Análisis Noticiosos
Danilo debe frenar el genocidio civil
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13 años agoon
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LA REDACCIÓNPor Juan Bolívar Díaz
El camino más expedito para conjurar el genocidio civil avalado por el Tribunal Constitucional (TC) antes que el país sufra nuevas condenas internacionales es una ley que reivindique la Constitución vigente, y reconozca la nacionalidad dominicana a todos los que la recibieron antes del 26 de enero del 2010.
Por de pronto la sentencia 168-13 del TC ya perdió la opinión pública nacional e internacional con un contundente rechazo al “tránsito de décadas” y al efecto retroactivo que viola un precepto fundamental de carácter universal, sobre todo en materia de un derecho básico como el de la nacionalidad.
244 mil serían afectados. La sentencia que desconoce a los dominicanos de ascendencia haitiana contiene en sí misma elementos que la condenan al zafacón de la historia, como el dislate de declarar en tránsito a decenas de miles de descendientes de inmigrantes de hasta 84 años y ordenar un rastreo desde 1929, lo que incluirá a los miles asesinados por la guardia trujillista en 1937, cosa que esta semana recordó BBC Mundo en un extenso reporte, y de disponer el despojo retroactivo de su nacionalidad, en violación de la Constitución de la República en su artículo 110, sino también de un principio básico del derecho internacional. El reglamento de Migración 279 de 1939 limitaba el tránsito a 10 días.
Asumiendo el antihaitianismo de grupos ultranacionalistas, a 11 de los 13 jueces del TC se les fue la mano en otros aspectos, por los cuales su dictamen ha tenido el rechazo casi absoluto de los expertos en derecho constitucional e internacional y de las ciencias sociales. Se cogieron para sí una instancia que reconocían facultad de otro tribunal, juzgaron sin escucharla a la señora Juliana Deguis Pierre que lo que les pedía era amparo y extendieron la condena a 244 mil personas que integrarían un apartheid.
La misma sentencia exagera las víctimas de la limpieza racial que dispone, cuando en su numeral 1.13 interpreta los resultados de la Primera Encuesta Nacional de Inmigrantes publicada en abril por la Oficina Nacional de Estadística, que estima en 458 mil los nacidos en Haití y en 244,151 sus descendientes nacidos en República Dominicana. Sin el menor rigor, igualan las dos categorías, para elevar su total a 668,145, y sostener que la recurrente señora Deguis es solo una del total “por lo que el problema que ahora nos ocupa no solo le atañe a ella, sino también a otra cantidad de inmigrantes haitianos y sus descendientes los cuales constituyen el 6.87 por ciento de la población que habita el territorio nacional”.
Según el censo, los nacidos aquí son el 2.04 por ciento de la población nacional, y solo esos pueden equipararse a Juliana Deguis, porque como ella reclaman la nacionalidad.
La Constitución del 2010. Para negar la nacionalidad a los hijos de inmigrantes indocumentados fue que en la Constitución del 2010 se modificó lo relativo a quiénes son dominicanos, artículo 18.
En las anteriores, donde imperaba el jus soli, solo se excluía a los hijos de diplomáticos y extranjeros en tránsito. Se excluye ahora también a los hijos de quienes “residan ilegalmente en territorio dominicano”.
Como ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos dispuso que el tránsito debe ser por un período razonable, no por décadas, y como el artículo 110 de la Constitución declara que “la ley solo dispone y se aplica para el porvenir”, la Sentencia del TC ha sido considerada inconstitucional por casi todos los expertos constitucionalistas.
Hasta el expresidente Leonel Fernández rechazó la retroactividad esta semana en declaraciones a periodistas en Nueva York.
Según publicó el digital 7días.com, el líder peledeísta dijo que si la sentencia es de aplicación retroactiva creará un problema con personas “que han tenido la impresión de ser dominicanos y en algún momento hasta tuvieron la documentación dominicana”.
Agregó que “lo que tiene que verse… es si tiene efecto retroactivo o solamente rige para el futuro. Si se interpreta simple y llanamente como para regir en el futuro, no hay discusión…”.
Un apartheid imposible. En la globalización actual no será posible que florezca un apartheid que de entrada pudiera afectar a 244 mil personas y en el futuro a toda su descendencia. Ellos no se irán y resistirán el despojo de la nacionalidad, prefiriendo “hasta la muerte” como dijo la joven petromacorisana Altagracia Yan en una rueda de prensa esta semana.
Resulta imposible imaginar a decenas de miles de personas sin poder acceder a una identidad, a un empleo, ni a la seguridad social, sin derecho a casarse ni divorciarse, ni inscribirse en una escuela o universidad.
Las autoridades tendrían que pasar años notificando anulaciones de actas. Será impracticable también el inventario hasta 1929 buscando descendientes de inmigrantes indocumentados.
El dictamen del TC divide la sociedad dominicana, porque una proporción muy considerable, legitima el despojo, confundiendo los derechos adquiridos de los nacidos en el país con la creciente inmigración de haitianos, promovida por intereses empresariales y del mismo Estado que se garantizan un excedente de mano de obra, lo que abarata el costo del trabajo.
Cuando la Junta Central Electoral (JCE) contrató en el 2005 para automatizar todo el registro civil, se pudo comprobar que el 22 por ciento de los folios estaban deteriorados y otro porcentaje desaparecido.
Hasta 1993 se obtenía la cédula de identidad sin acta de nacimiento y el 25 por ciento de los que han dado sus datos biométricos carecían del acta, sostiene una fuente del organismo.
El presidente Medina. Se creyó que el TC tenía la llave para poner fin al genocidio civil iniciado en el 2007 por la JCE pero su dictamen avalándolo y multiplicándolo, obligará a la búsqueda de una “solución pragmática”, como la propuesta a principio de año por el doctor José Angel Aquino, titular del organismo estatal, quien llegó a presentar un proyecto de ley para reconocer la nacionalidad a unos 22 mil afectados por la resolución de la JCE a partir de 1982. Tres de los cinco miembros de la JCE lo rechazaron.
En las actuales circunstancias el presidente Danilo Medina sería el más indicado para tomar la iniciativa legislativa, tanto para evitar el apartheid como para economizar descrédito internacional, que en el exterior no podrá ser desvinculado de su gobierno. Más aún cuando su director de Migración, José Ricardo Taveras, ha llegado al extremo de alentar públicamente manifestaciones antihaitianas.
El mandatario podría motivar su proyecto aún en razones humanitarias, como borrón y cuenta nueva, reivindicando el artículo 18, numeral 2 de la Constitución que dice que “son dominicanos y dominicanas quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución”. Haría justicia y ganaría reconocimiento, ya que esos ciudadanos no se adjudicaron un derecho, sino que les fue reconocido por el Estado cuando los inscribieron como dominicanos. Y tendría mayor legitimidad para hacer centrar la acción del Estado en limitar la inmigración actual en vez de andar mirando hacia atrás.
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
