asumir la militancia revolucionaria cristiana. Algo que enfurece a fundamentalistas y conservadores católicos, tal y como acontece ahora con el Cardenal del Perú (¿Qué pensará el Nicolás**?).
Una opción revolucionaria desde la fe cristiana, que más allá del debate acerca de la “influencia marxista” sobre ella y de ciertos planteos en favor de determinados recortes que la lleven a parecerse menos, no es posible despojarla -sin desnaturalizarla- de las coincidencias medulares con las ideas de Marx, Engels, Lenin, Mariátegui, Gramsci, el Che y sus continuadores respecto a la lucha contra el capitalismo empobrecedor y destructivo, y a favor de un socialismo participativo y liberador, de una sociedad comunitaria alternativa al reino decadente del capital. Más en estos tiempos en los que la disyuntiva planteada por Rosa Luxemburgo se torna imperiosa: ¡SOCIALISMO O BARBARIE!
Decisión papal que le llega aquí como premio a los queridos hermanos del Grupo Sacerdotal Helder Cámara y a todos los cristianos o creyentes de otras religiones que entienden como el Che que entre su fe y la nueva revolución no hay contradicción.
Por Narciso Isa Conde
Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.
La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.
La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.
No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.
No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.
No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.
A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.
Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.
El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,
Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:
La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.
En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.
Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios
La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.
La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.
Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.
La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.
Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.
Opinión
Cumplimiento de las solicitudes de la Corte Penal Internacional
Published
4 días agoon
junio 3, 2026Por Rommel Santos Diaz
Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar asistencia en el trámite.
En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.
El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.
Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.
Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.
En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga o haga ese Estado Parte.
Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para la ejecución de una solicitud de conformidad con las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.
Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente artículo.
Opinión
La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).
Published
4 días agoon
junio 3, 2026Por Robinson Lebrón
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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.
El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.
El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.
Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.
Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.
Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.
Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
rlebroncespedes@gmail.com
El autor es abogado y Docente Universitario.
