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El Tribunal Constitucional deja un ambiente de ebullición en el 2013
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12 años agoon
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LA REDACCIÓNPolémica. Además de la discutida sentencia sobre la nacionalidad, el TC emitió fallos sobre la crisis del PRD, la educación, portabilidad numérica y otros temas
SD. El Tribunal Constitucional (TC) cierra el 2013 dejando un ambiente en estado de ebullición.
De 262 sentencias emitidas este año, el eco de la TC/0168/13 ha sido el que más lejos ha llegado.
A parte del alboroto y la división de criterios que ha logrado en el fuero interno, en el exterior han sonado las campanas cargadas de innúmeras peticiones, presiones y hasta advertencias en contra de la República Dominicana.
La alta corte es de criterio que los ciudadanos extranjeros en tránsito están privados del derecho al otorgamiento de la nacionalidad dominicana.
La decisión, que data del 23 de septiembre, originó la visita al país, a principios de diciembre, del pleno de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), donde recibió testimonios, peticiones y denuncias de descendientes de haitianos que se sienten afectados por la sentencia.
La polémica sentencia ha envuelto en un debate a políticos, constitucionalistas, la sociedad civil, el cuerpo diplomático y, principalmente, a las autoridades haitianas y las dominicanas.
Sentencias que han registrado una marcada trascendencia, por el impacto social y la fijación del criterio, han sido opacadas por el fuerte impacto fijado por la alta corte en su criterio sobre la nacionalidad.
El TC ha anulado al menos seis sentencias de la Suprema Corte de Justicia, en varios de cuyos casos ha devuelto el expediente solicitando fallar conforme a las pautas establecidas por la alta corte.
En abril, el TC revocó dos sentencias de la SCJ, en una de cuyas decisiones estableció el criterio de que después de la entrada en vigencia de la Ley 136-03, sobre Protección de los Derechos de Niños Niñas y Adolescentes, las acciones en reclamación de filiación son imprescriptibles.
Mediante sentencia TC/0190/13, declaró nulo el Fondo Nacional de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores Metalmecánicos, de la Industria Metalúrgica y Minera, que contempla la especialización y retención por parte de las empresas del medio por ciento, aplicado también a todas las minas e industrias metalmecánicas y afines, así como a los trabajadores.
Asimismo, por medio de la TC/0161/13, dejó sin efectos la resolución 080-09, mediante la cual el Indotel establece que la portabilidad numérica conlleva a un cargo generalizado de RD$80, aplicable por igual a todos los usuarios de las telefonías, tanto móvil como fija, y sin importar que hagan uso o no de ese servicio.
Otra posición adoptada por el TC consiste en fijar el criterio de que el Estado tiene la potestad de intervenir en la regulación del sistema educativo, tanto a nivel público como privado, lo cual no puede ser visto como una intromisión.
En materia política, ratificó con la decisión TC/0068/13, la nulidad de la decisión de la Comisión Política que encabezó el ex presidente Hipólito Mejía en el PRD, donde fue suspendido su presidente, Miguel Vargas Maldonado, así como otros miembros de su corriente política.
En otra decisión, rechazó acoger una acción en contra de la no ratificación de jueces de la SCJ.
El TSE y su termómetro para los partidos
La alta corte también ordenó la suspensión de síndicos procesados
El Tribunal Superior Electoral (TSE) siguió siendo uno de los escenarios dominantes, para dirimir las crisis de los partidos.
Las dos facciones perredeístas, los reformistas y organizaciones minoritarias probaron su termómetro jurídico.
En enero, la alta corte desestimó por «improcedente, mal fundado y carente de sustento legal» el amparo incoado por el ex presidente Hipólito Mejía, Orlando Jorge Mera, Andrés Bautista y Geanilda Vásquez, con el fin de dejar sin efecto las sanciones de que fueron objeto, por la facción de Vargas Maldonado.
Asimismo, anuló la expulsión de los dirigentes reformistas Amable Aristy Castro, José Enrique Sued, Guillermo Caram y otros 261.
En cifras
262
Número de sentencias dictadas por el TC en 2013
La alta corte emitió este año 262 sentencias, 158 más que en el 2012, donde se originaron 104 fallos.
TSA fija criterios sobre actos administrativos
El Tribunal Superior Administrativo también se llevó su parte en torno a decisiones jurídicas que a juicio de juristas rompieron esquemas. Una de esas decisiones tiene que ver con la anulación de la resolución No.284-2012, emitida por Pro Consumidor, planteando que en ninguna parte de la Ley General de Protección a los Derechos del Consumidor o Usuario No.358-05, se otorga como atribución a la entidad la posibilidad de imponer sanciones a raíz de la supuesta comprobación de las infracciones verificadas en el artículo 112. Otra decisión ordena al Indotel suprimir las cláusulas que resulten abusivas de los derechos de los ciudadanos.
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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19 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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19 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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19 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
